Inscripción en el Registro de Animales de Compañía.
En el caso de los considerados perros potencialmente peligrosos se ha de tener en cuenta las siguientes indicaciones según la Ordenanza Municipal sobre Animales de Compañía
Artículo 14º.- Medidas de seguridad.
1.- La persona que controle y conduzca perros potencialmente peligrosos, deberá llevar consigo la licencia y el certificado acreditativo de inscripción en el correspondiente registro municipal, cuando éstos circulen por lugares o espacios públicos.
2.- Los perros peligrosos deberán ser conducidos con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona. Debería llevar obligatoriamente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal. Se observarán cualesquiera otras medidas de seguridad contempladas en las normas.
Registro de animales
Sección de Sanidad
Lo puede solicitar cualquier dueño de animal de compañía.
Sólo en el caso de los dueños de perros considerados potencialmente peligrosos, se requiere:
Ser mayor de edad.
No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad personal y salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves, con algunas de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. No obstante, no será impedimento para la obtención de la licencia haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre que en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.
Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
En el Servicio de Medio Ambiente y Sanidad - Censo de animales domésticos
Animal de raza no peligrosa | Animal de raza peligrosa |
Ha de acudir directamente al Servicio de Medio Ambiente y Sanidad con la documentación exigida | Si se trata de perros peligrosos, deberán entregar la documentación completa en el Registro Municipal. Se considerarán perros peligrosos los pertenecientes a las siguientes razas y sus cruces de primera generación:
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Los permisos para tener perros de razas peligrosas se renuevan cada año junto con el certificado de la revisión anual del veterinario.
Animal de raza no peligrosa | Animal de raza peligrosa |
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En el caso de ser un perro considerado potencialmente peligroso, deberá renovar el permiso cada año junto con el certificado de la revisión anual del veterinario.
Han de censarlos en un plazo máximo de tres meses desde su nacimiento o su adquisición.
Presencial
Solicitud de autorización municipal para la tenencia de razas potencialmente peligrosas
Renovación por extravío, hurto o deterioro del carné de usuario de la Red de Bibliotecas de Castilla y León
Biblioteca Municipal
Usuarios de la Red de Bibliotecas de Castilla y León
En:
- Biblioteca «Gonzalo de Berceo»
- Biblioteca del Teatro Principal
- Biblioteca «María Teresa León»
- Biblioteca «Miguel de Cervantes»
- Biblioteca del Centro Cívico «San Agustín»
- Biblioteca del Centro Cívico «Río Vena»
- Biblioteca del Centro Cívico «Capiscol»
El ciudadano interesado deberá acudir a cualquiera de las sucursales mencionadas, aportando la documentación citada más abajo.
Con posterioridad, se le remitirá el carné junto con la información para registrarse como usuario en el Portal de Bibliotecas de Castilla y León.
En efectivo:
Exento de pago en caso de hurto o robo.
ORDEN CYT/703/2012, de 16 de agosto, por la que se regula el régimen de la tarjeta de usuario del Sistema de bibliotecas de Castilla y León.
La pérdida del carné deberá comunicarse inmediatamente a la Biblioteca, no haciéndose ésta responsable de los préstamos realizados hasta ese momento.
Presencial
Renovación del préstamo domiciliario de documentos de la Biblioteca Municipal sujetos a esta posibilidad
Biblioteca Municipal
Personas físicas usuarias de la Red de Bibliotecas de Castilla y León
En la sucursal en que se efectuó el préstamo del documento:
- Biblioteca «Gonzalo de Berceo»
- Biblioteca del «Teatro Principal»
- Biblioteca «María Teresa de León»
- Biblioteca «Miguel de Cervantes»
- Biblioteca del Centro Cívico «San Agustín»
- Biblioteca del Centro Cívico «Río Vena»
- Biblioteca del Centro Cívico «Capiscol»
Las renovaciones sólo podrán efectuarse desde 5 días antes de que finalice el periodo ordinario de préstamo
Política de Préstamo de la Biblioteca Municipal
Los tipos de préstamo domiciliario susceptibles de ser renovados se recogen en la Política de Préstamo de la Biblioteca Municipal.
Presencial
Online
El Abono Deportivo permite a sus usuarios la entrada libre sin pago de entrada puntual tantas veces como se quiera a las piscinas municipales y descuentos en reservas e inscripciones en actividades.
Además, a través del abono deportivo, se puede acceder al servicio Abono Plus, que permite, mediante un pago único, el acceso a los gimnasios (máquinas de musculación y cardiovasculares) que gestiona este Servicio y que están abiertos al público en general (en estos momentos Capiscol, El Plantío y San Amaro).
Abono Deportivo / Abono Plus
Servicio Municipalizado de Deportes
Cualquier persona.
Para acceder al servicio del Abono Plus ha de ser usuario del Abono Deportivo.
En las oficinas de:
En horario de 8:00 a 15:00 horas en el Servicio Municipalizado de Deportes y en todo el horario de apertura de las piscinas municipales.
Se deberá rellenar la solicitud adjunta a este trámite y adjuntar la documentación pertinente, entregándolo todo en cualquiera de las oficinas indicadas anteriormente.
No existen plazos determinados.
Las renovaciones del abono deportivo se realizarán automáticamente durante el último mes de vigencia del abono, salvo baja expresa indicada por el usuario.
El cobro se efectuará únicamente a través de domiciliación bancaria, según los datos facilitados, abonando la cuota anual.
El importe de la cuota anual es el siguiente:
Abonados | Empadronados | No empadronados |
---|---|---|
Hasta 4 años, inclusive (opcional) | Sin cargo 27,40 | Sin cargo 30,14 |
De 5 a 14 años, inclusive | 27,40 euros | 30,14 euros |
De 15 a 22 años, inclusive | 50,15 euros | 55,16 euros |
De 23 a 64 años, inclusive | 90,10 euros | 99,10 euros |
Jubilados y pensionistas | 25,15 euros | 27,66 euros |
Personas con grado de minusvalía igual o superior al 65% | 25,15 euros | 27,66 euros |
Abono Plus | 48,66 euros | 53,53 euros |
Personas desempleadas (cuota semestral) | 12,58 euros | -- |
Duplicados de carnet por pérdida, deterioro, robo, etc | 3,80 euros (el pago se efectuará en metálico) | 3,80 euros (el pago se efectuará en metálico) |
El pago por el Abono Plus se efectuará en el momento de la renovación anual del carné de Abono Deportivo. Si se efectúa antes de la fecha de caducidad, sólo tendrá vigencia hasta que se llegue a la misma. Además, no existen descuentos para ninguna de las categorías sobre el importe de este servicio.
Las familias numerosas de categoría general contarán con una bonificación del 50%, y las familias numerosas categoría especial una bonificación del 75%. Aquéllas familias numerosas de categoría especial que tengan más de siete hijos tendrán una bonificación que será del 80%.
Las familias numerosas deberán cumplir los siguientes requisitos:
Para tener derecho a descuentos en las familias que no tienen el reconocimiento de numerosas, deberán hacerse abonados o renovar conjuntamente, siendo necesario al menos un miembro cabeza de familia. El descuento aplicado será:
Los recibos devueltos no se volverán a girar, por lo que el abonado será dado de baja inmediatamente hasta que subsane el error.
Reglamento de las Instalaciones Deportivas Municipales de la ciudad de Burgos
Presencial
Impreso abono deportivo
Solicitud de baja en el Suministro de Agua.
Baja en el Servicio de Aguas
Aguas de Burgos
La persona abonada o una persona en su representación.
De forma presencial:
La persona solicitante ha de acudir al Servicio de Aguas de Burgos y en el plazo de un día se resuelve la baja.
On line:
Solicitud Baja del Suministro
Fax: 947 25 71 19
Presencial
Online
Las viviendas de Protección oficial y las que resulten equiparables a éstas, conforme a la normativa de la respectiva Comunidad Autónoma, tendrán derecho a una bonificación del 50 % en la cuota íntegra del Impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva.
Negociado del Impuesto de Bienes Inmuebles
Para ser beneficiario de esta bonificación el sujeto pasivo deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de pago de sus obligaciones tributarias por este Impuesto.
El usuario interesado ha de dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol
Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC
El usuario ha de presentar la instancia cumplimentada junto a la documentación en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC.
Dicha instancia puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.
La solicitud cumplimentada y la cédula de calificación definitiva como Vivienda de Protección Oficial.
Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los tres períodos impositivos de duración de la misma. La bonificación surtirá efectos, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles del Ayuntamiento de Burgos.
Según la Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles, art. 11. Viviendas de protección oficial. "Para ser beneficiario de esta bonificación el sujeto pasivo deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de pago de sus obligaciones tributarias por este impuesto."
Presencial
Solicitud de Bonificación de IBI para VPO
Solicitud de cambio de domicilio fiscal en el Impuesto de Bienes Inmuebles a efecto de notificaciones.
Negociado del Impuesto de Bienes Inmuebles
Personas físicas y jurídicas
El interesado tiene que dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol, solicitando CITA PREVIA para ser atendido:
Ha de presentar la correspondiente instancia cumplimentada y firmada en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC, en la cual se debe indicar el nuevo domicilio a efectos de notificaciones.
Dicha instancia puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o se lo puede descargar mediante el fichero adjunto que aparece al final de este trámite.
Las personas físicas han de presentar la instancia cumplimentada.
En el caso de tratarse de una persona jurídica, ha de presentar, además de la instancia, el original del C.I.F.
A voluntad del interesado
Ley 58/03 de 17 de diciembre, General Tributaria
Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles
Presencial
Solicitud de Cambio de domicilio fiscal del IBI
Este servicio se ofrecerá a las asociaciones, grupos o entidades que trabajen en el ámbito de la promoción social y cultural, con el fin de propiciar espacios para el encuentro y la formación y fomentar la iniciativa y la participación.
Los espacios que podrán ser objeto de cesión son:
Los objetivos son:
Programa de Cesión de Espacios de los Centros Cívicos
Servicio de Información del Centro Cívico en que se realiza la solicitud de cesión del espacio
Todos las personas, grupos y entidades sin ánimo de lucro, salvo excepciones debidamente justificadas.
En:
- Centro Cívico Rio Vena
- Centro Cívico Vista Alegre
- Centro Cívico Capiscol
- Centro Cívico San Agustín
- Centro Cívico Huelgas - El Pilar
- Centro Cívico Gamonal Norte
El interesado ha de formalizar su solicitud por escrito en el Servicio de Información del centro cívico correspondiente o enviar el archivo adjunto de cesión de espacios debidamente cumplimentado al correo electrónico del centro cívico al que realiza la solicitud.
Posteriormente, el Técnico en Animación Comunitaria emitirá una nota técnica para dictar una resolución que se le comunicará al solicitante.
Indicar espacio, fecha, hora de inicio y finalización, persona responsable, teléfono y dirección de contacto.
Se debe entregar cumplimentada la solicitud adjunta.
Consultar el Reglamento de Régimen Interno del Centro Cívico. Art. 17 normas específicas de los espacios susceptibles de cesión
Según la Ordenanza Número 401 Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios o actividades formativas, talleres y de ludotecas en los programas de animación comunitaria de CEAS, Programa Municipal de Envejecimiento y Centros Cívicos, publicada en el BOP nº 136 de 21 de julio de 2017:
SOLICITANTE | CONDICIONES DEL ACTO | ESPACIOS DE CESIÓN CON PRECIO PÚBLICO | |||
SALON DE ACTOS Necesariamente se cede con Medios Técnicos, audiovisuales o digitales | SALA DE CONFERENCIAS | SALA DINÁMICA | SEMINARIO | ||
Asociación o Entidad sin Ánimo de Lucro, fines educativos y sociales | Interés general abiertas a todo el público | Gratuito | Gratuito | Gratuito | gratuito |
Interés Privado Público propio Ejem Fiestas escolares, celebraciones de Asociaciones, ensayos | 80 | 30 | Gratuito | gratuito | |
Entidades privadas, fines comerciales y/o de interés particular | Representaciones Teatrales, actuaciones | 500 día completo 300 medio día ( mañana o tarde) | |||
Ensayos | 70 | 50 | |||
Reuniones privadas, cursos, conferencias, actividades | 500 Jornada Completa 300 media jornada | 100 jornada completa 75 media jornada | 80 jornada completa 60 media jornada | 70 jornada completa 50 media jornada |
Presencial
Solicitud cesión espacios - CENTROS CÍVICOS
El Centro de día Infantil es un servicio que se enmarca dentro del Servicio de Cuidados a la Infancia que ofrece el Ayuntamiento desde la Gerencia de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades.
Se atiende a niños en casos puntuales. En ningún caso sustituye los servicios ofrecidos en guarderías o centros educativos.
OBJETIVOS DEL SERVICIO:
Área de Infancia y Familia
- A través del número de teléfono del Centro de Día "Iqbalh Masih": 947 22 58 67
- A través del número de telefono del Centro de Día "PequeBurgos": 947 28 88 94
- A través del número de teléfon del Centro de Día "San Juanín": 947 28 88 19
- A través del correo electrónico: cuidadoinfancia@aytoburgos.es
- Por Correo Postal:
Centro de Día para Niños Iqbalh Masih
C/ Fundación Sonsoles Ballvé, nº 2, bajo.
09007 - Burgos
Necesitarás crédito de SkypeGratis con Skype
Las familias que quieran hacer uso del Servicio deberán solicitarlo a través de cualquiera de los medios anteriormente citados.
Documentación básica:
1- Fotocopia del DNI
2- Fotocopia de la primera hoja de la libreta de ahorros a través de la cual se va a efectuar el pago.
3- Fotocopia de la tarjeta sanitaria del/la menor.
Documentación complementaria:
1.- Fotocopia del Libro de Familia o documentación que acredite la situación familiar, para los casos de acogerse a los descuentos recogidos en la ordenanza reguladora del precio público.
2.- Fotocopia del documento acreditativo de la necesidad, en los casos en que la utilización del servicio sea superior a dos semanas consecutivas.
Se podrá solicitar entre un mes y 24 horas previas a la fecha solicitada de la prestación del Servicio.
Ordenanza Número 405 Ordenanza reguladora del Precio Público por los servicios de cuidados a la infancia municipales para el año 2015, publicada en el BOP nº 216 de 14 de noviembre de 2014, el coste de los servicios será de:
Bonificaciones
Reglamento de Funcionamiento Interno del Servicio de Cuidados a la Infancia
HORARIO DE LOS CENTROS DE DÍA
Iqbal Masih (C/ Fundación Sonsoles Ballvé, 2)
Pequeburgos (Centro Cívico San Agustín)
San Juanín (Centro Cívico San Juan)
OCUPACIÓN MÁXIMA
Cada centro podrá atender a niños/as de entre 12 semanas y 12 años, o menores con
discapacidad hasta una capacidad máxima de 20 plazas. (más información en el Reglamento del Servicio de Cuidados a la Infancia)
TIEMPO DE UTILIZACIÓN DEL SERVICIO
5 horas por día, de lunes a viernes y de 8 horas y media los sábados, festivos y periodos vacacionales escolares.
Presencial
Telefónica
Solicitud de Centro de Día_nuevos usuarios
Solicitud de Centro de Día_antiguos usuarios
Solicitud de bonificación del Servicio de Cuidado a la Infancia
Licencia de vados
Oficina de Movilidad
El propietario del inmueble.
A través del Registro Municipal
Presentación del Modelo correspondiente (ver documentos adjuntos) de Solicitud de Licencia de vado para entrada de vehículos a inmuebles en el Registro del Ayuntamiento, adjuntado la documentación que se especifica en el mismo.
Solicitud de licencia de vado para entrada de vehículos a inmuebles (ver documentos adjuntos en cada caso) junto a:
Solicitud de vado horario
Solicitud de vado familiar
A voluntad del interesado
Según la Ordenanza Número 213 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público local (BOP nº 216, de 14 de noviembre de 2014)
Artículo 7. Epígrafe 3.º. 2.
a) Las tasas de las letras a), b), c) y d) anteriores, llevan anejo el derecho a rebaje de bordillo y a la concesión de placa que acredite el vado o reserva de espacio para entrada y salida de vehículos, conforme establezca la ordenanza o Reglamento regulador de la concesión de vados.
b) Emisión de la placa de vado o reposición por pérdida, robo o destrucción: 44,05 .
- Ordenanza Municipal de Vados de 29 de marzo de 2001
- Ordenanza Fiscal nº 213, Reguladora de la tasa por utilización privativa o por el aprovechamiento especial de bienes o instalaciones del dominio público
Plazos de Resolución
Si no existe resolución expresa por parte de la Administración (Silencio Administrativo), el efecto será DESESTIMATORIO.
Vado Permanente: durante 24 horas.
Vado Horario: 10 a 14 horas; 16 a 20 horas. Sabados de 10 a 14 horas.
Requisitos de los locales que soliciten un Vado Permanente
1.- Licencia municipal de apertura o de actividad, en su caso y de final de obra.
2.-Que la lonja o local tenga una superficie mínima de 100 m2, que se disponga de una superficie libre de 25m2 , vehículo, incluida zona de accesos interiores y que al menos se pueda albergar simultáneamente cuatro turismos o furgonetas o dos camiones.
3.- Plano o planos de planta del local, a escala 1:50 o 1:100 y de situación con dimensiones del local y de accesos.
4.- Impuestos de Actividades Económicas, cuando de trate de los supuestos contemplados en el puntos 3 del aparato anterior.
5.- cumplimiento de las condiciones de uso de garaje/aparcamiento previstas en el Plan de Ordenación Urbana vigente.
6.- Memoria redactada por Técnico titulado.
Requisitos de los locales que soliciten un Vado Horario (con actividad industrial o económica)
En cualquiera de los casos deben presentar Impuesto de Actividades Económicas de actividad comercial o industrial, excepto para depósito o almacén de productos, aperos o maquinaria agrícola. Dicha licencia amparará exclusivamente la concesión de un único vado.
1.- Plano o planos de planta del local 1:50 1:100 u de situación con dimensiones del local y de los accesos.
2.- Extintores de eficacia mínima 21ª-113B de tal forma que la distancia a recorrer desde cada uno de ellos no sea mayor de 15m.
3.-Se dispondrá de una superficie libre de 25m2 para los vehículos.
El vado horario afecto a una actividad económica permitiría el paso de vehículos durante ocho horas diariamente, de 10 a 14 horas por la mañana y de 16 a 20 horas por la tarde de lunes a viernes y los sábados de 10 a 14 horas.
La concesión de vado horario afecto a una actividad económica los sábados por la tarde y días festivos, lo será- excepcionalmente- en los casos en que estén justificados por la realización de la actividad comercial o industrial en esos días.
Requisitos de las viviendas unifamiliares que soliciten un Vado Horario / Permanente
1.- Impuesto de Bienes Inmuebles al corriente de pago.
2.- Que la Lonja o Local tenga una superficie menor de 100m2 .
3.- Plano de planta del Local, a escala 1:50 o 1:100 de situación con dimensiones del Local y acceso.
4.- Memoria redactada por Técnico titulado.
5.- Extintor de eficacia mínima 21ª-113B
El vado horario o permanente afecto a una vivienda unifamiliar permitirá el paso de vehículos durante 8 a 24 horas, de lunes a domingo, conforme solicite el peticionario.
Presencial
Solicitud de Licencia para vado horario
Solicitud de Licencia para vado permanente
Solicitud de Licencia para vado unifamiliar permanente