Ayuntamiento de Gerona

  • Dónde dirigirse

    OFICINA D'INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
    972 419 010
    www.girona.cat/ic/

    A quien va destinado

    - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Coste del servicio

    Según ordenanzas fiscales 2019:
    Personas no empadronadas: 316,40 EUR
    Personas empadronadas: 158,20 EUR

    Documentación a aportar

    Solicitud para celebrar matrimonio en el Ayuntamiento de Girona:
    - Instancia específica

    Observaciones

    Serà necesaria la tramitación del expediente de matrimonio en el Registro Civil para facilitar a las personas interesadas la autorización necesaria para la boda en el Ayuntamiento.
    El requisito del empadronamiento sólo es exigible a una de las personas contrayentes.
    Es necesario que la tasa se haya liquidado antes de la fecha de celebración del matrimonio.
    Una vez celebrada la ceremonia, el/la alcalde/esa expide un certificado que se envía al Registro Civil para obtener el libro de familia.
    Las bodas se celebran los sábados no festivos por las mañanas y durante todo el año, a excepción del mes de agosto.
    El espacio previsto para la celebración de las bodas es el Salón de Sesiones, en la planta baja del mismo Ayuntamiento.

    Legislación

    - Ley 35/94, de 23 de diciembre, que modifica el Código Civil a fin de autorizar los alcaldes a celebrar matrimonios civiles en su municipio. La entrada en vigor de esta Ley se produjo el día 1 de marzo de 1995.

    Plazo resolución

    3 meses

    Silencio administrativo

    Positivo

    Más informaci&oacuten;

    Ordenanzas fiscales

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    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Coste del servicio

    Según ordenanzas fiscales 2019: 5,10 EUR

    Requisitos previos

    EL ÁMBITO DE AFECTACIÓN A LA CIRCULACIÓN: Calles ubicados dentro de la isla formada por el río Onyar y las calles Banyoles, Beatas, Portal Nou, pl. St. Domingo, menos, Pedro Rocaberti, pl. Catedral, Fuerza y pda. st. Feliu y la calle Calderers.
    DISTINTIVO DE ESTACIONAMIENTO EN EL BARRIO VIEJO: Podrán disponer de distintivo de estacionamiento en el casco antiguo las personas de dicho ámbito afectado más las de las calles Fernando el Católico, Francisco Sansón, pda. Rey Martín, Sacsismort, Portal de la Barca números 10, 12 y 15.

    Documentación a aportar

    - Documento identificativo
    - Documentación del vehículo
    - Justificante que acredite que reune algunos de los requisitos para ser beneficiario/a, en su caso
    - Seguro del vehículo conforme la persona solicitante es conductora principal en caso de que el vehículo vaya a nombre de otra persona

    Observaciones

    1 GENERAL. Se puede acceder al casco antiguo por la pl. Cataluña 3 veces por trimestre natural. A partir de la cuarta entrada se tramita una denuncia.
    2 PERSONA RESIDENTE EN EL BARRIO VIEJO. 2.1 La persona empadronada en una calle afectado y que pague el IVTM en Girona tiene acceso las 24 h. La matrícula del vehículo es registrada automáticamente y puede disponer de distintivo de estacionamiento para 4 años. 2.2 Si la persona empadronada no paga el IVTM en Girona tiene derecho de acceso 24 h y puede disponer de distintivo de estacionamiento para 2 años.
    3 PERSONA CON VIVIENDA O LOCAL COMERCIAL EN PROPIEDAD EN EL BARRI VELL. La persona no empadronada y propietaria de una vivienda o local comercial situado en una calle afectado tiene derecho de acceso durante las 24 horas y puede disponer de distintivo de estacionamiento para 4 años.
    4 PERSONA CON VIVIENDA O LOCAL EN ALQUILER EN EL BARRI VELL. La persona no empadronada y inquilina de una vivienda o local comercial situado en una calle afectado tiene derecho de acceso durante las 24 horas y puede disponer de distintivo de estacionamiento para 2 años.
    5 PERSONA CON PARKING EN EL BARRI VELL. La persona propietaria de un parking situado en una calle afectada tiene derecho de acceso durante las 24 horas y por 4 años. Si la persona es arrendataria tiene derecho de acceso durante las 24 horas y por 2 años.
    6 PERSONA CON FAMILIAR RESIDENTE EN EL BARRI VELL 6.1 La persona que sea padre o madre de un/a menor que viva en una calle afectada debe presentar el DNI del familiar residente en el casco antiguo tiene derecho de acceso durante las 24 puede disponer de distintivo de estacionamiento para 4 años. 6.2 La persona que sea familiar de una persona de edad avanzada o con movilidad reducida que viva en una calle afectada.
    7 VEHÍCULO COMERCIAL. El vehículo autorizado que disponga de disco horario de carga y descarga en la ciudad de Girona tiene acceso al ámbito de afectación a la circulación durante el horario de carga y descarga, de 7.00 a 12.00 horas.
    8 CLIENTE DE TIENDA Y HOTEL DEL BARRIO VIEJO. La empresa comercial o hotelera con establecimiento dentro del ámbito afectado debe solicitar con 24 horas de antelación mediante la "Buzón de Avisos" matrícula, marca y modelo del vehículo del cliente si necesita acceder al casco antiguo por la plaza Cataluña y supera las autorizaciones descritas en el apartado 1.
    9 EMPRESA PROVEEDORA. La empresa proveedora de productos farmacéuticos que disponga de clientes dentro de las calles afectadas deberá solicitar el acceso y comunicar la matrícula, marca y modelo del vehículo comercial si debe proveer a sus clientes fuera del horario de C/D ( punto 7). Las empresas proveedoras tengan que pedir el acceso temporal deberán abonar la tasa de liquidación de licencia.
    10 EMPRESA DE SERVICIOS. La empresa suministradora de servicios (agua, luz, ....) que disponga de clientes o comunidades dentro de las calles afectadas a la circulación debe solicitar el acceso y comunicar la matrícula, marca y modelo del vehículo comercial si ha de proveer a sus clientes fuera del horario de C/D (punto 7). Las empresas de servicios que tengan que pedir el acceso temporal deberán abonar la tasa de liquidación de licencia.
    11 EMPRESA CONSTRUCTORA. La empresa constructora que tenga licencia de obra al ámbito de afectación a la circulación debe solicitar al Servicio de Movilidad la autorización para el acceso y comunicar la matrícula, marca y modelo del vehículo industrial. Las empresas constructoras que tengan que pedir el acceso temporal deberán abonar la tasa de liquidación de licencia.
    12 PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA. La persona con movilidad reducida que disponga de tarjeta de aparcamiento comunicará la matrícula, marca y modelo del vehículo. Se le autorizará derecho de acceso al casco antiguo durante las 24 horas y por una periodicidad de 10 años.
    13 PERSONA FAMILIAR REIDENTE EN CENTRO ASIISTENCIAL EN BARRI VELL. Comunicar matrícula, marca y modelo del vehículo.

    Legislación

    - Decreto de Alcaldía-Presidencia de 1 de febrero de 2007.
    - Ordenanzas fiscales y precios públicos

    Plazo resolución

    3 meses

    Silencio administrativo

    Negativo

    Más informaci&oacuten;

    Ordenanzas fiscales 2018

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    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Observaciones

    La persona interessada ha de justificar l'interès per constar en la tramitacó d'una llicència d'obres.

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    A quien va destinado

    - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica

    Documentación a aportar

    - Instancia específica

    Observaciones

    La Comisión de la Copa estará integrada por:
    - 9 miembros designados entre las personas propuestas por entidades ciudadanas con personalidad jurídica propia que respondan a una convocatoria pública del Ayuntamiento. Se escogerán en primer lugar por orden de antigüedad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, en segundo lugar por el número de veces que han tenido parada en La Copa y, en caso de empate, se hará un sorteo ante la Secretaría general del Ayuntamiento. La condición de miembro tiene una duración máxima de 3 años y se irán renovando con las propuestas que cada año presenten las entidades.
    - 4 miembros designados entre las entidades que obtengan parada: 3 del grupo A y 1 del grupo B. Se podrán presentar voluntarios, una vez hecho el sorteo. Si el número de voluntarios supera al de puestos disponibles se sortearán las plazas entre los voluntarios. Si no hay suficientes voluntarios, se realizará un sorteo entre las entidades con parada, respetando la proporción entre los dos grupos. La condición de miembro durará desde el día del sorteo hasta la valoración de las Ferias.
    - 3 miembros en representación del Ayuntamiento de Girona: 1 concejal y 2 técnicos, con voz y sin voto. La condición de miembro será efectiva mientras tenga vigencia su condición de representante municipal.
    Ningún miembro de la Comisión podrá participar en el proceso de contratación de empresas suministradoras de servicios necesarios en el espacio de La Copa si tiene algún tipo de relación laboral, de consanguinidad hasta el segundo grado, de afinidad o de enemistad con estas .
    Las entidades representadas en la Comisión deberán nombrar un titular y un suplente. Si no asisten a tres sesiones de trabajo de la Comisión, la entidad que representan causará baja y se pedirá la próxima de las que se hayan presentado que nombre un titular y un suplente y forme parte de la Comisión.

    Legislación

    - Bases anuales para la convocatoria por la instalación de paradas para la venta de bebidas y bocadillos durante las ferias de Sant Narcís a entidades de la ciudad de Girona.

    Más informaci&oacuten;

    Normativa de la Copa 2017

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    - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
    - Correo postal
    - Presencialmente en el registro electrónico general
    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Documentación a aportar

    - Instancia específica
    - Fotocopia del DNI o NIF del solicitante
    - Currículum del solicitante o entidad solicitante
    - Dossier con propuesta de actividad cultural que debe incluir:
    - Descripción detallada de la actividad
    - Vinculación de la propuesta con la Exposición de Flores
    - Calendario o fechas que se proponen para llevar a cabo la actividad
    - Tipo de espacio que se requiere para presentar la actividad
    - Documentación adicional o imágenes ilustrativas de la actividad (en su caso)

    Observaciones

    COMPROMISOS DE LOS PARTICIPANTES
    1. Asumir el total del gasto derivado de la actividad
    2. Hacerse cargo de las necesidades técnicas e infraestructura para que la actividad pueda llevarse a cabo.
    3. Llevar a cabo, él mismo y en los términos previstos en la solicitud, la actividad. En caso de cualquier cambio que se produzca respecto a la previsión inicial manifestada en el momento de la solicitud se deberá notificar al Ayuntamiento.
    4. Garantizar la gratuidad de la actividad.
    5. No hacer autopromoción
    6. Cumplir con las indicaciones del Ayuntamiento de Girona, respetando los fines y la normativa.
    7. Ser cuidadoso con los bienes materiales y respetuoso con el significado moral e integridad física de los espacios donde se desarrollan los montajes.
    8. Actuar de forma diligente y solidaria.
    COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO DE GIRONA
    1. Facilitar un espacio adecuado a las propuestas de actividades aceptadas por la Comisión Calificadora y expedir el permiso pertinente.
    2. Difundir las propuestas de actividades aceptadas a través del programa que se edita para la Exposición de Flores y a través de todos los canales virtuales: web, redes sociales, etc.
    3. Facilitar la integración de aquellas propuestas de actividades culturales que sean susceptibles de incluirse dentro de un espacio expositivo de Flores, como por ejemplo: cerámica o escultura. Así como la integración de propuestas musicales dentro de las propuestas de los ciclos de corales o músicos en la calle.
    Ámbitos admitidos:
    Música, escultura, cerámica, cultura tradicional y popular, teatro, danza, circo / clown, pintura, fotografía, audiovisuales, canto coral, otros (perfomances, poesía o literatura).
    Criterios para la valoración de las solicitudes:
    - Se priorizarán las actividades que tenga relación directa con 'Girona, Temps de Flors'.
    - La capacidad técnica, creativa y la experiencia contrastada de poder ejecutar un proyecto en un espacio determinado.
    - La cantidad artística y creativa de diseño de la propuesta efectuada.
    - Se priorizarán proyectos de la ciudad de Girona
    El plazo de presentación de actividades finalizará el día 29 de febrero de 2020.

    Legislación

    Bases de la convocatoria de la 64 Exposición de flores, monumentos, patios y jardines.

    Cumplimiento Ley 11/2007

    Medio

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    Documentación a aportar

    - Instancia específica
    - Proyecto de festival con la programación detallada
    - Presupuesto detallado
    - Plan de financiación y ayuda solicitada*
    - Plan de comunicación
    - Plan de emergencia de la actividad (en caso de prever una ocupación de aforo superior a las 1.000 e inferior a las 10.000 personas)
    - Póliza de responsabilidad civil y de accidentes vigente por el concepto de la actividad, por el importe establecido en el reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas (Decreto 112/2010 de 31 de agosto).
    Especificaciones de la documentación a aportar:
    * Si la ayuda supera los 10.000 ?, se incluirá la información relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la empresa o entidad, a efectos de hacerlas públicas, en base a la artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

    Observaciones

    El Ayuntamiento se reserva la facultad de pedir aclaraciones y/o documentación complementaria de la actividad que se quiere realizar, así como acreditación de los datos que figuran en la solicitud.
    La Autorización de las demandas solicitadas a través de este formulario dependerá de la disponibilidad del Ayuntamiento de Girona en función de las fechas del Festival y estarán sujetos al pago de tasas y precios públicos según lo establecido en las Ordenanzas fiscales de este ayuntamiento, exceptuando los casos de gratuidad o en que se establezca su subvención. El Ayuntamiento de Girona se reserva el derecho a realizar los cambios que considere oportunos respecto a las demandas realizadas.

    Cumplimiento Ley 11/2007

    Medio

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    Girona, Ciutat de Fetivals

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    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Requisitos previos

    - Personas físicas, mayores de edad, empadronadas en el municipio de Girona
    - Tener necesidad socioeconómica según informe social

    Observaciones

    El trabajo en Beneficio de la Comunicado (TBC), es una prestación.
    - Personal y intrasferible
    - Voluntaria
    - Gratuita
    - Cubierta con un seguro a cargo del Ayuntamiento
    Las deudas que se pueden compensar son:
    - Multas de tráfico (exceptuando las muy graves)
    - Sanciones (civismo, medioambientales)
    - No son compensables los tributos
    - No pueden ser reincidentes en la comisión de las infracciones que forman parte de la deuda.
    La solicitud de compensación de las deudas municipales excluirá la posibilidad de beneficiarse de los descuentos previstos en las ordenanzas municipales.

    Legislación

    - Ordenanza reguladora de la ejecución alternativa al pago de deudas con la Hacienda Municipal del Ayuntamiento de Girona mediante la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, de fecha 8 de abril de 2013.

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    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

    Cómo hacerlo

    - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
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    - En los registros electrónicos generales de:
    a) La Administración General del Estado
    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Requisitos previos

    La persona interessada ha d'estar empadronada a la ciutat de Girona.

    Documentación a aportar

    Solicitud de bonificación de la quota anual de abono a las piscinas municipales:
    - Justificante de la situación personal
    - Autorización para consultar los ingresos de la unidad de convivencia en la Agencia Tributaria
    - Certificado médico
    Especificaciones de documentación a aportar:
    - Justificante de situación personal (niño acogido, reconocimiento de disminución, famílina numerosa / monoparental)

    Observaciones

    El interesado debe estar empadronada en la ciudad de Girona.
    Se podrá pedir durante todo el año 2019 y permitirá el acceso a las piscinas de Palau y Santa Eugènia - Can Gibert del Pla en todo su horario de apertura.
    La bonificación no será familiar, sino individual y específica para la persona que lo solicite con una finalidad terapéutica.
    Las personas que tienen derecho a la bonificación en la tasa de abonados/as en las piscinas municipales son aquellas que tienen unos igressos de la unidad familiar que no superan el siguiente baremo:
    - Si es un miembro de la unidad familiar, el límite será de 569 euros.
    - Si son dos miembros de la unidad familiar, el límite será de 740 euros.
    - Si son tres miembros de la unidad familiar, el límite será de 911 euros.
    - Si son cuatro miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.081 euros.
    - Si son cinco miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.252 euros.
    - Si son seis miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.423 euros.
    - Si son siete miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.594 euros.
    Se deberán aportar los justificantes de los ingresos de todos los miembros del núcleo familiar:
    - Hoja de nómina del último mes
    - En el caso de cobrar alguna prestación o subsidio: certificado que acredite el importe y el tipo de prestación o subsidio
    - En caso de que alguno de los miembros del núcleo familiar no trabaje y no cobre ninguna prestación o subsidio, hay que llevar:
    - Documento del Instituto Nacional de la Seguridad Social acreditando que no figura como titular de ninguna pensión pública
    - Documento de la Oficina de trabajo acreditando que figura inscrito/a y no recibe ninguna prestación ni subsidio de paro.
    - En caso de jubilación: certificado conforme se cobra o no prestación o pensión.
    Si tiene derecho a la reducción, se pueden tener en cuenta otras situaciones personales. Estas situaciones supone aplicar el tramo 1 del Anexo 1 y son:
    - En caso de ser un niño acogido, los documento a aportar son: resolución administrativa de acogimiento que emite la Generalitat de Catalunya.
    - En caso de reconocimiento de disminución: certificado de disminución de la Generalitat de Catalunya.
    - Si son familia numerosa: carnet de familia numerosa.
    - Si son familia monoparental: carnet de famílina monoparental.
    - En caso de enfermedad: certificado del médico.
    La solicitud deberá renovar anualmente acreditando que se siguen cumpliendo los requisitos.

    Cumplimiento Ley 11/2007

    Medio

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    - Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
    - Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

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    b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
    c) Las entidades que integran la Administración Local
    d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)
    - En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
    - En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
    - En las oficinas de asistencia en materia de registros
    - En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

    Coste del servicio

    La utilización de espacios está sujeta al pago de unas tasas municipales.
    Hay que consultar la ordenanza de tasas municipales para conocer el importe i las posibles bonificaciones i/o exenciones que se pueden aplicar.

    Documentación a aportar

    - Instancia específica para solicitar el uso de equipamientos municipales.

    Observaciones

    El Ayuntamiento se reserva la facultad de pedir aclaraciones y/o documentación complementaria de la actividad que se quiere realizar, así como acreditación de los datos que figuran en la solicitud.
    Las solicitudes de espacios para actividades puntuales (de 1 a 3 días), deberá presentarse con un mínimo de 15 días de antelación. Si se trata de actividades de duración más larga, la solicitud se presentará con 30 días de antelación.
    Si se trata de una actividad abierta al público, el Ayuntamiento hará difusión.
    En algunos casos será necesaria la autorización previa de la administración competente.
    Espacios que se pueden utilizar:
    - L'Estació. Espai Jove
    - Espai Marfà
    - Edificio Fòrum
    - Centros Cívicos Municipales
    - Centro Cultural la Mercè
    - Teatro Municipal
    - Salón de descanso del Teatro Municipal
    - Sala polivalente de la Biblioteca Antònia Adroher
    - Sala polivalente de la Biblioteca Justo M. Casero
    - Patio-claustro del Museo de Història de la Ciudad
    - Carbonera del Museo de Història de la Ciudad
    - Cisterna del Museo de Historia de la Ciudad
    - Taller de grabado del Centre Cultural la Mercè
    - Taller de creación plástica del Centre Cívic de Pedret
    - Aulas del Servei Municipal d'Ocupació
    - Pavelló Municipal Girona-Fontajau
    - Sala de calentamiento del Pavelló de Fontajau
    - Gimnasio del Pavelló de Fontajau
    - Sala de reuniones/aula del Pavelló de Fontajau
    - Complex esportiu Palau pavelló y piscina cubierta
    - Pavelló municipal de Palau 2
    - Piscina cubierta de Palau
    - Piscina de Santa Eugenia/Can Gibert del Pla
    - Pavelló de Santa Eugenia
    - Pavelló de Vila-roja
    - Campo principal Félix Farró
    - Campo auxiliar Félix Farró
    - Instalaciones de las escuelas públicas de educación infantil y primaria, fuera del horario escolar.
    Los interesados en solicitar un espacio de La Estació Espai Jove o Els Químics Espai Jove, deberían especificar si son:
    - Entidades sin ánimo de lucro con convenio con el Ayuntamiento que implica cesión de espacios
    - Entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro de entidades municipales (REM)
    - Instituciones públicas y organismos de carácter público
    - Entidades sin ánimo de lucro de Girona no inscritas en REM
    - Entidades sin ánimo de lucro de fuera de Girona
    - Uso para docencia e investigación tasas por la toma de imágenes en el interior de los equipamientos

    Obtener instancia

  • On adreçar-se:
    OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
    972 419 010
    www.girona.cat/ic
    A qui va adreçat:
    - Els centres educatius de secundària públics i privats de la ciutat

    Com fer-ho:
    - Telemàticament mitjançant la Seu Electrònica

    Observacions:
    Caldrà presentar la documentació que correspongui segons el tràmit que es vol realitzar.

    Legislació
    - Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques
    - Llei 19/2014, del 29 de desembre, de transparència, accés a la informació pública i bon govern
    - Llei 29/2010, del 3 d'agost, de l'ús dels mitjans electrònics al sector públic de Catalunya

    Termini resolució
    No procedeix

    Silenci administratiu
    Positiu

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.