Pago de Multas de Tráfico
DESCRIPCIÓN
Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones al texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se entenderán efectuadas a los preceptos correspondientes del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Todas las denuncias, excepto las infracciones previstas en el art. 77.h), j), n), ñ), o), p), q) y r), podrán hacerse efectivas, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales siguientes a la notificación del inicio del procedimiento por el propio policía o por el instructor de dicho expediente, con una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente.
El abono anticipado con la reducción señalada implica el seguimiento del procedimiento sancionador abreviado y, en caso de no hacerlo, el procedimiento sancionador ordinario.
Una vez realizado el pago voluntario de la multa en el plazo establecido y con la reducción del 50% citada, se tendrá por concluido el procedimiento sancionador con las siguientes consecuencias:
- La renuncia a formular alegaciones. En el caso de que fuesen formuladas se tendrán por no presentadas.
- La terminación del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se realice el pago.
- El agotamiento de la vía administrativa siendo recurrible únicamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, produciendo plenos efectos desde el día siguiente.
- La sanción no computará como antecedente en el Registro de Conductores e Infractores, siempre que se trate de infracciones graves que no lleven aparejada pérdida de puntos.
Plazo de Presentación:
En todo caso las multas que no hayan sido abonadas durante el procedimiento deberán hacerse efectivas dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción.
Para realizarlo debe de tener o una carta de pago o el boletín de denuncia (copia rosa)
Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas, Empresas
Normativas
- Decreto de Alcaldía de 19/01/2009 por el que se delegan competencias de carácter general en los Consejeros delegados de las áreas de Gobierno. (documento pdf)
- Decreto de Alcaldía sobre la aprobación de las cuantías correspondientes a Infracciones en materia de Tráfico (Multas) - (Para infracciones cometidas desde el 25.05.2010 hasta el 08.05.2014)
- Decreto de Alcaldía sobre la aprobación de las cuantías correspondientes a Infracciones en materia de Tráfico (Multas). (Para infracciones cometidas a partir de 09.05.2014)
- Ley 29/1988, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Ordenanza General de Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza
- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo por el que se aprueba el Texto Articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial . (documento pdf)
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Real Decreto 1398/1993 Reglamento de procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (documento pdf)
- Real Decreto 1428/03 Reglamento General de Circulaci¿n (documento pdf)
- Real Decreto 320/94 Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos, con las modificaciones del Real Decreto 18/2003 a Motor y Seguridad Vial (documento pdf)
Pago
- Fuera de este plazo, consultar el trámite Pago en Periodo Ejecutivo.
FORMAS DE TRAMITACIÓN
Por Internet
Para la realización de estos trámites en línea no se necesita el certificado electrónico.
PASOS A SEGUIR (si dispone de carta de pago)
Si quiere realizar el pago vía web acceda al trámite Pago con tarjeta de crédito o Pago a través de Entidades Financieras
PASOS A SEGUIR (si dispone boletín de denuncia copia rosa)
- Este sistema únicamente es aplicable a denuncias formuladas por policías locales, con copia rosa del boletín de denuncia. No sirve para pagar con los tickes de denuncia de las zonas de estacionamiento regulado.
- La sanción a pagar debe de estar en período voluntario.
- El importe debe de ser el que aparece en la casilla "Euros" del boletín de denuncia. El sistema calculará automáticamente las reducciones aplicables. Si paga la sanción en el plazo de 20 días naturales desde que la denuncia le fue notificada, el importe de la sanción se reduce en un 50%.
- El importe de la sanción es el consignado por la persona que efectúa el pago. DE NO CORRESPONDERSE CON EL IMPORTE CORRECTO DE LA MULTA se le comunicará por parte de la Oficina de Tráfico para que abone la diferencia hasta el importe total de la misma, quedando lo abonado como pago a cuenta, y constando el expediente SIN PAGAR hasta que la totalidad de la multa quede satisfecha.
Es obligatorio consignar un teléfono de contacto y/o una dirección de correo electrónico por si desde la Oficina de Tráfico se tuviesen que poner en contacto con quien realiza el pago. - En el caso de seleccionar la opción "Crear Recibo", tras consignar todos los datos correctamente se generará un recibo con el que podrá efectuar el pago. Se recomienda imprimir o guardar en un archivo del PC el recibo que se genere, pudiendo con el mismo abonar la multa, durante el periodo de pago que se fija en el documento cobratorio, en las siguientes Entidades Bancarias: Ibercaja, Bantierra, BBVA, Banco Santander y Caixa Bank.
- En el caso de seleccionar la opción "Crear Recibo y Realizar Pago", tras consignar todos los datos correctamente se generará un recibo y se redirigirá a una pasarela para realizar el pago de manera telemática. Necesitará disponer de una tarjeta de crédito o débito para realizar el pago.
Iniciar trámite SIN Certificado
Presencial
PROCESO:
Pagos en IBERCAJA, BANTIERRA, BBVA, BANCO SANTANDER o CAIXABANK
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Oficina de Trafico
Avda. de la Policia Local, 2 - Zaragoza 50007
- Tfno: 976 724 136 - Pago telefónico 976 723 523 (8,30 a 13, 30 h)
- Fax: 976 723 519
- E-mail: plz-multastrafico@zaragoza.es
- Horario: De 8 a 14 h.(en días laborables)
Por Teléfono
Teléfono: 976 723 523 (Horario de 8:30 a 13:30)
PROCESO:
Llamar al 976 723 523
Impresos relacionados
Órgano Gestor
Oficina de Trafico
Avda. de la Policia Local, 2 - Zaragoza 50007
- Tfno: 976 724 136 - Pago telefónico 976 723 523 (8,30 a 13, 30 h)
- Fax: 976 723 519
- E-mail: plz-multastrafico@zaragoza.es
- Horario: De 8 a 14 h.(en días laborables)
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Antonio Leyva, 87, Zaragoza
Tel. 976 726 096
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL DELICIAS
Mompeón Motos, 12-14, Zaragoza
Tel. 976 726 058
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
María Zambrano, 56, Zaragoza
Tel. 976 726 085
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL CENTRO
Pº Hernán Cortés, 31-33, Zaragoza
Tel. 976 726 110
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Avda. Santa Isabel, 100, Zaragoza
Tel. 976 726 024
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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San Pablo, 37, Zaragoza
Tel. 976 721 482
Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SAN JOSÉ
Pza. Mayor, 2, Zaragoza
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Horario: Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
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