Se deben dar de alta en el impuesto municipal, los vehículos nuevos y los vehículos que se matriculan por primera vez en España. El requisito para darlos de alta es estar empadronado en el municipio (para personas físicas) o constar un domicilio de Alcobendas en su C.I.F. (para personas jurídicas). Los vehículos ya matriculados tributan en el municipio que conste en la Jefatura de Tráfico.
Si su vehículo es de nueva matriculación puede realizar la autoliquidación de manera telemática a través de la Oficina Tributaria Virtual (OTVA). Las gestorías deberán solicitar el alta en el servicio para poder operar.
?Vehículos nuevos y extranjeros:
? Fotocopia del D.N.I. o C.I.F.
? Fotocopia ficha técnica totalmente legible.
?Resto de Vehículos:
? Permiso de circulación.
?Menores:
? Autorización del padre, madre o tutor y fotocopia del DNI de éste.
- Fotocopia de la ficha técnica
- Permiso Circulación, en su caso.
Si usted desea calcular el importe de su recibo puede realizar una simulación on line.
?Turismos:
? De menos de 8 caballos fiscales: 18,85 euros.
? De 8 hasta 11,99 caballos fiscales: 45,30 euros.
? De 12 hasta 15,99 caballos fiscales: 93,75 euros.
? De 16 hasta 19,99 caballos fiscales: 135,45 euros.
? De 20 en adelante caballos fiscales: 163,95 euros.
?Autobuses:
? De menos de 21 plazas: 125,90 euros.
? De 21 a 50 plazas: 179,30 euros.
? De más de 50 plazas: 224,10 euros.
?Camiones:
? De menos de 1.000 kg. de carga útil: 56,80 euros.
? De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil: 125,90 euros.
? De 2.999 a 9.999 kg. de carga útil: 179,30 euros.
? De más de 9.999 kg. de carga útil: 224,10 euros.
?Tractores:
? De menos de 16 caballos fiscales: 26,70 euros.
? De 16 a 25 caballos fiscales: 41,95 euros.
? De más de 25 caballos fiscales: 125,90 euros.
?Remolques y Semirremolques de más de 750 Kg., arrastrados por vehículos de tracción mecánica:
? De 750 a 1.000 kg. de carga útil: 26,70 euros.
? De 1.000 a 2.999 kg. de carga útil: 41,95 euros.
? De más de 2.999 kg. de carga útil: 125,90 euros.
?Otros vehículos:
? Ciclomotores: 6,70 euros.
? Motocicletas de hasta 125 c.c.: 6,70 euros.
? Motocicletas de más de 125 hasta 250 c.c.: 11,45 euros.
? Motocicletas de más de 250 hasta 500 c.c.: 22,90 euros.
? Motocicletas de más de 500 hasta 1.000 c.c.: 45,80 euros.
? Motocicletas de más de 1.000 c.c.: 91,50 euros.
? Cuatriciclos:
a) Menor de 50 cm3: tributa como ciclomotor
b) Mayor de 50 cm3 y masa en vacío inferior a 400 Kg: tributa como motocicleta
c) En el resto de supuestos tributa como turismo de menos de 8 caballos fiscales.
? Quad: Tributan como tractores (caballos fiscales).
El importe de la cuota del impuesto se prorratea por trimestres naturales en casos de vehículos de nueva adquisición.
? Posteriormente al alta del vehículo en este impuesto municipal, deberá efectuar los trámites de matriculación en la Jefatura de Tráfico.
? Algunos vehículos están exentos del pago del Impuesto.
? Se pueden domiciliar los recibos de años sucesivos, pudiendo acogerse a los beneficios por domiciliación.
Para rehabilitar una baja de un vehículo, debe liquidar el impuesto en el Ayuntamiento, y posteriormente dirigirse a la Jefatura de Tráfico. En el supuesto de que el alta se produzca dentro del mismo ejercicio que causó baja, siempre que ésta sea motivo distinto al de robo o sustracción, no se devengará la nueva obligación del impuesto por alta en ese ejercicio.
Puede domiciliar alguno o todos sus tributos con un descuento del 2% y pagar cada uno dentro del periodo de pago fijado en el calendario fiscal anual.
En el caso del IBI, puede optar por domiciliar en un único pago con una bonificación del 5% o fraccionar en dos pagos con una bonificación del 2.5% (Con un máximo de 100 euros de descuento por recibo en ambos casos). El primer plazo se pasará el 5 de abril y el segundo el 5 de junio de 2018.
También puede, con este mismo trámite, modificar el número de la cuenta bancaria. Para dar de baja su domiciliación debe cumplimentar el impreso para trámite presencial.
? No tener ninguna deuda en vía ejecutiva.
Más información sobre domiciliación de tributos
Impreso de Domiciliación de Tributos
Para conocer el plazo de domiciliación de cada tributo consulte el calendario tributario.
También puede enviar su domiciliación cumplimentado el impreso de tramitación en presencial y enviándolo al fax número 916540206 o correo electrónico a Recaudación Municipal: domiciliaciones@aytoalcobendas.org
Tenga en cuenta que la devolución de un recibo implica la anulación de la domiciliación.
Este programa pretende mejorar la calidad de la educación pública en Alcobendas, atendiendo las necesidades de conciliación entre el horario escolar y el horario laboral de las familias. Los niños y niñas serán atendidos por personal especializado y profesionales del ámbito socio-educativo.
Castilla / Daoíz y Velarde / Emilio Casado / Federico Gª Lorca / Luis Buñuel / Miguel Hernández / Miraflores /Parque Cataluña / Seis de Diciembre / Tierno Galván / Bachiller Alonso López / Gabriel y Galán.
HORARIOS | PRECIO |
2 horas con desayuno | 53,45 ? mes |
2 horas sin desayuno | 38,60 ? mes |
1 hora con desayuno | 45,30 ? mes |
1 hora sin desayuno | 30,20 ? mes |
Media hora sin desayuno | 23,65 ? mes |
Días sueltos con desayuno | 3,55 ? |
Antonio Machado / Valdepalitos
HORARIOS | PRECIO |
1 hora y media con desayuno | 48,90 ? mes |
1 hora y media sin desayuno | 34,10 ? mes |
1 hora con desayuno | 45,30 ? mes |
1 hora sin desayuno | 30,20 ? mes |
Media hora sin desayuno | 23,65 ? mes |
Días sueltos con desayuno | 3,25 ? |
Tiene dos tipos de horario durante el curso
(Precios Actualización IPC, según Ordenanzas Fiscales Municipales)
Las bajas deberán comunicarse al Servicio de Atención Ciudadana (SAC), hasta tres días hábiles anteriores al cambio mes para no pasar al cobro.
No se devolverá el importe a los niños y niños que no participen, si no han comunicado la baja al Servicio de Atención Ciudadana (SAC) en los 3 días hábiles anteriores al inicio de la actividad.
Los edificios con barreras arquitectónicas podrán acometer las obras necesarias para eliminación de las mismas, beneficiándose de ayudas económicas municipales que concede el Ayuntamiento de Alcobendas dentro su Programa de Rehabilitación y Renovación Urbana
Las actuaciones de Eliminación de Barreras Arquitectónicas, objeto de ayuda económica, se ejecutarán para facilitar la accesibilidad en las zonas comunes, zona de distribución y acceso a viviendas del/los edificio/os, y, serán las recogidas en la siguiente relación: a) Ejecución de rampas b) Instalación de silla salva-escaleras y/o plataforma elevadora. c) Instalación del ascensor.
Dichos elementos no deberán existir con carácter previo a la solicitud de ayuda económica.
? Comunidad o mancomunidad de propietarios constituidas por edificios divididos horizontalmente, considerándose el Presidente de la misma la persona que actuará en su representación.
? Titulares de fincas dentro de los edificios en alguna de sus tipologías, en calidad de propietarios, subarrendatarios o usufructuarios, o sean usuarios de las mismas, acogidos a la Ley 15/1995, de 30 de mayo sobre Límites del Dominio sobre Inmuebles para Eliminar Barreras Arquitectónicas a las Personas con Discapacidad. (Personas con minusvalía con disminución permanente para andar, subir escaleras o salvar barreras arquitectónicas, se precise o no el uso de prótesis o de silla de rudas y/o personas mayores de 70 años)
? Propietarios de viviendas unifamiliares.
? Propietarios de viviendas individuales o locales incluidos en los edificios de comunidad o mancomunidad de propietarios y viviendas unifamiliares relacionados en el punto anterior.
? Bases reguladoras de la concesión de las ayudas
A petición del interesado
Puede consultar la cuantía de las ayudas en el apartado 6) de las bases reguladoras
El Ayuntamiento de Alcobendas y el Liceo Europeo firmaron un Convenio de Colaboración por el que acordaron la convocatoria de cuatro becas, dos para Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) y dos para el Bachillerato..
Podrán solicitar las becas los alumnos externos a Liceo Europeo que cumplan los requisitos exigidos en alguna de las modalidades:
1 BECA ALUMNO EXCELENTE para cualquier curso de EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO):
- Estar empadronado en el municipio de Alcobendas - Haber logrado una media de notable (8) en los dos (2) últimos cursos anteriores.
1 BECA ALUMNO EXCELENTE para cualquier curso de BACHILLERATO:
- Estar empadronado en el municipio de Alcobendas - Haber logrado una media de notable (8) en los dos (2) últimos cursos anteriores.
1 BECA ALUMNO DE RECURSOS ECONÓMICOS LIMITADOS para cualquier curso de EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA (ESO):
- Estar empadronado en el municipio de Alcobendas - Haber logrado una media de notable (8) en los dos (2) últimos cursos anteriores - Renta per cápita familiar no podrá superar los 10.000 euros anuales en el año 2015.
1 BECA ALUMNO DE RECURSOS ECONÓMICOS LIMITADOS para cualquier curso de BACHILLERATO: - Estar empadronado en el municipio de Alcobendas - Haber logrado una media de notable (8) en los dos (2) últimos cursos anteriores - Renta per cápita familiar no podrá superar los 10.000 euros anuales en el año 2015.
Para más información consulte Bases de la Convocatoria y requisitos de concesión de beca.
? Solicitud y documentación acreditativa
?Original y fotocopia del DNI del Candidato para su cotejo
? Original y fotocopia del DNI del padre/madre o tutor legal para su cotejo
? Original y fotocopia de todas las páginas transcritas del Libro de Familia para su cotejo
? Certificado de empadronamiento en el municipio de Alcobendas, comprensivo de todas las personas que conviven el el domicilio del candidato.
? Original o fotocopia compulsada de calificaciones de los dos (2) últimos cursos académicos
? Última declaración de la renta (IRPF) 2015 de todas las personas que consten empadronadas en el domicilio del Candidato que obtengan ingresos de cualquier naturaleza en el caso de que el Candidato opte a la beca por recursos económicos limitados
La renovación de la beca deberá solicitarse cada curso que dure el nivel y para lograrla será necesario aprobar todas las asignaturas y mantener el nivel académico de 8, así como cumplir las normas educativas y el Reglamento del Colegio y no tener apercibimientos disciplinares.
Los candidatos deberán presentar toda la documentación en el Colegio Liceo Europeo desde el 18 al 28 de abril de 2017
El Padrón de habitantes acredita la residencia y domicilio de los vecinos del municipio, a todos los efectos administrativos.
1.-Solicitudes formuladas por el propio interesado:
Original que acredite la identidad: D.N.I. o Pasaporte o Tarjeta de Residencia de cualquiera de los mayores de edad que figuren en el domicilio
2.-Solicitudes formuladas por persona que no consta en el mismo domicilio del solicitante:
- Original del documento de identidad o autorización expresa acompañando fotocopia del documento de identidad de la persona a la que se expedirá dicho certificado
3.-Solicitudes en el caso de menores no emancipados:
- Cuando el menor se encuentre empadronado con ambos progenitores: Original del documento de identidad de alguno de los progenitores.
- Cuando el menor se encuentre empadronado con uno solo de los progenitores: Original del documento de identidad del progenitor con el que se encuentre empadronado o autorización del mismo acompañada del documento de identidad.
- Cuando el menor no se encuentre empadronado con ninguno de los progenitores: Original del documento de identidad del mayor de edad con el que el menor figure empadronado.
4.-Solicitudes de personas fallecidas:
- Original del DNI o Pasaporte o Tarjeta de Extranjero del fallecido y además si la persona que lo solicita es:
- Cónyuge: Original Libro de Familia o Certificado de Matrimonio
- Hijo/a o padre/madre: Original Libro de familia o Certificado Literal de Nacimiento
- Heredera testamentaria: Testamento y/o Certificado de últimas voluntades.
- Ninguna de las anteriores deberá aportar documento en el que acredite su condición de interesado o de representante del interesado
- Persona Jurídica (Gestoría, abogado, etc.) se deberá aportar documento que acredite que actúan en representación de los interesados legítimos.
5.Solicitudes de personas que ya no constan empadronadas (posterior al 01/05/1996) y que aparecen en la base de datos:
- Original que acredite la identidad: D.N.I. o Pasaporte o Tarjeta de Residencia o
- Autorización expresa acompañada del documento de identidad de la persona a la que se le expedirá dicho certificado
6.-Solicitudes de personas que ya no constan empadronas y que no aparecen en la base de datos:
- Original que acredite la identidad: D.N.I. o Pasaporte o Tarjeta de Residencia de la persona interesada.
- En caso de persona fallecida ver documentación necesaria en el punto 4
? Si el certificado solicitado hace preciso consultar el archivo general deberá solicitarlo en el modelo de solicitud de certificado de empadronamiento donde deberá reseñar el teléfono al que se le avisará para que pueda recogerlo. En cualquier caso el plazo mínimo para su expedición es de 7 días hábiles.
Gratuito
Si algún organismo solicitara expresamente que los certificados lleven las firmas originales del Alcalde y Secretario, se expedirán en el plazo de siete días hábiles.(Únicamente se realizará este trámite de forma presencial)
Excepcionalmente, si no figura ya como empadronado en el municipio, puede solicitarlo por correo electrónico a padron@aytoalcobendas.org adjuntando Modelo de solicitud debidamente firmada y documento de identidad (DNI, Tarjeta de residencia o pasaporte) con firma visible.
Se le enviará por correo ordinario al domicilio que nos indique en su solicitud en el plazo aproximado de 7 días hábiles
? Ley 4/96, de 10 de enero, por la que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal
? Ley Orgánica 14/2003 de 20 de noviembre, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, a efectos de perfeccionar la información contenida en el Padrón Municipal relativa a los extranjeros empadronados.
? Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
? Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del INE y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
A través de la APP Alcobendas
Si accedes con usuario y contraseña además de consultar on line ponemos a tu disposición, entre otras, las siguientes ventajas:
Consulta toda la información sobre las Mediatecas de Alcobendas.
Se puede consultar y obtener información de datos protegidos: valor de suelo, valor de construcción o valor catastral y no protegidos del catastro: referencia catastral, situación, superficie, usos o cartografía catastral. Se puede obtener también certificación negativa de bienes inmuebles o de no figurar como titular catastral.
La información está referida a nivel nacional excepto País Vasco y Navarra.
Para acceder a datos de carácter protegido es imprescindible ser titular de bienes o representante.
? En el caso de comunidades de propietarios el presidente de la comunidad es quien ostenta la representación de la misma, debiendo acreditarla mediante copia del acta de la Junta de Propietarios en el que ha sido nombrado. El administrador de la comunidad de propietarios podrá solicitar el certificado siempre que tenga autorización del presidente de la comunidad.
? Herencias: Los herederos todavía no son titulares catastrales, por lo que no pueden solicitar certificados de los bienes inmuebles del causante a través de los Puntos de Información Catastral. Tienen interés legítimo y directo según el Art. 35 del Texto Refundido de la Ley del Catastro, pero es la Gerencia del Catastro, el órgano competente para conocer este interés y por tanto, será este órgano quien lo expida.
Gratuito
Si necesitan una certificación catastral de una propiedad de una persona fallecida, deben dirigirse a la Gerencia del Catastro.
Inmediato en sede electrónica y en oficinas del Servicio de Atención Ciudadana.
Para acceder a datos de carácter protegido es imprescindible ser titular de bienes o representante.
? En el caso de comunidades de propietarios el presidente de la comunidad es quien ostenta la representación de la misma, debiendo acreditarla mediante copia del acta de la Junta de Propietarios en el que ha sido nombrado. El administrador de la comunidad de propietarios podrá solicitar el certificado siempre que tenga autorización del presidente de la comunidad.
? Herencias: Los herederos todavía no son titulares catastrales, por lo que no pueden solicitar certificados de los bienes inmuebles del causante a través de los Puntos de Información Catastral. Tienen interés legítimo y directo según el Art. 35 del Texto Refundido de la Ley del Catastro, pero es la Gerencia del Catastro, el órgano competente para conocer este interés y por tanto, será este órgano quien lo expida.
Gratuito
Si necesitan una certificación catastral de una propiedad de una persona fallecida, deben dirigirse a la Gerencia del Catastro.
Inmediato en sede electrónica y en oficinas del Servicio de Atención Ciudadana.
El martes 28 se abre el listado de reservas de las promociones en régimen de venta, una vez que se ha agotado la lista de reserva. Para poder incorporarse a este listado, los interesados deberán verificar el cumplimiento de todos los requisitos previstos en el reglamento que regulada la adjudicación de estas viviendas.
Para inscribirse deben acudir a las oficinas de Emvialsa en C/ Carlos Muñoz Ruiz 7 de lunes a viernes de 9 a 14 h. desde el 28 de noviembre. Se debe aportar solicitud cumplimentada, declaración jurada de cumplimiento de requisitos, según modelo oficial y justificante de empadronamiento.
Resultados del sorteo celebrado el 23-09-2015
Listado de solicitudes admitidas con asignación de número de sorteo
El 23 de septiembre de 2015, la Empresa Municipal de la Vivienda de Alcobendas (EMVIALSA), procedió a sortear las viviendas de protección pública en régimen de venta precio básico (VPPB) situadas 44 de las viviendas en la C/Capitán Francisco Sánchez 19, y 6 de las viviendas en la C/Real Vieja 4.
La Empresa Ferrocarril, Promociones Inmobiliarias Madrid, S.L. ha desarrollado esta promoción que consta de 44 viviendas con diferente programa, 39 viviendas de 3 dormitorios, 3 viviendas de 2 dormitorios y 2 viviendas de 3 dormitorios adaptadas para personas con movilidad reducida, todas ellas con garajes y trasteros vinculados.
La Empresa Municipal de la vivienda ha gestionado la adjudicación de todas la viviendas por concurso y sorteo, celebrado el 13 de octubre de 2014, entre 897 solicitantes, manteniendo vigente el listado de reservas.
En estos momentos, se están gestionando las adjudicaciones de las viviendas, siguiendo el orden de la listas de reservas resultante del sorteo.
? Listado Cupo C1, 3 dormitorios
? Listado Cupo C2, 3 dormitorios
? Listado Cupo C3, 3 dormitorios
? Listado Cupo general, 2 dormitorios
? Listado Cupo Vivienda adaptada, 3 dormitorios
Con fecha 1 de junio de 2015, se firma el acta de inicio de obra, estando previsto un plazo de 16 meses para su ejecución.