Subvenciones FAPAS 2024

Actualizado el 26 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Concesión de subvenciones a las Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos (FAPAS) que hayan realizado actividades de información, asesoramiento y formación para fomentar la participación activa de las AMPAS en los centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio de Alicante.

¿Quién puede solicitarlo?

Federaciones Provinciales de Asociaciones de Padres de Alumnos (FAPAS) con sede establecida y ámbito de actuación en el municipio de Alicante.

Requisitos principales

  • Ser una Federación Provincial de Asociaciones de Padres de Alumnos (FAPAS) con sede y ámbito de actuación en el municipio de Alicante.

Plazos

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 23 de septiembre de 2024 a las 23:59 horas.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Para poder recibir el pago de la subvención, la entidad debe estar dada de alta como tercero en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alicante. En caso de no estar dada de alta o necesitar modificar la cuenta bancaria, se debe realizar el trámite en <a href="https://www.alicante.es/es/tramites/solicitud-alta-terceros">https://www.alicante.es/es/tramites/solicitud-alta-terceros</a>.

Resumen

Este trámite regula la concesión de subvenciones a las Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos (FAPAS) que hayan realizado actividades de información, asesoramiento y formación para fomentar la participación activa de las AMPAS en los centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio de Alicante durante el curso 2023-2024.

La dotación presupuestaria máxima para esta convocatoria es de 10.000 euros.

Quién puede usar este servicio

Federaciones Provinciales de Asociaciones de Padres de Alumnos (FAPAS) con sede establecida y ámbito de actuación en el municipio de Alicante.

Plazo de solicitud

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 23 de septiembre de 2024 a las 23:59 horas.

Lo que necesitas

Documentación a presentar para la solicitud (en formato PDF)

  • DNI/pasaporte/NIE de la persona representante de la entidad.
  • Estatutos de la entidad.
  • Fotocopia del CIF de la entidad.
  • Certificado composición Junta Directiva.
  • Memoria/s de la actividad de la entidad (últimos dos años).
  • Anexo V: Relación AMPAS inscritas en la FAPA.
  • Anexo II: Memoria de la actividad para la que solicita subvención.
  • Anexo V declaración relación nominal personas en contacto con menores de edad y certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales (según el caso).
  • Certificado del Consejo Escolar.
  • En caso de no autorizar la consulta para la obtención de información Tributaria, deberá aportar los certificados que acrediten estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social, y con la Tesorería Municipal.

Documentación a presentar para la justificación

  • Anexo III: Cuenta Justificativa de Gastos del 100% de los gastos de la actividad.
  • Facturas y otros documentos probatorios.
  • Anexo VI: de colaboraciones ocasionales (en su caso).
  • Los registros contables de los gastos de la totalidad de la actividad.
  • Declaración Responsable otras subvenciones.
  • Relación nominal AMPAS beneficiarias, alumnado y asistencias (según el caso).
  • Certificado de cumplimiento de la actividad subvencionada.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Acceder al trámite en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante a través de este enlace: Acceso al trámite.
  3. Presentar la solicitud y la documentación adjunta mediante certificado digital de la entidad.

Después de hacerlo

Justificación

Serán gastos subvencionables aquellos relacionados directamente con las actividades y producidos entre el 1 de septiembre de 2023 y el 20 de junio de 2024, y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Se deberán justificar el 100% de los gastos que se correspondan con la actividad mediante cuenta justificativa, que se deberá acreditar por medio de facturas y demás documentos de valor probatorio.

La justificación de las subvenciones, se encuentra regulada en las Bases 8ª y 9ª de las Reguladoras, y además se deberá tener en cuenta la la GUÍA DE JUSTIFICACIÓN (anexo IV).

Ayuda

Contacto

Se podrá disponer de los diferentes ANEXOS en formato editable, solicitándolo a través del email educacion.subvenciones@alicante.es

Recursos adicionales

Aviso Legal

La información aquí proporcionada es a título informativo y en ningún caso sustituye a las Bases reguladoras de la convocatoria, en caso de discrepancia sólo se tendrá en cuenta lo contenido en las citadas Bases.


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.