Ayuntamiento de Burgos

  • Entrevista personal con el Excmo. Sr. Alcalde, con el objeto de abordar temática de carácter municipal.

    Asunto

    Trámite de entrevista con el Alcalde

    Unidad responsable

    Secretaría de Alcaldía

    Quién lo puede solicitar

    • Ciudadanos
    • Instituciones

    Dónde se puede solicitar

    En el Registro Municipal a través de la solicitud habilitada para tal efecto.

    Cómo se realiza el trámite

    Se debe presentar el Modelo de Solicitud en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando la siguiente información:

    • Mencionar el tema de caracter municipal a tratar
    • Indicar el número de personas que acudirán a la entrevistas (no más de 5 personas)
    • Tiempo necesario para la entrevista

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud rellenable de Entrevista con el Alcalde

  • Solicitud de información de ámbito administrativo institucional, que los ciudadanos realizan al Ayuntamiento de Burgos a través atención telefónica, presencial y telemática.

    Asunto

    Solicitud de información de ámbito administrativo institucional, que los ciudadanos realizan al Ayuntamiento de Burgos

    Unidad responsable

    Servicio de Atención Ciudadana 010

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier ciudadano

    Dónde se puede solicitar

    En el Servicio de Atención Ciudadana 010


    Cómo se realiza el trámite

    El ciudadano/a puede cursar su solicitud de información a través de tres canales:

    Teléfono: Llamando al número de teléfono 010 (precio de llamada local)

    * para llamadas desde fuera de Burgos marcando el 947 200 010

    Horario de atención:
    Lunes a Viernes de 08.00 a 20.00 horas
    Sábado de 10.00 a 14.00 horas

    Presencialmente: En el Ayuntamiento de Burgos, Plaza Mayor 1

    Horario de atención:
    Lunes a Viernes de 08.00 a 15.00 horas
    Jueves de 17.00 a 20.00 horas
    Sábado de 10.00 a 14.00 horas

    Por correo electrónico: a través de este enlace

    Información adicional

    La información que se facilita desde el Servicio 010 es la siguiente:

    • Información sobre Trámites Municipales.
    • Información sobre Normativa Municipal.
    • Información sobre Ayudas y Subvenciones Municipales.
    • Información sobre actividades en Burgos.
    • Información sobre Pliegos y Concursos
    • Información sobre equipamientos y dotaciones de Burgos
    • Informaciones útiles de la ciudad, farmacias de guardia, horarios de transporte, Asociaciones otros Organismos,...

    Tipo tramitación

    Presencial

    Telefónica

    Online

  • Normas y requisitos a cumplir para la solicitud de la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad física acreditada.

    Asunto

    Tarifas de aparcamiento para personas con discapacidad

    Unidad responsable

    Negociado de Tráfico

    Quién lo puede solicitar

    Podrán obtener la tarjeta de estacionamiento aquellas personas físicas que tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad.

    Requisitos personales:

    • Padecer una deficiencia física con limitaciones para su aparato locomotor. Necesidad de estacionar el vehículo en lugares adecuados sin limitación de tiempo y sin la obligación de obtener comprobante de los estacionamientos regulados.
    • Estar empadronado en la ciudad de Burgos.
    • Poseer un mínimo de 7 puntos en el apartado de movilidad reducida que determina la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León.

    Dónde se puede solicitar

    Unidad Administrativa de la Policía Local

    • Avenida Cantabria, 54 - Edificio de la Policia Local
    • Horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
    • Teléfono: 947 28 88 98

    Llamar

    Enviar SMS

    Añadir a Skype

    Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype

    Cómo se realiza el trámite

    Deberán presentar la documentación requerida en el Registro Municipal (Plaza Mayor s/n) o bien en el registro situado en las Oficinas de Policía Local (Avenida Cantabria, 54) junto a la instancia facilitada para solicitar dicha tarjeta.

    El titular de la tarjeta deberá acudir a la sección de Policía Administrativa (Avda. Cantabria, 57) para recogerla.

    PLAZO PARA RESOLVER: 15 días

    Si no existe resolución expresa por parte de la Administración (Silencio Administrativo), el efecto es DESESTIMATORIO.

    Documentación

    - Certificado de discapacidad procedente del Centro Base de Burgos de la Junta de Castilla y León.

    - Fotografía en color, tamaño carnet, del interesado.

    Plazos de solicitud

    A Voluntad del Interesado.

    Datos de pago

    Gratuito.

    Normativa

    Ordenanza de Supresión de Barreras arquitectónicas de 18 de Febrero de 1999.

    Ordenanza reguladora del servicio de Ordenación y Regulación de Aparcamiento de vehículos en la vía pública (ORA) - Aprobación Inicial

    Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (ORA) - Aprobación Definitiva



    Información adicional

    Si posee un certificado emitido por otra Comunidad Autónoma, el interesado deberá solicitar en el Centro Base de la junta de Castilla y León el traslado del expediente. Con dicho documento podrá acudir a entregar toda la documentación requerida.

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Tarjeta de Aparcamiento para personas con discapacidad

  • El Sistema de Control de Accesos tiene como objetivo preservar las zonas monumentales de la presencia de vehículos, garantizando la seguridad de residentes y visitantes.
    La tarjeta permitirá acceder a los usuarios a los diferentes sectores y calles peatonales. La tarjeta da derecho a entrar pero no a estacionar.

    A todos los usuarios del sistema se les facilitará una autorización que deberá ser visible en el vehículo.

    Asunto

    Solicitud de tarjeta para el Sistema de Control de Accesos de Vehículos al Centro Histórico de Burgos.

    Unidad responsable

    Sección Administrativa de Policía Local

    Quién lo puede solicitar

    • Residentes empadronados en los sectores afectados
    • Usuarios de garajes (con plaza de garaje en propiedad o en alquiler)
    • Propietarios o arrendatarios de vivienda no empadronados
    • Personas mayores de 65 años o con movilidad reducida que precisen acceder a la vivienda mediante vehículo que no sea de su propiedad

    Requisitos

    • Deberán estar empadronados (en el caso de residentes)
    • Ser usuarios de plaza de garaje o propietarios de una vivienda (en este caso pueden no estar empadronados)
    • Deberán aparecer como titulares en el permiso de circulación del vehículo (según los casos)
    • Las personas con movilidad reducida deberán justificar dicha condición por los Servicios correspondientes de la Junta de Castilla y León

    *Recibirán el mismo tratamiento que los residentes, las personas físicas empadronadas en el ámbito territorial afectado que, trabajando para empresas con domicilio distinto, éstas les pongan a su disposición un vehículo para sus desplazamientos profesionales o laborales.

    Dónde se puede solicitar

    A través del Registro existente en las Oficinas de Policía Local o bien a través del Registro Municipal.

    Cómo se realiza el trámite

    Los interesados deberán presentar la documentación que se cita en este trámite en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos (Plaza Mayor s/n) o bien en el Registro situado en las Oficinas de Policía local (Avenida Cantabria, 54) solicitando la nueva tarjeta a través de una instancia general.

    En caso de que se efectúe algún cambio en los datos del usuario o del vehículo se deberá comunicar a la Sección Administrativa de la Policía Local.

    Plazos

    • En el plazo aproximado de 2 días podrán pasar a recogerla en las oficinas de la Policía Local.

    • La tarjeta podrá ser utilizada a partir del día siguiente a su expedición y sólo para el vehículo autorizado y en la zona para la cual se haya solicitado el acceso.

    Documentación

    Los Nuevos Usuarios residentes deben presentar la siguiente documentación

    1. Residentes empadronados en los sectores afectados

    • Instancia general (que puede obtener en el Servicio de Atención Ciudadana 010 o bien descargándosela a través del fichero adjunto que aparece al final de este trámite)
    • Documento acreditativo de residencia (certificado de empadronamiento, escrituras de propiedad, contrato de alquiler, recibos de IBI... )
    • Fotocopia del DNI
    • Fotocopia del permiso de circulación (deberá estar a nombre del solicitante, exceptuendo los casos de leasing y renting)

    * Se facilitarán un máximo de dos tarjetas magnéticas/autorizaciones. A cada una se vinculará un único vehículo

    2. Usuarios de garajes

    • Instancia general (que puede obtener en el Servicio de Atención Ciudadana 010 o bien descargándosela a través del fichero adjunto que aparece al final de este trámite)
    • Documento acreditativo des ser titular de una plaza de garaje como propietario o como arrendatario
    • Fotocopia del DNI
    • Fotocopia del permiso de circulación para el que se solicita la tarjeta de acceso

    * Se facilitará una única tarjeta por vehículo y plaza de garaje.

    3. Propietarios o arrendatarios de vivienda no empadronados

    • Instancia general (que puede obtener en el Servicio de Atención Ciudadana 010 o bien descargándosela a través del fichero adjunto que aparece al final de este trámite)
    • Documento que acredite ser titular o arrendatario de la vivienda
    • Fotocopia del DNI
    • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo para el que se solicita la tarjeta, que deberá estar a nombre del solicitante

    * Se facilitará una única tarjeta por vehículo y vivienda.

    4. Personas mayores

    • Instancia general (que puede obtener en el Servicio de Atención Ciudadana 010 o bien descargándosela a través del fichero adjunto que aparece al final de este trámite)
    • Documento que acredite su residencia en la zona afectada
    • Documento que justifique que precisan acceder a la vivienda mediante vehículo que no sea de su propiedad
    • Fotocopia del DNI
    • Fotocopia del permiso de circulación de los vehículos para los que se solicita la tarjeta de acceso

    * Se facilitará una tarjeta por vivienda a la que podrán vincularse 3 vehículos.

    5. Personas con movilidad reducida

    • Instancia general (que puede obtener en el Servicio de Atención Ciudadana 010 o bien descargándosela a través del fichero adjunto que aparece al final de este trámite)
    • Documento que acredite su residencia en la zona afectada
    • Documento que acredite la condición de movilidad reducida por los Servicios correspondientes de la Junta de Castilla y León
    • Fotocopia del DNI
    • Fotocopia del permiso de circulación de los vehículos para los que se solicita la tarjeta de acceso

    * Se facilitará una tarjeta magnética por vivienda a la que podrán vincularse 3 vehículos.


    Plazos de solicitud

    No existen plazos determinados para su solicitud.

    Datos de pago

    Actualmente, la tarjeta es gratuita.

    Normativa

    - Decreto del Sistema de Control de Accesos de Vehículos al Centro Histórico de Burgos

    - Ordenanza reguladora del servicio de ordenación y regulación de aparcamiento de vehículos en la vía pública (ORA)

    Información adicional

    El acceso a las zonas afectadas por el Sistema de Control en los términos establecidos en la normativa vigente da derecho a estacionar el vehículo 20 minutos como máximo, con las excepciones previstas en dicha normativa.

    FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA

    • ENTRADA EN ZONA PEATONAL

      • Dirigirse a la puerta de entrada del sector que se le ha autorizado (ver sectores)

      • Detener su vehículo delante del terminal de control de entrada

      • Aproximar la tarjeta al terminal de control de entrada, situándola delante del lector de proximidad

      • Esperar a que baje la pilona y de paso el semáforo

      • La pilona permanecerá oculta (bajada) hasta que el vehículo la haya sobrepasado.

    • SALIDA DE LA ZONA PEATONAL

      • Dirigirse a la puerta de salida del sector que se le ha autorizado (ver sectores)

      • Detener su vehículo delante del terminal de control de salida, aproxime la tarjeta situándola delante del lector de proximidad

      • Esperar a que baje la pilona y de paso el semáforo

      • La pilona permanecerá oculta (bajada) hasta que el vehículo la haya sobrepasado.

    • CASOS ESPECIALES

      • Pueden acceder sin tarjeta a las zonas peatonales los Taxis, los usuarios y clientes que accedan a los hoteles de las zonas peatonales, carga y descarga en horario autorizado, servicios de urgencia y otros servicios especiales.

      • Estos vehículos accederán a las zonas peatonales acercándose al interfono de las puertas de entrada o salida y contactar con el Centro de Gestión de Movilidad desde donde les darán las instrucciones que deberán de seguir.

      • Desde las Centrales de Servicio de Urgencia se llamará al Centro de Gestión de Movilidad para que los vehículos de urgencia se encuentren con las puertas abiertas al llegar a las zonas peatonales.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia general imprimible

    Instancia general rellenable

    Decreto del Sistema de control de acceso de vehículos al casco histórico

  • El Servicio de Cuidado Grupal está dedicado a la atención de grupos de niños/as en espacios habilitados al efecto, como asociaciones, centros escolares, AMPAS, CEAS... en donde los padres y madres acuden a cursos formativos, conferencias, reuniones, actos culturales, etc...

    OBJETIVOS DEL SERVICIO:
    1º.-Apoyar a la familia en el adecuado cumplimiento de sus funciones de cuidado y protección a los menores.
    2º.- Facilitar la conciliación de la vida familiar, laboral y social a través de un servicio que permita atender las necesidades puntuales de cuidado a menores.
    3º.- Facilitar espacios en los que los niños/as puedan tener cubiertas sus necesidades básicas con garantías para su bienestar, mientras sus padres/tutores acuden a actividades puntuales de formación, inserción laboral, participación social,...
    4º.- Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

    Unidad responsable

    Área de Infancia y Familia

    Quién lo puede solicitar

    Las entidades, asociaciones o colectivos con sede social en Burgos.

    Dónde se puede solicitar

    Por teléfono: través del teléfono del centro de día "Iqbalh Masih": 947 22 58 67

    Horario de:

    • De lunes a viernes de 8,30 a 20,30 horas.

    • Sábados, Domingos y festivos de 8,30 a 17,30 horas (excepto Navidad, Año Nuevo y Reyes, fechas en las que el centro permanecerá cerrado)

    Por correo electrónico: cuidadoinfancia@aytoburgos.es

    Por Correo Postal:

    Centro de Día Infantil "IQBAL MASIH"
    C/ Fundación Sonsoles Ballvé, nº 2, bajo.
    09007 - Burgos

    Llamar

    Enviar SMS

    Añadir a Skype

    Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype

    Llamar

    Enviar SMS

    Añadir a Skype

    Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype

    Llamar

    Enviar SMS

    Añadir a Skype

    Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype

    Cómo se realiza el trámite

    Las familias que quieran hacer uso del Servicio deberán solicitarlo a través de los canales antes mencionados con la documentación que se señala en este trámite.

    Documentación

    - Solicitud que pueden recoger en el Centro de Día Iqbal Masih o bien descargársela a través del fichero adjunto que aparece al final de este trámite.

    - Fotocopia de la primera hoja de la cartilla de ahorros de la entidad solicitante.

    Plazos de solicitud

    Entre un mes y 48 horas antes de la utilización del servicio.

    Datos de pago


    Según la Ordenanza Número 405 Ordenanza reguladora del Precio Público por los servicios de cuidados a la infancia municipales publicada en el BOP nº 216 de 14 de noviembre de 2014, las tarifas para los servicios durante el año 2015 serán:

    • Dirigido a Asociaciones y Colectivos: 10 euros por dos horas y cuidador.

    Descuentos a familias

    • Familias numerosas Generales: 50%.
    • Familias numerosas Especiales: 75%.


    Podrán concederse con carácter excepcional bonificaciones de hasta el 100%, cuando mediante informe técnico social, emitido a instancia de parte y elaborado por los técnicos competentes de los Servicios Sociales, se justifique la necesidad e idoneidad del servicio para el beneficiario, así como la situación de insuficiencia de recursos económicos para cubrir las tarifas. La propuesta técnica deberá ser aprobada mediante resolución motivada de la Presidenta del Consejo de la Gerencia Municipal, de lo que se dará cuenta en el Consejo de Administración.

    Normativa

    Ordenanza Número 405 Ordenanza reguladora del Precio Público por los servicios de cuidados a la infancia municipales

    Reglamento de funcionamiento interno del servicio de cuidado a la infancia

    Información adicional

    HORARIO

    El servicio de cuidado grupal se ajustará al horario y tiempo que dure la actividad para la que se realizó la solicitud. Este servicio se prestará de lunes a sábado excepto festivos.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Telefónica

    Online

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Cuidado grupal_ Rellenable

    Solicitud de bonificación de Cuidado a la Infancia

  • La modalidad de Cuidado en el Domicilio es un servicio que contempla la atención de los menores tanto en el propio domicilio, como la realización de desplazamientos de los niños.

    OBJETIVOS DEL SERVICIO

    1. Apoyar a la familia en el adecuado cumplimiento de sus funciones de cuidado y protección a los menores.
    2. Facilitar la conciliación de la vida familiar, laboral y social a través de un servicio que permita atender las necesidades puntuales de cuidado a menores.
    3. Facilitar espacios en los que los niños/as puedan tener cubiertas sus necesidades básicas con garantías para su bienestar, mientras sus padres/tutores acuden a actividades puntuales de formación, inserción laboral, participación social...
    4. Promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

    Unidad responsable

    Área de Infancia y Familia

    Quién lo puede solicitar

    • Familias empadronadas en la ciudad de Burgos con menores en edades comprendidas entre 12 semanas y 12 años, o con menores discapacitados que superen esta edad, cuando precisen apoyos puntuales para la atención de los mismos.
    • Las familias no empadronadas en la ciudad de Burgos podrán hacer uso del servicio de Centro de Día siempre y cuando existan plazas libres y la actividad a la que acudan se realice dentro del término municipal de Burgos

    Dónde se puede solicitar

    • A través del teléfono del centro de día "Iqbalh Masih": 947 22 58 67 en horario de:

      - De lunes a viernes de 8,30 a 20,30 horas
      - Sábados, Domingos y festivos de 8,30 a 17,30 horas (excepto Navidad, Año Nuevo y Reyes, fechas en las que el centro permanecerá cerrado)

    • A través del correo electrónico: cuidadoinfancia@aytoburgos.es
    • Por Correo Postal:

    Centro de Día para Niños Iqbalh Masih
    C/ Fundación Sonsoles Ballvé, nº 2, bajo.
    09007 - Burgos

    Llamar

    Enviar SMS

    Añadir a Skype

    Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype

    Cómo se realiza el trámite

    Las familias que quieran hacer uso del Servicio deberán solicitarlo a través de los medios antes citados.

    Documentación

    Documentación básica:

    1- Fotocopia del DNI
    2- Fotocopia de la primera hoja de la libreta de ahorros a través de la cual se va a efectuar el pago.
    3- Fotocopia de la tarjeta sanitaria del/la menor

    Documentación complementaria:

    1.- Fotocopia del Libro de Familia o documentación que acredite la situación familiar, para los casos de acogerse a los descuentos recogidos en la ordenanza reguladora del precio público.
    2.- Fotocopia del documento acreditativo de la necesidad, en los casos en que la utilización del servicio sea superior a dos semanas consecutivas

    Plazos de solicitud

    Las solicitudes se entregarán en el Centro de día "Iqbal Masih" con máximo de un mes de antelación y un mínimo de 24 horas antes.

    Datos de pago

    Según Ordenanza nº 405 reguladora de precio público por los servicios de cuidados a la infancia municipales publicada en el BOP nº 216 de 14 de noviembre de 2014:

    • 4€ por familia y por hora o por fracción.

    Descuentos a familias

    Familias numerosas Generales: 50%.

    Familias numerosas Especiales: 75%

    Podrán concederse con carácter excepcional bonificaciones de hasta el 100%, cuando mediante informe técnico social, emitido a instancia de parte y elaborado por los técnicos competentes de los Servicios Sociales, se justifique la necesidad e idoneidad del servicio para el beneficiario, así como la situación de insuficiencia de recursos económicos para cubrir las tarifas. La propuesta técnica deberá ser aprobada mediante resoluciónmotivada de la Presidenta del Consejo de la Gerencia Municipal, de lo que se dará cuenta en el Consejo de Administración.

    Normativa

    Ordenanza Número 405 reguladora de precio público por los servicios de cuidados a la infancia municipales

    Reglamento de funcionamiento interno del servicio de cuidados a la infancia

    Información adicional

    El servicio de Cuidados en el domicilio cubrirá exclusivamente aquellos supuestos en los que no sea posible la utilización de la modalidad de Centro de Día, y que a continuación se relacionan:

    • Estar fuera de la cobertura horaria de los Centros de Día

    • Distancia excesiva con imposibilidad de acceso mediante medios particulares o de transporte público a alguno de los dos centros.

    • Realización de traslados (recogida del colegio, acompañamiento a casa,)

    • Otras circunstancias que impidan que el/la menor pueda ser atendido en la modalidad de centro de día (enfermedad, trastorno grave físico o psicológico, necesidad social....).

    HORARIO

    Los servicios se prestarán de lunes a sábado, excepto festivos, y en horario de 7,30 y a 21 horas. Con un tiempo máximo de 3 horas al día.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Telefónica

    Online

    Ficheros adjuntos

    Solicitud del Servicio de Cuidados a la Infancia

    Solicitud del Servicio de Cuidados a la Infancia_antiguos usuarios

    Solicitud de bonificación del Servicio de Cuidado a la Infancia

  • El Servicio de Teleasistencia Domiciliaria es una prestación del Sistema de Servicios Sociales de responsabilidad pública, que permite la permanencia de los usuarios en su medio habitual de vida, así como el contacto con su entorno socio-familiar, evitando el desarraigo y asegurando la intervención inmediata en crisis personales, sociales o médicas para proporcionar seguridad y mejor calidad de vida.

    Unidad responsable

    Gerencia Municipal de Servicios Sociales

    Quién lo puede solicitar


    Personas mayores y personas discapacitadas, que viven solas o bien, aunque convivan con otras personas, éstas presenten idénticas características de edad o discapacidad.

    Las situaciones pueden ser:
    • Vivir solo o pasar gran parte del día sin compañía.
    • Aislamiento y/o desarraigo social.
    • Riesgo por avanzada edad, discapacidad, dependencia o enfermedad.

    Las personas mayores de 80 años pueden acceder de forma automática a la teleasistencia, siempre que cumplan los requisitos de la prestación. En este caso, la Ley 16/2010 de Servicios Sociales de Castilla y León, la contempla como prestación esencial, cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo.

    Dónde se puede solicitar

    A través del Centro de Acción Social CEAS que le corresponda por su domicilio.

    Cómo se realiza el trámite

    El acceso a la teleasistencia se realiza a través de la solicitud de valoración de dependencia y la presentación del anexo correspondiente.
    No obstante, de manera transitoria, es posible solicitar solo el servicio de teleasistencia sin necesidad de solicitud de valoración de dependencia, mediante modelo de solicitud específico.

    Más Información en el CEAS que le corresponda según lugar de residencia y previa cita con el/laTrabajador/a Social.

    Documentación

    • Solicitud (adjunta al final de este trámite)
    • Fotocopia del DNI del solicitante y del cónyuge, en su caso.
    • Informe de salud para prestaciones sociales (del solicitante y beneficiario,en su caso).
    • Certificado del INSS del solicitante y del cónyuge, en su caso.
    • Orden de domiciliación de adeudo directo SEPA (adjuna al final de este trámite).

    Datos de pago

    La aportación del usuario/a estará en función de su renta y patrimonio y se tendrá en cuenta las cargas familiares, computando a estos efectos el cónyuge y los descendientes menores de edad que dependan del interesado, según se establece en la Ordenanza nº 402.

    Artículo 3.

    "La obligación de pagar los Precios Públicos regulados en esta ordenanza nace desde el inicio en la prestación del servicio, en los plazos y periodos establecidos para cada uno de ellos, y será acorde con la intensidad del servicio recibido y el nivel de renta y patrimonio del beneficiario, así como el resto de los criterios que en esta ordenanza se establecen. Esta obligación no existirá durante la suspensión del servicio correspondiente".

    Normativa

    Ley 16/2010 de Servicios Sociales de Castilla y León (BOCYL nº 244, 21 de diciembre de 2010).

    Ordenanza Número 402 Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios o actividades de atención domiciliaria

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria

    Orden Domiciliación Adeudo Directo SEPA

  • ## Resumen Este trámite te permite obtener el carnet del Espacio Joven, que te da acceso a sus instalaciones y recursos. **Quién puede usar este servicio:** Adolescentes y jóvenes de 12 a 30 años. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Formulario de solicitud cumplimentado. * Fotocopia del DNI del solicitante (o del libro de familia si no tiene DNI). * Fotocopia del DNI del padre/madre/tutor legal (si el solicitante es menor de edad). * Fotografía reciente tamaño carnet. **Plazos de solicitud:** Puedes solicitarlo cuando quieras. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Rellena el formulario de solicitud con todos los datos necesarios (si eres menor de edad, también debes incluir la autorización de tu padre/madre/tutor legal). 2. Firma el formulario. 3. Presenta el formulario y la documentación requerida en las oficinas del Espacio Joven. **Documentos:** * Formulario de solicitud del carnet del Espacio Joven (pdf 92,6 kB) ## Ayuda **Contacto:** Área de Juventud del Ayuntamiento de Burgos. * Teléfono: 010

  • ## Resumen Este trámite permite a cualquier persona solicitar la retirada de objetos del Punto Limpio de Burgos. ## Cómo hacerlo Para solicitar la retirada de materiales del Punto Limpio, sigue estos pasos: 1. Envía un correo electrónico a puntolimpionorte@fundacionlesmes.org. 2. En el asunto del correo, escribe "Petición materiales Punto limpio de Burgos". 3. En el cuerpo del correo, incluye la siguiente información: * Nombre y apellidos del solicitante * DNI * Material u objeto que deseas retirar 4. Espera una respuesta con las indicaciones pertinentes. ## Ayuda Si tienes alguna duda, puedes contactar con el servicio de Sanidad y Medio Ambiente.

  • Cambio del nombre del titular de una sepultura bien sea por su fallecimiento o por su voluntad.

    Asunto

    Trámite de Transmisión de Titularidad de Sepultura

    Unidad responsable

    Servicio de Promoción Industrial, Medio Ambiente y Sanidad

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier persona física.

    Dónde se puede solicitar

    En el Servicio de Medio Ambiente y Sanidad

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado ha de entregar la documentación requerida en el Registro Municipal. Posteriormente, se notifica al solicitante la concesión o la transmisión por correo certificado y en unos días recibirá por correo certificado la carta de pago.
    Un vez abonado el importe se acude a la Sección de Sanidad a recoger el Título de la Sepultura.

    Documentación

    • Título de Titularidad de la sepultura (original)
    • Firma y DNI de todos los herederos (si el titular ha fallecido)

    Plazos de solicitud

    • Si el titular ha fallecido: desde que fallece el titular hay un plazo de 30 años para pedir dicha transmisión. Si no se solicita, se conservan los derechos durante ese tiempo pero no puede usarse la sepultura.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza Número 208 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación de servicios en el cementario municipal de San José, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local, publicada en el BOP nº 234, de 11 de Diciembre de 2013:

    Artículo 7. 5º. Transmisión de concesiones: 249,04 euros.

    Normativa

    Información adicional

    Observaciones

    • Si no hay acuerdo entre los herederos para decidir quién va a ser el titular de la transmisión, queda estipulado según la Ordenanza que debe ser el mayor de todos ellos.

    • Cuando el titular ha fallecido y los herederos quieren devolver al Ayuntamiento la sepultura, han de hacer obligatoriamente el trámite de transmisión de titularidad pero no se cobra cantidad alguna por esa transmisión.

    • A partir del 4 de febrero de 2004, las concesiones de titularidad de sepultura a perpetuidad dejan de ser de 99 años para pasar a ser de 75 años.

    • Es aconsejable realizar una concesión nueva en vez de una transmisión cuando quedan pocos años para que prescriba la sepultura, por ejemplo, se desaconseja realizar una transmisión de titularidad cuando la sepultura tiene 90 años porque en un plazo de 9 años van a tener que realizar una concesión nueva.

    PLAZO PARA RESOLVER: 6 meses

    Si no se produce resolución expresa por parte de la Administración (Silencio Administrativo), el efecto es DESESTIMATORIO.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de transmisión de titularidad de sepultura

Page 5 of 7
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.