Ayuntamiento de Almería

  • ## Resumen Este trámite permite inscribir tu relación como pareja de hecho en el Registro Municipal de Almería, dándole validez administrativa. Para ello, debes cumplir ciertos requisitos y presentar la documentación necesaria. **Quién puede usar este servicio:** * Parejas que conviven de forma estable y desean formalizar su unión. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir todos los requisitos. * Reúne la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Identificación personal (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia). * Certificado de nacimiento. * Certificado de estado civil (soltero, viudo, divorciado). * En caso de divorcio: Certificación literal de matrimonio. * En caso de viudedad: Certificación literal de matrimonio y certificado de defunción. * Si eres extranjero: Certificado de estado civil apostillado o legalizado, con traducción jurada si no está en castellano. * Si eres menor de edad emancipado: Certificación del Registro Civil. * Certificado de empadronamiento en Almería (al menos uno de los miembros). **Requisitos previos:** * Estar empadronado en Almería (al menos uno de los miembros). * No ser parientes directos ni colaterales en segundo grado. * No estar incapacitado para dar consentimiento. * No estar inscrito en otro registro de parejas de hecho o aportar la cancelación. * No formar pareja estable con otra persona. **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. * El tiempo de resolución depende de la documentación y el Registro. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación requerida. 2. Descarga y completa los formularios necesarios (disponibles en la web del Ayuntamiento). 3. Presenta la documentación en el Registro General del Ayuntamiento. 4. Comparece personalmente ante el funcionario encargado o mediante escritura pública. **Información sobre cada etapa:** * La documentación debe ser original o copia compulsada. * Si la documentación está en otro idioma, debe ser traducida por un traductor jurado. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Una vez revisada la documentación y cumplidos los requisitos, se procederá a la inscripción en el Registro Municipal. **Plazos de resolución:** * El tiempo de resolución depende de la documentación y el Registro. **Siguiente pasos:** * Una vez inscrito, puedes solicitar un certificado de inscripción. ## Ayuda **Contacto:** * Teléfono: 950 21 00 00 Ext. 2168. **Recursos adicionales:** * Alta Junta de Andalucía * Declaraciones responsables Parejas de Hecho * Parejas de Hecho

  • ## Resumen Este trámite permite a las entidades inscribirse en el registro municipal del Ayuntamiento de Almería. **Quién puede usar este servicio:** Entidades sin ánimo de lucro que operen en el municipio. **Antes de empezar:** Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Formulario de inscripción * Documentación que acredite la existencia y representatividad de la entidad (estatutos, acta de constitución, etc.). **Costes y plazos:** * Este trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Descarga y completa el formulario de inscripción. 2. Reúne la documentación requerida. 3. Presenta el formulario y la documentación en el registro municipal. ## Ayuda **Contacto:** * Área de Integración Social, Participación y Distritos del Ayuntamiento de Almería.

  • ## Resumen Este servicio ofrece información y gestión de reclamaciones a través de la Junta Arbitral de Consumo. Incluye asesoramiento, tramitación de solicitudes de arbitraje y mediación entre las partes. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Solicitud de arbitraje debidamente cumplimentada. * Formato de aceptación del arbitraje por parte de la empresa reclamada (si no está adherida al sistema). * **Requisitos previos:** * El conflicto debe estar relacionado con temas de consumo. * La reclamación no debe involucrar intoxicación, lesión, muerte o indicios de delito. ## Cómo hacerlo 1. **Información general:** Obtén asesoramiento sobre temas de consumo, ya sea presencial o telefónicamente. 2. **Solicitud de arbitraje:** Formaliza la solicitud de arbitraje. Ten en cuenta las materias excluidas del arbitraje de consumo. 3. **Comunicación a la parte reclamada:** Se notificará a la empresa o profesional reclamado si acepta o no el arbitraje en un plazo de 15 días. 4. **Mediación:** Se intentará una mediación entre las partes reclamante y reclamada. 5. **Inicio del procedimiento de arbitraje:** * Si la empresa no está adherida al Sistema Arbitral, tiene 15 días para aceptar. * Si la empresa está adherida, se constituye el Órgano Arbitral (para reclamaciones menores de 300€ y sin dificultad técnica) o el Colegio Arbitral (formado por tres miembros). 6. **Audiencia:** Se convoca a las partes para presentar alegaciones, pruebas y dictamen del laudo Arbitral. 7. **Laudo Arbitral:** Decisión final adoptada por los árbitros. ## Información Adicional * **Registro de empresas adheridas:** Consulta el listado de empresas de Almería adheridas al Sistema Arbitral de Consumo. * **Subvenciones:** Información sobre subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Almería.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la autorización para ocupar la vía pública con sillas y veladores en el municipio de Almería. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Solicitud. * Plano de ocupación y descripción de los elementos móviles y/o fijos. * Justificante del pago de la Tasa por Sillas y Veladores. ## Cómo hacerlo 1. **Descarga de documentos:** * Puedes descargar la solicitud y otros documentos relevantes desde el siguiente enlace: [Licencia de ocupación de la vía pública con Sillas y Veladores - Ayuntamiento Almería](https://almeriaciudad.es/uploads/media/document/licencia-de-ocupacion-de-la-via-publica-con-sillas-y-veladores.pdf) ## Ayuda * Para cualquier duda o consulta, contacta con el Ayuntamiento de Almería.

  • ## Resumen Este trámite permite declarar la ocupación o utilización de edificaciones o instalaciones que ya cuentan con una licencia previa o declaración responsable de obras. Es necesario que las obras estén terminadas, se ajusten a la documentación presentada y su uso sea conforme a la normativa vigente. ## Lo que necesitas ### Documentación requerida * Documento que acredite la personalidad del declarante o la representación que ostenta. * Documento justificativo de la liquidación definitiva del ICIO sobre la cuota diferencial liquidada inicialmente en caso de modificación de obras, conforme a Ordenanza Fiscal. * Certificado final de obras e instalaciones en el que conste: la efectiva y completa finalización de las obras y que se ajustan a la documentación técnica aportada con la solicitud de licencia o declaración responsable presentada en su día para ejecutar las obras; que las instalaciones cumplen las condiciones exigibles por las normas que les son aplicables y que se han realizado las pruebas y ensayos previstos en las mismas y reglamentos que les afectan; así como que el edificio o instalación se halla dispuesto para su adecuada utilización. ## Descarga de documentos * [Declaracion Responsable Ocupacion - Con Obras](https://almeriaciudad.es/uploads/urbanismo/DECLARACION-RESPONSABLE-DE-OCUPACION-O-UTILIZACION-CON-OBRAS.pdf) * [Declaracion Responsable Ocupacion - Sin Obras](https://almeriaciudad.es/uploads/urbanismo/DECLARACION-RESPONSABLE-DE-OCUPACION-O-UTILIZACION-SIN-OBRAS.pdf)

  • ## Resumen Este trámite permite realizar obras que no necesitan un técnico. Para ello, debes presentar una declaración responsable. ## Lo que necesitas * **Documentación necesaria:** * Liquidación del ICIO (4% del Presupuesto de Ejecución Material). * Factura Proforma. * Declaración Responsable de Obras sin intervención de técnico ## Cómo hacerlo 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la Declaración Responsable junto con la documentación requerida.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar la licencia necesaria para realizar obras relacionadas con la explotación agrícola, como la instalación de invernaderos, en el municipio de Almería. Quién puede usar este servicio: Cualquier persona o entidad que desee llevar a cabo obras de explotación agrícola. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Solicitud Licencia Explotación Agrícola * Documentación para licencia de invernaderos Requisitos previos: * Cumplir con la normativa establecida en el PGOU de 1998 y su adaptación a la LOUA. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Reúna la documentación necesaria. 2. Presente la solicitud y la documentación en el Registro General del Ayuntamiento de Almería o en cualquier Oficina Municipal Periférica. ## Ayuda Contacto: Área de Agricultura y Pesca del Ayuntamiento de Almería.

  • ## Resumen Este documento permite descargar el modelo de solicitud estándar del Ayuntamiento de Almería para trámites relacionados con el Área de Agua, Zonas Verdes y Agricultura. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Modelo de solicitud estándar debidamente cumplimentado. ## Cómo hacerlo 1. **Descarga del documento:** * Descargue el modelo de solicitud estándar desde el siguiente enlace: [https://almeriaciudad.es/uploads/agricultura-pesca/solicitud-estandar-registro.pdf](https://almeriaciudad.es/uploads/agricultura-pesca/solicitud-estandar-registro.pdf) 2. **Cumplimentación:** * Rellene todos los campos obligatorios del formulario. 3. **Presentación:** * Presente la solicitud en el registro del Ayuntamiento o a través de la sede electrónica.

  • ## Resumen Este trámite permite a los contribuyentes comunicar a la administración cualquier modificación, corrección o incorporación de sus datos personales. ## Quién puede usar este servicio Cualquier persona que esté registrada como contribuyente y necesite actualizar su información personal. ## Observaciones La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (artículos 47 y 48) y el Reglamento General de Recaudación (R.D. 1684/1990 de 20 de Diciembre) (artículo 17) regulan este procedimiento. Es importante tener en cuenta que la corrección de errores en el DNI o en el nombre no implica un cambio de titularidad, sino la subsanación de errores materiales. En el caso de ingresos de cobro periódico, el domicilio declarado tendrá efectos, como máximo, a los tres meses desde la fecha de la comunicación. Dada la cooperación entre las distintas administraciones para la elaboración de censos tributarios, la actualización de datos, en algunos casos, deberá ser complementada con actuaciones en el Catastro, en la Agencia Tributaria o ante Tráfico.

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