Renovación de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a los ciudadanos extranjeros no comunitarios sin permiso de residencia de larga duración renovar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes cada dos años, tal como exige la ley.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes.
Requisitos principales
- Ser extranjero no comunitario sin autorización de residencia de larga duración.
- Estar previamente inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes.
- Renovar la inscripción cada dos años.
Plazos
La renovación debe realizarse cada dos años desde la fecha de alta o la última renovación.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la forma de presentación.
Información adicional
El Ayuntamiento de Alicante envía comunicaciones a los interesados para recordarles la necesidad de renovar su inscripción antes de la fecha de caducidad. La falta de renovación puede resultar en la baja por caducidad en el Padrón.
Resumen
Este trámite permite a los extranjeros no comunitarios sin permiso de residencia de larga duración renovar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes cada dos años, como exige la ley. El Ayuntamiento envía avisos, pero es responsabilidad del ciudadano realizar la renovación.
Lo que necesitas
- Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud de renovación.
- Documento de identificación.
- Si renuevas online, prueba de residencia (recibos, etc.).
- Requisitos:
- Ser extranjero no comunitario sin permiso de residencia de larga duración.
- Estar empadronado en Alicante.
- Coste: Gratuito.
- Plazo: Cada dos años.
Cómo hacerlo
- Paso a paso:
- Rellena el formulario de renovación (Formulario de solicitud de renovación de inscripción padronal).
- Presenta el formulario y tu identificación en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes' o a través de la Sede Electrónica.
- Si lo haces online, adjunta los documentos que acrediten tu residencia.
- Información adicional:
- Si no puedes ir en persona, un representante debe presentar un documento notarial o una declaración ante un funcionario.
Después de hacerlo
- Qué sucede después: Tu inscripción se renueva por otros dos años.
- Plazos de resolución: Inmediato si es presencial. Variable si es online.
- Siguientes pasos: Recuerda renovar cada dos años.