Notificación al Ayuntamiento por Registros de la Propiedad, Catastro o Notarios. Art. 199 L.H.

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permitir que el Ayuntamiento de Alicante sea notificado como titular colindante en procedimientos de inscripción gráfica y coordinación con el catastro o alteración catastral, según lo regulado en la Ley Hipotecaria.

¿Quién puede solicitarlo?

Registros de la Propiedad, Catastro o Notarios que necesiten notificar al Ayuntamiento de Alicante como titular colindante en procedimientos de inscripción gráfica y coordinación catastral.

Requisitos principales

  • Identificar claramente el bien que se pretende inscribir.
  • Acreditar la representación si se actúa en nombre de terceros.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del caso.

Información adicional

Los escritos presentados a través de la Sede Electrónica Municipal llegarán directamente al Servicio de Gestión Patrimonial.

Resumen

Este trámite permite a los Registros de la Propiedad, Catastro o Notarios notificar al Ayuntamiento de Alicante como titular colindante en procedimientos de inscripción gráfica y coordinación catastral, tal como se establece en la Ley Hipotecaria.

Quién puede usar este servicio:

  • Registros de la Propiedad
  • Catastro
  • Notarios

Lo que necesitas

Documentación requerida:

  • Instancia identificando el bien a inscribir.
  • Acreditación de la representación, si actúa en nombre de terceros.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Acceda al trámite a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante.
  2. Complete la instancia con la información requerida.
  3. Adjunte la documentación necesaria.
  4. Envíe la solicitud.

Ayuda

Contacto:

  • Servicio de Gestión Patrimonial del Ayuntamiento de Alicante.

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