Denuncia por molestias provocadas por la convivencia diaria entre vecinos por ruido o sobreocupación de la vivienda
El trámite permite denunciar las molestias provocadas por la convivencia diaria entre los vecinos.
Molestias a causa de ruido producido por la vecindad:
Se entiende por ruido producido por la vecindad el que proviene de las actividades domésticas, del funcionamiento de electrodomésticos y de aparatos diversos, instrumentos musicales o acústicos, animales domésticos, voces, cantos, gritos u otros orígenes asimilables.
En general, se establecen 3 franjas horarias que definen los valores límite de inmisión para una vivienda o uso residencial:
Día de 7 a 21 h | Anochecer de 21 a 23 h | Noche de 23 a 7 h | |
Sala de estar | 35 dB | 35 dB | 30 dB |
Dormitorio | 30 dB | 30 dB | 25 dB |
Cocinas y baños | 40 dB | 40 dB | 30 dB |
Dentro de las viviendas no está permitida ninguna de estas actividades ni otras necesariamente ruidosas (reparaciones, cambio de materiales, cambio de muebles, etc ) que puedan perturbar el descanso vecinal desde las 21:00 de la noche hasta las 8:00 de la mañana siguiente.
Molestias por sobreocupación:
El artículo 41 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del Derecho a la Vivienda dice que son situaciones anormales la sobreocupación de una vivienda o de un edificio de viviendas, tal como define el artículo 3e.
El mencionado artículo define la vivienda sobreocupada como aquella en que se alojan un número excesivo de personas, en consideración a los servicios de la vivienda y a los estándares de superficie por persona en Cataluña como condiciones de habitabilidad.
Se exceptúan las unidades de convivencia vinculadas por lazos de parentesco, si el exceso no comporta incumplimientos manifiestos de las condiciones exigibles de salubridad e higiene ni genera problemas graves con el entorno.
¿Qué puede hacer?
Puede denunciar las molestias provocadas por el exceso de ruido en viviendas, en el momento en que se estén produciendo.
En caso de molestias provocadas por la sobreocupación en viviendas, será necesario hacer la denuncia de forma presencial.
¿Qué necesita saber?
¿Cómo se hace el trámite?
Para denunciar el exceso de ruido en viviendas ha de llamar a la Guardia Urbana.
Después
La Guardia Urbana inspeccionará el lugar denunciado.
¿Quién lo puede pedir?
Cualquier persona que se sienta molesta en la convivencia diaria entre vecinos.
Documentación
Para hacer el trámite será necesario proporcionar:
- Número de documento identificativo del interesado, NIF, NIE o Pasaporte en caso de persona física o NIF en caso de persona jurídica.
¿Dónde se puede hacer?
Fechas
En cualquier momento se puede denunciar las molestias provocadas por la convivencia diaria entre vecinos.
Precio
Gratuito.
Organismo responsable
Trámites relacionados
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