Solicitud de Bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles para Viviendas de Protección Oficial
Las viviendas de Protección oficial y las que resulten equiparables a éstas, conforme a la normativa de la respectiva Comunidad Autónoma, tendrán derecho a una bonificación del 50 % en la cuota íntegra del Impuesto, durante los tres períodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva.
Unidad responsable
Negociado del Impuesto de Bienes Inmuebles
Quién lo puede solicitar
Para ser beneficiario de esta bonificación el sujeto pasivo deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de pago de sus obligaciones tributarias por este Impuesto.
Dónde se puede solicitar
El usuario interesado ha de dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol
Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC
- por teléfono, llamando al 010 (947200010) - Servicio de Atención Ciudadana 010
- por internet, conectando con el portal Ayuntamiento de Burgos Cita Previa
Cómo se realiza el trámite
El usuario ha de presentar la instancia cumplimentada junto a la documentación en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC.
Dicha instancia puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.
Documentación
La solicitud cumplimentada y la cédula de calificación definitiva como Vivienda de Protección Oficial.
Plazos de solicitud
Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los tres períodos impositivos de duración de la misma. La bonificación surtirá efectos, desde el período impositivo siguiente a aquel en que se solicite.
Normativa
Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles del Ayuntamiento de Burgos.
Información adicional
Según la Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles, art. 11. Viviendas de protección oficial. "Para ser beneficiario de esta bonificación el sujeto pasivo deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de pago de sus obligaciones tributarias por este impuesto."
Tipo tramitación
Presencial
Ficheros adjuntos
Solicitud de Bonificación de IBI para VPO
Oficinas de la administración
Delegacion Territorial De La Junta De Castilla Y Leon En Burgos
Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Direccion Provincial De Sanidad Y Consumo En Burgos Msc
Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Consorcio Para La Gestion De La Variante Ferroviaria De Burgos
Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ministerio De Justicia
Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Canal 54
Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor
Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado