Convocatoria de subvenciones dirigidas a Comisiones de Hogueras

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar subvenciones para las Comisiones de Hogueras de la ciudad de Alicante, destinadas a la construcción, mantenimiento y otros gastos relacionados con las 'Fogueres' adultas e infantiles.

¿Quién puede solicitarlo?

Comisiones de Hogueras de la ciudad de Alicante.

Requisitos principales

  • Ser Comisión de Hogueras de la ciudad de Alicante.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes: del --/--/2025 al --/--/2025 (ambos inclusive). Justificación de gastos: antes del 30 de septiembre de 2025.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la justificación y resolución.

Información adicional

El abono de las subvenciones se realizará tras la justificación de los gastos. Se comprobará que el importe subvencionado no exceda del 95% de los gastos justificados.

Resumen

Este trámite permite a las Comisiones de Hogueras de Alicante solicitar subvenciones para cubrir gastos relacionados con la construcción, mantenimiento y otros aspectos de las 'Fogueres' adultas e infantiles.

Plazo importante: La convocatoria ha sido publicada en el BOP nº --- de --/--/2025. El plazo para presentar solicitudes es de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Lo que necesitas

Documentación requerida

  • Memoria con presupuesto de costes, firmada por el presidente/a de la entidad, detallando las actividades y los costes previstos.
  • Alternativamente, si ya se han realizado los gastos, se puede presentar la cuenta justificativa firmada por el presidente/a, junto con los justificantes de gastos.

Costes y límites

  • La subvención cubre como máximo el 95% de los gastos previstos.
  • Existen límites máximos por categoría:
    • Línea 1 - 'Fogueres' adultas:
      • Categoría Especial: 24.000'00€
      • 1ª Categoría: 9.800'00 €
      • 2ª Categoría: 6.700'00 €
      • 3ª Categoría: 5.200'00 €
      • 4ª Categoría: 4.600'00 €
      • 5ª Categoría: 4.200'00 €
      • 6ª Categoría: 4.000'00 €
      • 7ª Categoría: 2.350'00 €
    • Línea 2 - 'Fogueres' infantiles:
      • Categoría Especial: 2.000'00 €
      • 1ª Categoría: 1.300'00 €
      • 2ª Categoría: 1.000'00 €
      • 3ª Categoría: 800'00 €
      • 4ª Categoría: 700'00 €
      • 5ª Categoría: 600'00 €
      • 6ª Categoría: 500'00 €

Cómo hacerlo

Paso a paso

  1. Preparar la documentación requerida: memoria con presupuesto o cuenta justificativa.
  2. Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante.

Gastos subvencionables

  • Línea 1 - 'Fogueres' adultas: Gastos de construcción, reparación, mantenimiento, almacenaje (excepto en la sede social), plantà, cremà y tributos.
  • Línea 2 - 'Fogueres' infantiles: Gastos de construcción, reparación, mantenimiento, compra de materiales (si la foguera la elabora la comisión), almacenaje (excepto en la sede social), plantà, cremà y tributos.

Importante: Los gastos deben haberse realizado entre el 1 de enero y el 10 de julio de 2025.

Después de hacerlo

Justificación

Las entidades beneficiarias deben justificar los gastos realizados antes del 30 de septiembre de 2025, presentando la cuenta justificativa y los documentos originales acreditativos.

Abono de la subvención

El abono se realizará previa justificación de los gastos. Se verificará que el importe subvencionado no supere el 95% de los gastos justificados.

Ayuda

Bases reguladoras

Bases reguladoras convocatoria subvenciones Comisiones de Hogueras 2025

Anexos

Acceso al trámite

Acceso al trámite


Preguntas frecuentes


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