Ayudas sociales de carácter económico dirigidas a vecinos/as con escasos recursos económicos del municipio de Getafe destinadas al pago del IBI de 2017
Ayudas sociales de carácter económico dirigidas a vecinos/as con escasos recursos económicos del municipio de Getafe destinadas al pago del IBI de 2017 |
Vecinos con escasos recursos económicos del municipio de Getafe en los que concurran lo requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, para colaborar en sus gastos de vivienda habitual relacionados con el impuesto del IBI del año 2017 |
De lunes a viernes, de 9 a 14hs. |
El solicitante de la ayuda está obligado a acreditar las circunstancias que permiten acceder a la misma, salvo el dato referente al empadronamiento, titularidad del recibo y titularidad catastral , que serán consultados por la Concejalía de Bienestar Social como órgano instructor a través del Padrón Municipal de Habitantes y de la base de datos de este Ayuntamiento. La solicitud según anexo I, deberá acompañarse de la siguiente documentación: |
Presencial |
Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, o por cualquiera de los medios previstos en el Art. 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas |
El plazo de tramitación es de 20 Días |
Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y RD 887/2006 de 21 de julio |
Servicios Sociales |
A petición del interesado |
a) Ser español o extranjero con residencia legal en España b) No haber superado la unidad familiar en el año 2016, los siguientes umbrales de ingresos/año : c) Ser sujeto pasivo del IBI, a título de contribuyente, de la vivienda en la que reside habitualmente y por tanto en la que está empadronado, la cual debe de estar situada dentro del término municipal de Getafe. Si existen varios titulares catastrales obligados al pago del IBI, podrá solicitarse por cualquiera de ellos, siempre que el que decida ejercer este derecho este cumpla todos los requisitos establecidos en la presente base y pueda acreditar el pago del recibo de IBI. d) Haber pagado el importe total de la cuota del IBI del año 2017 e) Que el obligado al pago del IBI así como los miembros de la unidad familiar que consten en la solicitud se encuentren empadronados, a fecha 1/1/2017, en la vivienda para la cual se solicita la ayuda. f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la AEAT y Seguridad Social en los términos establecidos en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como, no tener el solicitante deudas tributarias y no tributarias con el ayuntamiento de Getafe, ni ser deudor por reintegro de ayudas o subvenciones en periodo ejecutivo del Ayuntamiento de Getafe. Dicho requisito deberá mantenerse durante todo el periodo inherente al reconocimiento del derecho. |
Si la solicitud y documentación presentada fuera incompleta o defectuosa, por la Delegación de Bienestar Social se requerirá al solicitante para que, en el plazo de 10 días, aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, en consonancia con el 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, con la advertencia de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución en los términos del artículo 21 de la misma disposición. |
Junta de Gobierno |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde el siguiente a la notificación de la resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo de conformidad con la legislación de la jurisdicción contencioso administrativa |
Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 11 de julio de 2017 hasta el 7 de agosto de 2017, ambos inclusive. |
Oficinas de la administración
Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe
C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905
Tel. 916654400
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Biblioteca Municipal José Luis Sampedro
Pl. las Provincias, S/N, Getafe , 28903
Tel. 912027986
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3
Av. Arcas del Agua, 1, Getafe , 28905
Tel. 916826111
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor
C/ Madrid, 41, Getafe , 28901
Tel. 912027963
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Base Aerea De Getafe Ala N 35 Mde
Pza. Del Coronel Polanco , Getafe , 28902
Tel. 913019657
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ayuntamiento De Getafe
Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901
Tel. 912027900
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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