El Tiquet 3 consiste en adquirir entradas para algunas funciones de los teatros de la cadena ADETCA a mitad de precio durante las tres horas previas a la función.
Dirigirse directamente a la oficina de Tiquet Rambles que hay en el Palau de la Virreina durante las tres horas previas a la función. Las entradas que se pueden adquirir siempre son las sobrantes suponiendo que queden.
***Sólo pueden adquirirse 4 entradas por persona.
Cualquier persona que lo desee.
Solicitud y obtención de la autorización correspondiente para cualquier tipo de obra que haya que efectuar en la ciudad de Barcelona, incluidas obras para las instalaciones de radiocomunicación.
Se ha de tener en cuenta que el tipo de expediente resultante, licencia de obra mayor o comunicación de obra menor (comunicados diferidos y comunicados inmediatos), varía en función de la ubicación y de la clase de trabajos que haya que realizar.
En el caso que la obra a realizar se someta a régimen de enterado, acceda al trámite Consulta previa para la tramitación de expedientes de obras o de instalaciones de radiocomunicación.
El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que haga uso de la firma electrónica para presentar la sol·licitud en el registro telemático. Consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrònica.
Rellene el formulario.
Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y la manera de generarlos.
Firme la solicitud para presentarla al registro telemático.
Haga el pago del impuesto y de la tasa por internet.
Si lo prefiere, puede imprimir los documentos y hacer el pago en persona en una entidad bancaria
Después
Según el tipo de expediente de obras o de instalaciones de radiocomunicación, será necesario que continúe de alguna de las maneras siguientes.
En caso de Comunicado inmediato, puede optar entre:
En caso de Comunicado diferido:
En caso de Comunicado inmediato o diferido en zona de suspensión:
En caso de Licencia de obras mayores:
Es un código que aparece a la parte superior del informe y que tiene una estructura similar a CCC-AAAA-XXXXXXXXXXXX donde: -CCC son dígitos identificadores de la entidad que ha emitido el informe (por ejemplo: ART, ARQ, etc.).-AAAA corresponden al año de expedición del informe.-XXXXX identifican el número del informe de idoneidad. Su longitud es variable en función de la entidad que lo emite.
El titular de les obras o un representante autorizado.
Plazos de solicitud de los expedientes de obras o de instalaciones de radiocomunicación:
En todos los casos, hay que solicitar el expediente de obras antes de iniciarlas.
En el caso de obras que se realicen en locales donde se quiere iniciar una nueva actividad:
a) Si la actividad requiere expediente de obras: Será necesario que lo tenga concedido con un proyecto aprobado que ya las contemple o que no pueda calificarse de cambio sustancial ni incremento de aforo.
b) Si la actividad no requiere expediente de obras: Será necesario que el titular presente, al finalizar las obras, el oportuno Comunicado de actividades.
El titular no podrá reclamar al ayuntamiento si, hechas las obras, resulta no autorizable o admisible la actividad.
Plazos para efectuar el pago de la tasa y del impuesto de construcciones, instalaciones y obras:
Plazos de resolución de la administración:
Es necesario saber que el plazo se entiende como tiempo imputable a la administración (tiempo de tramitación) al que se añadirá el tiempo imputable al interesado (en caso de que haya falta de documentación o deficiencias de la misma) y los informes obligatorios de otros departamentos.
El silencio administrativo, en todos los casos, se debe pedir expresamente mediante instancia, salvo en el comunicado diferido.
Por silencio administrativo positivo nunca se podrán adquirir o generar facultades contrarias al ordenamiento jurídico. Asimismo no confiere, en ningún caso, facultades relativas al dominio público o al servicio público.
Plazos inicio y de ejecución de la licencia de obras mayores:
La resolución de concesión de la licencia determina los plazos de inicio y de ejecución de las obras, que serán establecidos a propuesta de la persona interesada, según la naturaleza y la importancia de la obra por ejecutar. El plazo para el inicio de las obras no será superior a un año y el de finalización no excederá de tres, salvo casos excepcionales debidamente justificados.
Cuando la licencia no señale los plazos y en el caso de licencias otorgadas por silencio, se aplicarán los plazos de uno y tres años.
Plazos de inicio y de ejecución de los expedientes de obras menores:
Tasa de tramitación año 2016:
Licencia de obras mayores, con informe de idoneidad solicitado antes del 16 de octubre de 2014:
Si se trata de obras de rehabilitación o reforma, este módulo se multiplicará per el coeficiente 0,7.
En el caso de nueva planta y ampliación el coeficiente es 1.
Licencia de obras mayores, con informe de idoneidad solicitado a partir del 16 de octubre de 2014:
Si se trata de obras de nueva planta, gran rehabilitación o incremento de volumen.
El resto de licencias: 385 euros.
Comunicado de obras menores (inmediato o diferido), con informe de idoneidad solicitado antes del 16 de octubre de 2014:
Comunicado de obras menores (inmediato o diferido), con informe de idoneidad solicitado a partir del 16 de octubre de 2014:
A estos importes se ha de sumar el impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 3,35 sobre el total de la obra de licencias i de comunicados. Al importe resultante se le podrá aplicar una bonificación, en los casos que proceda.
Enterado de obras menores y autorización para obras de actuación de urgencia:
Pasos a seguir cuando se hace un cambio de uso de todo un edificio (inmueble).
Si se trata de hacer el cambio de uso de todo un edificio, deberá solicitar la Licencia de obras mayores al Ayuntamiento.
Una vez finalizadas las obras se han de hacer las siguientes gestiones con otras administraciones:
El titular del local o de la vivienda o su representante legal.
Pasos a seguir cuando se hace un cambio de uso de un local a vivienda o de una vivienda a local.
Si se trata de hacer el cambio de uso de un local a vivienda (aumenta el número de viviendas de un edificio), primero se ha de solicitar la Licencia de obras mayores al Ayuntamiento.
El caso de un cambio de uso de un local a vivienda supone el aumento de viviendas y implica, por tanto, el aumento de la densidad en la finca. Se puede dirigir a la Oficina de Información Urbnística para conocer la normativa aplicable de carácter general.
Para el resto de los casos se solicitará la licencia, comunicado o enterado de obras menores, según las reformas que se deban hacer, así como la licencia o comunicado de actividades que autorice el cambio de uso.
En el caso de que la vivienda ya existiera y se quiera reconocer su úso, se puede solicitar un Certificado de legalidad que, siempre que exista una licencia de obras anterior, puede acreditar el úso como vivienda.
Una vez acabadas las obras se han de hacer las siguientes gestiones con otras administraciones:
El titular del local o de la vivienda o su representante legal.
El título de familia monoparental es un título oficial que acredita la condición de familia monoparental y otorga diversos beneficios yventajas
Junto con el título colectivo para toda la familia, también da derecho a la posesión de un título individual para cada una de las personas miembros beneficiarias, a las cuales permite disfrutar de una serie de beneficios y de ventajas tanto desde el ámbito de las Administraciones Públicas como desde las instituciones, entidades y empresas privadas,
El título de familia monoparental ofrece entre otras, las siguientes ventajas:
Hay dos categorías
Hay que ir a cualquiera de las oficinas de acción ciudadana de la Generalitat y pedir la solicitud correspondiente, que debe ser llenada y firmada por el solicitante y entregarla con el resto de documentación. La solicitud también se puede conseguir en el web de la Oficina Virtual de Trámites de la Generalitat.
La solicitud se puede tramitar por internet en el web de la Oficina Virtual de Trámites de la Generalitat, si se dispone de certificado digital, excepto en caso de existir hijos mayores de 26 años con discapacidad.
El plazo máximo para emitir y notificar la resolución es de 6 meses a contar del día siguiente de la fecha de presentación de la solicitud. Transcurrido el plazo fijado sin que se haya notificado resolución expresa, se entenderá querida la solicitud del título de familia monoparental.
Se expide un título colectivo para toda la familia y un título individual para cada una de las personas que la componen, con la finalidad de facilitar el acceso a los beneficios y ventajas de la condición de familia monoparental.
Los títulos de familia monoparental se expiden y se envían a la persona solicitante, junto con la resolución estimatoria, por correo certificado a su domicilio, siempre que se cumplan todos los requisitos para tener para tener la condición de familia monoparental y se aporte toda la documentación acreditativa..
Se entiende por familia monoparental aquella familia formada por uno/unos o más hijos/hijas menores de 21 años, o de 26 años si estudian, que conviven y dependen económicamente de una sola persona.
En todo caso, se consideran familias monoparentales las siguientes:
Título nuevo (la documentación tiene que ser original y fotocopia o fotocopia compulsada).
a) Documentación general:
b) Documentación específica
Renovación por del plazo de validez:
Renovación por variación de las circunstancias familiares o personales:
Gratuito.
Estancias en albergues de la Red Nacional de albergues de la Generalitat de Cataluña, en períodos de vacaciones de Semana Santa, verano, Navidad y algunos puentes y fines de semana, dirigidas a todas aquellas familias residentes en Cataluña con hijos e hijas hasta los 17 años de edad incluidos en el momento de disfrutar de la estancia.
Hacer la preinscripción por internet en la web de la Red Nacional de Albergues Sociales de la Generalitat o en la web del Departamento de Acción Social y Ciudadania de la Generalitat.
Al hacer la preinscripción, la persona responsable obtendrá un nombre de usuario y una clava que le dará la posbilidad de consultar, modificar o anular sus datos de inscripción.
Una vez completados todos los datos y escogidos los turnos se generará un número de sorteo para participar en el sorteo que se hará entre todas las solicitudes para adjudicar los turnos.
El resultado del sorteo se podrá consultar en la web de Xanascat: www.xanascat.cat/vacancesenfamilia .
Familias residentes en Cataluña con hijos e hijas hasta los 17 años de edad incluidos en el momento de disfrutar de la estancia.
Para el año 2016 están previstas dos convocatorias, la primera para optar a los turnos correspondientes a los meses de marzo hasta agosto de 2016. La segunda convocatoria es para optar a los turnos correspondientes a los meses de septiembre de 2016 hasta febrero de 2017.
Primera convocatoria:
Asignación de plazas con adjudicación directa: a partir del 15 de febrero a las 12:00 horas, todas aquellas familias que hayan obtenido plaza podrán descargarse la documentación directamente desde la página web www.xanascat.cat.
A partir del 24 de febrero las familias que hayan quedado en lista de espera podrán acceder a su preinscripción y consultar los turnos disponibles con el fin de autoadjudicarse y reservar el turno que les interese.
Segunda convocatoria:
A partir del 29 de junio las families que hayan quedado en lista de espera podrán acceder a su preinscripción y consultar los turnos disponibles con el fin de autoadjudicarse y reservar el turno que les interese.
Año 2016:
El precio incluye pensión completa desde la cena del primer día hasta la comida del último, en habitaciones unifamiliares. Incluye las sábanas, pero no las toallas.
En los turnos estivales y los puentes de más de dos noches, el programa prevé actividades incluidas en el precio. Las actividades o espectáculos de animación infantil van dirigidas exclusivamente a las familias participantes y están pensadas para fomentar la relación entre los miembros de la familia.
El trámite permite comunicar cambios del impuesto de actividades económicas en los siguientes casos:
Se ha de tener en cuenta que las oscilaciones en más o en menos no superiores al 20% de los elementos tributarios no se consideran variaciones y por tanto no alteran el importe de las cuotas.
También permite rectificar datos de declaraciones ya presentadas con anterioridad mediante la presentación de declaraciones complementarias.
Los contribuyentes que resulten exentos del pago del impuesto deberán comunicar los cambios mediante el trámite Declaración de alta y baja al censo de obligados tributarios.
Puede comunicar variaciones en el impuesto sobre actividades económicas a la Agencia Tributaria.
Puede rectificar datos de declaraciones ya efectuadas, mediante la presentación de una declaración complementaria.
Deberá dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria donde le darán el impreso específico, o si lo prefiere, puede descargarlo del web. Será necesario utilizar el impreso 840.
Rellene el impreso escogiendo entre las opciones variación o declaración complementaria y entréguelo, con la documentación necesaria, en las oficinas de la Agencia Tributaria.
También puede efectuar la tramitación telemática si dispone de certificado de usuario del web www.aeat.es
Los sujetos pasivos del impuesto son las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que hace referencia el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, siempre que ejerzan en territorio nacional cualquiera de las actividades constitutivas del hecho imponible.
Pueden realizar el trámite los sujetos pasivos por si mismos o mediante persona que les represente debidamente autorizada.
Si no dispone de etiquetas en el momento de efectuar la presentación se deberá adjuntar al modelo una fotocopia de la tarjeta o documento acreditativo del NIF del titular de la declaración.
En el caso que la presentación se haga por medio de representante, será necesario aportar adicionalmente:
Será necesario comunicar los cambios en el plazo de un mes a contar desde la fecha en la que se produjo la circunstancia que motivó la variación.
Los cambios tendrán efecto para el siguiente ejercicio.
Trámite gratuito.
Venta de la normativa urbanística metropolitana.
Ir al Área metropolitana o la libreria del Colegio de Arquitectos para la consulta o compra de normativa metropolitana.
Alguna normativa se puede bajar desde la página web del Área metropolitana.
La normativa también puede consultarse en la
CONTENIDO: Texto refundido sobre normas urbanísticas del Plan General Metropolitano de Barcelona, ordenanzas metropolitanas de edificación, ordenanza metropolitana de publicidad y ordenanza metropolitana de rehabilitación.
El programa de Viajes para Personas Mayores se realiza en convenio con el IMSERSO. El Ayuntamiento de Barcelona reserva 2.000 plazas de la oferta estatal del Programa de Turismo del IMSERSO y las subvenciona parcialmente a aquellas personas mayores con tarjeta rosa gratuita.
Los viajes tendrán lugar durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2017.
Los destinos subvencionados son en la costa mediterránea (Andalucía, Baleares, Cataluña, Murcia, Comunidad Valenciana) Baleares, Canarias, viajes culturales y turismo de naturaleza.
La duración es de 5 días (turismo de naturaleza), 6-7 días (viajes culturales), 8-10-15 días a la costa mediterránea e islas Baleares y 8-10-15 días a las Islas Canarias. También incluyen los desplazamientos y el seguro.
Dado el número limitado de plazas, para seleccionar las personas, se priorizarán las solicitudes según los criterios siguientes:
Puede participar en el Programa de Viajes para la Gente Mayor subvencionados por el Ayuntamiento si reune los requisitos necesarios.
Deberá dirigirse a cualquier oficina de atención ciudadana, para hacer la solicitud.
Después
Posteriormente, se hará la valoración de las solicitudes recibidas y una selección de las personas.
En septiembre, se enviarán al domicilio las cartas con las notificaciones conforme se ha concedido la subvención, se está en lista de espera o se ha denegado la subvención.
Si en octubre no se ha recibido la carta, se puede pedir información llamando al teléfono 934132814 o enviando un correo a envellimentactiu@bcn.cat.
* En caso de concesión de la subvención: Las personas seleccionadas recibirán con la carta de concesión el certificado de subvención municipal, con los datos siguientes:
* En caso de quedar en lista de espera: Se les comunicará que pueden optar entre quedar en la lista por si hay vacantes durante la campaña, o bien renunciar a la subvención municipal y participar en la campaña estatal, dirigiéndose a cualquier agencia de viajes que gestione este programa o solicitarlo a través de internet. La renuncia se deberá hacer efectiva, con anterioridad a la demanda de plaza en la campaña estatal, mediante la presentación de una instancia en cualquier registro de las Oficinas de Atención Ciudadana.
* En caso de solicitudes denegadas: Si se cumplen los requisitos solicitados por el IMSERSO, podrán participar en el programa estatal. Para ello deberán dirigirse a cualquiera de las agencias de viajes que gestionan este programa o solicitarlo por internet.
Si una misma persona ha solicitado viajar con la campaña estatal y con la municipal, el IMSERSO sólo tendrá en cuenta la petición hecha a través del Ayuntamiento.
La persona solicitante ha de cumplir los siguientes requisitos:
Se admitirá como acompañantes:
En el caso de personas solas que quieran viajar con otra (que no sean matrimonio/pareja de hecho o hijo/a discapacitado), deberá presentar una solicitud conjunta. Las dos personas han de cumplir todos los requisitos. Si son seleccionadas, serán seleccionadas las dos. Y si quedan en lista de espera también quedaran las dos.
Año 2016:
Presentación de solicitudes: del 5 al 20 de mayo, ambos incluidos.
Comunicación del resultado de la solicitud: a partir de setiembre de 2016
Campaña 2016-17: Precios aproximados, pendiente de actualizar por parte del IMSERSO.
Algunas destinaciones tienen una reducción si se viaja Temporada Baja, otras tienen un único precio y no se hace reducción.
Previsión de precios a pagar por persona, una vez aplicada la subvención:
Turismo naturaleza de 5 días: 152 euros
Viaje cultural de 6 días: 156 euros
Viaje cultural de 7 días: 171 euros
Viaje de 8 días:
Viaje de 10 días:
Viaje de 15 días:
La subvención municipal es del 40% del precio total del viaje
* Los precios incluyen pensión completa en habitación doble a compartir. El alojamiento individual se ha de gestionar directamkente con el hotel, estará sujeto a disponibilidad de habitaciones y el precio se incrementará con un suplemento por noche.
El derecho de superficie es una modalidad que el Ayuntamiento de Barcelona ha impulsado para facilitar el acceso a viviendas de protección oficial.
Cuando se accede a una vivienda con Derecho a Superficie, se compra la vivienda por 75 años, aunque el suelo continua en manos de la administración. Transcurrido este período, la propiedad de la vivienda pasa a manos del Ayuntamiento.
En el momento de adquirir el vivienda con Derecho a superficie deberá pagar una entrada y el IVA. Las cuotas mensuales se pagarán durante los primeros 30 años con un préstamo hipotecario (cuotas similares a un alquiler protegido). Cuando se acaba la amortización no habrá más pagos. Las cuotas dependerán de la superficie de la vivienda (de entre 40 y 88 m2) y de los ingresos del solicitante y se revisan según el tipo de interés del Plan de Vivienda
Puede optar a una vivienda con derecho de superficie.
Para poder acceder deberá inscribirse en el Registro de solicitantes de vivienda protegida de Barcelona, indicando la opción correspondiente, a través del teléfono de información y trámites del Ayuntamiento de Barcelona.
Después
En primer lugar todas la viviendas serán adjudicadas por el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección Oficial de Barcelona, a través de los procedimientos de adjudicación, tanto por sorteo como por baremación.
De acuerdo con lo que se establece en el reglamento del Registro, una vez finalizado el procedimiento de adjudicación y agotados tanto las listas de favorecidos como las de reserva, las viviendas que queden vacantes (es decir, que no se hayan adjudicado) pasarán al promotor que hará la comercialización directamente siempre que las personas que lo soliciten consten inscritas en el Registro. Las personas interesadas en estas viviendas deberán dirigirse directamente al promotor que corresponda a cada promoción:
Las personas individuales y unidades de convivencia que cumplan los requisitos que establece el Reglamento de solicitantes de viviendas con protección oficial de Barcelona.
Cuando se hace una convocatoria de adjudicación se publican al mismo tiempo las bases de la convocatoria y el listado provisional de personas admitidas por esta tipología de viviendas, en base a su inscripción en el Registro de Solicitantes de Viviendas de Protección de Barcelona.
Trámite gratuito.