Solicitud autorización actividades con fuego reguladas por el Plan Local de Quemas

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Autorizar la quema de residuos vegetales agrarios en pequeñas y microexplotaciones, cumpliendo con la normativa vigente para prevenir incendios y proteger el medio ambiente.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios de pequeñas y microexplotaciones agrarias en el municipio de Alicante.

Requisitos principales

  • Ser titular de una pequeña o microexplotación agraria (menos de 50 empleados y volumen de negocio anual inferior a 10 millones de euros).
  • La quema debe ser para eliminar residuos vegetales generados en la propia explotación.
  • Cumplir con las condiciones generales establecidas, incluyendo respetar los días y horarios del Plan Local de Quemas.
  • Realizar la quema solo cuando el nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales sea 1 (bajo).
  • Asegurar que la quema se realice dentro de la parcela, lejos de la vegetación forestal.
  • Mantener vigilancia constante y extinguir completamente el fuego antes de las 13:30 horas.
  • Tener a mano la autorización y un documento de identificación durante la quema.

Plazos

La validez de las autorizaciones es de 30 días naturales como máximo.

Duración del trámite

Variable, depende de la autorización y las condiciones meteorológicas.

Información adicional

Las autorizaciones quedan suspendidas durante la Semana Santa y los 11 días naturales siguientes. Es fundamental consultar el Plan Local de Quemas y las condiciones específicas de la autorización antes de realizar cualquier quema. Se deben seguir las instrucciones de los agentes de la autoridad.

Según la normativa actual, solo se autorizan quemas para eliminar residuos vegetales agrarios generados en pequeñas y microexplotaciones, tal como se definen en la Ley 7/2022. Estas explotaciones deben tener menos de 50 empleados y un volumen de negocio anual inferior a 10 millones de euros.

Condiciones generales:

  • La autorización tiene una validez máxima de 30 días naturales, respetando los horarios del Plan Local de Quemas.
  • Antes de quemar, consulta las condiciones al dorso del permiso y el nivel de alerta:
  • La quema debe realizarse dentro de la parcela agrícola, lo más lejos posible de la vegetación forestal.
  • Está prohibido quemar márgenes de cultivo a menos de 50 metros de terreno forestal.
  • La quema de residuos vegetales debe hacerse en hogueras, sin conexión con los márgenes o terreno forestal.
  • Solo se permite quemar con nivel de preemergencia 1. Está prohibido con niveles 2 o 3.
  • El horario permitido es entre el amanecer y las 13:30 horas, momento en que debe estar extinguida.
  • La autorización no es válida con viento fuerte. Si aparece viento, suspende la quema y apaga el fuego.
  • No abandones la zona hasta que el fuego esté apagado y pasen dos horas sin brasas.
  • Limpia una franja de al menos dos metros alrededor de la zona de quema.
  • El titular de la autorización es responsable de los daños causados.
  • Debes tener la autorización y un documento de identificación durante la quema.
  • Las autorizaciones se suspenden entre el Jueves Santo y los 11 días siguientes.
  • La autorización es válida solo para las fechas y horarios indicados en el Plan Local de Quemas.
  • Sigue las instrucciones de los agentes de la autoridad.

Presentación de la solicitud:

Se puede presentar:

  1. Presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento.
  2. Por e-mail a medioambiente@alicante.es (con la solicitud firmada).
  3. Por Internet a través de la Sede Electrónica (con certificado digital).
  4. Presencialmente en las oficinas de la Junta del Distrito 5, en Rebolledo (965189631).

Modelo de solicitud: Modelo autorización actividades fuego 2023

Formas de Presentación

Información complementaria

Documentación:

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