Solicitud/Renovación de la bonificación en la tasa de la cuota anual de abonado.s/as a las piscinas municipales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Dónde dirigirse

OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado

- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo

- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Requisitos previos

La persona interessada ha d'estar empadronada a la ciutat de Girona.

Documentación a aportar

Solicitud de bonificación de la quota anual de abono a las piscinas municipales:
- Justificante de la situación personal
- Autorización para consultar los ingresos de la unidad de convivencia en la Agencia Tributaria
- Certificado médico
Especificaciones de documentación a aportar:
- Justificante de situación personal (niño acogido, reconocimiento de disminución, famílina numerosa / monoparental)

Observaciones

El interesado debe estar empadronada en la ciudad de Girona.
Se podrá pedir durante todo el año 2019 y permitirá el acceso a las piscinas de Palau y Santa Eugènia - Can Gibert del Pla en todo su horario de apertura.
La bonificación no será familiar, sino individual y específica para la persona que lo solicite con una finalidad terapéutica.
Las personas que tienen derecho a la bonificación en la tasa de abonados/as en las piscinas municipales son aquellas que tienen unos igressos de la unidad familiar que no superan el siguiente baremo:
- Si es un miembro de la unidad familiar, el límite será de 569 euros.
- Si son dos miembros de la unidad familiar, el límite será de 740 euros.
- Si son tres miembros de la unidad familiar, el límite será de 911 euros.
- Si son cuatro miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.081 euros.
- Si son cinco miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.252 euros.
- Si son seis miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.423 euros.
- Si son siete miembros de la unidad familiar, el límite será de 1.594 euros.
Se deberán aportar los justificantes de los ingresos de todos los miembros del núcleo familiar:
- Hoja de nómina del último mes
- En el caso de cobrar alguna prestación o subsidio: certificado que acredite el importe y el tipo de prestación o subsidio
- En caso de que alguno de los miembros del núcleo familiar no trabaje y no cobre ninguna prestación o subsidio, hay que llevar:
- Documento del Instituto Nacional de la Seguridad Social acreditando que no figura como titular de ninguna pensión pública
- Documento de la Oficina de trabajo acreditando que figura inscrito/a y no recibe ninguna prestación ni subsidio de paro.
- En caso de jubilación: certificado conforme se cobra o no prestación o pensión.
Si tiene derecho a la reducción, se pueden tener en cuenta otras situaciones personales. Estas situaciones supone aplicar el tramo 1 del Anexo 1 y son:
- En caso de ser un niño acogido, los documento a aportar son: resolución administrativa de acogimiento que emite la Generalitat de Catalunya.
- En caso de reconocimiento de disminución: certificado de disminución de la Generalitat de Catalunya.
- Si son familia numerosa: carnet de familia numerosa.
- Si son familia monoparental: carnet de famílina monoparental.
- En caso de enfermedad: certificado del médico.
La solicitud deberá renovar anualmente acreditando que se siguen cumpliendo los requisitos.

Cumplimiento Ley 11/2007

Medio

Obtener instancia

Oficinas de la administración

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Calle Sèquia 1, 17001, Girona

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Passeig de la Devesa 35, 17001, Girona

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