El trámite permite denunciar las molestias ocasionadas a los vecinos por antenas tanto de recepción como de emisión de programas de radiodifusión y televisión, radioaficionados, radioenlaces y comunicaciones privadas e instalaciones para telefonía móvil personal, sistemas de sustitución de la red cableada y otros servicios de telefonía pública:
Hay que saber que:
Para denunciar las molestias que provoca una antena:
Las personas que se sientan molestas por cualquier incidencia provocada por antenas o sus elementos auxiliares de conexión, tanto si son de recepció como de emisión de ondas electromagnéticas de radiodifusión, televisió, telecomunicaciones, telemando, etc. y en cualquiera de sus formas posibles: de filamento, de pilar o torre, parabólicas, etc
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
En cualquier momento puede presentar la denuncia.
Gratuito.
El trámite permite denunciar las molestias provocadas por la convivencia diaria entre los vecinos.
Molestias a causa de ruido producido por la vecindad:
Se entiende por ruido producido por la vecindad el que proviene de las actividades domésticas, del funcionamiento de electrodomésticos y de aparatos diversos, instrumentos musicales o acústicos, animales domésticos, voces, cantos, gritos u otros orígenes asimilables.
En general, se establecen 3 franjas horarias que definen los valores límite de inmisión para una vivienda o uso residencial:
Día de 7 a 21 h | Anochecer de 21 a 23 h | Noche de 23 a 7 h | |
Sala de estar | 35 dB | 35 dB | 30 dB |
Dormitorio | 30 dB | 30 dB | 25 dB |
Cocinas y baños | 40 dB | 40 dB | 30 dB |
Dentro de las viviendas no está permitida ninguna de estas actividades ni otras necesariamente ruidosas (reparaciones, cambio de materiales, cambio de muebles, etc ) que puedan perturbar el descanso vecinal desde las 21:00 de la noche hasta las 8:00 de la mañana siguiente.
Molestias por sobreocupación:
El artículo 41 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del Derecho a la Vivienda dice que son situaciones anormales la sobreocupación de una vivienda o de un edificio de viviendas, tal como define el artículo 3e.
El mencionado artículo define la vivienda sobreocupada como aquella en que se alojan un número excesivo de personas, en consideración a los servicios de la vivienda y a los estándares de superficie por persona en Cataluña como condiciones de habitabilidad.
Se exceptúan las unidades de convivencia vinculadas por lazos de parentesco, si el exceso no comporta incumplimientos manifiestos de las condiciones exigibles de salubridad e higiene ni genera problemas graves con el entorno.
Puede denunciar las molestias provocadas por el exceso de ruido en viviendas, en el momento en que se estén produciendo.
En caso de molestias provocadas por la sobreocupación en viviendas, será necesario hacer la denuncia de forma presencial.
Para denunciar el exceso de ruido en viviendas ha de llamar a la Guardia Urbana.
Después
La Guardia Urbana inspeccionará el lugar denunciado.
Cualquier persona que se sienta molesta en la convivencia diaria entre vecinos.
Para hacer el trámite será necesario proporcionar:
En cualquier momento se puede denunciar las molestias provocadas por la convivencia diaria entre vecinos.
Gratuito.
El trámite permite denunciar a vecinos que producen molestias de salubritdad, sanidad o Síndrome de Diògenes.
Hay que saber que:
Para hacer la denuncia:
Las personas que se sientan perturbadas por las molestias provocadas por un vecino que sufra Sindrome de Diógenes.
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
Puede presentar la denuncia en cualquier momento.
Gratuito.
El trámite permite denunciar las molestias ocasionadas por las terrazas en el espacio público.
Hay que saber que:
Para hacer la denuncia:
Las personas que se sientan perturbadas por las molestias provocadas por las terrazas, como son:
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
En cualquier momento puede presentarse la denuncia.
Gratuito.
El tramite permite denunciar las molestias ocasionadas a vecinos por la presencia de roedores o cualquier tipo de insectos en fincas o solares privados.
Para denunciar las molestias ocasionadas por la presencia de plagas de insectos o roedores en fincas o solares privados deberá dirigirse a cualquier Oficina de Atención Ciudadana.
Después
El Ayuntamiento dará curso a la denuncia efectuada.
Cualquier persona que detecte la presencia de roedores o cualquier tipo de insecto en el interior de fincas o solares privados.
Para hacer el trámite no hay que aportar documentación, pero será necesario proporcionar:
En cualquier momento.
Gratuito.
Indemnizaciones que puede otorgar el Ayuntamiento de Barcelona por toda lesión que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, excepto aquellos casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea a consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
Puede presentar una denuncia por responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de Barcelona.
Puede recoger una instancia en cualquier oficina de atención ciudadana o bien, si lo prefiere, puede descargarla en el siguiente enlace.
Rellene la instancia y fírmela. Deberá especificar los daños que se han ocasionado. Es muy importante que indique el lugar de los hechos ya que así el Registro sabrá al departamento al que debe dirigir la petición.
Presente la petición en cualquier registro de las oficinas de atención ciudadana aportando la documentación requerida.
Después
Posteriormente el registro enviará al departamento que corresponda la petición para que se inicie el expediente y será este departamento el que contactará con la persona interesada.
Aquellas personas que hayan sufrido alguna lesión en ellos mismos o en sus bienes a consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos del Ayuntamiento de Barcelona.
Deberá aportar toda la documentación y los justificantes que crea oportunos para ayudar a confirmar los hechos.
Los ciudadanos tienen un año a partir de la fecha de los hechos para reclamar la correspondiente indemnización.
Trámite gratuito.
Denuncias de maltratos y agresiones a menores, de incumplimiento de las sentencias judiciales en relación a los menores, etc.
Dirigiendose a las comisarias de los Mossos d'Esquadra.
Para asesoramiento, acogida y otros tipos de ayudas dirigirse a la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia y al Teléfono de la Infancia.
Si se tiene conocimiento o sospecha de posibles situaciones de maltrato se se puede contactar con Infancia responde
También se puede contactar con los servicios sociales de atención primaria que correspondan por domicilio.
Cualquier ciudadano que conozca o sospeche de posibles maltratos a menores.
Es recomendable presentar el documento nacional de identidad (DNI).
Denuncias de agresiones y maltratos a mujeres, ya sean físicos, psíquicos o los que se producen en el ámbito del hogar.
Dirigiéndose a la Comisaría de los Mossos d'Esquadra, Oficina de Atenció a la Víctima o al Juzgado de Guardia.
En caso de maltrato físico, antes de hacer la denuncia se recomienda ir a un centro sanitario, sin lavarse ni cambiarse de ropa con el fin de recibir la atención médica necesaria y pedir un certificado médico de lesiones donde se describen las heridas, el tratamiento y el tiempo de curación. Los hospitales que tienen servicio de atención a las víctimas de agresiones sexuales son el Hospital Clínico Provincial y el Hospital de Sant Joan de Déu.
Si el agresor ha sido la pareja o el marido, para información hay que llamar al Equipo de Atención a la Mujer, en caso de urgencia se puede ir directamente para recibir información, asesoramiento (psicólogos y abogados) y en caso de ser necesario alojamiento. Antes, tiene que hacerse la correspondiente denuncia.
Para obtener más información hay que dirigirse a cualquiera de los centros siguientes:
Cualquier mujer que haya sido maltratada.
Es recomendable presentar el documento nacional de identidad (DNI).
Depósito del alquiler de la vivienda en los juzgados en el caso que el propietario de la vivienda se niegue a cobrarlo.
Cuando el propietario de la vivienda no acepte el cobro del alquiler, el inquilino deberá pagarlo mediante un giro postal enviado a la misma dirección donde pagaba normalmente y guardándose el aviso de recibo del giro para tener constancia del mismo.
Si el propietario no acepta el giro postal, el inquilino deberá comunicar al propietario, por fax o carta certificada con acuse de recibo, que lo hará via juzgado. El inquilino ha de tener confirmación de la notificación al propietario.
El inquilino tendrá que ir a la oficina de consignaciones de renta del juzgado y presentar judicialmente un escrito de demanda de consignaciones adjuntando el comprobante del giro postal, y se le entregará un resguardo del ingreso pagado.
El inquilino de la vivienda.
El trámite permite pedir fotografías de la evolución urbanística de la ciudad desde 1980 hasta la actualidad. Se pueden pedir imágenes de elementos urbanos, esculturas y monumentos, edificios patrimoniales, parques, calles y planeamiento urbano que puede encontrar en el repositorio institucional BCNROC, que gestiona el Servicio de Documentación y Acceso al Conocimiento del Ayuntamiento de Barcelona.
Para poder reproducir las fotografías es necesario respetar la legislación vigente de propiedad intelectual y las condiciones de uso, que encontrará especificadas en la ficha de cada fotografía.
Las fotografías del repositorio BCNROC disponen de tres tipos de licencia:
La licencia CC-BY permite generar documentos y obras derivadas, incluyendo el uso comercial. No es necesaria la autorización explícita previa por parte del titular de los derechos de propiedad intelectual, pero hay que hacer constar la autoría para poder reutilizarlas.
Las fotografías con licencia CC-BY-NC-ND, además de la obligación de reconocimiento de la autoría no pueden utilizarse con finalidad comercial ni hacer obra derivada.
Las fotografías con licencia CC-BY-NC-SA obligan a reconocer la autoría, a proporcionar un enlace a la licencia y a indicar si se ha realizado algún cambio respecto del original. No se permite utilizar el material con fines comerciales. Y en caso de haber realizado cambios o nuevas creaciones a partir de la obra original, estos deberán llevar la misma licencia.
Puede consultar el repositorio BCNROC para posteriormente, solicitar los derechos de reproducción de la imagen que le interese.
Acceda a BCNROC, seleccione la comunidad Imágenes y busque las fotografías a solicitar. Será necesario acceder a la ficha de la fotografía y anotar el título y el topográfico, porqué debe incluirse en el modelo de solicitud.
Antes de iniciar el trámite deberá descargar, rellenar, firmar y escanear el modelo de solicitud de fotografías para adjuntarlo posteriormente al formulario.
Rellene el formulario , adjunte la solicitud escaneada y confirme los datos.
Puede pedir fotografías para más de un uso en el mismo formulario. En caso de necesitar diferentes fotografías para diferentes usos, deberá solicitarlas en formularios separados.
Después
Personas físicas mayores de 18 años y personas jurídicas.
No es necesario aportar documentación, pero tendrá que adjuntar el modelo de solicitud de fotografías debidamente cumplimentado y firmado.
La solicitud se ha de efectuar con anterioridad a la utilización de las fotogtrafías escogidas.
Las copias de las imágenes se entregarán en un período máximo de 30 días.
Gratuito.