2) Instalación de puestos para el ejercicio de la venta no sedentaria en dominio público municipal en Mercados Ocasionales

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener autorización para instalar un puesto de venta no sedentaria en mercados ocasionales en el término municipal de Alicante.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica que desee instalar un puesto de venta no sedentaria en un mercado ocasional en Alicante.

Requisitos principales

  • Cumplir con la Ordenanza Reguladora de la Venta No Sedentaria y Otras Actividades y Espectáculos Temporales con Finalidad Mercantil en la Vía Pública.
  • Cumplir con el Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell de la Generalitat Valenciana.
  • En caso de venta de alimentos, cumplir con la Guía de Prácticas Correctas de Higiene para la Venta y Preparación de Alimentos en Mercados No Sedentarios.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del caso.

Información adicional

Los mercados ocasionales son aquellos de celebración esporádica, sin periodicidad concreta, como ferias del libro, ferias del comercio o mercadillos benéficos.

Resumen

Este trámite permite solicitar autorización al Ayuntamiento de Alicante para instalar un puesto de venta no sedentaria en mercados ocasionales que se celebren en el municipio.

Quién puede usar este servicio:

Cualquier persona física o jurídica que desee participar en un mercado ocasional vendiendo productos.

Antes de empezar:

  • Asegúrese de cumplir con la normativa vigente en materia de venta no sedentaria.
  • Reúna toda la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

Costes y plazos:

  • No especificado.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúna la documentación necesaria.
  2. Presente la solicitud:
    • Online: A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (requiere certificado digital): Acceso al trámite
    • Presencial: En el Registro General del Ayuntamiento de Alicante.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • El Ayuntamiento revisará la solicitud y la documentación.
  • Se le notificará la resolución.

Ayuda

Contacto:

Departamento de Ocupación de Vía Pública C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 - 5ª planta 03001 Alicante Horario de atención al público: lunes y miércoles de 10:00 a 13:00 horas.

Recursos adicionales:


Preguntas frecuentes


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