L3 - Multas Tráfico: Alegaciones en denuncia o Recurso de reposición en sanción

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las alegaciones en denuncia es el trámite a través del cual el interesado deja constancia de su disconformidad con la denuncia formulada.

El recurso de reposición en sanción es el trámite a través del cual el sancionado deja constancia de su disconformidad con la sanción impuesta.

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Información Detallada

¿A quién va dirigido?

  • Cualquier persona física o jurídica a cuyo nombre se haya emitido una denuncia o una sanción por infracción a la Normativa de Seguridad Vial.

Pasos a seguir

  1. Se rellena y envía o presenta el correspondiente modelo normalizado de Multas Tráfico: recursos, reclamaciones y otros actos de trámite en su modalidad de “alegaciones en denuncia o recurso de reposición en sanción” (L-3), por parte de la persona interesada o su representante.
  2. Se procede a revisar las alegaciones o recursos. Si falta algún dato, se requiere a la persona solicitante para que lo subsane.
  3. Se emite resolución notificándolo a la persona solicitante.
  4. Estas comunicaciones, sin perjuicio de su envío por los procedimientos correspondientes, se podrán consultar en la carpeta ciudadana o de empresas de la persona interesada, siempre que cuente con un sistema de firma electrónica reconocido o, en su caso, esté dada de alta en el servicio del Ayuntamiento on-line y disponga de clave de acceso y “password” (a partir de la desaparición de “Ayuntamiento on-line” no se concederán nuevas claves de acceso pero se mantendrá transitoriamente las concedidas hasta dicha fecha).

Plazos

  • En el caso de presentación de alegaciones, el plazo será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la denuncia.
  • En el caso de presentación de recurso de reposición, el plazo será de un mes contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la sanción.

Observaciones

Notificada la denuncia, el interesado dispondrá de un plazo de 20 días naturales para realizar el pago voluntario con reducción de la sanción en un 50% (excepto en infracciones muy graves por no identificar conductor).

  • R.D.L. 6/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • R.D 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.
  • R.D 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
  • R.D 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
  • Ordenanza Municipal de Circulación.
  • Otras normas de desarrollo o normativa que las sustituya.

Preguntas frecuentes

¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?

  • Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de protección establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable al efecto.

Unidad Responsable

Área de Seguridad Ciudadana (Subarea de Régimen Juridico)
Juan Carlos de Gortazar nº3 Miribilla
48003 Bilbao
Teléfono: 94.420.50.20

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Trámites a realizar

Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:

Leyenda para Canales de tramitación:

  • Presencial
  • Por internet
  • Por teléfono
  • Cita previa

Trámite/s a realizar Canales Plazo de tramitación
Alegaciones en denuncia o Recurso de reposición en sanciónno procedeno procedeTodo el año
01/01/2019 - 31/12/2019

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