Reclamaciones Presupuesto Municipal y/o Modificaciones Presupuestarias

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos y entidades presentar reclamaciones contra el Presupuesto Municipal y/o sus modificaciones, basándose en motivos legales específicos.

¿Quién puede solicitarlo?

Habitantes del municipio, personas directamente afectadas, colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y otras entidades legalmente constituidas.

Requisitos principales

  • Estar legitimado según el artículo 170.1 del RD 2/2004 (habitantes, afectados, colegios profesionales, etc.).
  • La reclamación debe basarse en alguno de los motivos válidos según el artículo 170.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 (errores en la elaboración, omisión de créditos, insuficiencia de ingresos/gastos).

Plazos

No se especifican plazos concretos en el texto proporcionado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la complejidad de la reclamación.

Información adicional

La presentación electrónica que no siga los procedimientos habilitados en el Catálogo de Servicios de la Sede Electrónica se tendrá por no presentada. Esto es especialmente importante para temas tributarios.

Resumen

Este trámite permite a ciudadanos y entidades presentar reclamaciones contra el Presupuesto Municipal y/o sus modificaciones. Es importante que la reclamación cumpla con los requisitos de legitimación y se base en motivos válidos según la legislación vigente.

Quién puede usar este servicio

  • Habitantes del municipio.
  • Personas directamente afectadas por el presupuesto, aunque no residan en el municipio.
  • Colegios oficiales, cámaras oficiales, sindicatos, asociaciones y otras entidades legalmente constituidas que defiendan intereses profesionales o vecinales.

Motivos para reclamar

Las reclamaciones contra el presupuesto y/o modificaciones presupuestarias deben basarse en:

  • Errores en la elaboración y aprobación del presupuesto.
  • Falta de crédito para cumplir con obligaciones legales.
  • Insuficiencia de ingresos en relación con los gastos, o viceversa.

Cómo hacerlo

Presentación de reclamaciones

La reclamación se puede presentar a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante, en el Catálogo de Servicios.

La presentación presencial solo está permitida para personas físicas NO obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración.

  • Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente deben usar el procedimiento en la Sede Electrónica.
  • Incluso las personas físicas que opten por usar medios electrónicos deben usar los procedimientos habilitados en la Sede Electrónica.

Importante: Las solicitudes, escritos y comunicaciones que no sigan los procedimientos habilitados en la Sede Electrónica se tendrán por no presentados, especialmente en materia tributaria.

Formas de presentación

Información Adicional


Preguntas frecuentes


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