Trámite de Licencia para la Instalación de Remolques elaboración de masas fritas (churrerías) y comidas preparadas en la vía pública

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción


Documento necesario para la obtención de la licencia municipal específica para la instalación de Remolques elaboración de masas fritas (churrería) y comidas preparadas en puestos vía pública durante los plazos y en los lugares que determine el Ayuntamiento.

¿Quién puede solicitarlo?

La venta no sedentaria podrá ejercerse por toda persona física o jurídica, que se dedique profesionalmente a la actividad de comercio al por menor, y reúna los requisitos exigidos por la normativa que regula la venta no sedentaria, así como los requisitos higiénico-sanitarios de aplicación.

Periodo de autorización:

  • Diciembre-Enero (Campaña Navidad-Reyes)
  • Semana Santa
  • Fiestas patronales (núcleo urbano y Partidas)
  • Romerías

Plazo de solicitud

1 mes antes a la fecha solicitada.

Documentación requerida

  • Identificación del solicitante, si es persona física:
  1. DNI en vigor.
  2. En el caso de extranjeros no comunitarios, permiso de residencia y trabajo, con vigencia durante el periodo que comprenda la autorización.
  3. Ciudadanos extranjeros comunitarios: Pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.
  • Identificación del solicitante, si es persona jurídica:
  1. CIF
  2. Escritura o documento de constitución.
  3. Identificación de la persona que actúe en su nombre y representación y aportación DNI en vigor.
  • En el caso de solicitar un asistente:
  1. DNI en vigor.
  2. En su caso, acreditación de la formación en cuestiones de higiene alimentaria en materia de manipulación de alimentos.
  3. En el caso de empleado, fotocopia del contrato de trabajo en vigor.
  4. En el caso de empleado, fotocopia del Alta en la Seguridad Social.
  5. En el caso de cónyuge, familiar ascendiente o descendiente, fotocopia del libro de familia que lo acredite.
  6. en el caso de pareja de hecho, fotocopia de la inscripción en el Registro de parejas de hecho.
  • Documentación indicada en la Declaración Responsable:
  1. Certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que se encuentra de alta en el impuesto sobre actividades económicas en el epígrafe correspondiente, o en su caso, del documento que le sustituya.
  2. Alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social y último recibo del pago del mismo.
  3. En su caso, acreditación de la formación en cuestiones de higiene alimentaria en materia de manipulación de alimentos.
  4. Póliza y recibo en vigor de Seguro de Responsabilidad Civil referida a la instalación y al ejercicio de la actividad.
  5. Justificación pago tasas ocupación en la cuantía establecida en la Ordenanza Fiscal reguladora.
  • Remolques elaboración de masas fritas y comidas preparadas (remolques churrerías, hamburgueserías y similares además de la documentación anterior, deberán aportar:
  1. Certificado de instalación eléctrica en Baja Tensión (tanto si el suministro eléctrico procede de empresa suministradora o Grupo Electrógeno).
  2. Certificado de revisión de la instalación de gas.
  3. Certificado de mantenimiento anual de los equipos de protección contra incendios (extintores).
  4. Certificado de instalación del sistema de mitigación de humos y olores instalado.
  5. Contrato suscrito con empresa gestora de residuos (gestión de aceites).
  6. Certificado de revisión anual del remolque o caravana suscrito por técnico competente en el que se justifiquen las instalaciones de electricidad, protección contra incendios, estabilidad de uso y condiciones técnico sanitarias para el ejercicio de la actividad.
  7. Registro de proveedores, facturas y/o albaranes.
  8. Registro de control de temperaturas, en su caso.
  9. Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (REM)
  • Instalación de carpas con superficie superior a 5x5 metros:
  1. Memoria descriptiva de la carpa.
  2. Planos con la ubicación de la carpa vía pública y justificación de los espacios de paso, medidas de protección contra incendios indicandos por la normativa de aplicación.
  3. Certificado de ignifugación del material de la carpa M2
  4. Medidas de protección contra incendio, mínimo extintor polvo ABC.
  5. Certificado final de montaje emitido por técnico competente.
  • Puesto de castañas:
  1. Certificado de revisión de las instalaciones de gas.
  2. Certificado de instalación eléctrica en Baja Tensión, en su caso.
  3. En el supuesto de utilizar toldos cubrición, deberá aportar certificado de ignifugación de los materiales utilizados.

Pasos a seguir

  1. Presentación de toda la documentación en la OMAC para su registro y distribución a la unidad administrativa encargada de su tramitación.
  2. Previa citación, el interesado se dirige a la OMAC donde se le practica la liquidación de la tasa a pagar. No obstante, la liquidación podrá remitirse por correo electrónico a petición del solicitante.
  3. Pago del importe correspondiente mediante la oportuna liquidación facilitada por la OMAC que se abinará en cualquier entidad financiera colaboradora o en la OMAC mediante tarjeta de crédito si el pago se hace en efectivo, pero siempre antes de retirar la correspondiente licencia.
  4. Entrega de la licencia correspondiente en el Departamento de Mercados, Mercados no sedentarios y Licencias Ocupación Vía Pública, presentando el justificante de pago.

Importe

  1. Si la ocupación es entre 1 y 4 meses: 0,661 euros metro cuadrado o fracción y día de ocupación de vía pública.
  2. Si la ocupación es inferior a un mes: 0,866 euros por metros cuadrado o fracción y día de ocupación de vía pública (con un mínimo de 16,82 euros?).

Lugar de presentación

En cualquier OMAC o a través de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tiempo de resolución

Un mes.

Unidad tramitadora

Licencias Ocupación Vía Pública- Venta no sedentaria Ubicación Aislada.

  • Reglamento (CE) Nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios ( Capítulo III del Anexo II)
  • Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria.
  • Ley 3/2011 de 23 de marzo de comercio de la Comunitat Valenciana (Título IV)
  • Decreto 65/2012, de 20 de abril, del Consell, por el que se regula la venta no sedentaria en la Comunitat Valenciana.
  • Guía de Prácticas Correctas de Higiene para la Venta y Preparación de Alimentos en Mercados no Sedentarios.
  • Ordenanzas municipales Fiscales de Impuestos, Tasas y Precios Públicos.
  • Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (R.D. 1372/1986 de 13 de junio). BOE nº 161 de 7/7/86.
  • Ley 33/2003, de 3 de noviembre, Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Tipos de recurso posibles (texto)

  • Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes.
  • Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Silencio administrativo

Desestimatorio.

Tipo silencio administrativo (texto)

Negativo.

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

  • El Ayuntamiento de Elche sólo autoriza la instalación de Remolques de elaboración de masas fritas (churrerías) y comidas preparadas en determinadas épocas y eventos: Navidad-Reyes, Romería de San Antón: Enero; - Romería de San Pascual: Mayo; - Romería de San Crispín: Octubre; - Fiestas de Agosto y fiestas pedanías.

Familias de procedimientos

  • Ciudad y Vía Pública.
  • Apertura negocios y Comercio.

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