Convocatoria de subvenciones de la Delegación de Juventud del Ayuntamiento de Getafe correspondientes al año 2016
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de Subvenciones, el Ayuntamiento de Getafe a través de la Concejalía de Empleo, Desarrollo Económico y Juventud del Ayuntamiento de Getafe, convoca subvenciones correspondientes al año 2016, dirigidas a Asociaciones Juveniles y a Secciones Juveniles de otras Asociaciones cuyas actividades se realicen íntegramente en el término municipal de Getafe, exceptuando los campamentos, que complementen las competencias del ayuntamiento de Getafe, mediante la realización de proyectos generales o específicos que sirvan para reforzar los servicios que presta este Ayuntamiento. |
a) Ser Asociaciones Juveniles o Secciones de Juventud legalmente reconocidas que estén actualmente en funcionamiento de Asociaciones de Getafe y cuyos datos estén actualizados en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe. b) Además para optar a las subvenciones de Campaña de Verano deben presentar Programas Anuales de actuación desglosados por actividad. Debe existir una relación equilibrada entre la subvención solicitada y la actividad |
De lunes a jueves de 9.00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horas, viernes de 9:00 a 14:00 horas y sábados de 10:00 a 13:00 horas. |
DOCUMENTACION QUE DEBE ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD PARA LAS DOS LÍNEAS SUBVENCIONALES DE ESTA CONVOCATORIA a) Proyecto para el que solicita subvención, según modelo anexo III, que incluya el presupuesto firmado por el representante legal y que deberá tener el grado de complejidad y desarrollo acorde con las características de las actuaciones a desarrollar. En el proyecto se deberá describir todas y cada una de las actividades concretas que incluye el mismo. b) Certificado de la Secretaría de la entidad, acreditativo de la representación de la persona firmante de la solicitud, de la composición de la Junta Directiva y de las características sustanciales de la entidad conforme modelo anexo IV. Dichos datos habrán debido ser comunicados convenientemente a los Registros Administrativos correspondientes. c) Declaración responsable de la Presidencia de la entidad, conforme modelo anexo V acreditativa de: - No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del Artículo 13 de la LGS - Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Getafe. - Si el concepto para el que se solicita subvención ha sido objeto de solicitud o de concesión de ayudas por parte de otras entidades públicas o privadas y en su caso, origen e importe. d) Fotocopia del CIF de la persona jurídica solicitante e) Fotocopia del DNI o NIE del firmante de la solicitud. f) Fotocopia de los Estatutos de la entidad. g) Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal de la entidad. h) Ficha de terceros acreditativa de los datos bancarios en los que se desea que se haga efectivo el importe de la subvención que en su caso pudiera concederse. De conformidad con lo establecido en el art. 35.f de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no será necesario presentar los documentos establecidos en las letras d, e, f, g y h cuando éstos no hayan sufrido modificación y estuvieran en poder del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, en cuyo caso, el solicitante deberá hacerlo constar por escrito. C) DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA PARA LA LÍNEA SUBVENCIONAL DE CAMPAMENTOS DE VERANO: A la documentación que se requiere en el apartado B de esta Base, hay que añadir: a) El Proyecto de Campamento ha de contar con todos los aspectos necesarios para realizar dicho evento: Presentación, Descripción del campamento, zona, instalaciones, objetivos, metodología, actividades, horario día tipo, planning de actividades, grupo diana, recursos materiales, económicos, recursos humanos. b) Se aportará necesariamente la relación de monitores y el listado de asistentes residentes en Getafe (Nombre, apellidos, edad y dirección) a. Se considerarán asistentes a todos los participantes y el equipo de organización, con una ratio de 1 Monitor cada 8 participantes. No se valorarán proyectos en los que no se dé, al menos esta ratio. b. El grupo mínimo de asistentes al Campamento deberá ser de 10 personas de Getafe, en caso de campamentos realizados con otras organizaciones, donde asistan personas de Getafe. c) Los Proyectos de Campamentos presentados han de durar al menos una semana. |
Presencial |
Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, |
El plazo de tramitación es de 20 Días |
Ordenanza General de Concesión de Subvenciones.Ayuntamiento de Getafe.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Reglamento de Desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. |
Ayuntamiento de Getafe |
A petición del interesado |
A) Requisitos generales Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y que además: a) En el momento de apertura del plazo de presentación de solicitudes, estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe. b) Se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe el solicitante deberá asegurarse con carácter previo de que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias. c) No tengan con el Ayuntamiento de Getafe deudas por reintegro de subvenciones en período ejecutivo, y ello conforme establece el artículo 21 del Reglamento de Subvenciones. Se considera por tanto, que concurre la circunstancia de ser deudor por tal concepto cuando exista resolución del órgano competente y haya transcurrido el plazo para el pago en período voluntario sin haber efectuado el mismo. Â B) Los requisitos específicos de esta convocatoria serán : a. Ser Asociaciones Juveniles o Secciones de Juventud legalmente reconocidas que estén actualmente en funcionamiento de Asociaciones de Getafe y cuyos datos estén actualizados en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe. b. Además para optar a las subvenciones de Campaña de Verano deben presentar Programas Anuales de actuación desglosados por actividad. Debe existir una relación equilibrada entre la subvención solicitada y la actividad Requisitos específicos para obtener la condición de beneficiario de la Línea Subvencional Campaña de Verano: 1.1. Ser Asociaciones Juveniles o Secciones de Juventud legalmente reconocidas que estén actualmente en funcionamiento de Asociaciones con sede en Getafe. 1.2. Asociaciones estables que hayan presentado solicitud de subvención para programas anuales y tengan una actividad continuada contrastada. 1.3. El Proyecto de Campamento ha de contar con todos los aspectos necesarios para realizar dicho evento: Presentación, Descripción del campamento, zona, instalaciones, objetivos, metodología, actividades, horario día tipo, planning de actividades, grupo diana, recursos materiales, económicos, recursos humanos. 1.4. Se aportará necesariamente la relación de monitores y el listado de asistentes residentes en Getafe (Nombre, apellidos, edad y dirección) 1.5. Se considerarán asistentes a todos los participantes y el equipo de organización, con una ratio de 1 Monitor cada 8 participantes. No se valorarán proyectos en los que no se dé, al menos esta ratio. 1.6. El grupo mínimo de asistentes al Campamento deberá ser de 10 personas de Getafe, en caso de campamentos realizados con otras organizaciones, donde asistan personas de Getafe. 1.7. Los Proyectos de Campamentos presentados han de durar al menos una semana. |
Si el escrito de solicitud no reuniera los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la entidad, no se aportasen los documentos que deban acompañarse o éstos estuvieran incompletos, se le requerirá a los efectos de que subsane la falta en el plazo de 10 días hábiles, en consonancia con el artículo 71 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP y PAC) con la advertencia de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución en los términos del artículo 42 de la misma disposición.Las asociaciones o entidades solicitantes a estos efectos deberán indicar en el anexo I de solicitud una dirección de correo electrónico que servirá para que la Administración se pueda dirigir a los efectos de notificar cualquier aspecto relacionado con esta convocatoria, tanto para subsanar defectos como para notificar la concesión de la subvención y aspectos referidos a la cuenta justificativa. |
Junta de Gobierno |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
La Resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella los interesados podrán interponer con caracter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes desde su notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo de conformidad con la Legislación de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. |
Los solicitantes de esta subvención, en sus dos líneas subvencionales, deberán entregar además toda la documentación requerida (anexos, proyectos y otros) en archivos informáticos |
a. Ser Asociaciones Juveniles o Secciones de Juventud legalmente reconocidas que estén actualmente en funcionamiento de Asociaciones de Getafe y cuyos datos estén actualizados en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe. b. Además para optar a las subvenciones de Campaña de Verano deben presentar Programas Anuales de actuación desglosados por actividad. Debe existir una relación equilibrada entre la subvención solicitada y la actividad |
Trámites relacionados
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Tel. 912027986
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3
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Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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Tel. 913019657
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ayuntamiento De Getafe
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Tel. 912027900
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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