Convocatoria de subvenciones a entidades sociales sin fin de lucro para actividades socioculturales, preventivas y ocupacionales para el mantenimiento activo y la mejora de la calidad de vida de las personas mayores, 2015
Convocatoria de subvenciones a entidades sociales sin fin de lucro para actividades socioculturales, preventivas y ocupacionales para el mantenimiento activo y la mejora de la calidad de vida de las personas mayores, 2015 |
ENTIDADES PRIVADAS SIN FIN DE LUCRO QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES SOCIOCULTURALES, PREVENTIVAS Y OCUPACIONALES DIRIGIDAS AL COLECTIVO DE LAS PERSONAS MAYORES. |
Horario de Registro General del Ayuntamiento de Getafe:- De lunes a viernes, de 9 a 14hs- De lunes a jueves, de 16,30 a 19hs- Sábados, de 10 a 13hs |
SOLICITUD EN MODELO QUE FIGURA COMO ANEXO IDOCUMENTACION QUE DEBE ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUDa) Proyecto para el que solicita subvención, según modelo anexo II, que incluya el presupuesto firmado por el representante legal y que deberá tener el grado de complejidad y desarrollo acorde con las características de las actuaciones objeto del proyecto.En el proyecto se deberá describir todas y cada una de las actividades concretas que incluye el mismo. b) Certificado de la Secretaría de la entidad, acreditativo de la representación de la persona firmante de la solicitud, de la composición de la Junta Directiva y de las características sustanciales de la entidad conforme al Anexo III. Dichos datos habrán sido comunicados convenientemente a los Registros Administrativos correspondientes.c) Declaración responsable de la Presidencia de la entidad, conforme al Anexo IV, acreditativa de:- No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del Artículo 13 de la LGS- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento de Getafe.- Si el concepto para el que se solicita subvención ha sido objeto de solicitud o de concesión de ayudas por parte de otras entidades públicas o privadas y en su caso, origen e importe.d) Fotocopia del CIF de la persona jurídica solicitantee) Fotocopia del DNI o NIE del firmante de la solicitud.f) Fotocopia de los Estatutos de la entidad.g) Presupuesto anual de gastos e ingresos firmado por el representante legal de la entidad.h) Ficha de terceros acreditativa de los datos bancarios en los que se desea que se haga efectivo el importe de la subvención que en su caso pudiera concederse.De conformidad con lo establecido en el art. 35.f de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no será necesario presentar los documentos establecidos en las letras d, e, f, g y h cuando éstos no hayan sufrido modificación y estuvieran en poder del Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, en cuyo caso, el solicitante deberá hacerlo constar por escrito.Conforme establece el artículo 18.4 de la ordenanza municipal de subvenciones, no será necesario presentar las certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y de la Seguridad Social que acredite la realidad de la declaración efectuada a que hace referencia la letra c) anterior, sobre cumplimiento de obligaciones tributarias y de Seguridad Social con dichos organismos, y ello al tratarse de subvenciones destinadas a financiar proyectos dirigidos a desarrollar actuaciones de Servicios Sociales. |
Presencial |
En el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, siendo el plazo de presentación de solicitudes de 20 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe. |
El plazo de tramitación es de 20 Días |
Ordenanza General de concesión de Subvenciones. Ayuntamiento de GetafeLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio. |
Mayor |
A petición del interesado |
REQUISITOS GENERALES:Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades privadas sin fin de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y que además: A) En el momento de apertura del plazo de presentación de solicitudes, estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe.B) Se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia de la Administración Tributaria y con la Seguridad Social. En relación a las obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, el solicitante deberá asegurarse con carácter previo que no tiene deudas pendientes, ya que el requisito se deberá cumplir a la finalización del plazo de presentación de instancias.C) No tengan con el Ayuntamiento de Getafe deudas por reintegro de subvenciones en período ejecutivo, y ello conforme establece el artículo 21 del Reglamento de Subvenciones. Se considera por tanto, que concurre la circunstancia de ser deudor por tal concepto cuando exista resolución del órgano competente y haya transcurrido el plazo para el pago en período voluntario sin haber efectuado el mismo.REQUISITOS ESPECÍFICOS:Que en sus estatutos figure la atención al colectivo para el que se solicita la subvención. Es decir, para el colectivo de Personas Mayores |
Si el escrito de solicitud no reuniera los datos de identificación, tanto de la subvención solicitada como de la entidad, no se aportasen los documentos que deban acompañarse o éstos estuvieran incompletos, se le requerirá a los efectos de que subsane la falta en el plazo de 10 días hábiles, en consonancia con el artículo 71 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP y PAC) con la advertencia de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución en los términos del artículo 42 de la misma disposición.Las asociaciones o entidades solicitantes a estos efectos deberán indicar en el Anexo I de la solicitud una dirección de correo electrónico que servirá para que la Administración se pueda dirigir a los efectos de notificar cualquier aspecto relacionado con esta convocatoria, tanto para subsanar defectos como para notificar la concesión de la subvención y aspectos referidos a la cuenta justificativa. |
Junta de Gobierno |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
La resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de publicación en el tablón de anuncios, o directamente recurso contencioso administrativo de conformidad con la legislación de la jurisdicción contencioso administrativa. |
PROYECTOS SUBVENCIONABLESSerán subvencionables los proyectos que se indican a continuación, siempre y cuando se desarrollen íntegramente en el Municipio de Getafe y cuyos destinatarios sean las Personas Mayores.Dichos proyectos han de contemplar una o varias de las siguientes actividades:· Actividades preventivas y de inserción social que favorezcan la calidad de vida de los mayores.· Actividades que favorezcan o mantengan las capacidades personales y sociales de las personas mayores.· Actividades socioeducativas, formativas, culturales, y de ocio y tiempo libre que promuevan su participación en la vida social.· Actividades de difusión, información y sensibilización sobre la situación de las personas mayores.Sólo se puede solicitar subvención para un único proyecto |
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe
C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905
Tel. 916654400
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Biblioteca Municipal José Luis Sampedro
Pl. las Provincias, S/N, Getafe , 28903
Tel. 912027986
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3
Av. Arcas del Agua, 1, Getafe , 28905
Tel. 916826111
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor
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Tel. 912027963
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Base Aerea De Getafe Ala N 35 Mde
Pza. Del Coronel Polanco , Getafe , 28902
Tel. 913019657
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ayuntamiento De Getafe
Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901
Tel. 912027900
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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