Trámite de Emisión de Dípticos o de Duplicados de Liquidaciones de Plusvalía

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

Emisión de Dípticos o de Duplicados de Liquidaciones (notificaciones) de Plusvalía.

¿Quién puede solicitarlo?

El sujeto pasivo o su representante. Si lo solicita un representante deberá aportar una autorización, que puede elaborar el propio titular o bien utilizar el modelo anexo, junto con original o fotocopia del DNI del titular y del autorizado y fotocopia del CIF de la empresa (en su caso).

Plazo de solicitud

Todo el año.

Documentación requerida

Copia o fotocopia de la escritura cuya transmisión ha resultado gravada por el impuesto o en su defecto, conocer los nombres del transmitente (o transmitentes) y/o adquirente/s y/o número y año de la liquidación.

Pasos a seguir

Presentación de la documentación requerida en la OMAC o en el Negociado de Plusvalía.

Lugar de presentación

Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC) o Negociado de Plusvalía

Tiempo de resolución

Inmediato.

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Reglamento General de Recaudación.

Silencio administrativo

Desestimatorio

Documentos adjuntos

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