Ayuntamiento de Barcelona

  • Información sobre el tipo de permiso que exige el Ayuntamiento de Barcelona para iniciar una actividad o una instalación en la ciudad.

    Además, si se solicita un comunicado, también se podrá imprimir los documentos necesarios para hacer la solicitud.

    Es importante saber que el tipo de permiso que hay que pedir (licencia, comunicado o autorización) depende de:

    La clase de actividad a realizar.

    Si la actividad es considerada inocua o no, según la Ordenanza municipal de actividades y de intervención integral de la administración ambiental de Barcelona, el tipo de permiso a pedir es:

    • Licencia o autorización ambiental: Más información, en el anexo I i II de la Ordenanza y de la instrucción de Alcaldia de adaptación de la OMAIIAA a la nueva Ley Ambiental.
    • Comunicado de actividad con proyecto técnico: Más información, en el annexo III.2 de la Ordenanza.
    • Comunicado de actividad sin proyecto técnico: Más información, en el annexo III.3 de la Ordenanza.

    El emplazamiento y su compatibilidad urbanística.

    En Barcelona no se pueden ejercer estas actividades:

    • Actividades ganaderas.
    • Actividades extractivas o mineras.
    • Actividades nucleares, incluidas las de transporte, así como las actividades radiactivas consideradas de primera categoría por el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.

    ¿Qué puede hacer?

    Sabrá qué tipo de permiso debe solicitar y si es posible desarrollar la actividad en el emplazamiento indicado. Además, si la consulta efectuada da como resultado "Actividad Admisible" y quiere pedir una comunicación previa, podrá imprimir los documentos necesarios para hacer la solicitud.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Escoja la opción "Información de actividades alimentarias", "Información de actividades no alimentarias" o "Impresión de documentos", según el caso.

    2. Rellene el formulario y envíe la solicitud.

    Después

    ¿Quién lo puede pedir?

    • La persona que quiera iniciar una actividad o una instalación.
    • Un representante autorizado.

    Documentación

    • Para consultar información no es necesario aportar documentación.
    • Para solicitar un permiso, la documentación a aportar varía en función del tipo de actividad o instalación y se especifica en la hoja de solicitud.

    Fechas

    Plazos de solicitud de los permisos:

    • En todos los casos, hay que pedir el permiso antes de iniciar la actividad o la instalación.

    Plazos de resolución:

    • Autorización ambiental: 10 meses anexo I.1 y 8 meses anexo I.2.
    • Licencia ambiental: 6 meses.
    • Licencia de apertura de establecimiento de centro de culto: 4 meses.
    • Comunicado de actividad: al momento.

    El plazo de resolución es el tiempo de tramitación imputable a la Administración, al que se añadirá el tiempo imputable a la persona interesada y el tiempo necesario para obtener los informes obligatorios de otros departamentos.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El trámite permite la consulta del estado en que se encuentra un expediente de actividades (comunicación previa o licencia ambiental).

    ¿Qué puede hacer?

    Podrá conocer el estado en el que se encuentra el expediente de actividades que está tramitando.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

    Después

    • Recibirá información sobre el estado en que se encuentra su expediente.
    • En el apartado Preguntas frecuentes puede consultar el significado de cada uno de los estados.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona que ha solicitado el permiso de actividades.

    Documentación

    No hay que aportar documentación pero es imprescindible que aporte el número de expediente sobre el que desea realizar la consulta.

    Fechas

    En cualquier momento se puede consultar el estado de un expediente.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El tramite permite hacer la consulta del estado en que se encuentra un expediente de obras.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede consultar en qué estado o fase se encuentra el expediente de obras (comunicado inmediato o diferido) que ha solicitado.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

    Después

    • Recibirá información sobre el estado en que se encuentra su expediente.
    • En el apartado Preguntas frecuentes puede consultar el significado de cada uno de los estados.

    Tenga a mano

    • Número de expediente de la licencia de obras
    • Se encuentra en el documento de resguardo de registro de la solicitud de la licencia de obras.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona solicitante del expediente de obras o su representante.

    Documentación

    No hay que aportar documentación pero es imprescindible que aporte el número de expediente sobre el que desea realizar la consulta.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El trámite permite obtener una copia del documento necesario para poder pagar un tributo o un precio público municipal, ya sea dentro del periodo voluntario de pago o en el ejecutivo.

    Respecto a la plusvalía (Impuesto sobre el incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana) se podrá obtener una copia del documento en periodo voluntario sólo si previamente el Ayuntamiento le ha enviado la liquidación correspondiente. En caso contrario tendrá que hacer una autoliquidación del impuesto de plusvalía.

    ¿Qué puede hacer?

    Con esta opción obtendrá copias de los documentos de pago que se encuentren dentro del periodo voluntario de pago y también en caso de que las deudas ya se encuentren en periodo ejecutivo de pago (con recargo y, si procede, intereses).

    Podrá finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario para generar la copia del aviso de pago y pagar el tributo por internet.

    Si lo prefiere, podrá imprimir la copia y continuar el trámite presencialmente o por teléfono.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede iniciar este trámite deberá disponer de certificado digital o de la Identidad Digital Móvil del Ayuntamiento de Barcelona (mobileID) de nivel acreditado.

    Consulte los certificados admitidos en el Portal de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

    2. Haga el pago por internet.
      Si lo prefiere, puede imprimir la copia del documento y pagar el tributo o precio público de manera presencial o por teléfono.

    Después

    En función de la modalidad de pago que escoja, tendrá que continuar el trámite de alguna de las maneras siguientes:

    • Si paga por internet, habrá finalizado el trámite.
    • Si prefiere pagar en persona, imprima la copia del documento y llévela a una entidad bancaria colaboradora. También puede hacer el pago por teléfono.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona o entidad con certificado digital.

    Documentación

    No es necesario aportar documentación

    Fechas

    Para saber cual es el periodo voluntario de pago puede consultar las fechas del pago de tributos y precios públicos del cada año en el Calendario del Contribuyente.

    Precio

      Trámite gratuito

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Obtención de una copia del documento necesario para hacer el pago de una multa impuesta por el Ayuntamiento de Barcelona, ya sea dentro del periodo voluntario de pago o en el ejecutivo (con recargo e intereses, si fuera el caso).

    ¿Qué puede hacer?

    Podrá finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario para generar la copia del documento y pagar por internet.
    Si lo prefiere, podrá imprimir la copia del documento y efectuar el pago de manera presencial o por teléfono.

    En el caso de sanciones por incumplimento de las ordenanzas municipales (IO) será necesario efectuar la tramitación de manera presencial en una oficina de atención ciudadana

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede iniciar este trámite deberá disponer de certificado digital o de la Identidad Digital Móvil del Ayuntamiento de Barcelona (mobileID) de nivel acreditado.

    Consulte los certificados admitidos en el Portal de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

    2. Haga el pago por internet.

      Si lo prefiere, puede imprimir la copia del documento y pagar la multa de manera presencial o por teléfono.

    Después

    En función de la modalidad de pago que escoja, tendrá que continuar el trámite de alguna de las maneras siguientes:

    • Si paga por internet, habrá finalizado el trámite.
    • Si prefiere pagar en persona, imprima la copia del documento y llévela a una entidad bancaria colaboradora. También puede hacer el pago llamando al Teléfono del Civismo.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona o entidad con certificado digital.

    Documentación

    No es necesario aportar documentación.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Barcelona Activa impulsa el crecimiento económico de Barcelona y su ámbito de influencia danto apoyo a empresas, la iniciativa emprendedora y la ocupación y promociona la ciudad internacionalmente y sus sectores estratégicos.

    Promoción de la ciudad para invertir y hacer negocios para impulsar la marca Barcelona y el liderazgo empresarial de la ciudad y su área metropolitana.

    Promoción de sectores estratégicos y apoyo a las acciones de cooperación empresarial y de investigación, de la colaboración público-privada y de la competitividad empresarial para la economía, el liderazgo y el posicionamiento de la ciudad.

    Turismo y eventos impulsando las acciones relacionadas con la gestión del impacto del turismo de Barcelona y promover la atracción, instalación y fidelización en la ciudad de eventos de interés económico, manteniendo la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas.

    Promoción del territorio y comercio desarrollando la promoción de la actividad económica y comercial de los distritos.

    Los programes se pueden dividir en las siguientes grandes áreas:

    Emprendimiento Programa para acompañar a las personas emprendedoras desde el inicio de idea de negocio hasta la puesta en marcha de la empresa. Ofrece a las personas con ideas de negocio información y herramientas de calidad para que puedan emprender y consolidar su negocio con autonomía.

    Bienvenido a Barcelona Programa para atraer capital humano emprendedor, creativo e investigador de todo mundo y acompañarlo para el éxito del establecimiento. Se dirige a personas extranjeras que quieran instalarse en la ciudad para emprender, trabajar, investigar y estudiar.

    Empresa Programa para dar apoyo a las empresas de la ciudad de Barcelona para mejorar su competitividad, impulsar las relaciones con las empresas tractoras de la ciudad y desarrollar servicios para el tejido empresarial que fomenten la generación de riqueza y ocupación. También puede consultar el trámite Subvenciones a empresas y entidades para el fomento de la contratación estable.

    Capacitación profesional y ocupación Programa para orientar y capacitar a las personas a lo largo de su carrera profesional, de acuerdo con los requerimientos del mercado y las empresas.

    Plan Compromiso para la Ocupación en Barcelona para fomentar la contratación de personas de más de 40 años. Puede consultar el trámite Subvenciones del Programa Barcelona se Compromete de impulso a la creación de ocupación.

    Formación (área transversal) Programa de actividades de formación adaptadas a las necesidades de los usuarios de Barcelona Activa.

    Cibernàrium es el programa de capacitación y divulgación tecnológica. Ofrece formación para profesionales y empresas.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede hacer el trámite por internet mediante la página web de Barcelona Activa.

     

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Acceda al web de Barcelona Activa.

       

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona o empresa que necesite información, asesoramiento y/o acompañamiento para la creación de una empresa, encontrar trabajo o para el desarrollo profesional.

    Fechas

    Algunos programas se realizan en unas fechas concretas, consulte los diferentes servicios que se ofrecen.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

  • Las solicitudes de Licencia de obras mayores generan una información privilegiada para el conocimiento del número y características de las edificaciones, demoliciones y rehabilitaciones que se ponen en marcha.

    Con el fin de facilitar los datos necesarios sobre este tema y que las diferentes administraciones puedan elaborar las diferentes estadísticas, con cada solicitud de licencia de obras mayores se tiene que rellenar el Cuestionario de Estadística de Edificación y Vivienda y entregarlo al Ayuntamiento con el resto de documentación.

    Es necesario entregar el cuestionario cuando se trate de intervenciones en edificios de viviendas que supongan:

    • construcción y edificación de nueva planta,
    • gran rehabilitación,
    • incremento de volumen o techo edificable,
    • consolidación, reforma o rehabilitación, que comporte una intervención global en los cimientos o la estructura del edificio,
    • reforma o rehabillitación con cambio de uso principal del edificio,
    • creación de nuevas viviendas

    ¿Qué puede hacer?

    Puede entregar el Cuestionario de Estadística de Edificación y Vivienda.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Debe entregar el documento del cuestionario rellenado en el momento de hacer la solicitud de la licencia de obras mayores en su respectivo Ayuntamiento. En el caso de obras realizadas en la ciudad de Barcelona, se entregará en el momento de efectuar la solicitud del Informe de Idoneidad Técnica

    El cuestionario se puede obtener en la Secretaria d'Habitatge de la Generalitat o bajarlo por internet desde su web.

    Después

    • El Ayuntamiento recogerá el cuestionario junto con el resto de documentación y lo pasará a la Secretaria d'Habitatge para que, una vez tratada la información la hagan llegar al Ministerio de Fomento.

    ¿Quién lo puede pedir?

    El promotor o responsable del proyecto.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Hay que presentar el cuestionario en el momento de hacer la solicitud de la licencia de obras mayores.

    En el caso de obras realizadas en la ciudad de Barcelona, se entregará en el momento de efectuar la solicitud del Informe de Idoneidad Técnica

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

    Trámites relacionados

  • Los centros cívicos y centros de barrio municipales organizan cursos y talleres sobre diferentes materias (jardinería, cerámica, fotografía, yoga, etc.) que, con carácter de enseñanza no regulada, son impartidos por monitores.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede ir a cualquier centro cívico o casal de barrio para consultar la programación o hacer la inscripción

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Hay que dirigirse al centro cívico o casal de barrio para consultar la programación y posteriormente hacer la inscripción y el pago de las tasas correspondientes.

    Puede consultar la lista de casals y centros cívicos de la ciudad en la Guía Barcelona del web municipal.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona interesada, previa inscripción y pago del precio correspondiente.

    Precio

      Depende del curso o taller.

    Organismo responsable

  • La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que una vivienda cumple los requisitos de habitabilidad y solidez fijados por Decreto y que es apta para ser destinada a residencia humana.

    Es obligatoria para:

    • Alquilar y vender una vivienda
    • Contratar los servicios de agua, gas y electricidad en las compañías suministradoras correspondientes.

    Hay dos tipos de cédula de habitabilidad:

    • De primera ocupación: para viviendas nuevas o como resultado de una gran rehabilitación
    • De segunda ocupación: para vivienda usada o preexistente.

    En el caso de no poder obtener la cédula puede consultar el trámite Certificado de condiciones de habitabilidad de edificios y viviendas

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar la cédula de habitabilidad de la vivienda.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede presentar la documentación requerida ante cualquier Oficina de la Vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa*.

    En el momento de presentar la solicitud será entregada la carta de pago que deberá hacerse efectiva en las entidades bancarias que se indiquen.

    Los técnicos podrán presentar la solicitud telemáticamente a través de su colegio profesional.

    * Puede solicitar cita previa por internet a través de la página de trámites o por el Teléfono de Información y Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

    Después

    En el plazo de 30 días hábiles podrá pasar a recoger la cédula en cualquier oficina de la vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa*, siempre que se haya hecho efectivo el pago de la tasa correspondiente.

    Así mismo, en caso de no pasar a recoger la cédula, esta será enviada por correo ordinario al interesado.

    * Puede solicitar cita previa por internet a través de la página de trámites o al Teléfono de Información y Trámites del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Quién lo puede pedir?

    En todos los casos:

    • La persona propietaria de la vivienda.
    • Representante de la persona propietaria debidamente autorizada.

    Para duplicados de las cédulas:

    • La persona propietaria de la vivienda.
    • La persona arrendataria de la vivienda.
    • Representante de la persona propietaria o arrendataria debidamente autorizada.

    Documentación

    Documentación genérica a presentar en todos los casos:

    • Impreso de solicitud normalizado.
    • DNI/NIE de la persona propietaria, si es el caso.
    • DNI/NIE de la persona arrendataria, si es el caso.
    • DNI/NIE de la persona representante, si es el caso.

    Viviendas de nueva edificación:

    • Licencia de obras o documento equivalente.
    • Original del certificado final de obra y habitabilidad, firmado por el personal técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
    • Original del certificado del cumplimiento del control de calidad (realizado por el técnico, aparejador que haya realizado la obra).
    • Licencia municipal de primera ocupación o la solicitud de esta.

    Cambio de uso de un local a una vivienda:

    • Certificado de final de obra y de habitabilidad realizado por un arquitecto, arquitecto técnico o aparejador de las obras.
    • Licencia municipal de obras, autorizando el cambio de uso.
    • Licencia municipal de primera ocupación.

    Caso de subdivisión de una vivienda existente:

    • La vivienda tiene cocina y puerta de acceso: debe tramitar la cédula como si se tratase de una vivienda usada.
    • La vivienda no tiene cocina ni puerta de acceso: debe tramitar la cédula como vivienda nueva o resultante de una rehabilitación.

    Viviendas usadas:

    • Certificado emitido por un técnico (aparejador o arquitecto) conforme la vivienda cumple los niveles de viviendas exigidos. Este certificado incluye el impreso de solicitud normalizado.

    Puede solicitar un duplicado de la cédula de habitabilidad mientras esta esté vigente:

    • Escritura de compra-venta (en caso de solicitarlo el propietario).
    • Contrato de alquiler vigente (en caso de solicitarlo el arrendatario).
      • 3 últimos recibos de alquiler pagados.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Primera ocupación: caduca a los 25 años.

    Primera ocupación por rehabilitación: caduca a los 15 años.

    Segunda ocupación: caduca a los 15 años.

    Transcurrido este plazo deben tramitarse nuevamente.

    Precio

      Cédula de habitabilidad nueva ocupación / primera ocupaciónprecio
      Cédula de 1 vivienda nueva39,00 euros
      Cédula de 2 a 5 viviendas nuevas (por cada vivienda)24,00 euros
      Cédula de 6 o más viviendas nuevas (por cada vivienda)18,00 euros
      Cédula de habitabilidad de viviendas usadas / segunda ocupación
      Cédula por cada vivienda usada 18,00 euros
      Duplicado cédula de primera o segunda ocupacióngratuito

      Bonificación: 30% del importe en el caso de realizarse el pago por internet.

    Organismo responsable

  • Antes de poder en marcha una actividad económica, se debe comunicar su inicio a la Agencia Tributaria, mediante la presentación de la correspondiente declaración y de esta manera formar parte del censo de obligados tributarios.

    Con esta declaración se solicita el alta, modificación o baja al censo de etiquetas de Hacienda para las futuras declaraciones de IRPF y IVA. En el caso de personas jurídicas, entidades, empresarios o profesionales que se den de alta, pueden pedir la asignación de su número de identificación fiscal (CIF/NIF).

    De igual manera, en relación a los sujetos pasivos que resulten exentos del impuesto sobre actividades económicas, la presentación de las declaraciones censales sustituye a la presentación de las declaraciones específicas del citado impuesto.

    Una vez iniciada la actividad, también será necesario comunicar cualquier modificación de datos censales o su baja.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede comunicar el alta o la baja de una actividad económica. También puede comunicar la modificación de datos censales como: el domicilio fiscal, el domicilio social, datos identificativos, datos del representante, datos referentes a actividades económicas y locales datos de retenciones e ingresos a cuenta, datos sobre el IVA, datos sobre el IRPF...

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Será necesario utilizar los impresos 037 declaración censal simplificada o 036 declaración censal (modelo normal) para comunicar el alta, la baja o la modificación de datos censales.

    Deberá dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria donde le darán los impresos, o, si lo prefiere puede descargarlos del web.

    Rellene el impreso escogiendo entre las opciones alta, modificación o baja y entréguelo, con la documentación necesaria en las oficinas de la Agencia Tributaria.

    También puede efectuar la tramitación telemática si dispone de certificado de usuario del web www.aeat.es

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona física o jurídica o su representante legal.

    Documentación

    Documentación en el caso de declaración de alta:

    • Si no se dispone de etiquetas, al efectuar la presentación se deberá adjuntar al modelo una fotocopia de la tarjeta o documento acreditativo del NIF del titular de la declaración, excepto que por medio de la misma se esté solicitando el NIF mediante el modelo 036 en cuyo caso se aportará la documentación necesaria para la obtención del mismo.

    Documentación en el caso de modificación de datos:

    • Con carácter general, cuando la modificación que se solicite conlleve una modificación en los datos consignados en la tarjeta acreditativa del N.I.F. expedida por la Agencia Tributaria, deberá aportarse la antigua tarjeta para que se sustituya por una nueva.

    Documentación en el caso de declaración de baja:

    • Cuando se trate de declaración de baja por causa de disolución, absorción, fusión y otras causas de extinción, deberá aportarse escritura pública o documento que acredite la extinción, salvo que sea disolución por cumplimiento del término fijado en los estatutos, así como, en su caso, certificación de la cancelación efectiva de los correspondientes asientos en el Registro Mercantil.
    • Cuando se trate de declaración de baja por causa de fallecimiento, deberá aportarse certificado de defunción.

    Para más información sobre la documentación específica que debe aportarse en cada caso consulte este enlace.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    En caso de alta debe hacer la declaración antes de iniciar la actividad.

    En caso de modificaciones de datos censales, y salvo excepciones, es necesario comunicar la declaración en el plazo de un mes desde la fecha en que se hicieron efectivas.

    En el caso de baja la declaración se deberá presentar en el plazo de un mes des del cesa de la actividad o disolución, En el caso de baja por muerte del titular de la actividad, los herederos dispondrán de seis meses para efectuar la declaración.

    Precio

      Tràmite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

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