Solicitud puesto en mercado

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Solicitud puesto en mercado

Las personas que quieran acceder a la explotación del mismo deberán solicitarlo al Ayuntamiento mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. Alcalde, en el Registro General del Ayuntamiento sito en C/ Alfonso XI; y antes de proceder a su ocupación, vienen obligados a presentar, en la administración de los mercados, la siguiente documentación:

- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social del personal que vaya a ejercer la venta en el puesto.
- En caso de no gozar de la nacionalidad española, deberá disponer del oportuno permiso de Residencia y Trabajo por cuenta propia según la normativa vigente.
- Carnet de manipulador de alimentos cuando el tipo de artículos a expender así lo requiera.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad y del número de Identificación Fiscal.
- Dos fotografías.
- Autorización sanitaria cuando fuese necesario.
- Certificado de la Tesorería Municipal de la inexistencia de débitos al Ayuntamiento.
- Formalizar un seguro de Responsabilidad Civil que cubra los daños que puedan ocasionarse.

También se podrá acceder a la explotación de puestos mediante la cesión a terceros de los derechos de explotación del mismo siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

Las cesiones se podrán efectuar una vez transcurridos cinco años desde el comienzo de la explotación del puesto.

Que la solicitud de dicha cesión sea presentada, conjuntamente por el cedente y el cesionario, por escrito que habrá de presentarse en el Registro General del Ayuntamiento y que deberá contener los siguientes extremos:

1. Datos personales, NIF, Alta en la Seguridad Social e IAE del cedente.
2. Datos personales y NIF del cesionario.
3. Documento que acredite la cantidad por la que se efectúa la cesión.
4. Documento expedido por la Tesorería Municipal de este Ayuntamiento en el que conste la inexistencia de débitos al Ayuntamiento derivados de la actividad comercial ejercida en el correspondiente puesto.

Que el cesionario deberá reunir las mismas condiciones de capacidad exigidas al titular de la concesión.

Aprobada la cesión por el Ayuntamiento, el cesionario, antes de iniciar la actividad, deberá ingresar la cantidad que en concepto de canon esté establecida en la correspondiente Ordenanza Municipal.


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Ayuntamiento De Algeciras

C/ Alfonso Xi, 12 , Algeciras , 11201

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