Señalamiento de alineaciones y rasantes - (Tira de Cuerdas)
CERTIFICADO SEÑALAMIENTO DE ALINEACIONES Y RASANTES (TIRA DE CUERDAS): MODELO T
Resulta aplicable el Artículo 6 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Procedimiento para otorgar licencias urbanísticas y ambientales y figuras afines. 4ª Modificación.
Procedimiento y efectos:
1. Cuando así se solicite por la persona interesada, la Unidad de Cartografía y Topografía de Planeamiento, en informe topográfico, plasmará gráficamente las alineaciones y rasantes que afecten a cualquier parcela que las tenga establecidas.
2. En las parcelas que no den fachada a una vía urbanizada o en aquellas en las que el planeamiento en vigor establece modificación de las alineaciones anteriores, será obligatorio disponer del señalamiento de alineaciones como requisito previo a la solicitud de licencia de edificación de nueva construcción.
3. En los proyectos de edificación y, en su caso, de obras ordinarias de urbanización que se sometan a licencia municipal, deberán indicarse con toda claridad y precisión las alineaciones correspondientes como elemento integrante de dichos proyectos, así como los terrenos susceptibles de cesión a viario o adquisición de sobrante de vía pública.
4. El documento relativo al señalamiento de alineaciones y rasantes será emitido en el plazo de 15 días, a contar desde su entrada en el Registro Electrónico General o en la oficina de asistencia en materia de registros del Ayuntamiento.
5. Dicho documento tendrá vigencia en tanto no se modifique la ordenación urbanística. Su validez se extinguirá, en todo caso y automáticamente, cuando varíen las circunstancias urbanísticas que le afecten.
Documentación: Artículo 7 Ordenanza de Licencias.
6. La solicitud de señalamiento de alineaciones y rasantes se realizará mediante instancia, pago de tasas adjuntando la siguiente documentación, redactada y firmada por técnico/a competente:
- Plano de situación de la parcela en la cartografía del Plan General. (en formato PDF y DWG)
- Planos que dibujen el contorno de la finca objeto de informe, dicho plano consiste en dibujar el contorno que envuelve la parcela. (en formato PDF y DWG)
- Planos de los diferentes elementos planimétricos que ayuden a su identificación. Se representará a escala los detalles del terreno sobre una superficie plana prescindiendo del relieve y la altitud para lograr una representación en dirección horizontal. Son los planos que llevan un mayor detalle al plano de medición incorporando no solo los lindes y superficie del terreno, sino, también, elementos singulares tanto de obra (casas, caminos, piscinas, etc.) o del territorio (deslinde de costas, ramblas, zonas boscosas o de cultivos, etc.) por consiguiente, sirven para posicionar los elementos singulares dentro de la propiedad. (en formato PDF y DWG)
Forma de la documentación: Disposición Adicional Segunda. Ordenanza de Licencias.
2. Cuando se trate de proyectos, memorias gráficas y escritas u otra documentación técnica expresamente establecida como documentación obligatoria en los procedimientos establecidos en esta Ordenanza, se presentará, cuando se realice presencialmente, digitalizada en soporte informático, en un CD, DVD o pen-drive, en formato PDF, de la documentación técnica aportada que estará visada, en su caso, o firmada electrónicamente y del resto de la documentación complementaria que estará escaneada y formará parte del mismo soporte informático, en ningún caso comprimido.
Si la presentación es telemática mediante la utilización de la Sede Electrónica del Registro Electrónico General del Ayuntamiento, se incorporará toda la documentación en formato PDF, según las indicaciones contenidas en cada procedimiento en la Sede Electrónica. Se compondrá de:
a) La totalidad de los textos (memoria, cuadro de precios, mediciones, presupuestos, anejos, etc.) en archivo con capacidad no superior a 100 MB. Si la extensión del documento superase ese tamaño, deberá crearse archivos individualizados para cada uno de los contenidos.
b) La totalidad de los planos, en un archivo con capacidad no superior a 100 MB. El tamaño máximo de los planos será DIN-A3 a una escala legible. Sólo serán admisibles los planos en tamaño DIN-A2 cuando sea imposible su presentación en formato DIN-A3.
c) Los soportes citados no serán regrabables y en ellos se identificará el nombre del proyecto, su autor o autores, su firma digital y la fecha de realización. Si se tratase de un proyecto de visado obligatorio, contendrá éste en forma electrónica.
Anexos
Ordenanza Licencias Urbanísticas y Ambientales - En vigor: 15.09.2017
Formas de Presentación
Oficinas de la administración
Patrimonio
Calle Jorge Juan 2-5, 03002, Alicante/Alacant
Servicios Sociales
Calle Jorge Juan 3, 03002, Alicante/Alacant
Tel. 965149100