Instalación de un puesto para el ejercicio de la venta no sedentaria en dominio público municipal en Mercados Periódicos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Solicitud de autorización municipal para la instalación de un puesto para el ejercicio de la venta no sedentaria en dominio público municipal en Mercados Periódicos.

Tienen la consideración de Mercados Periódicos aquellos de carácter habitual, de periodicidad conocida y en el emplazamiento determinado en la correspondiente Ordenanza reguladora, y en concreto:

* Mercado de "La Palma".

* Mercado de Santa Faz.

* Mercado de Artesanía de Verano.

* Mercado de Flores de Todos los Santos.

* Mercado de Cascaruja y Porrate de Navidad.

* Mercado de Artesanía de Navidad y Reyes.

* Mercado de Filatelia, Numismática y Coleccionismo.

* Mercado de la Explanada.

* Mercado de Artesanía de la Plaza Santísima Faz.

* Mercado de "San Antón".

Presentación

Modelo de solicitud

Instancia Mercados Periódicos. Aportación anual de documentación a una autorización ya existente.

Instancia para obtener autorización municipal para la Instalación de un puesto para el ejercicio de la venta no sedentaria en dominio público municipal en Mercados Periódicos. Nueva incorporación

solicitud reducción pago sanción

Formas de Presentación

Presencial

Lugar de presentación

Registro General

Por Internet

Con certificado digital

Acceso al trámite

Documentación a presentar

En la solicitud se hará constar el nombre y apellidos del solicitante, si es persona física o la denominación social y los datos del representante debidamente apoderado, si es persona jurídica, acompañándose copia de los estatutos de la persona jurídica, o en su caso, con fotocopia de la inscripción en el Registro Oficial y/o certificado actualizado de inscripción de asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro o benéficas asistenciales, cuando se dé esta circunstancia.

En la modalidad de venta en mercados periódicos, el interesado deberá aportar, asimismo, la siguiente documentación:

A) Declaración responsable firmada por el interesado que manifieste los siguientes extremos:

a) Que conoce y cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente, comprometiéndose a mantener su cumplimiento durante el tiempo de vigencia de la autorización. Especialmente, los prestadores extranjeros, nacionales de países que no sean miembros de la Unión Europea, declaran que cumplen con las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia.

b) Estar en posesión de a documentación que acredite lo establecido en el aparado anterior, a partir del inicio de la actividad, comprometiéndose a la renovación de aquellos permisos cuya vigencia venza durante el ejercicio de la autorización y que sean necesarios para el ejercicio de la misma.

c) Estar al corriente de sus obligaciones pecuniarias derivadas de tributos y/o sanciones municipales.

d) Estar dado de alta y al corriente del pago de las cotizaciones de la Seguridad Social que le correspondan, tanto el titular de la autorización como sus asistentes o personal contratado por la persona jurídica, en su caso, para el ejercicio de la actividad.

e) Que reúne las condiciones exigidas por la normativa reguladora de los productos o artículos objeto de venta y, en especial, en caso de productos alimentarios, que cumple los requisitos higiénico-sanitarios y de protección de los consumidores que establezcan las reglamentaciones específicas de los consumidores que establezcan las reglamentaciones específicas en cuanto a productos, instalaciones y vehículos de transporte.

f) Que se encuentra dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas y al corriente de su pago. En caso de estar exento, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios. En lo que respecta al alta en el censo de obligados tributarios o, en su caso, a estar al corriente en el pago de la tarifa del Impuesto de Actividades Económicas cuando no estén exentos del mismo, deberá acreditarse bien por el mismo solicitante o bien mediante autorización al Ayuntamiento para que éste verifique su cumplimiento.

g) Que dispone de la estructura o instalaciones exigidas por los Servicios Técnicos Municipales para el ejercicio de la actividad en cada modalidad de venta no sedentaria, especialmente en lo que se refiere a la higiene, seguridad y solidez de las instalaciones.

h) Manifestación relativa al hecho relativo a si el interesado cuenta, en el momento de presentar la solicitud, con otra autorización vigente para el ejercicio de la venta no sedentaria en el Municipio de Alicante.

i) En su caso, quienes vendan productos de temporada de carácter agrícola de cosecha o producción propia, deberán declarar su condición de tales indicando que se encuentran en posesión de la documentación oficial probatoria de su condición de agricultor o ganadero, los productos que cultiva y los municipios en que se ubican sus explotaciones.

j) Los particulares autorizados para la venta de artículos usados deberán declarar responsablemente que los mismos pertenecen a su ajuar y que no han sido adquiridos expresamente para su reventa.

k) Que se compromete a la suscripción, en el momento en que le sea comunicada la autorización para la instalación y explotación de la actividad, en cualquiera de las modalidades previstas, de póliza o certificado de Seguro de Responsabilidad Civil General por los riesgos derivados de las actividades a realizar, en la cuantía determinada reglamentariamente, que deberá incluir el riesgo de incendio, así como posibles daños a terceros y al personal que preste sus servicios, así como al público asistente en su caso.

l) Que en el momento de iniciar la actividad se encontrará al corriente del pago de la tasa por ocupación temporal de terrenos de uso público para el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de espectáculos, en la cuantía que corresponda por la modalidad del mercado de que se trate, de conformidad con la Ordenanza fiscal reguladora.

B) Copia del N.I.F. cuando se trate de persona física o C.I.F., cuando se trate de persona jurídica. En caso de que se trate de persona extranjera, deberá acompañarse tarjeta de identidad en caso de ciudadanos miembros de la Unión Europea o permiso de residencia y de trabajo durante el tiempo en el que se pretenda la autorización, en caso de extranjeros no comunitarios, así como su compromiso de renovación en el supuesto de extinción de su vigencia durante el ejercicio de la autorización.

C) Relación de los productos o artículos a comercializar, especificando la denominación del mercado objeto de la solicitud.

D) Datos relativos a la identidad de los ayudantes o personas vinculadas al titular de la autorización para colaborar en la actividad, en su caso.

E) Méritos que se pretenden hacer valer a efectos de la valoración de las solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ordenanza Reguladora de la Venta No Sedentaria y Otras Actividades y Espectáculos Temporales con Finalidad Mercantil en la Vía Pública (B.O.P. de Alicante, núm. 135 de fecha 17 de julio de 2014). (Ver anexo).

- El procedimiento de selección de aspirantes a titular de puesto de venta, se encuentra recogido en el artículo 28 de la Ordenanza Reguladora de la Venta No Sedentaria y Otras Actividades y Espectáculos Temporales con Finalidad Mercantil en la Vía Pública (B.O.P. de Alicante, núm. 135 de fecha 17 de julio de 2014), desarrollado pormenorizadamente para cada uno de los Mercados, en las vigentes Normas para la Adjudicación e Instalación de Puestos de Venta No Sedentaria en Mercados organizados por la Concejalía de Urbanismo y Vías Públicas para el ejercicio 2017. (Ver anexo).

Anexos

Baremo de méritos artículo 30 de la Ordenanza Reguladora.

Documento de representación

Normas para la adjudicación e instalación de puestos de venta en Mercados Periódicos ejercicio 2018


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