Trámite para la celebración de Matrimonios Civiles
Reservas para la celebración de bodas civiles en el Ayuntamiento de Burgos.
Asunto
Trámite de Bodas Civiles
Unidad responsable
Secretaría General
Quién lo puede solicitar
Cualquier persona física que desee contraer matrimonio civil con otra.
Dónde se puede solicitar
La carta de pago de la tasa se puede obtener:
En la Oficina de Atención al Contribuyente BAC que requiere solicitar CITA PREVIA para ser atendido:
- por teléfono, llamando al 010 - Servicio de Atención Ciudadana
- por internet, conectando con el portal Ayuntamiento de Burgos Cita Previa
En la Oficina Virtual Tributaria mediante el alta de una autoliquidación de la tasa de matrimonio civil.
Cómo se realiza el trámite
Autorización del matrimonio
En primer lugar se debe reservar día, hora y sitio para la celebración del matrimonio. Para ello, hay que acudir a Secretaría General, reservar la fecha y posteriormente registrar toda la documentación en el Registro General.
Queda a la espera de recibir por parte del Registro Civil sito en la Avda. Reyes Católicos s/n - edificio de los Nuevos Juzgados - la autorización para poder realizar el matrimonio, por lo que los novios paralelamente a las actuaciones municipales deberán personarse en mencionado Registro para allí realizar los correspondientes trámites con una antelación de aproximadamente dos meses antes de la fecha señalada para la boda.
Reserva día, hora y lugar de celebración del matrimonio
Las ceremonias de matrimonio civil en el Ayuntamiento de Burgos podrán tener lugar todos los días del año (excepto los domingos y festivos) en los sitios habilitados al efecto y con el siguiente horario:
- De lunes a viernes de 9,00 a 13,30 horas (en intervalos de media hora), sin tasas, en Salón de Plenos de la Casa Consistorial.
- De lunes a viernes de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 186,09 euros.
- Sábados de 12,30 a 14 horas, de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 247,75 euros.
Está establecido para la celebración de matrimonios civiles que:
- el primero y tercer sábado de cada mes (incluido el viernes por la tarde que le antecede) se celebren en el Palacio de Castilfalé;
- el segundo sábado de cada mes (incluido el viernes por la tarde que le antecede) en la Sala Capitular del Monasterio de San Juan
- El cuarto sábado de cada mes (incluido el viernes por la tarde que le antecede) en el Salón Rojo del Teatro Principal.
Ceremonia
En la fecha y hora señalada para la celebración del matrimonio, personal del Ayuntamiento recibirá a los contrayentes, testigos e invitados en el local en que vaya a tener lugar. Una vez acomodados en el mismo hará acto de presencia el Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue que presidirá la ceremonia y autorizará el matrimonio.
Comprobada la presencia de los contrayentes se procederá por personal de la Secretaría General a identificar a los dos testigos mayores de edad que deberán aportar el Documento Nacional de Identidad.
Tras la ceremonia se hará entrega a los contrayentes del Acta Matrimonial con la que deberán acudir al Registro Civil para que quede registrado el matrimonio y se les facilite el Libro de Familia.
Documentación
La instancia de solicitud de celebración de matrimonio civil (ver ficheros adjuntos) debe ir acompañada de:
- Del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte (original y fotocopia para su compulsa) de las cuatro personas (novios y testigos) que figuren en la instancia estarán en un mismo folio y sin recortar. Se presentarán en la Secretaría General del Ayuntamiento para su compulsa.
- Es obligatorio el pago de la tasa municipal en el plazo mínimo de quince días antes de la fecha de la boda, que se abonará a través de una carta de pago que se puede obtener en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC (requiere CITA PREVIA), o en la Oficina Virtual Tributaria (apartado Alta Autoliquidaciones - Tasa Matrimonio Civil) debiendo presentar el correspondiente recibo en la Secretaría General.
- Las reservas de fecha, hora y local se harán por riguroso orden de solicitud y su otorgamiento quedará supeditado a las necesidades propias del Ayuntamiento respecto del uso de dichos locales.
- Es imprescindible para la celebración del matrimonio civil la obtención de la correspondiente autorización judicial. Para ello, deberá empezar el expediente de matrimonio en el Registro Civil de la Ciudad correspondiente a su empadronamiento, sabiendo que el plazo para su obtención es como mínimo de dos meses.
Plazos de solicitud
A voluntad del interesado.
Datos de pago
La tasa se hará efectiva en cualquiera de las entidades bancarias que indique la carta de pago que se facilita en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC (requiere CITA PREVIA) del Ayuntamiento (planta baja del Ayuntamiento) o en la Oficina Virtual Tributaria, en el apartado Alta Autoliquidaciones -Tasa Matrimonio Civil-, y la copia del pago efectuado se presentará en la Secretaría General (1ª planta del edificio antiguo del Ayuntamiento) para unirlo al expediente de matrimonio civil.
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Celebración de Matrimonios Civiles publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 189 de 5 de octubre de 2012.
Tasas a aplicar:
- De lunes a viernes de 9,00 a 13,30 horas (en intervalos de media hora), sin tasas, en Salón de Plenos de la Casa Consistorial.
- De lunes a viernes de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 186,09 euros.
- Sábados de 12,30 a 14 horas, de 18 a 19 horas (en intervalos de media hora): 247,75 euros.
Normativa
Información adicional
Con el fin de mantener el decoro y limpieza de los locales habilitados al efecto queda prohibido arrojar arroz dentro de los mismos.
Queda totalmente prohibido el uso de artefactos pirotécnicos, según establece la Ordenanza Municipal de Ruidos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 244, de fecha 28 de diciembre de 2012, que en su artículo 15, dice textualmente Artículo 15. Artefactos pirotécnicos. Queda prohibido, salvo autorización municipal previa, explosionar petardos, cohetes y toda clase de artículos pirotécnicos de categoría 2 o superior, según la categorización establecida por el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería que puedan producir ruidos.
..
Artículo 55. Son infracciones leves, las siguientes: f) Explosionar, sin autorización municipal, artefactos pirotécnicos de categoría 2 o superior, según la categorización establecida por el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería que puedan producir ruidos. c) Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas de hasta 600 euros.
IMPORTANTE
Durante el tiempo de la ceremonia los contrayentes tendrán reservado un espacio de aparcamiento delante de la entrada de los edificios señalados, para lo cual será necesario para su acceso a los lugares donde existen bolardos (Palacio de Castilfalé y Salón rojo del Teatro Principal), solicitar mediante el modelo de Instancia General, la correspondiente autorización en el Registro Municipal del Ayuntamiento (planta baja del Ayuntamiento), haciendo constar las matrículas de dos vehículos.
Tipo tramitación
Presencial
Ficheros adjuntos
Instancia Bodas Civiles
Normas de la Alcaldía celebración Matrimonios Civiles
Bodas Civiles_ Desarrollo de la Ceremonia
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Delegacion Territorial De La Junta De Castilla Y Leon En Burgos
Pza. Bilbao, 3 , Burgos , 09004
Tel. 947281528
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Direccion Provincial De Sanidad Y Consumo En Burgos Msc
Avenida Conde Vallellan, 16 , Burgos , 09005
Tel. 947281564
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Consorcio Para La Gestion De La Variante Ferroviaria De Burgos
Pza. Mio Cid, 6 , Burgos , 09004
Tel. 947257422
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ministerio De Justicia
Pza. Alonso Mart, 7 6, Burgos , 09071
Tel. 947273152
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Canal 54
Eduardo Martínez del Campo, 12, Burgos , 09004
Tel. 947257070
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor
Parq. Dr. Vara, 1, Burgos , 09003
Tel. 947288828
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Diputacion Provincial De Burgos
, Burgos
Tel. 947131767
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado