Trámite de Residencia tercera edad: Solicitud de ingreso en centros

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

Ofrecer un lugar de residencia y convivencia a personas cuya problemática socio-familiar dificulta su integración y permanencia en su casa. Ofrece la asistencia completa de carácter tutelar en todas las actividades cotidianas, la asistencia básica sanitaria y rehabilitación de las capacidades de los asistidos. Ofrecer atención geriátrica integral.

¿Quién puede solicitarlo?

Ancianos a los que no sea posible atender, adecuadamente, en el ámbito familiar y social.

Plazo de solicitud

Durante todo el año.

Documentación requerida

  1. Fotocopia DNI.
  2. Fotocopia de cartilla sanitaria.
  3. Certificado de pensión/es expedido por el organismo correspondiente.
  4. Informe médico cumplimentado por el médico de atención primaria o de medicina general del interesado.
  5. Informe social cumplimentado por el trabajador social del equipo social de base.
  6. En el supuesto de que exista una presunta incapacidad o una incapacidad declarada, adjuntar la comunicación al Ministerio Fiscal sobre presunta incapacidad o bien la autorización del juez para el intercambio.

Documentación referida solamente a la UNIDAD DE CONVIVENCIA:

  1. Justificante de ingresos de cada uno de los miembros de la familia.
  2. Certificado de catastro para cada uno de los miembros de la familia, que será expedido en Valencia C/ Lauria, nº 24-26.
  3. Fotocopia compulsada de la declaración de la renta de quien la haga. · Certificado de convivencia.

Pasos a seguir

  1. El trámite se realiza por los servicios sociales de los ayuntamientos y en los centros de la tercera edad de la Conselleria de Bienestar Social.
  2. Información y recogida de documentos.
  3. Entrevista y visita domiciliaria por parte del asistente social.

  • Orden de 9 de abril de 1990, de la Conselleria de Trabajo y Seguridad Social, por la que se desarrolla Decreto 40/1990 de 26 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana sobre el registro, autorización y acreditación de Servicios Sociales en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 1291, de 26/4/90).
  • Decreto 23/1993, de 8 de febrero de 1993, del Govern Valencià, por el que regula los precios públicos correspondientes a centros y servicios del Institut Valencià de Serveis Socials (DOGV nº 1995 de 31/3/93).
  • Instrucciones 14/1995 de 11 de noviembre, por la que se establecen los criterios de admisiones, procedimiento y régimen de estancias en residencias dependientes de la Generalitat Valenciana y residencias concertadas.
  • Orden de 3 de febrero de 1997, de la Conselleria de Trabajo y Asuntos Sociales, por la cual se modifica la Orden de 9 de abril de 1990, de la Conselleria de Trabajo y Seguridad Social, por la que se desarrolla Decreto 40/1990 de 26 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana sobre el registro, autorización y acreditación de Servicios Sociales en la Comunidad Valenciana, con el fin de atender a los nuevos servicios que se van a prestar a enfermos mentales crónicos en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 2929, de 13/2/97).
  • Corrección de errores de la Orden de 3 de febrero de 1997, de la Conselleria de Trabajo y Asuntos Sociales, por la cual se modifica la Orden de 9 de abril de 1990, de la Conselleria de Trabajo y Seguridad Social, por la que se desarrolla Decreto 40/1990 de 26 de febrero, del Consell de la Generalitat Valenciana sobre el registro, autorización y acreditación de Servicios Sociales en la Comunidad Valenciana, con el fin de atender a los nuevos servicios que se van a prestar a enfermos mentales crónicos en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 2937, de 24/2/97).
  • Ley 5/1997, de 25 de junio, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el Ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3028, de 4/7/97).
  • Corrección de errores de la Ley 5/1997, de 25 de junio, de la Generalitat Valenciana, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el Ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3032, de 10/7/97).
  • Decreto 91/2002, de 30 de mayo, del Gobierno Valenciano, sobre Registro de los Titulares de Actividades de Acción Social, y de Registro y Autorización de Funcionamiento de los Servicios y Centros de Acción Social, en la Comunidad Valenciana (DOGV nº 4264, de 5/06/02)

Silencio administrativo

Desestimatorio

Documentos adjuntos

Solicitud de ingreso en plaza residencial tercera edad Informe Médico Autorización acceso a datos personales

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

Recursos: Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

* RESIDENCIAS DE TERCERA EDAD. CONCEPTO: Son centros de convivencia destinados a servir de vivienda estable y común a personas mayores, tanto autosuficientes como dependientes, que no pueden satisfacer sus necesidades por otros medios.

* PRESTACIONES QUE OFRECE LA RESIDENCIA:

- Asistencia integral.

- Prestaciones completas de carácter residencial: alojamiento y manutención.

- Atención de enfermería y vigilancia médica de patologías leves.

- Tratamiento especializado.

- Actividades de movilización.

- Actividades ocupacionales y rehabilitadoras.

- Actividades culturales y recreativas.

- Actividades de convivencia, cooperación y autoayuda.

- Apoyo psico-social.

- Orientación familiar.

- Promoción de la salud.

Familias de procedimientos

  • Personales y Familiares
  • Servicios Sociales

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