Procedimiento de Transmisión de los Derechos de Cobro (Endosos)
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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(Artículo 218 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público).
La notificación al Excmo. Ayuntamiento de Alicante del acuerdo de cesión de los derechos de cobro, endoso, se realizará mediante una de estas dos fórmulas:
- Presentación del documento (acuerdo de cesión) en el Registro General, indicando los datos del crédito a endosar, cuenta bancaria a la que transferir la deuda, y aceptación expresa del endosatario.
- Mediante inserción del acuerdo al dorso de la factura original, según el modelo que figura en el Anexo mostrado más abajo. (En las copias de las facturas que se presenten a petición del Centro gestor deberá constar su carácter de COPIA).
Formas de Presentación
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