Trámites ante el Cementerio Municipal - Concesión de derecho funerario (sepultura/parcela)

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a una persona o entidad obtener el derecho a usar una sepultura o parcela en el cementerio municipal.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas, comunidades religiosas, establecimientos benéficos e instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas para la inhumación de sus miembros.

Requisitos principales

  • Ser persona física o, en ciertos casos, comunidades religiosas o instituciones sin ánimo de lucro.
  • Pagar las tasas correspondientes.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, depende del caso.

Información adicional

El derecho funerario se adquiere mediante resolución expresa del órgano municipal competente.

Resumen

Este trámite permite solicitar el derecho a utilizar una sepultura o parcela en el cementerio municipal de Alicante. Este derecho se concede mediante una resolución del Ayuntamiento, previo pago de las tasas correspondientes.

Quién puede solicitarlo:

  • Personas físicas.
  • Comunidades religiosas, establecimientos benéficos e instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, para la inhumación de sus miembros.

Lo que necesitas

Documentación a presentar:

Cómo hacerlo

Formas de Presentación:

Normativa aplicable

Información complementaria


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