Ayuntamiento de Alicante

  • Informe sobre deudas

    Puede solicitar un Informe sobre deudas/no deudas con carácter general, o específicamente sobre un objeto imponible o actividad determinada (reserva de instalaciones deportivas, subvenciones, traspaso de Licencia de Aperturas, etc.), eso sí, siempre que sea titular de la información requerida, o previa la conformidad del titular actual.

    El procedimiento para la obtención de dicha información es el siguiente:

    • Solicitar dicha información en las oficinas de SUMA-Gestión Tributaria en Alicante, donde se le expedirá un documento.
    • Presentar el documento obtenido en SUMA, en las oficinas de Tesorería -mediante cita previa-, en la C/ Jorge Juan, nº 5 - 2ª Planta, donde se le completará, firmara y sellará (sin la firma y sello el documento no es válido).
      • Solicite Cita Previa para el Servicio de Tesorería a través de la página https://citaprevia.alicante.es , o telefónicamente en los números 010 / 966900886.

    Certificación de deudas (Procedimientos especiales de licitación)

    La participación en los procedimientos de licitación previstos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas precisa de una serie de documentación administrativa entre la que se incluye una Certificación de que no existan deudas de naturaleza tributaria.

    Cuando el órgano de contratación es el Excmo. Ayuntamiento de Alicante, la mencionada Certificación debe ser expedida por la Tesorería Municipal.

    Procedimiento para obtener la Certificación

    1. La solicitud se realizará en la ventanilla del Registro General del Ayuntamiento, adjuntando a la misma:
      • Fotocopia del D.N.I./C.I.F. del solicitante.
      • Fotocopia del D.N.I./C.I.F. del representante y del titulo que acredite dicha representación.
    2. El Certificado (positivo o negativo) se retirará en la ventanilla de Tesorería-Recaudación sita en la C/ Jorge Juan, nº 1, abonando en ese momento la tasa correspondiente.
    3. Si el Certificado es negativo (se comprueba la existencia de débitos pendientes). Para obtener Certificado positivo, deberán liquidar los débitos pendientes a Suma-Gestión Tributaria, sita en la C/ Poeta Vila y Blanco, 7 y posteriormente acreditar dicho pago ante la ventanilla de recaudación, recogiendo al día siguiente el Certificado positivo.

    Si lo desea puede solicitar la Certificación rellenando el siguiente formulario. Para recogerla deberá acudir ineludiblemente a las oficinas de Tesorería indicadas anteriormente con cita previa, a partir del tercer día hábil desde la solicitud, debiendo aportar el pago de la tasa correspondiente por el siguiente concepto: "Certificado de pago de tributos", que puede descargar en http://www.alicante.es/es/tramites/generacion-autoliquidaciones-tasas-municipales

    Solicite Cita Previa para el Servicio de Tesorería a través de la página https://citap.alicante.es/ , o telefónicamente en los números 010 / 966900886.

    Se deberá acreditar la titularidad o representatividad, mediante el D.N.I./C.I.F. del solicitante o en su caso D.N.I./C.I.F. del representante y del titulo que acredite dicha representación.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC)

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • Solicitud de un informe de su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio de Alicante.

    Si sus datos coinciden con los que constan en el Padrón Municipal de Habitantes, se le remitirá el Informe solicitado por correo ordinario al mismo domicilio en el que figura Ud. empadronado, en un plazo aproximado de 7 días.

    Informe colectivo/familiar:

    En caso de solicitar un informe colectivo/familiar sólo se enviará aquel en el que figure el número de personas inscritas junto con el solicitante.

    Para cualquier aclaración o incidencia, puede llamar al Tel. 010/966 900 886.

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

    Información complementaria

    Enlaces relacionados

    Instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón Municipal

  • Solicitud de un informe de su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio de Alicante.

    Informe de Empadronamiento Histórico:

    Los Informes de Empadronamiento Históricos anteriores a 1996 deben solicitarse a través de Sede Electrónica (presentación on line de Instancia Genérica) o presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) mediante modelo de Instancia Genérica (descarga el modelo AQUÍ).

    Para cualquier aclaración o incidencia, puede llamar al Tel. 010/966 900 886.

    Documentación a presentar

    IMPORTANTE:

    • Cualquier trámite del Padrón Municipal de Habitantes debe realizarlo la persona interesada de manera presencial en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC), salvo aquellos que puedan realizarse de manera telemática en Sede Electrónica. En caso de no poder asistir por causa de fuerza mayor, su representante deberá aportar modelo de autorización rellenado y firmado, justificante que acredite la ausencia, documento original de identidad del representante y documentación original de la persona interesada.
    • Todos los documentos a presentar tienen que estar en vigor y deben ser originales, salvo que se indique lo contrario.
    • En caso de documentación oficial extranjera, debe estar traducida juradamente al español.
    • Cuando existan indicios de duda, el Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones oportunas respecto a los datos aportados en cuanto a la identidad, el domicilio y/o la representación.

    Documento de identificación (DNI, NIE o Pasaporte).

    Recogida de informe por otra persona distinta del solicitante:

    En caso de no poder asistir por causa de fuerza mayor, su representante deberá aportar modelo de autorización rellenado y firmado, justificante que acredite la ausencia, documento original de identidad del representante y documentación original de la persona interesada.

    Informe colectivo:

    Para la expedición de certificaciones e informes colectivos, comprensivos de todas las personas inscritas en un mismo domicilio, será necesario contar con la autorización de todas aquellas personas distintas del solicitante.

    • Debe autorizar y firmar cada persona mayor de edad que conviva en la misma vivienda, adjuntándose fotocopia de su documento de identidad con firma, para su comprobación:
      • Ciudadanos españoles: DNI o carné de conducir.
      • Ciudadanos extranjeros: Tarjeta con el NIE (no es válida la hoja verde) o pasaporte.
    • En caso de que se encuentren inscritos hijos menores será necesario aportar la documentación que justifique la relación: libro de familia o certificado de nacimiento. En caso de separación o divorcio: resolución judicial que acredite que se ostenta la guarda y custodia; si ésta es compartida, será necesaria la autorización del otro cónyuge acompañada de su fotocopia del DNI.
    • De no disponerse de la autorización o documentación anteriormente indicada, sólo podrá hacerse constar en el certificado o recogerse en el informe el número de personas inscritas junto con el solicitante.
    • Los certificados e informes de empadronamiento expedidos a personas inscritas en establecimientos colectivos tendrán siempre carácter individual.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC)

    Distrito 5

    Distrito 4

    Distrito 3

    Distrito 2. Subsede Zona Norte

    Distrito 1

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

    Información complementaria

    Documentación

    Modelo de autorización para informes o certificados colectivos

    Modelo de autorización para realizar trámites del Padrón de Habitantes en nombre de la persona solicitante

    Enlaces relacionados

    Instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón Municipal

  • Deberá en primer lugar abonar la tasa correspondiente en el Área Financiera, ubicada en la C/ Jorge Juan, nº 1, bajo.

    Para su obtención debe dirigirse al Servicio de Atención al Ciudadano, ubicado en la calle Don Julián Besteiros 15, (tfno 965.23.28.05, 965.23.28.06).

    Deberá aportar, junto con la solicitud que se le facilitará en ventanilla, al menos, la siguiente documentación:

    Para todos los solicitantes

    • El solicitante debe ser mayor de 18 años.
    • Para informes de Residencia, el solicitante debe estar empadronado en el domicilio que figure en la solicitud.
    • Para informes de Convivencia, deben estar todos empadronados donde se vive (Art. 54 RD 1690/86 de 11 de julio), aportando los DNI o NIE de todos los que conviven.
    • En el caso de progenitores separados, deberá presentar sentencia firme sobre la custodia de los menores.

    Solicitantes españoles

    • Original y en vigor del DNI, Permiso de Conducción o Pasaporte.
    • Para los menores de 14 años, será necesario aportar original del Libro de Familia o Certificado de Nacimiento.

    Solicitantes extranjeros

    • Original y en vigor del Pasaporte, dentro de los 90 primeros días de estancia.
    • Original del NIE en vigor para estancias superiores a 90 días.
    • Solicitud de renovación con resolución expresa de la Secretaría de Estado o certificado de la Oficina de Extranjeros de donde se tramita la renovación.

    NOTA: El documento no se expide en el mismo momento, puesto que precisa de un periodo de observación. Los informes tienen una vigencia de 90 días.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación:

    Sede de la Policía Local

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  • Incluye los siguientes trámites:

    • Denuncia en materia de obras
    • Denuncia en materia de actividades

    Normativa aplicable: Procedimiento, condición de interesado, acceso a los expedientes:

    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Artículo 58. Iniciación de oficio.

    Los procedimientos se iniciarán de oficio por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.

    Artículo 62. Inicio del procedimiento por denuncia.

    1. Se entiende por denuncia, el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo.

    2. Las denuncias deberán expresar la identidad de la persona o personas que las presentan y el relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración. Cuando dichos hechos pudieran constituir una infracción administrativa, recogerán la fecha de su comisión y, cuando sea posible, la identificación de los presuntos responsables.

    3. Cuando la denuncia invocara un perjuicio en el patrimonio de las Administraciones Públicas la no iniciación del procedimiento deberá ser motivada y se notificará a los denunciantes la decisión de si se ha iniciado o no el procedimiento.

    .../...

    5. La presentación de una denuncia no confiere, por sí sola, la condición de interesado en el procedimiento.

    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

    Artículo 31. Órgano competente y procedimiento.

    1. El procedimiento sancionador se iniciará de oficio, por acuerdo del órgano competente, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, petición razonada de otros órganos o denuncia de los ciudadanos.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Modelo D - Denuncias vinculadas con la ejecución de Obras

    Modelo A07 - Denuncias relacionadas con el ejercicio de Actividades

    Anexos

    Ordenanza Licencias Urbanísticas y Ambientales - En vigor: 15.09.2017

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro Electrónico General

    Registro General

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

  • Se abre el plazo para inscribirse en el Consejo Local de Cultura. Las inscripciones se pueden realizar presencialmente en el Centro Municipal de las Artes en la plaza de Quijano 2 de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14.00h y de 16.30 a 21.30h, donde encontraréis inscripciones a vuestra disposición. También se pueden realizar por internet en el enlace al pie de esta página

    Solo se admite una inscripción por persona. Como indica el art 13 del Reglamento del Consejo Local de Cultura "Ninguna persona podrá ser miembro de más de una comisión permanente".

    Presentación

    Plazo de presentación

    De 29 de Septiembre de 2016 hasta 31 de Diciembre de 2016

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Centro Municipal de las Artes

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

    Información complementaria

    Enlaces relacionados

    Publicación del Reglamento en el Boletín oficial de la provincia de Alicante

  • Mediante este trámite se podrá participar, como representante de una entidad, o a título particular, en las distintas Mesas de Diálogo que se han organizado en torno a cinco áreas de trabajo, las cuales corresponden a los diferentes ámbitos estratégicos diseñados en el Plan de Ciudad, tal y como se detalla a continuación:

    • Mesa de Diálogo del Eje 1, sobre Gobierno Local y Ciudadanía.
    • Mesa de Diálogo del Eje 2-3, sobre Innovacion, Desarrollo Económico y Empleo / Turismo.
    • Mesa de Diálogo del Eje 4, sobre Creatividad, Cultura y Educación.
    • Mesa de Diálogo del Eje 5-6, sobre Desarrollo Sostenible y Protección del Medio Ambiente / Accesibilidad y Movilidad.
    • Mesa de Diálogo del Eje 7, sobre Inclusión Social.

    Fecha límite de inscripción

    • Para entidades: 04 de junio de 2017
    • Para particulares: 04 de junio de 2017
    Presentación

    Plazo de presentación

    De 11 de Mayo de 2017 hasta 4 de Junio de 2017

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • Pueden inscribirse las asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones, que cumplan los requisitos establecidos en el apartado de Registro Municipal de Entidades.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Instancia solicitud de alta en el RME

    Certificado comunicando el domicilio social, número de socios al corriente de pago de las cuotas, ámbito territorial que abarca la asociación (esto último sólo para asociaciones de vecinos)

    Documentación a presentar

    Las inscripciones se realizaran a solicitud de las asociaciones interesadas, que tendran que aportar los siguientes documentos:

    • Instancia dirigida al Alcalde o Alcaldesa solicitando la inscripción.
    • Estatutos de la entidad (copia, y presentación del original para cotejo).
    • Certificación literal de los acuerdos que figuren en las actas de las reuniones de las asambleas en que se efectuaron los nombramientos y en los que consten los datos de las personas que ocupen los cargos directivos (original).
    • Domicilio social (original).
    • Presupuesto equilibrado del año en curso (original).
    • Programa de actividades del año en curso (original).
    • Certificación del número de socios al corriente de pago de las cuotas (original).
    • Fotocopia compulsada del C.I.F. (copia, y presentación de original para compulsa).
    • En el caso de las entidades vecinales presentarán delimitación concreta del ambito territorial que abarca la Asociación de Vecinos que se pretende inscribir (original).

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro General

  • Las solicitudes de inscripción en el Registro podrán formularse por todas aquellas personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, hallándose facultadas para contratar con la Administración, pretendan contratar con el Ayuntamiento de Alicante o con sus organismos autónomos administrativos.

    La inscripción en el Registro tendrá carácter voluntario y se efectuará a solicitud de los interesados, sin que, por lo tanto, constituya un requisito necesario para poder participar en un procedimiento contractual. A efectos de la incorporación al mismo, se considerará permanentemente abierto en el tiempo.

    Las inscripciones de empresas o de empresarios en el Registro de Licitadores, una vez presentada la solicitud, acompañada de la documentación correspondiente, se acordarán, previo informes del Servicio de Contratación y Patrimonio y de la Secretaría, mediante resolución de la Alcaldía, que deberá ser notificada al interesado.

    Los licitadores que pretendan contratar con el Ayuntamiento de Alicante o sus organismos autónomos, quedarán dispensados de presentar en los procedimientos contractuales la documentación que haya sido depositada en el Registro, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada; quedando exceptuados de la referida exención los documentos específicos exigidos con tal carácter en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o de prescripciones técnicas particulares correspondientes.

    Los licitadores inscritos en el Registro únicamente deberán acompañar a las proposiciones, respecto de aquella documentación que obre correctamente depositada en el mismo, una certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento, que surtirá plenos efectos ante la Mesa de Contratación.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Instancia para solicitar la inscripción

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro General

    Documentación a presentar

    Ver ANEXO

    Anexos

    Anexo: Documentación a aportar

  • Puedes inscribirte en el grupo formado por personas voluntarias de cada distrito acudiendo a la concejalía de participación ciudadana, unidad administrativa de tu distrito o simplemente presentándote en las sesiones de grupo. Cualquier persona en todo momento del proceso participativo puede acceder al grupo sin necesidad de estar adscrito a ninguna asociación, colectivo o plataforma.

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital:

    No

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