Solicitud de aplazamiento/fraccionamiento

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias en período voluntario de pago, facilitando el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

¿Quién puede solicitarlo?

Contribuyentes que tengan deudas en período voluntario de pago con el Ayuntamiento de Alicante.

Requisitos principales

  • La deuda debe ser superior a 100€, salvo excepciones justificadas.
  • Para deudas de vencimiento anual, el pago debe realizarse dentro del ejercicio económico correspondiente, con excepción de las que vencen en el último trimestre, que pueden aplazarse hasta el 20 de marzo del año siguiente.
  • Existen límites de deuda exentos de la obligación de presentar garantía, que varían según la naturaleza del tributo.

Plazos

Varían según el tipo de deuda. Para el IBI de 2024, la solicitud de fraccionamiento/aplazamiento debe realizarse dentro del período voluntario de pago (hasta el 01/07/24).

Duración del trámite

Variable, dependiendo del tipo de deuda y circunstancias.

Información adicional

La presentación de la solicitud en período voluntario impide el inicio del período ejecutivo, pero no el devengo de intereses de demora (excepto para recibos de IBI menores a 6.000€). Las solicitudes en período ejecutivo deben presentarse ante SUMA-Gestión Tributaria.

Resumen

Este trámite te permite solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de tus deudas tributarias con el Ayuntamiento de Alicante durante el período voluntario de pago. Esto facilita el cumplimiento de tus obligaciones fiscales al permitirte pagar en plazos o posponer el pago.

Quién puede usar este servicio

Cualquier persona física o jurídica que tenga deudas tributarias con el Ayuntamiento de Alicante en período voluntario de pago.

Antes de empezar

Ten en cuenta los plazos y requisitos específicos para cada tipo de deuda, especialmente para el IBI.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Documento cobratorio (recibo).
  • Copia del DNI/CIF del solicitante.
  • Justificación de la falta de liquidez (si la deuda supera los 2.000€).
  • Garantía (en algunos casos).

Requisitos previos

  • La deuda debe ser superior a 100€ (salvo excepciones justificadas).
  • Cumplir con los plazos establecidos.

Costes y plazos

  • Puede generar intereses de demora (excepto para IBI menor a 6.000€).
  • Los plazos varían según el tipo de deuda.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Presenta la solicitud a través de la Sede electrónica, registro público o presencialmente (con cita previa).
  3. Espera la resolución de la Administración.

Información sobre cada etapa

Tiempos de espera

El tiempo de resolución depende de la complejidad del caso.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud.

Plazos de resolución

Varían según el tipo de deuda y la carga de trabajo de la Administración.

Siguiente pasos

Si la solicitud es aprobada, sigue las instrucciones de pago indicadas en la resolución.

Ayuda

Contacto

Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Alicante.

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

(Ver sección FAQ)


Preguntas frecuentes


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