Trámite de Solicitud para el uso de los Centros Juveniles por Asociaciones

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

El objeto de la presente convocatoria pública es informar de la naturaleza del Programa de Ocio Descentralizado Comunitario: Centros Juveniles de la Concejalía de Juventud del Excmo. Ayuntamiento y establecer los procedimientos para la solicitud de los usos de los centros juveniles por parte de asociaciones.

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán presentar solicitudes todas aquellas asociaciones juveniles, asociaciones de carácter cultural, social, inmigrantes, deportivas, artísticas, asociaciones de estudiantes, relacionadas con el medio ambiente, con el teatro, con la música, con la artesanía, con la dietética y nutrición, la informática, la comunicación, el cine, la literatura, etc. con inquietudes en el colectivo juvenil, y sin ánimo de lucro. Las asociaciones que presenten solicitudes deberán, como norma general, cumplir los siguientes requisitos:

-Estar legalizadas conforme a la Ley e inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Excmo. Ayuntamiento de Elche.

Plazo de solicitud

Las solicitudes para el uso de las instalaciones, equipamientos y otros recursos del centro juvenil de interés, podrán presentarse en cualquier momento del año, conforme al modelo: Ficha de Solicitud de Usos del Centro Juvenil, que podrá descargarse del Web de la Concejalía de Juventud www.elchejuventud.es o bien recoger personalmente en cualquiera de los centros juveniles y en la Concejalía de Juventud

Documentos requeridos

Los solicitantes deberán presentar (además de la Ficha de Solicitud de Usos del Centro Juvenil) la siguiente documentación:

  • Informe de las actividades que ha realizado o en las que ha participado en los últimos dos años.
  • Si en el momento de presentar la solicitud, la asociación todavía no estuviera inscrita en el Registro de Entidades Ciudadanas del Excmo. Ayuntamiento de Elche, deberá adjuntarse, además, fotocopia compulsada de los Estatutos.
  • Las solicitudes se presentarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde y serán presentadas en el Registro General Municipal o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Pasos a seguir

Dirigirse a su Centro Sociocultural

Lugar de presentación

En el Centro Sociocultural correspondiente

Silencio administrativo

Desestimatorio

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

  • Naturaleza del Programa de Ocio Descentralizado Comunitario: Centros Juveniles Programa de ocio descentralizado, de carácter comunitario, que desea constituirse como referente de nuevos estilos de vida y de relaciones entre los jóvenes.
  • Esta concepción implica las siguientes características: Oferta nuevos y diversos espacios en el ámbito territorial de actuación de cada centro juvenil.
  • Complementa el ocio existente en el municipio y despierta nuevas inquietudes. Cuenta con la participación de los y las jóvenes, de las asociaciones juveniles y de todas aquellas que trabajan para los jóvenes, promocionando con ello, el tejido juvenil y trabajando juntos en un objetivo común.
  • El Programa el ocio como un derecho humano fundamental, como una experiencia vital e integral vivida en un continuo desarrollo personal y que se basa en la percepción de elección libre y la sensación gratificante.
  • El ocio en la comunidad se transforma en experiencia grupal compartida generadora de procesos de participación y desarrollo personal y comunitario.
  • Objetivos del Programa de Ocio Descentralizado Comunitario: Centros Juveniles El Programa de ocio tiene como MISIÓN convertirse para el joven desde su visión personal y social, en un referente estilos de vida saludable, que facilitan, en la manera de vivir y de relacionarse de los jóvenes, valores colectivos e individuales que mejoran la calidad de vida, y que desde el ejercicio de una ciudadanía responsable y de la educación no formal, se orienta a la participación, a la información, a una eficaz prevención universal, a la utilización de nuevos espacios y a la promoción del tejido asociativo.
  • El ocio en sus diferentes dimensiones, proporciona un ámbito de desarrollo personal de vital importancia condicionado por la elección individual de cada joven. Este programa pretende, desde esta perspectiva, abordar el ocio del joven a través de los diferentes medios de los que dispone mostrando un abanico de alternativas y recursos saludables que el joven puede generalizar, desde su elección personal en las diferentes dimensiones y formas del mismo, para la consecución de los siguientes objetivos generales:
    • Fomentar las actitudes, aptitudes y los canales e instrumentos informativos necesarios para una efectiva prevención y reducción de los factores y conductas de riesgo
    • Potenciar nuevos estilos en el tiempo de ocio que favorezcan la participación, la promoción del tejido asociativo y las relaciones interpersonales y grupales poniendo a disposición de los jóvenes, en el tiempo de ocio, de nuevos espacios para el desarrollo de sus expresiones y creatividad. Naturaleza de los Usos del Centro Juvenil
  • Las solicitudes para usos que se presenten para su valoración y aprobación por la Concejalía de Juventud, deberán tener en cuenta: 1. Los objetivos y contenidos de las actividades organizadas por la asociación en el centro juvenil deberán orientarse hacia población juvenil y estar de acuerdo con la naturaleza y objetivos del Programa de Ocio Descentralizado Comunitario: Centros Juveniles. 2. En el supuesto de que el Centro Juvenil solicitado se encuentre ubicado en las instalaciones de un Centro Social, la asociación se compromete a conocer y respetar las normas relativas al uso de las instalaciones que, en su caso, fueran de aplicación, conforme al Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Centros Socioculturales del Ayuntamiento de Elche. Temporalidad del Uso.
  • El uso del centro juvenil, una vez autorizado por la Concejalía de Juventud, se mantendrá durante un periodo no superior a dos años contados a partir de la firma del Protocolo de Colaboración entre la Asociación y la Concejalía de Juventud siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas en el mencionado Protocolo de Colaboración.
  • Finalizado el periodo de dos años y en el caso de que la asociación continúe interesada en el uso de las instalaciones del centro juvenil, deberá realizar una nueva solicitud, iniciándose el expediente correspondiente.

Familias de procedimientos

  • Asociación y Participación

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