Confirmación de residencia para extranjeros no obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años
Información Rápida
Objetivo
Confirmar la residencia en el municipio de Alicante para extranjeros no obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años, según lo establecido por el Instituto Nacional de Estadística.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos extranjeros no obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años que hayan recibido una comunicación del Ayuntamiento de Alicante solicitando la confirmación de su residencia.
Requisitos principales
- Haber recibido la comunicación de confirmación de residencia del Ayuntamiento de Alicante.
- Ser extranjero no obligado a renovar su inscripción padronal cada dos años (ciudadanos de la UE, EEE, familiares de comunitarios con tarjeta de residencia, o residentes de larga duración).
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la forma de presentación.
Información adicional
Las comprobaciones de residencia se realizan cada dos años para ciudadanos de la UE no inscritos en el Registro Central de Extranjeros (RCE) y cada cinco años o más si están inscritos en el RCE. Si no se puede comprobar la residencia, se iniciará un expediente de baja de oficio.
Resumen
Este trámite permite a los extranjeros no obligados a renovar su inscripción padronal cada dos años confirmar su residencia en el municipio de Alicante. Esto se realiza en cumplimiento de las instrucciones técnicas del Instituto Nacional de Estadística (INE) para mantener actualizado el Padrón Municipal.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos de la UE y del Espacio Económico Europeo (EEE).
- Familiares de ciudadanos de la UE con tarjeta de residencia.
- Extranjeros con residencia de larga duración.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Comunicación de confirmación de residencia recibida del Ayuntamiento de Alicante, firmada.
- Documento original de identidad (DNI, NIE, pasaporte).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Recibir la comunicación del Ayuntamiento de Alicante.
- Firmar la comunicación.
- Presentar la comunicación firmada junto con el documento de identidad a través de una de las siguientes opciones:
- Correo ordinario a la dirección indicada.
- Presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC) 'Cervantes'.
- A través de la Sede Electrónica, mediante 'Presentación on line de Instancia Genérica'.
Ayuda
Contacto:
- Departamento de Estadística del Excmo. Ayuntamiento de Alicante.
- Edificio Séneca, C/Portugal, 17 03003 Alicante (España).
Recursos adicionales: