Trámites ante el Cementerio Municipal - Concesión de derecho funerario (sepultura/parcela)
Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Objetivo
Permite a una persona o entidad obtener el derecho a usar una sepultura o parcela en el cementerio municipal.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas, comunidades religiosas, establecimientos benéficos e instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas para la inhumación de sus miembros.
Requisitos principales
- Ser persona física o, en ciertos casos, comunidades religiosas o instituciones sin ánimo de lucro.
- Pagar las tasas correspondientes.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
El derecho funerario se adquiere mediante resolución expresa del órgano municipal competente.
Resumen
Este trámite permite solicitar el derecho a utilizar una sepultura o parcela en el cementerio municipal de Alicante. Este derecho se concede mediante una resolución del Ayuntamiento, previo pago de las tasas correspondientes.
Quién puede solicitarlo:
- Personas físicas.
- Comunidades religiosas, establecimientos benéficos e instituciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas, para la inhumación de sus miembros.
Lo que necesitas
Documentación a presentar:
- Solicitud de la Concesión del Derecho Funerario, debidamente cumplimentada y firmada: Concesión de derecho funerario (sepultura/parcela)
- Copia del D.N.I o N.I.F. del solicitante o solicitantes.
- Documento que acredite la representatividad, en su caso: Modelo de representación
- Justificante del pago de la tasa que corresponda: Solicitud de carta de pago
Cómo hacerlo
Formas de Presentación:
- Presencial:
- Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló': Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Gastón Castelló'
- Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca': Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Séneca'
- Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes': Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'
Normativa aplicable
- Ordenanza reguladora del cementerio municipal de Nuestra Señora del Remedio (Alicante), texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 30 de abril de 2021, de cuya elevación a definitivo se dio cuenta al Pleno de 29 de julio de 2021, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 145, de 3 de agosto de 2021.
- Ordenanza para la exacción de la tasa por prestación de servicios en el cementerio municipal, texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 29 de octubre de 2015, de cuya elevación a definitivo se dio cuenta al Pleno de 28 de enero de 2016, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº 243, de 21 de diciembre de 2015.
Información complementaria
- Galería de Imágenes: Cementerio Municipal Nuestra Señora del Remedio