Trámite de Devolución de la tasa por arrastre de la grúa

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Descripción

Presentación de solicitud de devolución del importe pagado por el arrastre de la grúa municipal provocado por infracciones de tráfico.

¿Quién puede solicitarlo?

Las personas físicas o jurídicas cuyo vehículo haya sido arrastrado por la grúa municipal.

Plazo de solicitud

Cuatro años desde que se efectuó el pago indebido.

Documentación requerida

  1. Impreso debidamente cumplimentado, en el que deben constar los datos bancarios del interesado por si procede la devolución.
  2. Las pruebas que estime oportunas el interesado; en su caso, resolución acreditativa de la no comisión de la infracción de tráfico.
  3. Original Carta de Pago de la Tasa Municipal de Arrastre y Depósito de Vehículos.

Pasos a seguir

  1. Presentación de la documentación en la OMAC para su registro 2. Notificación de la resolución al interesado.

Lugar de presentación

Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)

Tiempo de resolución

Seis meses.

- RD 339/90 de 2 de marzo, Ley de Seguridad Vial, modificado por la Ley 19/2001, de 19 de diciembre. - Ordenanza de Tráfico de la ciudad de Elche, BOP 173 de 31.07.98. - Ley General Tributaria.

Recursos posibles

- Preceptivo de reposición en el plazo de 1 mes - Contencioso- administrativo en el plazo de 2 meses

Silencio administrativo

Desestimatorio

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

El escrito de alegaciones y la documentación que le acompañe también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Familias de procedimientos

  • Protección y Seguridad Ciudadana
  • Tráfico y Vehículos
  • Tributos, Sanciones y Recursos

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