Ayuntamiento de Alicante

  • Este servicio permite descargar on-line recibos en período de cobro voluntario, en formato pdf, de los siguientes tributos municipales:

    • Tasa por entrada y salida de vehículos (vados).
    • Impuesto sobre bienes inmuebles (I.B.I.).
    • Tasa de recogida de basuras.
    • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (I.V.T.M.).
    • Impuesto sobre actividades económicas (I.A.E.).

    También se puede solicitar el envío de los recibos, para años sucesivos, a una cuenta de correo.

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • Este servicio permite solicitar la domiciliación bancaria de recibos de los tributos municipales de cobro periódico: Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), Tasa de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos (Basuras), Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica (IBI Rústica), Tasa por derechos de entrada de vehículos a través de las aceras y vías públicas (Vados), Tasa de Mercados, Cánones Municipales y Tasa de quioscos.

    Para ello, puede descargar el Modelo de Orden de Domiciliación de Adeudo Directo SEPA que está disponible en esta página. El deudor (titular del recibo) debe cumplimentar y firmar una orden de domiciliación por cada recibo a domiciliar.

    Al dorso del impreso dispone de las normas e instrucciones sobre la domiciliación de recibos.

    Lugar de presentación.

    Personas físicas:

    • De manera presencial, en las oficinas del Servicio de Atención Integral a la Ciudadanía - SAIC sito en la Calle Cervantes, 3 (en la Tesorería Municipal ya no se presentan)
    • En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, utilizando al efecto una "instancia genérica": https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php
    • En el Registro General de Entrada de documentos del Ayuntamiento.
    • En cualquier otro Registro Público o por correo postal, en los términos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP.

    Personas jurídicas así como el resto de entidades y personas relacionadas en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, LPACAP, exclusivamente:

    En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, utilizando al efecto una "instancia genérica": https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php

    Documentación a aportar con la orden de domiciliación.

    Personas físicas:

    • Fotocopia de libreta de ahorro, cheque, extracto, recibo, certificado, etc., expedido por la Entidad Financiera, donde consten el nombre del titular, NIF/CIF y el número de cuenta IBAN.
    • Fotocopia del DNI del deudor (titular del recibo)
    • Si el titular de la cuenta bancaria es distinto del deudor, además, fotocopia de su DNI.

    Personas jurídicas:

    • Fotocopia de libreta de ahorro, cheque, extracto, recibo, certificado, etc., expedido por la Entidad Financiera, donde consten el nombre del titular, NIF/CIF y el número de cuenta IBAN.
    • Fotocopia del CIF del deudor
    • Fotocopia del DNI del representante (administrador, apoderado, etc.)
    • Fotocopia del documento íntegro donde conste la representación.
    Presentación

    Modelo de solicitud

    Orden domiciliación adeudo directo SEPA

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Oficina de Atención Ciudadana (OAC)

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

  • Para el duplicado de los recibos de los años 2014 y 2015 deberá dirigirse a Suma Gestión Tributaria.

    Para el resto de años:

    Puede obtener un duplicado de los recibos pagados por Ud. solicitándolo:

    • En las Oficinas de Tesorería, mediante cita previa, (C/ Jorge Juan, nº 5, 2ª planta), presentando su D.N.I./N.I.F. en el caso de ser el titular del duplicado solicitado, o aportando un documento en el que se le otorgue la representación del titular del recibo.
      • Puede solicitar Cita Previa para el Servicio de Tesorería a través de la página https://citaprevia.alicante.es/ , o telefónicamente en los números 010 / 966900886.
    • A través del Registro General del Ayuntamiento o de la Sede Electrónica, para su envío por correo postal/medio electrónico.

    En todo caso, deberá pagar la Tasa por expedición de documentos administrativos (seleccionar el concepto "Certificación pago tributos" si rellena e imprime la liquidación on-line), cuyo justificante de pago deberá adjuntarse a la solicitud.

    Para poder obtener el duplicado ha debido de transcurrir:

    • Al menos un mes desde la fecha de su pago en entidad bancaria.
    • Si el pago se realizó por domiciliación bancaria, el plazo será de dos meses desde la fecha de cargo en cuenta.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Tesorería

    Registro General

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

  • Este servicio permite descargar on-line recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales, exclusivamente del año 2016.

    Es una opción meramente informativa y no justifica el pago de los recibos descargados.

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • El Centro Cultural Las Cigarreras es un espacio de apoyo a la creatividad, al emprendimiento, al talento y la innovación tecnológica en la ciudad.

    Le invitamos a que valore su visita al Centro.

    Presentación

    Plazo de presentación

    De 7 de Marzo de 2017 hasta 31 de Diciembre de 2020

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • A través de este servicio puede enviar su valoración del Festival Festitíteres y sugerencias para próximas ediciones. Gracias por su colaboración

    Presentación

    Plazo de presentación

    De 13 de Noviembre de 2015 hasta 16 de Noviembre de 2016

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • Solicitud y requisitos para la realización de ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS en la vía pública que no requieran de instalaciones eventuales, portátiles o desmontables y se desarrollen en espacios abiertos no acotados.Sin que constituya una relación exhaustiva, caben relacionar a modo de ejemplo, las siguientes actividades:almuerzos, barbacoas, paellas, comidas conmemorativas, actos navideños, aniversarios, pasacalles y eventos infantiles de carnaval o halloween, siempre que no conlleven instalaciones eventuales o desmontables, etc.

    El plazo de presentación es de UN MES antes de la fecha del evento.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Declaración Responsable Actividades SIN Instalaciones Eventuales

    Memoria actividades Sin Proyecto. Plan de Emergencias

    Documentación a presentar

    Declaración Responsable (según documento 1)

    Certificado Compañías Aseguradoras RC (documento 5)

    Memoria descriptiva (documento 6.3)

    Documentación gráfica con referencia a la guia urbana de Alicante (planos y croquis)

    https://w2.alicante.es/guiaurbana/

    ANEXO I Solicitud para la prestación de infraestructuras y servicios al Ayuntamiento

    ANEXO II Solicitud de punto de luz

    Anexos

    ANEXO I Solicitud para la prestación de infraestructuras y servicios al Ayuntamiento

    Solicitud punto de luz

    certificado seguro 1 federaciones celebración fiestas populares y otros actos

    certificado seguro modificado 2 federaciones celebración fiestas populares

    certificado seguro modificado 3 entidad festera individual

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro General

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

  • Mediate este servicio puede generar el documento de la autoliquidación para las siguientes tasas municipales:

    • Bastanteo de poderes por Letrado Municipal, cuando existen antecedentes en la Asesoría Jurídica Municipal.
    • Bastanteo de poderes por Letrado Municipal, cuando no existen antecedentes en la Asesoría Jurídica Municipal, otorgados en España.
    • Bastanteo de poderes por Letrado Municipal, cuando no existen antecedentes en la Asesoría Jurídica Municipal, sujetos al Convenio de la Haya (internacionales).
    • Certificado de aval o depósito constituido en la Tesorería.
    • Certificado de estar al corriente en los tributos municipales.
    • Duplicado de recibo pagado o certificación de pago de valores.
    • Copia de atestado o informe expedido por la Policía Local.
    • Permiso de armas 4ª categoría, de aire o gas comprimido.
    • Copia de expedientes administrativos (sólo informes de bomberos).

    La autoliquidación generada se podrá imprimir y pagar en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras con el Ayuntamiento de Alicante o bien a través de nuestro servicio de Pago On-line.

    Presentación

    Plazo de presentación

    1 de Febrero de 2019

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • Si precisa informe o certificación del cambio de numeración de policía efectuado en su vivienda en un determinado momento, puede solicitarlo a este Departamento de Estadística mediante escrito que deberá presentar en Registro General, bien en las oficinas sitas en calle Cervantes nº 3 o desde la Sede Electrónica en www.alicante.es. En la solicitud deberá hacer constar sus datos personales y los datos de su vivienda y, a ser posible, la fecha aproximada en que se realizó el cambio de numeración de su edificio o vía pública donde se ubica el mismo,

    Igualmente, en el caso de que deba justificar que su actual domicilio corresponde al que figura en la Escritura de Propiedad del mismo, por que se haya modificado el nombre de la vía pública o la numeración de la misma, o en la Escritura no se haya hecho constar, debe dirigirse a este Departamento mediante escrito, presentando la copia de la Escritura y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I.), a efectos de identificación.

    Si su edificio carece de placa de numeración de policía oficial o se ha deteriorado la misma, comuníquese con nosotros mediante un correo electrónico en dep.estadistica@alicante.es o llamando al teléfono 965 92 65 82.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Estadística

    Registro General

  • Incluye los siguientes trámites, todos ellos sujetos al previo pagos de tasas, por la emisión de Informes o Certificados.

    Artículo 5. Información escrita genérica y específica. Ordenanza Licencias. 4ª Modificación.

    1. Las dependencias urbanísticas municipales contestará por escrito a cuantas solicitudes de información urbanística se le soliciten mediante escrito presentado en el Registro Electrónico General o en la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento.

    Modelo V. Vista de expedientes.

    Modelo I. Información escrita genérica, informes, certificados, Obras y/o Actividades.

    Modelo I. Informe Previo a la solicitud de intervención en edificios catalogados.

    Modelo IC. Información escrita, Informes, Certificados de Cartografía

    Modelo IP. Información escrita, Informes, Certificados de Planeamiento

    Modelo IG: Información escrita, Informes, Certificados de Gestión

    Modelo A09. Informe Urbanístico Municipal (Certificado de Compatibilidad Urbanística)

    Artículo 6. Señalamiento de Alineaciones y Rasantes (Tira de Cuerdas) Ordenanza Licencias 4ª Modificación.

    Modelo T. Alineaciones y Rasantes - Tira de cuerdas

    Artículo 7. Céduda de Garantía Urbanística. Ordenanza Licencias. 4ª Modificación.

    Modelo C: Cédula de garantía urbanística.

    Artículo 11. Ocupación de la vía pública con motivo de la realización de obras de edificación. Ordenanza Licencias 4ª Modificación.

    Modelo OA: Autorización para la Ocupación de la vía pública (solo aceras) Deberá solicitarse con una antelación mínima de site días hábiles.

    INFORMACIÓN ESCRITA GENÉRICA Y ESPECÍFICA: Modelo I.

    2. Cuando así se solicite por la persona interesada, la contestación municipal adoptará la forma de informe o certificado, cuya expedición devengará las tasas correspondientes.

    • Información escrita relativa a las condiciones de edificación, calificación y clasificación del suelo y normas urbanísticas:

      1. Informe o Certificado: relativo a las condiciones de edificación, calificación y clasificación del suelo, normas urbanísticas, etc., que, en todo caso, será individualizado para un emplazamiento o consulta de tipo específico. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

      a) Junto a la solicitud, la persona interesada, deberá aportar descripción y plano de situación y calificación referido a cartografía del Plan General a escala 1/5000 o del instrumento de ordenación específico aplicable, así como del justificante del abono de las tasas correspondientes, y la documentación escrita y gráfica adicional que resulte esencial para emitir el informe o certificado.

    • Información escrita relativa a la conversión de una parcela en solar.

      Informe o Certificado de conversión de una parcela en solar: A los efectos de la redacción de los proyectos de obras ordinarias de urbanización a que se refiere el artículo 13.6 de la presente Ordenanza, podrá instarse del Ayuntamiento consulta vinculante sobre las condiciones necesarias para la conversión de una parcela en solar. La solicitud será individualizada para un emplazamiento o consulta de tipo específico e irá acompañada de la siguiente documentación:

      a) Junto a la solicitud, la persona interesada, deberá aportar descripción y plano de situación y calificación referido a cartografía del Plan General a escala 1/5000 o del instrumento de ordenación específico aplicable, así como del justificante del abono de las tasas correspondientes, y la documentación escrita y gráfica adicional que resulte esencial para emitir el informe o certificado.

    • Información escrita relativa al Informe Previo de Intervención.

      Informe previo de Intervención a la solicitud de licencia de obra mayor de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimoniales protegidos o catalogados, regulada por el artículo 213 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, LOTUP. La persona interesada presentará solicitud acompañada del anteproyecto de intervención que pretende acometer con independencia de su alcance. En todo caso deberá realizarse una solicitud individualizada para cada emplazamiento o consulta de tipo específico.

      No será obligatorio solicitar el informe previo de intervención cuando las obras correspondan a las establecidas en los artículos 214.1.c) y 214.2.e) de la Ley 5/2014, LOTUP modificada por la Ley 1/2019.

      El informe o certificado previo de intervención contendrá de forma pormenorizada y expresa el grado de protección general, los componentes de la edificación expresamente protegidos y las actuaciones previstas o permitidas en la ficha de la Catalogación aplicable, así como la necesidad de contar, cuando ello proceda, con la autorización de la Consellería competente en materia de Cultura.

    INFORMACIÓN ESCRITA, INFORMES Y CERTIFICADOS CARTOGRAFIA: MODELO IC.

    Documentación: Ver modelo 17.1. IC

    INFORMACIÓN ESCRITA, INFORMES Y CERTIFICADOS SERVICIO DE PLANEAMIENTO: MODELO IP.

    1. Las dependencias urbanísticas municipales contestará por escrito a cuantas solicitudes de información urbanística se le soliciten mediante escrito presentado en el Registro Electrónico General o en la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento.

    2. Cuando así se solicite por la persona interesada, la contestación municipal adoptará la forma de informe o certificado, cuya expedición devengará las tasas correspondientes.

    3. Junto a la solicitud se deberá presentar plano de situación y calificación referido a cartografía del PGOU a escala 1/5000. Dependiendo de la entidad de la consulta se solicitará documentación gráfica adicional

    INFORMACIÓN ESCRITA, INFORMES Y CERTIFICADOS SERVICIO DE GESTIÓN: MODELO IG.

    1. Las dependencias urbanísticas municipales contestará por escrito a cuantas solicitudes de información urbanística se le soliciten mediante escrito presentado en el Registro Electrónico General o en la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento.

    2. Cuando así se solicite por la persona interesada, la contestación municipal adoptará la forma de informe o certificado, cuya expedición devengará las tasas correspondientes.

    3. Junto a la solicitud se deberá presentar plano de situación y calificación referido a cartografía del PGOU a escala 1/5000. Dependiendo de la entidad de la consulta se solicitará documentación gráfica adicional

    INFORME URBANÍSTICO MUNICIPAL (CERTIFICADO DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICAS) MODELO A09

    5. El Informe Urbanístico Municipal, que se emitirá como Certificado, acredita la compatibilidad de determinado uso o actividad en un emplazamiento determinado. La solicitud de éste informe es obligatoria, de forma previa a la formulación de cualquier instrumento de intervención ambiental, y deberá ir acompañada de la documentación establecida en el artículo 22 de la Ley 6/2014, de 31 de julio, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades.

    Nota: Con la aprobación de la Ley 15/2018 de Turismo, Ocio y Hospitalidad, tanto en su artículo 65 como 77, se establece la obligación de solicitar y obtener la certificación favorable de la compatibilidad de las viviendas de uso turístico con la ordenación urbanística municipal. Se incluye en el modelo relación de documentación específica a presentar así como un modelo orientativo para la realización de la certificación técnica de solicitud de compatibilidad y ocupación.

    Documentación solicitud de Certificados de Compatibilidad Urbanísticas (Informe Urbanístico Municipal) Ley 6/2014

    "Artículo 22 Ley 6/2014, Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades.

    2. Con la solicitud de informe urbanístico municipal deberán acompañarse los siguientes documentos:

    a) Plano georreferenciado para el supuesto de autorización ambiental integrada y plano de emplazamiento para los restantes instrumentos de intervención ambiental, (licencia ambiental, declaración responsable ambiental o comunicación de actividades inocuas) en el que figure la totalidad de la parcela ocupada por la instalación proyectada.

    b) Memoria descriptiva de la instalación y actividad con sus características principales.

    c) Necesidad de uso y aprovechamiento del suelo.

    d) Requerimientos de la instalación respecto a los servicios públicos esenciales."

    Documentación solicitud de Compatibilidad y Habitabilidad para las viviendas de uso turístico: Ley 15/2018 y Decreto 92/2009

    Normativa aplicable: Artículo 65 y 77 Ley 15/2018, de Turismo, Ocio y Hospitalidad, Artículo 22 Ley 6/2014, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades, Decreto 92/2009, Reglamento regulador de las viviendas turísticas o norma que lo modifique, Artículo 33 de la Ley 3/2004, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación y Artículo 5 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Procedimiento para otorgar licencias urbanísticas y ambientales y figuras afines.

    DOCUMENTACIÓN TÉCNICA: Viviendas de uso turístico.

    La persona interesada deberá aportar, junto a la solicitud y la autoliquidación de las tasas, Certificado emitido por Técnico/a competente, con número de colegiado, en formato digital y con firma electrónica, que deberá contener la siguiente información escrita y gráfica:

    1º. Emplazamiento exacto de la vivienda, con número de referencia catastral, a efectos de obtener la compatibilidad del emplazamiento con las determinaciones del Plan General y/o el instrumento de ordenación urbanística aplicable. El certificado de compatibilidad favorable municipal es requisito obligatorio para la inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

    2º. Igualmente contendrá los requisitos técnicos de la clasificación elegida de vivienda de uso turística de conformidad con el Anexo I del Decreto 92/2009, Reglamento regulador de las viviendas turísticas. El certificado de habitabilidad u ocupación municipal es requisito obligatorio para la inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

    DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA: Gráfica y relativa a la disponibilidad de la vivienda de uso turístico.

    3º. Documentación gráfica: Plano de la vivienda de uso turístico conteniendo su dimensión total en m2 así como la dimensión de cada uno de sus componentes igualmente en m2. Esta documentación gráfica es condición previa para la emisión del certificado de habitabilidad u ocupación municipal, de conformidad con el Decreto 92/2009 y Ley 3/2004, y es requisito obligatorio para la inscripción en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.

    4º. Documentación gráfica: Plano de calificación del Plan General o Instrumento de Ordenación aplicable en el que se indicará el emplazamiento exacto de la vivienda de uso turístico.

    5º. Documentación complementaria relativa a la disponibilidad de la vivienda de uso turístico:

    Si la solicitase el/la propietario/a de la vivienda que se solicita para el uso turístico, deberá aportar nota simple del Registro de la propiedad con fecha actualizada a la de la solicitud, o documento que acredite de forma indubitada su titularidad, verificándose su identidad mediante la comprobación de los datos que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.

    Si la solicita el/la arrendatario/a de la vivienda que se solicita para el uso turístico, además de la nota simple del Registro de la propiedad actualizada, o documento que acredite de forma indubitada su titularidad, aportará el contrato de arrendamiento. Se verificará la identidad del propietario y del arrendatario mediante la comprobación de los datos que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.

    Si la solicitan por cesión de la vivienda que se solicita para uso turístico, además de la nota simple del Registro de la propiedad actualizada o documento que acredite de forma indubitada su titularidad, aportará el documento en el que conste tal cesión. Se verificará la identidad del propietario cedente y del cesionario mediante la comprobación de los datos que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.

    Justificante del abono del las tasas.

    SEÑALAMIENTO DE ALINEACIONES Y RASANTES: MODELO T.

    Artículo 6. Señalamiento de alineaciones y rasantes. Ordenanza de Licencias, 4ª Modificación.

    1. Cuando así se solicite por la persona interesada, la Unidad de Cartografía y Topografía de Planeamiento, en informe topográfico, plasmará gráficamente las alineaciones y rasantes que afecten a cualquier parcela que las tenga establecidas.

    2. En las parcelas que no den fachada a una vía urbanizada o en aquellas en las que el planeamiento en vigor establece modificación de las alineaciones anteriores, será obligatorio disponer del señalamiento de alineaciones como requisito previo a la solicitud de licencia de edificación de nueva construcción.

    3. En los proyectos de edificación y, en su caso, de obras ordinarias de urbanización que se sometan a licencia municipal, deberán indicarse con toda claridad y precisión las alineaciones correspondientes como elemento integrante de dichos proyectos, así como los terrenos susceptibles de cesión a viario o adquisición de sobrante de vía pública.

    4. El documento relativo al señalamiento de alineaciones y rasantes será emitido en el plazo de 15 días, a contar desde su entrada en el Registro Electrónico General o en la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento.

    5. Dicho documento tendrá vigencia en tanto no se modifique la ordenación urbanística. Su validez se extinguirá, en todo caso y automáticamente, cuando varíen las circunstancias urbanísticas que le afecten.

    Documentación:

    La solicitud de señalamiento de alineaciones y rasantes se realizará mediante instancia, pago de tasas adjuntando la siguiente documentación, redactada y firmada por técnico/a competente:

    • Plano de situación de la parcela en la cartografía del Plan General.
    • Planos que dibujen el contorno de la finca objeto de informe, dicho plano consiste en dibujar el contorno que envuelve la parcela.
    • Planos de los diferentes elementos planimétricos que ayuden a su identificación. Se representará a escala los detalles del terreno sobre una superficie plana prescindiendo del relieve y la altitud para lograr una representación en dirección horizontal. Son los planos que llevan un mayor detalle al plano de medición incorporando no solo los lindes y superficie del terreno, sino, también, elementos singulares tanto de obra (casas, caminos, piscinas, etc.) o del territorio (deslinde de costas, ramblas, zonas boscosas o de cultivos, etc.) por consiguiente, sirven para posicionar los elementos singulares dentro de la propiedad.

    CÉDULA DE GARANTÍA URBANÍSTICA: MODELO C.

    Artículo 7. Cédula de Garantía Urbanística.

    1. El Ayuntamiento expedirá, mediante resolución de la Junta de Gobierno Local o, en su caso, órgano delegado, Cédula de Garantía Urbanística para las parcelas edificables que no tengan pendientes operaciones de equidistribución ni de adquisición de excedentes de aprovechamiento.

    Documentación e información a aportar:

    2. La Cédula de Garantía Urbanística solo podrá solicitarla el/la propietario/a del solar o parcela, con independencia de lo establecido en el artículo 227.4 de la Ley 5/2014, LOTUP, debiendo aportar la siguiente información:

    • Nota simple del Registro de la propiedad con fecha actualizada a la de la solicitud, o documento que acredite de forma indubitada su titularidad, verificándose su identidad mediante la comprobación de los datos que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente
    • Localización de la parcela o solar indicando las Coordenadas UTM o Coordenadas Geográficas o, en su caso, el número de referencia catastral.

    Procedimiento y efectos:

    3. La Cédula tendrá vigencia durante un año a contar desde la fecha de su expedición. Si durante ese plazo se variasen las condiciones urbanísticas de la parcela, el/la propietario/a, el titular del mismo tendrá derecho a que se le reparen los perjuicios patrimoniales causados por los cambios de ordenación sobrevenidos en los términos establecidos en la en el artículo 227 de la Ley 5/2014, de 31 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.

    4 Cuando se solicite Cédula de Garantía Urbanística para una parcela que, por encontrarse aún inmersa en procesos de planeamiento o de gestión urbanística, no fuera susceptible de convertirse en solar mediante la realización de una actuación aislada de urbanización, se denegará expresamente su otorgamiento, con pérdida de las tasas previamente abonadas.

    5 La Cédula de Garantía Urbanística se otorgará o denegará expresamente dentro del mes siguiente a la fecha de su solicitud, siempre que se hayan abonado las tasas correspondientes y aportado la documentación esencial para su emisión. En caso contrario se entenderá otorgada por silencio administrativo, en lo que respecta a los efectos expresados en el apartado 3 del presente artículo. El contenido material de la Cédula tendrá, no obstante, que ser establecido expresamente por el Ayuntamiento.

    6. El otorgamiento de Cédulas de Garantía Urbanística, quedará en suspenso con motivo de la suspensión del otorgamiento de licencias.

    AUTORIZACIÓN OCUPACIÓN DE ACERAS: MODELO OA.

    https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/modelo-21-...

    https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/planos-oa-...

    DEBERÁ SOLICITARSE CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE SIETE DÍAS HÁBILES.

    Procedimiento:

    Artículo 11. Ocupación de la vía pública con motivo de la realización de obras de edificación.

    1. Las ocupaciones de la vía pública que vayan a producirse con motivo de las autorizaciones, declaraciones responsables o comunicaciones de obras o actividades reflejadas en esta Ordenanza, así como con motivo de ordenes de ejecución, por elementos fijos, móviles o por trabajos verticales mediante descolgamiento, requerirán la previa autorización para ello.

    2. La Concejalía de Urbanismo solo la autorizará si la ocupación recayera exclusivamente en la acera, que deberá quedar expedita para el paso de peatones en una anchura mínima de 1,50 m., la facultad para ello se obtendrá mediante la presentación ../... aportando solicitud con la documentación relacionada en el artículo 14.5 de ésta Ordenanza.

    3. Si la ocupación recayera en calzada y aceras, la autorización la otorgará la Concejalía que tenga competencias en tráfico.

    4. Las ocupaciones de vía pública a que se refieren los apartados anteriores devengarán las tasas correspondientes, que se abonarán previamente a la autorización, debiendo acreditarse esto junto con la solicitud.

    Documentación:

    Artículo 14.5 Ordenanza Municipal Reguladora del procedimiento para otorgar licencias urbanísticas y ambientales y figuras afines. 4ª Modificación.

    5. Para la ocupación temporal de aceras condicionada a la previa solicitud de licencia, declaración responsable o comunicación para la ejecución de obras o instalaciones o para el ejercicio de una actividad de entre las comprendidas en esta Ordenanza a la que estará vinculada, por elementos necesarios para la realización de éstas, se presentará instancia suscrita por el solicitante, identificando de forma precisa, aportando

    • Plano en el que constará el emplazamiento y la porción de acera a ocupar,
    • Expresando el periodo de tiempo en que se precisa tal ocupación y
    • Acompañada de la copia o identificación de la licencia concedida, solicitud de declaración responsable, comunicación u orden de ejecución, en la que se describen las obras autorizadas o solicitadas,
    • Así como el justificante del abono de las tasas correspondientes.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Modelo V - Vista de expedientes de Urbanismo

    Modelo 17 - I - Informe Previo Catalogo - Informes y Certificaciones Obras

    Modelo 17.1 - Información-Certificaciones Cartografía

    Modelo IP - Informes-Certificados vinculados con Planeamiento

    Modelo IG - Informes-Certificados vinculados con Gestión Urbanística

    Modelo A09 - Informes-Certificados - CCU (Informe Urbanístico Municipal) Actividades

    Modelo de Certificado Conjunto de Compatibiliad y Ocupación que deberá aportar la persona interesada.

    Modelo 31 - T - Señalamiento de Alineaciones y Rasantes - Tira de Cuerdas

    C - Cédula de Garantía Urbanística

    Modelo OA - Ocupación de aceras vinculada a Declaración Responsable o licencia de obras

    OA - Modelos de Planos Ocupación de Aceras con diversas opciones de tipos de calles y plazas

    Modelo 00 - Modelo de solicitud general

    Modelo 11 - A11 - Renuncia Actividad

    Modelo 23 - PC - Cambio de uso

    Anexos

    Ordenanza Licencias Urbanísticas y Ambientales - En vigor: 15.09.2017

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro Electrónico General

    Registro General

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

    Información complementaria

    Documentación

    Flujograma Alineaciones y Rasantes (Tiras de Cuerdas)

    Flujograma Viviendas de Uso Turístico - Procedimiento

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.