Ayuntamiento de Burgos

  • Aviso por avería de agua.

    Asunto

    Fuga de Agua o Alcantarillado

    Unidad responsable

    Aguas de Burgos

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier persona física.

    Dónde se puede solicitar

    Aguas de Burgos S.A.

    Avenida del Cid, 12, 1ª planta.

    09003 Burgos

    Teléfono: 947 25 71 11 (24 horas)

    Cómo se realiza el trámite

    La persona que se percata de la fuga de agua o alcantarillado ha de dar cuenta del problema a Aguas de Burgos S.A., y unos técnicos acudirán a solventar la fuga.

    Documentación

    Teléfono de contacto de la persona que lo solicita.

    Tipo tramitación

    Telefónica

  • Estos trámites son los propios de las oposiciones, excluyendo otro tipo de procedimientos como selección de personal interino, o contratación de personal laboral temporal (sustituciones, etc).

    Asunto

    Trámite de Oposiciones

    Unidad responsable

    Sección de Personal y Régimen Interior

    Quién lo puede solicitar

    Según se estipule en la publicación de las bases de cada oposición.

    Dónde se puede solicitar

    Presencialmente, a través del Registro General del Ayuntamiento

    Cómo se realiza el trámite

    1.- Aprobación de las Bases por la Junta de Gobierno Local.

    2.- Publicación de las Bases íntegras en Boletín Oficial de la Provincia y de Castilla y León.

    3.- Publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

    4.- 20 días naturales para presentar instancias.

    5.- Publicación de las listas de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia, con fijación de fecha y lugar de celebración del primer ejercicio.

    6.- Conforme vayan celebrándose los ejercicios, irán publicándose los aprobados en el Tablón de Anuncios y en la web, bien conjuntamente, bien después de cada sesión, dependiendo de lo que digan las Bases.

    Junto con la lista de aprobados de cada ejercicio se irá citando para la realización del siguiente.

    Documentación

    La documentación varía dependiendo de cada oposición:
    Normalmente instancia general (ver ficheros adjuntos) y resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen.

    Plazos de solicitud

    20 días naturales (por defecto si no aparece ninguna mención al plazo en las bases) a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día del cómputo es inhábil, se entiende que el plazo concluye el primer día hábil siguiente.

    Datos de pago

    Pago en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol, giro postal o ingreso en cuenta.

    Según Ordenanza Número 201. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos

    5.1.2. Derechos de Examen por participación en pruebas selectivas convocadas por el ayuntamiento.

    a. Para ingreso como funcionario de carrera, funcionario interino o contratado laboral y promoción interna a los subgrupos A1 y A2: 25,21 euros.
    b. Para ingreso como funcionario de carrera, funcionario interino o contratado laboral y promoción interna al grupo B: 21,00 euros
    c. Para ingreso como funcionario de carrera, funcionario interino o contratado laboral y promoción interna a los subgrupos C1 y C2: 16,81 euros.

    Normativa

    Ordenanza Número 201. Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por expedición de documentos.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia general imprimible

    Instancia general rellenable

  • Sustitución del contador de agua debido a su antiguedad o deterioro.

    Asunto

    Cambio de Contador de agua

    Unidad responsable

    Aguas de Burgos

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier cliente - abonado.

    Dónde se puede solicitar

    Aguas de Burgos

    Cómo se realiza el trámite

    El abonado se pone en contacto por teléfono o de modo presencial con la sección de Aguas de Burgos para exponer su problema y solicitar un cambio de contador.

    Por su parte, el Servicio de Aguas del Ayuntamiento sustituirá gratuitamente todos aquellos contadores averiados o parados que se detecten con el fin de mantener la fiabilidad del sistema de toma de determinación de consumos.

    Documentación

    • Teléfono de contacto del usuario

    Normativa

    Ordenanza Número 220 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios de abastecimiento y saneamiento de aguas

    Tipo tramitación

    Presencial

  • Trámite de actuación en caso de que encontremos o perdamos un objeto.

    Asunto

    Tramite de objetos perdidos

    Unidad responsable

    Policía Local

    Quién lo puede solicitar

    El titular del objeto.
    Acreditar ser su poseedor.

    Dónde se puede solicitar

    Policía Local. Avda. de Cantabria nº 54 (de 9,00 a 14,00 h.)

    Teléfonos: 947 28 88 62


    Llamar

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    Cómo se realiza el trámite

    Si ha encontrado un objeto:
    Lo puede entregar en cualquiera de las depencias de la Policía Local (el horario depende del lugar de entrega).

    En caso de que haya perdido un objeto:
    Debe dirigirse a la depencia central de la Policía Local en la Avda. Cantabria nº 54 en horario de 9,00 a 14,00 horas de lunes a viernes.
    En caso de pérdida de llaves podrá dirigirse tanto a las oficinas de la Policía Local en la Avda. Cantabria nº 54 en horario de 9 a 14 horas o a las dependencias de la Policía del Barrio de Gamonal en su horario de apertura.


    Documentación

    Documento Nacional de Identidad

    Plazos de solicitud

    Deberá solicitar el objeto en el plazo de 2 años desde su desaparición.

    Datos de pago

    No tiene coste.

    Tipo tramitación

    Presencial

  • Reservas para la celebración de bodas civiles en el Ayuntamiento de Burgos.

    Asunto

    Trámite de Bodas Civiles

    Unidad responsable

    Secretaría General

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier persona física que desee contraer matrimonio civil con otra.

    Dónde se puede solicitar

    Secretaría General

    La carta de pago de la tasa se puede obtener:

    En la Oficina de Atención al Contribuyente BAC que requiere solicitar CITA PREVIA para ser atendido:

    En la Oficina Virtual Tributaria mediante el alta de una autoliquidación de la tasa de matrimonio civil.

    Cómo se realiza el trámite

    Autorización del matrimonio

    En primer lugar se debe reservar día, hora y sitio para la celebración del matrimonio. Para ello, hay que acudir a Secretaría General, reservar la fecha y posteriormente registrar toda la documentación en el Registro General.


    Queda a la espera de recibir por
    parte del Registro Civil sito en la Avda. Reyes Católicos s/n - edificio de los Nuevos Juzgados - la autorización para poder realizar el matrimonio, por lo que los novios paralelamente a las actuaciones municipales deberán personarse en mencionado Registro para allí realizar los correspondientes trámites con una antelación de aproximadamente dos meses antes de la fecha señalada para la boda.


    Reserva día, hora y lugar de celebración del matrimonio

    Las ceremonias de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Burgos podrán tener lugar todos los días del año (excepto los domingos y festivos) en los sitios habilitados al efecto y con el siguiente horario:

    • De lunes a viernes de 9,00 a 13,30 horas (en intervalos de media hora), sin tasas, en Salón de Plenos de la Casa Consistorial.
    • De lunes a viernes de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 186,09 euros.
    • Sábados de 12,30 a 14 horas, de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 247,75 euros.


    Está establecido para la celebración de matrimonios civiles que:

    • el primero y tercer sábado de cada mes (incluido el viernes por la tarde que le antecede) se celebren en el Palacio de Castilfalé;
    • el segundo sábado de cada mes (incluido el viernes por la tarde que le antecede) en la Sala Capitular del Monasterio de San Juan
    • El cuarto sábado de cada mes (incluido el viernes por la tarde que le antecede) en el Salón Rojo del Teatro Principal.


    Ceremonia

    En la fecha y hora señalada para la celebración del matrimonio, personal del Ayuntamiento recibirá a los contrayentes, testigos e invitados en el local en que vaya a tener lugar. Una vez acomodados en el mismo hará acto de presencia el Sr. Alcalde o Concejal en quien dele­gue que presidirá la ceremonia y autorizará el matrimonio.

    Comprobada la presencia de los contrayentes se procederá por personal de la Secretaría General a identificar a los dos testigos mayores de edad que deberán aportar el Documento Nacional de Identidad.

    Tras la ceremonia se hará entrega a los contrayentes del Acta Matrimonial con la que deberán acudir al Registro Civil para que quede registrado el matrimonio y se les facilite el Libro de Familia.

    Documentación

    La instancia de solicitud de celebración de matrimonio civil (ver ficheros adjuntos) debe ir acompañada de:

    • Del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte (original y fotocopia para su compulsa) de las cuatro personas (novios y testigos) que figuren en la instancia estarán en un mismo folio y sin recortar. Se presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento para su compulsa.
    • Es obligatorio el pago de la tasa municipal en el plazo mínimo de quince días antes de la fecha de la boda, que se abonará a través de una carta de pago que se puede obtener en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC (requiere CITA PREVIA), o en la Oficina Virtual Tributaria (apartado Alta Autoliquidaciones - Tasa Matrimonio Civil) debiendo presentar el correspondiente recibo en la Secretaría General.

    - Las reservas de fecha, hora y local se harán por riguroso orden de solicitud y su otorgamiento queda­rá supeditado a las necesidades propias del Ayuntamiento respecto del uso de dichos locales.

    - Es imprescindible para la celebración del matrimonio civil la obtención de la correspondiente autorización judicial. Para ello, deberá empezar el expediente de matrimonio en el Registro Civil de la Ciudad correspondiente a su empadronamiento, sabiendo que el plazo para su obtención es como mínimo de dos meses.

    Plazos de solicitud

    A voluntad del interesado.

    Datos de pago

    La tasa se hará efectiva en cualquiera de las entidades bancarias que indique la carta de pago que se facilita en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC (requiere CITA PREVIA) del Ayuntamiento (planta baja del Ayuntamiento) o en la Oficina Virtual Tributaria, en el apartado Alta Autoliquidaciones -Tasa Matrimonio Civil-, y la copia del pago efectuado se presentará en la Secretaría General (1ª planta del edificio antiguo del Ayuntamiento) para unirlo al expediente de matrimonio civil.


    Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Celebración de Matrimonios Civiles
    publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 189 de 5 de octubre de 2012.


    Tasas a aplicar:

    • De lunes a viernes de 9,00 a 13,30 horas (en intervalos de media hora), sin tasas, en Salón de Plenos de la Casa Consistorial.
    • De lunes a viernes de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 186,09 euros.
    • Sábados de 12,30 a 14 horas, de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 247,75 euros.

    Normativa

    Ordenanza fiscal nº 225 reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Celebración de Matrimonios Civiles

    Información adicional

    Con el fin de mantener el decoro y limpieza de los locales habilitados al efecto queda prohibido arrojar arroz dentro de los mismos.
    Queda totalmente prohibido el uso de artefactos pirotécnicos, según establece la Ordenanza Municipal de Ruidos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 244, de fecha 28 de diciembre de 2012, que en su artículo 15, dice textualmente “Artículo 15. Artefactos pirotécnicos. Queda prohibido, salvo autorización municipal previa, explosionar petardos, cohetes y toda clase de artículos pirotécnicos de categoría 2 o superior, según la categorización establecida por el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería que puedan producir ruidos.
    …..
    Artículo 55. Son infracciones leves, las siguientes: f) Explosionar, sin autorización municipal, artefactos pirotécnicos de categoría 2 o superior, según la categorización establecida por el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería que puedan producir ruidos. c) Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas de hasta 600 euros.”


    IMPORTANTE

    Durante el tiempo de la ceremonia los contrayentes tendrán reservado un espacio de aparcamiento delante de la entrada de los edificios señalados, para lo cual será necesario para su acceso a los lugares donde existen bolardos (Palacio de Castilfalé y Salón rojo del Teatro Principal), solicitar mediante el modelo de Instancia General, la correspondiente autorización en el Registro Municipal del Ayuntamiento (planta baja del Ayuntamiento), haciendo constar las matrículas de dos vehículos.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia Bodas Civiles

    Normas de la Alcaldía celebración Matrimonios Civiles

    Bodas Civiles_ Desarrollo de la Ceremonia

  • Como recuperar un vehículo retirado por la grúa por mal estacionamiento o abandono.

    Unidad responsable

    Policía Local

    Quién lo puede solicitar

    El titular o persona autorizado.

    Dónde se puede solicitar

    Para retirar su vehículo:

    Calle Fernando Dancausa, naves Pentasa 2, nave 42. Teléfono 947471526. (24 horas)

    Para confirmar la retirada de su vehículo:

    Sede principal de Policía Local, avda Cantabria nº 54 (de 9 a 14,30 horas)

    Cómo se realiza el trámite

    Una vez que se ha cerciorado de que el vehículo ha sido retirado por abandono o estacionamiento indebido, dependiendo de la hora deberá dirigirse al lugar antes mencionado.

    Documentación

    Documento que acredite su identidad.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza Fiscal nº 211 Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Recogida y Depósito de Vehículos Estacionados Defectuosamente o Abandonados en la Vía Pública públicada en el BOP nº 216 de 14 de noviembre de 2014:

    Artículo 5. – Las tasas exigibles en cada caso serán las siguientes:

    TARIFAS:
    a) Por inmovilización, retirada y arrastre de cada vehículo:

    • Motocicletas y ciclomotores: 46,00 €.
    • Turismos, remolques y semi-remolques de pequeñas dimensiones, para transporte de equipajes, animales de compañía o similares: 67,00 €.
    • Furgonetas y similares: 78,00 €.
    • Camiones, remolques y semi-remolques hasta 3.500 kg.M.M.A.: 505,00 €.
    • Camiones, remolques y semi-remolques de más de 3.500 kg. M.M.A: 617,00 €.
    • Autobuses: 617,00 €.

    b) Vehículos abandonados: Por retirada y arrastre de cada vehículo, conforme a loestablecido en el apartado a).
    c) Permanencia del vehículo en el depósito:

    • Por cada día o fracción hasta el 8.º día: 9,50 €.
    • Desde el 9.º día hasta el 30.º día, un pago total de: 204,00 €.
    • De 31 a 60 días, pago total de: 303,00 €.
    • De 61 a 90 días, pago total de: 404,00 €.
    • Más de 91 días, siempre que el vehículo no hubiere sido adjudicado a un gestor de residuos sólidos urbanos, pago total de: 505,00 €.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Ordenanza sobre el uso de la grúa municipal

  • Los Huertos de Ocio son una iniciativa del Ayuntamiento para llevar a cabo la realización de un plan de envejecimiento activo con personas de la tercera edad mediante la gestión y mantenimiento de los espacios que constituyen los huertos, así como impulsar el fomento de la agricultura ecológica y la recuperación de los usos y técnicas de la agricultura tradicional.

    LISTADO DE ASIGNACIÓN DE LOS HUERTOS

    Asunto

    Huertos de Ocio - Convocatoria 2018/2019

    Unidad responsable

    Huertos de Ocio, Mayores y Prestaciones

    Quién lo puede solicitar


    Para poder solicitar una parcela en los Huertos de Ocio, hay que cumplir los siguientes requisitos:

    • Ser mayor de 60 años, jubilado/a o pensionista que no lleve a cabo ninguna otra actividad remunerada.
    • Ser mayor de 55 años y encontrarse en situación de parado de larga duración (más de un año).
    • No realizar actividad económica remunerada alguna.
    • Ser vecino/a de Burgos, figurando inscrito en el Padrón Municipal de habitantes con una antigüedad de al menos un año.

    Dónde se puede solicitar


    Las solicitudes se pondrán a disposición de los solicitantes a partir del día 3 de diciembre de 2018 en el Servicio de Atención Ciudadana 010 y se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos en los plazos indicados (del 3 al 21 de diciembre de 2018).

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado debe acudir al Servicio de Atención Ciudadana 010 donde la inscribirán en la aplicación informática y le entregarán la hoja de solicitud que debe rellenar y entregar en Registro Municipal junto con una fotocopia del DNI y Tarjeta de Desempleo en su caso.

    El sistema de designación de los huertos se realizará por sorteo público entre todas las solicitudes recibidas y que cumplan los requisitos.

    La cesión, por un periodo de dos años, será efectiva cuando se firme la autorización de cesión de uso, comprometiéndose al cumplimiento del Reglamento de Uso de los Huertos y a la realización de los cursos de sensibilización medioambiental que se programen.

    Se sortearán 31 parcelas el 10 de enero de 2019.

    Documentación

    Las solicitudes deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:

    1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

    En caso de resultar agraciado en el sorteo de los Huertos disponibles, deberá presentar a la firma del Acta de Cesión la siguiente documentación:

    1. Una fotografía tipo carnet.
    2. Fotocopia de la Tarjeta Sanitaria.
    3. Autorización de domiciliación de pago de cuota

    Plazos de solicitud

    Inscripciones: Del 3 al 21 de diciembre de 2018

    Exposición del Listado de Solicitantes: 26 de diciembre de 2018.

    Plazo de Reclamaciones: Del 26 al 28 de diciembre de 2018.

    Sorteo de Huertos - Asignación de plazas y parcelas disponibles:

    • Día 10 de enero de 2019
    • Hora 10,30 de la mañana.
    • Lugar :Centro Cívico de San Juan - Sala de Formación 1ª Planta

    Firma de las Actas de Cesión: Fecha y lugar a determinar.

    Datos de pago

    El precio es de 100 euros, según la Ordenanza Número 401 Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios o actividades formativas, talleres y de ludotecas en los programas de animación comunitaria de CEAS, Programa Municipal de Envejecimiento y Centros Cívicos

    Una vez se adjudiquen las parcelas, desde Servicios Sociales se les requerirá un número de cuenta.

    Normativa

    Ordenanza Número 401 Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios o actividades formativas, talleres y de ludotecas en los programas de animación comunitaria de CEAS, Programa Municipal de Envejecimiento y Centros Cívicos

    Información adicional

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Huertos de Ocio Convocatoria 2019

    Reglamento de Régimen de Uso de los Huertos de Ocio

    Cartel Huertos de Ocio 2018- 2019

    Listado de admitidos_Huertos de Ocio

    Listado de asignación de los Huertos 2019

  • La ITE es una Inspección obligatoria y periódica que deben pasar todos los edificios de más de 40 años y situados en el término municipal de Burgos, con el fin de garantizar, fundamentalmente, su seguridad y salubridad.

    Modificación: Legislación en base a la cual desde el 01.01.2017 no es suficiente para considerar cumplido el trámite de presentación de la ITE el IEE que resulta del modelo de la FEMP ni el que resulta de la aplicación de la Ordenanza Mpal.

    Unidad responsable

    Sección de Obras, a través de la Unidad de Arquitectura (4ª planta)

    Quién lo puede solicitar


    La pueden realizar personas particulares o Comunidades de propietarios de viviendas con una antigüedad mayor a 40 años.

    Dónde se puede solicitar

    Más información en:

    Cómo se realiza el trámite

    El propietario de la vivienda (o comunidad de propietarios) debe contactar con un técnico (aparejador / arquitecto) para que evalúe el estado de la misma.

    El técnico realizará un informe, y, en caso de ser favorable, el propietario deberá entregar en el Registro Municipal el documento Modelo de solicitud de inscripción en Registro (adjunto)

    En caso de que el informe sea desfavorable, el propietario se compromete a realizar las reformas necesarias (solicitando la correspondiente Licencia de Obras). Una vez realizadas se deberá entregar en el Ayuntamiento un Certificado rellenable que hace constar que se han subsanado las deficiencias. (Ver adjunto al final de este trámite)

    Documentación

    1. DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO AUTOR DE LA INSPECCION:
      Dado que no es obligatorio el visado por el correspondiente Colegio Profesional del informe de ITE, aquellos que no se presenten visados deben venir acompañados de declaración responsable del técnico redactor. A tal efecto se debe usar el modelo existente, que también sirve para acreditar que la documentación aportada en papel, coincide con la aportada en formato digital.
    2. SOLICITUD TÉCNICA DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSPECCIONES:
      Documento debidamente encuadernado que contenga el Certificado de inspección corregido, así como el Informe de inspección corregido y completado de acuerdo a las instrucciones (adjuntas al final de este trámite) incluyendo planos, fotografías, boletines, certificados y cuanta documentación sea precisa.

    Ver archivos adjuntos al final de este trámite

    Plazos de solicitud

    Disposición segunda de la Ordenanza:

    «Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8, los edificios que hayan sido terminados o rehabilitados íntegramente antes del 1 de enero de 1974 deben presentar la primera inspección técnica como máximo antes de la finalización de los siguientes plazos»:

    Edificios construidos hasta 1892, incluido Hasta 31 de marzo de 2013
    Edificios construidos desde 1893 hasta 1937, incluido durante el año 2013
    Edificios construidos desde 1938 hasta 1944, incluido durante el año 2014
    Edificios construidos desde 1945 hasta 1947, incluido durante el año 2015
    Edificios construidos desde 1948 hasta 1950, incluido durante el año 2016
    Edificios construidos desde 1951 hasta 1955, incluido durante el año 2017
    Edificios construidos desde 1956 hasta 1959, incluido durante el año 2018
    Edificios construidos desde 1960 hasta 1964, incluido durante el año 2019
    Edificios construidos desde 1965 hasta 1969, incluido durante el año 2020
    Edificios construidos desde 1970 hasta 1973, incluido durante el año 2021
    Edificios construidos desde 1974 hasta 1982,
    incluido, así como edificios declarados B.I.C. y catalogados con protección integral
    durante el año 2022

    Datos de pago

    La ITE no conlleva ningún tributo municipal, ni hay que pagar nada al Ayuntamiento para tramitarla. Se trata de una revisión de la construcción, por lo que el propietario o la comunidad, en su caso, deberá acordar el precio con el técnico al que contrate para realizar dicha inspección. En caso de existir deficiencias en la construcción, la cuantía de la intervención del profesional contratado por la propiedad para tal fin variará en función de la cantidad de obras que sean necesarias para garantizar su seguridad.

    Normativa

    Ordenanza Municipal reguladora de la Inspección Técnica de Edificios en Burgos

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Modelo solicitud de inscripción en registro - RELLENABLE

    Modelo declaración responsable del técnico autor de la ITE-RELLENABLE

    Instrucciones para realizar las ITE

    Certificado de deficiencias subsanadas

    Modificación de normativa

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