Ayuntamiento de Burgos

  • Es la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con Barracas, Carpas, Autobuses Promocionales, Globos aerostáticos, Atracciones de feria durante las fiestas de los barrios...etc.

    Asunto

    Trámite de Ocupación temporal de la Vía Pública

    Unidad responsable

    Hacienda - Negociado de Dominio Público

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier persona física que utilice o aproveche especialmente el dominio público local en beneficio particular.

    Dónde se puede solicitar

    Presentación de la solicitud en el Registro del Ayuntamiento

    Cómo se realiza el trámite

    Debe presentar una instancia general en el Registro del Ayuntamiento. Esa instancia será estudiada en la sección y se le comunicará si se le concede o no la licencia pertinente.

    En caso de que se le conceda deberá recoger la carta de pago y abonar las tasas para proceder a la liquidación en una entidad bancaria .

    Si la ocupación puede implicar algún peligro, se solicitará un seguro de responsabilidad civil y justificante del pago de la prima del mismo.

    Plazos:

    Si en el plazo de un mes no hay contestación por escrito al solicitante (silencio administrativo), se considerará DESESTIMATORIO.

    Es importante que se solicite la ocupación de vía pública con antelación para que la licencia pueda ser firmada por la Unidad de Tráfico y enviada a los solicitantes antes de la fecha de la ocupación de la vía.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza Número 213 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local:

    Artículo 10. Epígrafe 6:
    Puestos diversos.
    La base para la determinación de las tasas estará constituida por la extensión de terreno que ocupa el aprovechamiento y la naturaleza de la instalación o industria y su cuantía se ajustará a las siguientes tarifas mínimas:

    A) Puestos diversos, por cada día: (Tarifa).

    • a) Castañas asadas (fuera de temporada), avellanas y cacahuetes tostados: 0,66 euros.
    • b) Casetas destinadas a la venta de billetes de espectáculos, cuando esté abierta: 16,34 euros.
    • c) Las mismas en los días que se hallen cerradas, por cada día: 4,04 euros.
    • d) Los puestos de churros (fuera de temporada), o de otros artículos en casetas abonarán a razón de 0,08 euros por cada metro cuadrado o fracción, por cada día, con un mínimo de: 8,13 euros.

    Los vendedores no comprendidos en las tarifas anteriores quedarán equiparados en el pago a los de la mercancía y vehículo más similar de los incluidos en la misma.

    Serán concedidos mediante subasta todos los puestos fijos en la vía pública, especialmente los destinados a la venta de helados, caramelos, dulces, castañas asadas, avellanas y cacahuetes tostados y otros artículos o los mismos en vehículos. Estas subastas deberán celebrarse con quince días de anticipación a la fecha en que hayan de autorizarse las concesiones. Los tipos de licitación se fijarán sirviendo de base los señalados en la tarifa correspondiente.

    B) Puestos diversos por temporada: (Tarifa).
    La venta de globos durante la celebración del Curpillos: 35 euros.
    La venta de globos durante la celebración de las Fiestas de San Pedro y San Pablo: 55 euros.
    La venta de globos en la feria del mimbre, barro y cuero: 35 euros.
    Castañas por temporada del 1 de octubre al 28 de febrero: 100 euros.
    Churros por temporada del 1 de octubre al 31 de mayo: 1.975 euros.

    Normativa

    • Art. 20.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, las Entidades Locales pueden establecer tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local.
    • Ordenanza Número 213 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local
    • Art. 77 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 1372/1986, de 13 de junio, el uso común especial normal de los bienes de dominio público, se sujetará a licencia, ajustada a la naturaleza del dominio, a los actos de su afectación y apertura al uso público y a los preceptos de carácter general.
    • Art. 21.1.q) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, asigna al Alcalde la atribución para otorgar licencias salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia General imprimible

    Instancia General rellenable

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar un Plan de Pago Personalizado (PPP) para deudas tributarias con el Ayuntamiento de Burgos. **Quién puede solicitarlo:** Cualquier persona física o jurídica que no tenga deudas en periodo ejecutivo. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Haber ingresado la autoliquidación o liquidación correspondiente al alta. * No tener deudas pendientes en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento. * El importe de la deuda tributaria incluida debe ser superior a 150 euros. * Domiciliar todas las cuotas del Plan en una única cuenta bancaria. * Incluir todos los recibos de los que sea titular. * Proporcionar una dirección de correo electrónico para avisos y comunicaciones. **Documentos requeridos:** * Modelo de "Solicitud plan de pago personalizado PPP" (disponible para descargar). ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Obtener el modelo de solicitud en la Oficina de Atención al Contribuyente (BAC) de la plaza Mayor o de la C/ Fundación Sonsoles Ballvé, en el Servicio de Atención Ciudadana 010, o descargarlo del enlace proporcionado. 2. Cumplimentar el modelo de solicitud. 3. Presentar la solicitud: * En la Oficina de Atención al Contribuyente (BAC) de la plaza Mayor o de la C/ Fundación Sonsoles Ballvé. * En el Registro General del Ayuntamiento de Burgos. * A través de la Oficina Virtual Tributaria (requiere certificado electrónico). **Plazos:** * La solicitud debe presentarse hasta el último día hábil del mes de febrero del ejercicio al que se refiere la petición. * El plan se adhiere automáticamente salvo denegación por incumplimiento de requisitos. ## Después de hacerlo * El Ayuntamiento estimará el importe de las cuotas y realizará regularizaciones a lo largo del año. * Se devolverán de oficio los excesos de cobro, sin intereses. * Se puede pagar todas las cuotas no vencidas de una sola vez, causando baja en el Plan. **Duración:** El Plan de Pago Personalizado tiene validez indefinida, salvo manifestación expresa en contrario o falta de pago. **Falta de pago:** El impago de hasta dos cuotas puede resultar en la redistribución del importe entre los plazos restantes. El impago de más de dos cuotas o del último plazo resultará en la cancelación del Plan. ## Ayuda * **Oficina de Atención al Contribuyente (BAC):** Plaza Mayor y C/ Fundación Sonsoles Ballvé. * **Servicio de Atención Ciudadana 010:** Teléfono 947 200 010. * Servicio de Atención Ciudadana 010 * Cita Previa * Oficina Virtual Tributaria **Normativa:** * Ordenanza Número 100 Fiscal General

  • Solicitud de la Tarjeta ORA para estacionar con duración limitada.

    Asunto

    Solicitud de Tarjeta ORA para vehículos comerciales

    Unidad responsable

    Policía Local

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas o jurídicas propietarias de vehículos comerciales o destinados a reparaciones u obras.

    a) Tener licencia para el ejercicio de alguna actividad relacionada con las reparaciones domiciliarias, obras menores o servicios equivalentes, expedidas por el Ayuntamiento de Burgos.
    b) Estar el vehículo a nombre del titular de la licencia.
    c) Tener el vehículo carácter comercial y estar debidamente rotulado.
    d) Estar al corriente en el pago del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
    e) No tener pendiente de pago en vía ejecutiva multas de tráfico impuestas por Resolución firme de la Alcaldía.

    Dónde se puede solicitar

    A través de Registro Municipal

    Cómo se realiza el trámite

    Deberán cumplimentar la instancia adjunta y entregarla en Registro Municipal ,junto con la documentación citada en este trámite, en los plazos de solicitud correspondientes.

    Documentación

    - Fotocopia de la licencia de actividad expedida por el Ayuntamiento de Burgos
    - Fotocopia del permiso de circulación.

    Plazos de solicitud

    Para nuevos vehículos: Entre los días 1y 5 de cada mes.

    Para el resto de vehículos: Entre el 15 de diciembre y el 15 de enero.

    Normativa

    Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (ORA) - Aprobación Definitiva

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Tarjeta ORA para vehículos comerciales

    ORD Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (Aprobación Definitiva)

    Anexo I - ORA

    Anexo II - ORA

  • Permite aparcar los vehículos sin límite horario en una zona ORA

    Asunto

    Tarjetas de Aparcamiento (O.R.A.) para residentes

    Unidad responsable

    Policía Administrativa

    Quién lo puede solicitar

    Los propietarios de un vehículo que residan en la zona deteterminada.

    REQUISITOS NECESARIOS

    • Estar empadronado en la zona afectada por el Servicio de Ordenación y Regulación de aparcamiento de vehículos en la vía pública (O.R.A.)

    • Figurar como titular en el permiso de circulación (la dirección de dicho permiso debe coincidir con la de empadronamiento y la regulada como Zona O.R.A.).

    • Estar al corriente en el pago del Impuesto Municipal sobre vehículos de Tracción Mecánica

    • No tener pendiente de pago en vía ejecutiva multas de tráfico impuestas por resolución firme de la Alcaldía.

    Dónde se puede solicitar

    A través del Registro Municipal (planta baja del Ayuntamiento de Burgos) o bien a través del Registro Auxiliar de la Sección Administrativa de Policía Local. (Avda. Cantabria, 54)

    Cómo se realiza el trámite

    1. La presentación del Modelo de Instancia ORA se puede realizar en la Sección Administrativa de la Policía local (Avenida Cantabria, 54) o en el Registro General del Ayuntamiento solicitando la nueva tarjeta y adjuntado la documentación que se especifica en este trámite (ver documentación).

    2. Si la solicitud se presenta en la Sección Administrativa de la Policía Local, se expedirá en el acto una liquidación para el pago de la correspondiente tasa en cualquiera de las entidades colaboradoras relacionadas en la liquidación, sin cuyo pago no se podrá expedir la tarjeta.

    3. Si la solicitud se presenta en el Registro General del Ayuntamiento, el solicitante deberá pasar a recoger la liquidación por las oficinas de Policía local (Avda. Cantabria) a los 2 ó 3 días

    4. Tras satisfacer el pago en la sucursal correspondiente deberá acudir a la sección de Policía Administrativa (Avda. Cantabria, 54) en 5 ó 7 días para recogerla.

    * Cambio de vehículo Cuando una persona tiene la tarjeta ORA y cambia de vehículo, tiene que acudir a la Sección Administrativa de Policía Local y llevar la tarjeta de la ORA junto con una fotocopia del permiso de circulación del vehículo nuevo.

    * Como norma general, se otorgará únicamente un distintivo por propietario de vehículo y domicilio.

    Documentación

    • Fotocopia del Permiso de Conducir
    • Fotocopia del Permiso de Circulación
    • Fotocopia del D.N.I., tarjeta de residente o pasaporte

    Plazos de solicitud

    A voluntad de los interesados

    Datos de pago

    Según la Ordenanza Fiscal nº 215 reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en vías públicas municipales, publicada en el BOP nº 136 de 21 de julio de 2017:

    El pago se efectuará en las entidades bancarias colaboradoras previa obtención de la correspondiente liquidación que será expedida por el Negociado de Tráfico. No se admitirá el pago en otras circunstancias.

    Por cada año completo: 41,07 euros.
    En caso de que el año no sea completo se prorrateará por trimestres naturales.
    A partir del 1 de abril: 30,80 euros. (75%)
    A partir del 1 de julio: 20,54 euros. (50%)
    A partir del 1 de octubre: 10,27 euros. (25%)

    Tarifa General: Prepagada en expendedor de tickets o parquímetro individual:


    a). Hasta 18 minutos de estacionamiento 0,20 €
    b). Hasta 35 minutos de estacionamiento 0,40€
    c). Hasta 54 minutos de estacionamiento 0,60 €
    d). Hasta 1 hora y 12 minutos de estacionamiento 0,80 €
    e). Hasta 1 hora y 26 minutos de estacionamiento 1,00 €
    f) Hasta 1 hora y 43 minutos de estacionamiento 1,20 €
    g) Hasta 2 horas de estacionamiento 1,40 €
    h) Anulación de denuncia 2,65 €

    Normativa

    Ordenanza Fiscal nº 215 reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en vías públicas municipales


    Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (ORA) - Aprobación Definitiva

    Información adicional

    PLAZO DE RESOLUCIÓN: Una Semana.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de tarjeta aparcamiento zona ORA

    ORD Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (Aprobación Definitiva)

    Anexo I

    Anexo II

  • Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de autobús de BONO JUBILADOS para pensionistas no activos laboralmente o jubilados al 100% mayores de 60 años, personas mayores de 60 años sin ingresos, pensionistas por incapacidad permanente total - incapacidad permanente absoluta o gran invalidez sin límite de edad y discapacitados con al menos el 33% de discapacidad.

    (Requisitos establecidos en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 153 de 17 de agosto de 2017.)

    Asunto

    Trámite de solicitud de Tarifa de Autobús reducida para Pensionistas, jubilados o discapacitados

    Unidad responsable

    Autobuses Urbanos

    Quién lo puede solicitar

    Tendrán DERECHO a la concesión de la tarjeta de tarifa reducida

    • Los pensionistas o jubilados al 100%, mayores de 60 años, no dados de alta en ninguna actividad o régimen laboral, ni en situación asimilada al alta, de cualquier centro oficial ( INSS, MUFACE, ISFAS, FONAS, etc).
    • Las personas mayores de 60 años, que no perciban ningún tipo de ingreso por rendimiento de trabajo.
    • Los pensionistas por el concepto de Incapacidad Permanente Total, Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez, sin límite de edad.
    • Los discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, con al menos un 33% de discapacidad.

    CONDICIONES a reunir por todos los solicitantes para obtener la tarjeta de tarifa reducida

    1. Estar empadronados en el Ayuntamiento de Burgos como vecinos.
    2. Estar al corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales.
    3. No superar dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2018 será de 15.039,18 euros anuales, a que se refiere el art. 2.2.b) del Real Decreto Ley 3/2017, de 27 de junio (BOE del 28), por todos los ingresos brutos mensuales, computándose para ello todas las rentas incluidas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior del solicitante.

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado puede recoger los impresos de solicitud adjuntos en el Ayuntamiento de Burgos (plaza Mayor, 1) en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana 010.

    Posteriormente deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.

    Documentación

    JUSTIFICANTES a presentar por los interesados junto con la Solicitud Oficial

    Todos los solicitantes aportarán:

    • Certificado de todas las pensiones que se perciben expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social ( C/ Vitoria Nº 16 ó Avda. de los Derechos Humanos Nº 1).
    • Una fotografía de carné actual, original y en color.
    • Fotocopia del D.N.I. (en blanco y negro).

    Los discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, además aportarán:

    • Fotocopia y original del Certificado o Resolución de la minusvalía o de la discapacidad actualizado, para su compulsa.

    Los menores de 65 años :

    • Que sean discapacitados o los solicitantes con Incapacidad Permanente Total y que estén trabajando actualmente, aportarán Informe de su vida laboral actual con fecha no anterior a 3 meses a la presentación de esta solicitud, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social ( C/ Vitoria nº 16 o Avda. de los Derechos Humanos nº 1), y fotocopia de su última nómina.
    • Que no perciban ningún tipo de ingreso por rendimientos del trabajo, aportarán:

    > Certificado del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el que conste si es beneficiario de alguna prestación/subsidio por desempleo.
    > Certificado del Servicio Público de Empleo de la situación laboral y administrativa.

    Cualquier informe o certificado emitido por organismos oficiales que se considere necesario.

    Una vez que se comunique la concesión de la tarjeta por carta, el concesionario podrá acudir a las oficinas de Autobuses Urbanos (Plaza Virgen del Manzano s/n) a recoger el código de barras para realizar el pago de 2 euros en Caixa Bank (en sus oficinas los martes y jueves de 8:30 a 10:30 horas, y en los cajeros las 24 horas).

    Plazos de solicitud

    Durante todo el año a voluntad del interesado.

    La resolución, se notificará por carta certificada con acuse de recibo a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza fiscal nº 218, las tarifas relativas al año 2018 son:

    Tipo de Billete Precio
    Billete ordinario 1,20 euros
    Tarifa reducida para jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas 0,12 euros
    Bonojoven (hasta 26 años incluidos) 0,25 euros
    Bonobur o tarjeta sin contacto 0,47 euros
    Niños/as (hasta 12 años incluidos)
    Gratis
    Servicio Nocturno Búho billete ordinario 1,50 euros
    Servicio Nocturno Búho bonobur o tarjeta sin contacto 0,55 euros
    Servicio Nocturno Búho jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas, desempleados o personas con sueldos precarios. 0,55 euros
    Gastos de emisión o reposición de la tarjeta sin contacto 2,00 euros
    Reposición del carnet de tarifa reducida por pérdida o extravío 2,00 euros

    Normativa

    Ordenanza Número 218 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros

    Información adicional

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud oficial de la tarjeta de tarifa reducida de BONO JUBILADOS

    Operativa Caixabank

  • Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de BONO SOCIAL para personas desempleadas y trabajadores con sueldos precarios.

    (Requisitos establecidos en el artículo 7 bis de la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 153 de 17 de agosto de 2017).

    Unidad responsable

    Servicio Municipalizado de Accesibilidad, Movilidad y Transporte

    Quién lo puede solicitar

    Tendrán DERECHO a la concesión de tarjeta de tarifa reducida de BONO SOCIAL los desempleados y trabajadores con ingresos por debajo del 1,3 IPREM.

    CONDICIONES a reunir por todos los solicitantes para obtener la tarjeta de tarifa reducida

    1. Estar empadronado en el Ayuntamiento de Burgos como vecino.
    2. Estar al corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales.
    3. El conjunto de la Unidad Familiar* no podrá superar el 1,3 de los ingresos determinados en el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), a que se refiere el articulo 2.2.b) del Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio (BOE del 26) y modificado por la Ley 3/2017 de 27 de Junio (BOE del 28), por todos los ingresos brutos mensuales, computándose para ello todas las rentas incluidas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior del solicitante, o en su caso en la información obrante en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en función del número de miembros de la misma, tal y como se muestra a continuación:

    • 1 miembro: 1,3 IPREM. ..........................814,62 Euros/mes
    • 2 miembros: 1,3 IPREM + 25 %. ..........1.018,28 Euros/mes
    • 3 miembros: 1,3 IPREM + 55 %. ..........1.262,66 Euros/mes
    • 4 miembros: 1,3 IPREM + 85 %. ......... 1.507,05 Euros/mes
    • 5 miembros: 1,3 IPREM + 115 %. ....... 1.751,44 Euros/mes
    • 6 miembros: 1,3 IPREM + 145 %. ....... 1.995,82 Euros/mes
    • 7 miembros: 1,3 IPREM + 175 %. ....... 2.240,21 Euros/mes
    • 8 miembros: 1,3 IPREM + 205 %......... 2.484,60 Euros/mes
    • 9 miembros: 1,3 IPREM + 235 %. ....... 2.728,98 Euros/mes
    • 10 miembros: 1,3 IPREM + 265 %....... 2.973,37 Euros/mes

    Por cada unidad familiar que supere los 10 integrantes se seguirá la secuencia numérica fijada en el párrafo anterior por cada miembro adicional.
    *La Unidad Familiar, la componen el solicitante, el cónyuge no separado legalmente o persona unida por análoga realción de afectividad y familiares hasta 2º grado, empadronados en el domicilio familiar.

    IPREM MENSUAL para el año 2019: 537,84 €

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado puede recoger los impresos de solicitud adjuntos en el Ayuntamiento de Burgos (plaza Mayor, 1) en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana 010.

    Posteriormente deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.

    Documentación

    Documentacióna presentar, junto con la solicitud oficial.

    Todos los solicitantes aportarán:

    • Volante Familiar de Empadronamiento.
    • Una fotografía de carné actual, original y en color.
    • Fotocopia del D.N.I. (en blanco y negro).
    • Fotocopia del Libro de Familia y original, para compulsar ó documento de fe y vida. En su caso, copia de documentación acreditativa de la situación familiar (nulidad, divorcio, separación legal, familias monoparentales, etc...)
    • En su caso, documentación acreditativa de no percibir pensión alimenticia.


    Los desempleados, además aportarán:

    • Informe de su vida laboral actual, con un plazo no anterior a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (INSS C/ Vitoria Nº 16 ó Eladio Perlado Nº 1).
    • Informe de la situación laboral y administrativa actual, emitido en un plazo máximo de un mes antes de la presentación de la solicitud (oficinas de Empleo Público)

    Los solicitantes con sueldos precarios, además aportarán:

    • Fotocopia de la última ó últimas nominas.

    Cualquier informe ó certificado emitido por organismos oficiales, que se considere necesario.

    La resolución, se notificará por carta certificada con acuse de recibo, a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación y tendrá validez por un año. Una vez transcurrido este período, se podrá solicitar por el interesado su renovación, con una antelación de un mes.

    El pago de la tasa de los 2,00€ del coste de la tarjeta, se realizará una vez recibida la notificaciónde concesión de la tarjeta de tarifa reducida.

    * La Unidad Familiar, la componen el solicitante, el conyugue no separado legalmente ó persona unida por análoga relación de afectividad y familiares hasta 2º grado, empadronados en el domicilio familiar.

    Plazos de solicitud

    Durante todo el año a voluntad del interesado.

    La resolución, se notificará por carta certificada con acuse de recibo, a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación y tendrá validez por un año. Una vez transcurrido este período, se podrá solicitar por el interesado su renovación, con una antelación de un mes.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza fiscal nº 218, las tarifas relativas al año 2019 son:

    Tipo de Billete Precio
    Billete ordinario 1,20 euros
    Tarifa reducida para jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas o Bono Social 0,12 euros
    Bonojoven (hasta 26 años incluidos) 0,25 euros
    Bonobur o tarjeta sin contacto 0,47 euros
    Niños/as (hasta 12 años incluidos)
    Gratis
    Servicio Nocturno Búho billete ordinario 1,50 euros
    Servicio Nocturno Búho bonobur o tarjeta sin contacto 0,55 euros
    Servicio Nocturno Búho jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas, desempleados o personas con sueldos precarios. 0,55 euros
    Gastos de emisión o reposición de la tarjeta sin contacto 2,00 euros
    Reposición del carnet de tarifa reducida por pérdida o extravío 2,00 euros

    Normativa

    Ordenanza fiscal nº 218 reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud oficial de la tarjeta de tarifa reducida de Bono Social

    Operativa Caixabank

  • Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de BONO JOVEN.

    (Requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 153, de 17 de agosto de 2017.)

    Unidad responsable

    Servicio Municipalizado de Movilidad y Transportes

    Quién lo puede solicitar

    Personas de 13 a 26 años incluidos.

    Cómo se realiza el trámite

    Los interesados deberán presentar la documentación en el Registro General del Ayuntamiento en horario de lunes a viernes de 9 a 14 y de 16:30 a 18:30h, sábados de 9 a 14h. (en agosto su horario es de lunes a viernes de 9 a 14h) y podrán recoger la tarjeta una vez transcurridos 15 días hábiles desde su presentación en la oficina del SMYT.

    Documentación

    • Impreso de solicitud (ver documento adjunto al final de este trámite)
    • Fotocopia de DNI en vigor
    • Fotografía tamaño carné, original y en color
    • Justificante bancario de haber abonado 2€ (ver instrucciones de pago en la hoja de solicitud adjunta)

    Plazos de solicitud

    A partir del 1 de agosto de 2017.

    Datos de pago

    Bono joven (hasta 26 años, incluidos), por viaje - 0,25 euros.

    Niños/as hasta 12 años incluidos - Gratis.

    Normativa

    Ordenanza fiscal nº 218 reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros

    Información adicional

    La resolución se notificará por carta certificada -con acuse de recibo-, a la dirección que figura en la solicitud y tendrá validez hasta el día en que se cumplan los 27 años.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud Bono Joven de Autobús

  • Según el artículo 46 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León , cuando se transmitan actividades o instalaciones que cuenten con licencia será precisa la previa comunicación de dicha transmisión al Ayuntamiento competente.

    Asunto

    Transmisión de Licencia

    Unidad responsable

    Sección de Servicios

    Dónde se puede solicitar

    En la Sección de Servicios del Ayuntamiento de Burgos.

    Cómo se realiza el trámite


    El usuario interesado en solicitar una transmisión de licencia, deberá cumplimentar el modelo de solicitud habilitado al efecto, aportando la documentación citada a continuación.
    La solicitud deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos, o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    EFECTOS DE LA TRANSMISIÓN

    1. Si se produce la transmisión sin efectuar la correspondiente comunicación al Ayuntamiento de Burgos, el anterior y el nuevo titular quedarán sujetos, de forma solidaria, a todas las responsabilidades y obligaciones derivadas del incumplimiento de dicha obligación previstas en esta Ley.
    2. Una vez producida la transmisión, el nuevo titular se subrogará en los derechos, obligaciones y responsabilidades del anterior titular. No obstante, el anterior y el nuevo titular responderán solidariamente respecto de las obligaciones y responsabilidades preexistentes en la transmisión

    Documentación

    1. En caso de haberse otorgado Licencia, deberá aportarse copia de la misma.
    A partir del 27 de diciembre de 2009 dicha licencia fue sustituida por la Comunicación de Inicio, por lo que en caso de haber realizado dicha Comunicación, deberá aportarse copia de la Licencia Ambiental.
    2. Impuesto(s) de Actividades Económicas de la actividad.
    3. Contrato de arrendamiento o cesión, o escritura de compra venta.
    4. Documento oficial acreditativo de la superficie del local.
    5. En el caso de sociedades, fotocopia escritura constitución de sociedad y apoderamiento de la persona firmante.
    6. En caso de actividades hosteleras, plano a escala 1:50 ó 1:100 acotado indicando la anchura de los elementos de evacuación (salidas) y el uso y superficie de cada dependencia. Si el establecimiento hubiera contado con terraza hostelera y el solicitante de la transmisión quisiera seguir disponiendo de autorización para ello deberá indicarlo expresamente con objeto de que se puedan hacer las verificaciones oportunas del cumplimiento de los requisitos.

    En caso de no figurar el aforo máximo permitido en la Licencia de Apertura o, en su caso, en la Licencia Ambiental que se pretende transmitir, deberá aportarse informe técnico visado sobre el aforo máximo autorizable.

    Plazos de solicitud

    A voluntad del interesado.

    Datos de pago

    Ordenanza Fiscal nº 201 reguladora de la Tasa por expedición de documentos.

    5.3.3. Licencias relativas a las condiciones de un establecimiento local, cuando hubiese cambiado de titular sin modificación de la actividad o giro que en él se viniere desarrollando ........ 150 euros.

    Normativa

    Información adicional

    Una vez producida la transmisión, el nuevo titular se subrogará en los derechos, obligaciones y responsabilidades del anterior titular.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia de Cambio de Titularidad de Actividad

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar el alta de obras para la conexión a la red de suministro de agua y alcantarillado en el municipio de Burgos. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona física o jurídica que necesite conectar una obra a la red de agua y alcantarillado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * NIF/CIF y DNI del representante. * DNI/NIE. * Número de cuenta (IBAN 24 dígitos) para la domiciliación de recibos. * Licencia de Obras de Nueva Planta y Declaración responsable de obras. * Plano de situación. * Solicitudes de Agua y Saneamiento (recoger en la oficina o descargar de los documentos adjuntos). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Solicita cita previa en la web del Servicio de Aguas. 3. Presenta la documentación en las oficinas del Servicio de Aguas, Av. Del Cid Campeador nº 12 - 1ª planta, de 9:00 a 14:00 horas. ## Ayuda **Contacto:** Servicio de Aguas Av. Del Cid Campeador nº 12 - 1ª planta Teléfono: 010 **Documentos adjuntos:** * Acometida de Agua (pdf 373,6 kB) * Acometida de Alcantarillado (pdf 407 kB)

  • Normas generales para la concesión del carnet de socio de Centros Cívicos.

    Asunto

    Trámite de Solicitud de carnet de Centros Cívicos

    Unidad responsable

    Servicio de Información de los Centros Cívicos.

    Quién lo puede solicitar

    Aquellos usuarios que quieran acceder a la oferta social, cultural, educativa y deportiva de Centros Cívicos.

    Dónde se puede solicitar

    - Centro Cívico Capiscol

    - Centro Cívico Gamonal Norte

    - Centro Cívico Huelgas El Pilar

    - Centro Cívico Río Vena

    - Centro Cívico San Agustín

    - Centro Cívico San Juan

    - Centro Cívico Vista Alegre

    Cómo se realiza el trámite

    El ciudadano interesado en hacerse socio del Centro Cívico ha de cumplimentar la solicitud de carnet y adjuntar dos fotografías tamaño carnet.

    En el caso de que se solicite carnet de socio para un menor, se ha de solicitar carnet de socio para el padre/madre o tutor también.

    La solicitud junto con las dos fotografías se entregará en las instalaciones de los Centros Cívicos .


    Documentación

    El ciudadano interesado en hacerse socio de Centros Cívicos ha de cumplimentar la solicitud de carnet y adjuntar dos fotografías tamaño carnet.

    La solicitud junto con las dos fotografías se entregará en las instalaciones de los Centros Cívicos, en los diferentes Servicios de Información.

    Plazos de solicitud

    Plazos: No existen plazos de solicitud.

    Información adicional

    Horario de los Servicios de Información de los Centros Cívicos

    - Centro Cívico Capiscol

    • de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y de 17:30 a 19:30 horas

    - Centro Cívico Gamonal Norte

    • de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y de 17:30 a 19:30 horas

    - Centro Cívico Huelgas El Pilar

    • de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y de 17:30 a 19:30 horas

    - Centro Cívico Río Vena

    • de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y de 17:30 a 19:30 horas

    - Centro Cívico San Agustín

    • de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y de 17:30 a 19:30 horas

    - Centro Cívico San Juan

    • de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y de 17:30 a 19:30 horas

    - Centro Cívico Vista Alegre

    • de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y de 17:30 a 19:30 horas

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de carnet para Centros Cívicos

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