Convocatoria de subvenciones dirigidas a Comisiones de Hogueras
Información Rápida
Objetivo
Solicitar subvenciones para las Comisiones de Hogueras de la ciudad de Alicante, destinadas a la construcción, mantenimiento y otros gastos relacionados con las 'Fogueres' adultas e infantiles.
¿Quién puede solicitarlo?
Comisiones de Hogueras de la ciudad de Alicante.
Requisitos principales
- Ser Comisión de Hogueras de la ciudad de Alicante.
- Cumplir con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes: del --/--/2025 al --/--/2025 (ambos inclusive). Justificación de gastos: antes del 30 de septiembre de 2025.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la justificación y resolución.
Información adicional
El abono de las subvenciones se realizará tras la justificación de los gastos. Se comprobará que el importe subvencionado no exceda del 95% de los gastos justificados.
Resumen
Este trámite permite a las Comisiones de Hogueras de Alicante solicitar subvenciones para cubrir gastos relacionados con la construcción, mantenimiento y otros aspectos de las 'Fogueres' adultas e infantiles.
Plazo importante: La convocatoria ha sido publicada en el BOP nº --- de --/--/2025. El plazo para presentar solicitudes es de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Lo que necesitas
Documentación requerida
- Memoria con presupuesto de costes, firmada por el presidente/a de la entidad, detallando las actividades y los costes previstos.
- Alternativamente, si ya se han realizado los gastos, se puede presentar la cuenta justificativa firmada por el presidente/a, junto con los justificantes de gastos.
Costes y límites
- La subvención cubre como máximo el 95% de los gastos previstos.
- Existen límites máximos por categoría:
- Línea 1 - 'Fogueres' adultas:
- Categoría Especial: 24.000'00€
- 1ª Categoría: 9.800'00 €
- 2ª Categoría: 6.700'00 €
- 3ª Categoría: 5.200'00 €
- 4ª Categoría: 4.600'00 €
- 5ª Categoría: 4.200'00 €
- 6ª Categoría: 4.000'00 €
- 7ª Categoría: 2.350'00 €
- Línea 2 - 'Fogueres' infantiles:
- Categoría Especial: 2.000'00 €
- 1ª Categoría: 1.300'00 €
- 2ª Categoría: 1.000'00 €
- 3ª Categoría: 800'00 €
- 4ª Categoría: 700'00 €
- 5ª Categoría: 600'00 €
- 6ª Categoría: 500'00 €
- Línea 1 - 'Fogueres' adultas:
Cómo hacerlo
Paso a paso
- Preparar la documentación requerida: memoria con presupuesto o cuenta justificativa.
- Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante.
Gastos subvencionables
- Línea 1 - 'Fogueres' adultas: Gastos de construcción, reparación, mantenimiento, almacenaje (excepto en la sede social), plantà, cremà y tributos.
- Línea 2 - 'Fogueres' infantiles: Gastos de construcción, reparación, mantenimiento, compra de materiales (si la foguera la elabora la comisión), almacenaje (excepto en la sede social), plantà, cremà y tributos.
Importante: Los gastos deben haberse realizado entre el 1 de enero y el 10 de julio de 2025.
Después de hacerlo
Justificación
Las entidades beneficiarias deben justificar los gastos realizados antes del 30 de septiembre de 2025, presentando la cuenta justificativa y los documentos originales acreditativos.
Abono de la subvención
El abono se realizará previa justificación de los gastos. Se verificará que el importe subvencionado no supere el 95% de los gastos justificados.
Ayuda
Bases reguladoras
Bases reguladoras convocatoria subvenciones Comisiones de Hogueras 2025