Trámite de Licencia o Comunicación Ambiental Temporal de un Establecimiento
Descripción
Licencia o Comunicación Ambiental necesaria para ejercer actividad en un establecimiento abierto al público durante un espacio limitado de tiempo o de forma provisional.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular de la actividad o en el caso que sea una sociedad, el representante legal de ésta
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
La requerida en cada tipo de licencia o comunicación ambiental
Pasos a seguir
La tramitación correspondiente en cada tipo de licencia o comunicación ambiental
Importe
- Menos de 1 mes: 10 % de la cuota correspondiente según sea la actividad.
- 3 meses o menos: 40% de la cuota correspondiente según sea la actividad
Lugar de presentación
Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)
Tiempo de resolución
3 meses.
Normativa legal
- La aplicable en cada tipo de licencia de funcionamiento ( ver el trámite del tipo de licencia de funcionamiento correspondiente)
- Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.
- Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental.
- Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell, que desarrolla la anterior Ley.
Recursos posibles
- Recurso de reposición en el plazo de un mes.
- Recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses.
Tipo silencio administrativo
Positivo
Documentos adjuntos
Instancia General
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos
- Apertura negocios y Comercio
- Frecuentes