Trámite de Declaración responsable de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas.DRE

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Procedimiento para la apertura de una actividad comprendida en el catálogo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

¿Quién puede solicitarlo?

El titular de la actividad o su representante legal.

Plazo de solicitud

Durante todo el año.

Documentación requerida

  • Documentación acreditativa de la personalidad del interesado y, en su caso, del representante, así como del documento que acredite la representación
  • Justificante del pago de la tasa.
  • Proyecto técnico de actividad e instalaciones, firmado por técnico competente de acuerdo con la legislación vigente y visado, si así procediere, por colegio profesional.
  • En su caso, copia de la declaración de impacto ambiental o de la resolución sobre la innecesariedad de la misma.
  • En el supuesto de la ejecución de obras, se presentará certificado final de obras e instalaciones ejecutadas, firmadas por técnico competente.
  • Certificado emitido por técnico u órgano competente en el que se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente.
  • Certificado de Instalación Eléctrica en baja tensión
  • Certificado que acredite la suscripción de un contrato que cubra la responsabilidad civil por daños al público asistente y a terceros.
  • Estudio Acústico conforme al artículo 36 de la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Protección contra la Contaminación Acústica.
  • En el caso de Discotecas, Pubs, Salas de Fiesta o de Baile también deberá aportar auditoría acústica realizada por organismo autorizado.

Pasos a seguir

  1. Presentación de la instancia de Declaración Responsable y la documentación necesaria en la OMAC donde se practica la liquidación de las tasas correspondientes
  2. Pago de las tasas en cualquier Entidad Bancaria (excepto Banesto) o en la OMAC mediante tarjeta de crédito.
  3. Una vez presentada la instancia junto con la documentación necesaria se comprobará la veracidad de la documentación.
  4. Si la documentación presentada es formalmente completa y no se aprecia inexactitud o incorrección aparente en la misma, se procederá por parte de los técnicos municipales a inspeccionar el establecimiento.
  5. Una vez comprobada la conformidad del espectáculo o actividad recreativa se concederá la consiguiente licencia de apertura.

Importe

Según el grado de intensidad:

  • Para actividades calificadas con grado de intensidad 1, índice bajo, conforme a la legislación vigente 736,03 euros.
  • Para actividades calificadas con grado de intensidad 2, índice bajo, conforme a la legislación vigente 946,3 euros.
  • Para actividades calificadas con grado de intensidad 3, índice medio, conforme a la legislación vigente 1.189,66 euros.
  • Para actividades calificadas con grado de intensidad 4, índice alto, conforme a la legislación vigente 1.363,07 euros.
  • Para actividades calificadas con grado de intensidad 5, índice alto, conforme a la legislación vigente 1.582,19 euros.

Se les aplicará un recargo del 50% sobre la cifra que resulte de aplicar las tarifas anteriores cuando se trate de establecimientos destinados a actividades de: bar, pub, disco-bar, discoteca, restaurante, cafetería, etc., cualquiera que sea su clase o categoría, número de tenedores o tazas.

Recargo de superficie cuando sea superior a los 249 m2 con arreglo a la siguiente escala:

  • De 250 a 500 m2: el 10% de la cuota.
  • De 501 a 1.000 m2: el 15% de la cuota.
  • De 1.001 a 2.000 m2: el 20% de la cuota.
  • De 2.001 a 4.000 m2: el 25% de la cuota.
  • De 4.001 a 6.000 m2: el 30% de la cuota.
  • De más de 6.000 m2: el 40% de la cuota.

Se aplicará una reducción del 50%, incluido el recargo, a las tarifas para los locales de carácter permanente.

Lugar de presentación

En cualquier OMAC

Tiempo de resolución

Un mes

Unidad tramitadora

Aperturas

Capítulo II (Procedimiento de apertura mediante declaración responsable) del Título V (Régimen de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos) de la Ordenanza reguladora del ejercicio de actividades económicas del municipio de Elche.

Recursos posibles

  • Recurso de reposición en el plazo de un mes.
  • Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

Silencio administrativo

Estimatorio

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

Cuando al establecimiento se le quiera anexionar una terraza se deberá presentar el modelo de Declaración responsable de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas. Solicitud de autorización de terraza (Véase el trámite DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESPECTÁCULOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN).

Familias de procedimientos

  • Ciudad y Vía Pública
  • Apertura negocios y Comercio

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