Trámite de Certificado de Bienes

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción


Solicitud de Certificado de Bienes (o Signos Externos) que una persona tiene a su nombre, para tener acceso a Justicia Gratuita, ayudas económicas, pensiones, etc.

¿Quién puede solicitarlo?

La persona interesada.

Plazo de solicitud

Todo el año.

Documentos requeridos

  1. Modelo de solicitud de Certificado de Bienes, firmado por la persona interesada y, en su caso, por los familiares que se relacionen, indicando el motivo por el que se solicita.
  2. Documento de identificación de la persona solicitante (original en vigor del DNI, pasaporte o carnet de conducir) y en su caso, de los familiares que se relacionen a la solicitud (original o copia).

Pasos a seguir

  • Presentación de la documentación requerida en la OMAC e identificación de los bienes que a nombre de la persona interesada (o interesadas) aparecen en los Padrones Fiscales para la emisión del correspondiente certificado.
  • La persona interesada firma el "Recibí" y le es entregado el Certificado de Bienes debidamente sellado.

Lugar de presentación

Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC).

Tiempo de resolución

Inmediato.

  • Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Expedición de Documentos Administrativos a Instancia de Parte.
  • Ley Orgánica 15/99 de Protección de Datos de Carácter Personal, modificada por el nuevo Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, de Protección de datos.

Silencio administrativo

Desestimatorio.

Documentos adjuntos

Observaciones ciudadano

  • Si la persona interesada no puede acudir a la OMAC, puede ir otra persona en su lugar pero con la solicitud firmada por la persona interesada y la copia del DNI de éste. La persona que acuda en lugar de la persona interesada también debe aportar su DNI para firmar el "Recibí" cuando le sea entregado el Certificado.
  • Si se solicita el Certificado de Bienes de un/una menor, se debe aportar fotocopia del Libro de Familia en el que esté incluido y firma de la persona que ejerza la Patria Potestad (padre o madre).

Familias de procedimientos

  • Personales y Familiares.
  • Frecuentes.

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