Variación del impuesto sobre actividades económicas (IAE)
El trámite permite comunicar cambios del impuesto de actividades económicas en los siguientes casos:
- modificaciones de opción de la clase de cuota
- modificaciones de elementos tributarios (potencia, superficie, número de locales...)
- modificaciones por otras causas
Se ha de tener en cuenta que las oscilaciones en más o en menos no superiores al 20% de los elementos tributarios no se consideran variaciones y por tanto no alteran el importe de las cuotas.
También permite rectificar datos de declaraciones ya presentadas con anterioridad mediante la presentación de declaraciones complementarias.
Los contribuyentes que resulten exentos del pago del impuesto deberán comunicar los cambios mediante el trámite Declaración de alta y baja al censo de obligados tributarios.
¿Qué puede hacer?
Puede comunicar variaciones en el impuesto sobre actividades económicas a la Agencia Tributaria.
Puede rectificar datos de declaraciones ya efectuadas, mediante la presentación de una declaración complementaria.
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
Deberá dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria donde le darán el impreso específico, o si lo prefiere, puede descargarlo del web. Será necesario utilizar el impreso 840.
Rellene el impreso escogiendo entre las opciones variación o declaración complementaria y entréguelo, con la documentación necesaria, en las oficinas de la Agencia Tributaria.
También puede efectuar la tramitación telemática si dispone de certificado de usuario del web www.aeat.es
¿Quién lo puede pedir?
Los sujetos pasivos del impuesto son las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que hace referencia el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, siempre que ejerzan en territorio nacional cualquiera de las actividades constitutivas del hecho imponible.
Pueden realizar el trámite los sujetos pasivos por si mismos o mediante persona que les represente debidamente autorizada.
Documentación
Si no dispone de etiquetas en el momento de efectuar la presentación se deberá adjuntar al modelo una fotocopia de la tarjeta o documento acreditativo del NIF del titular de la declaración.
En el caso que la presentación se haga por medio de representante, será necesario aportar adicionalmente:
- Autorización debidamente firmada.
- Fotocopia del NIF del representante.
¿Dónde se puede hacer?
- Agència Tributària de Colom
- Agència Tributària de Letamendi
- Agència Tributària de Via Augusta
- Agència Tributària d'Horta
- Agència Tributària de Poblenou
Fechas
Será necesario comunicar los cambios en el plazo de un mes a contar desde la fecha en la que se produjo la circunstancia que motivó la variación.
Los cambios tendrán efecto para el siguiente ejercicio.
Precio
Trámite gratuito.
Organismo responsable
- Administración General del Estado