Descripción | Se consideran justificantes de empadronamiento a aquellos documentos impresos en los que se certifica y/o justifica la inscripción o el haber estado inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes |
Documentación a aportar |
|
¿Quién tramita la solicitud? | Estadística |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | Trámite iniciado a instacia del interesado, siempre que éste justifique adecuadamente la imposibilidad de hacerse cargo del animal. |
Documentación a aportar |
|
¿Quién tramita la solicitud? | Medio Ambiente |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | Autorización de reserva de espacio en la vía pública para carga y descarga de mercancías destinadas a actividades comerciales. No se conceden reservas de espacio para carga y descarga individualizadas para un único negocio. |
Documentación a aportar | Impreso normalizado en el que se indiquen los metros de reserva, acompañado de fotocopia de la licencia de funcionamiento del local. |
¿Quién tramita la solicitud? | Obras y Servicios |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | En el caso de cambio de titular de un inmueble con placas de vado, los propietarios deben solicitar el cambio de titular de dichas placas. |
Documentación a aportar |
|
¿Quién tramita la solicitud? | Hacienda |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | Las solicitudes deberán realizarse por los propietarios y/o Presidentes de las Comunidades de Propietarios. Los trabajos a realizar no podrán iniciarse hasta que se reciba por escrito la autorización de Concejalía de Medio Ambiente. La autorización que en su caso se otorgue se referirá a los elementos vegetales, así como a la ocupación de espacio en la vía pública, si procediere. Tras la recepción de la autorización y con 48 horas de antelación a la realización de los trabajos de poda/tala, se comunicará a la Concejalía de Medio Ambiente (Telf. 918883300, ext. 3289). En caso de ocupación de vía pública, la autorización no será válida si no va acompañada de justificante de abono de la correspondiente tasa (contactar con Área de Gestión Tributaria, Pza. Cervantes 4. 918883300, ext. 6846,6847 y 6842). Por otra parte, el inicio de los trabajos de poda/tala también deberán ser comunicados a la Policía Local con 72 h. de antelación (C/ Avellaneda sn, fax. 918828380. Telf. 918824233), aportando decreto de autorización de poda/tala y resguardo del abono de la tasa, para acotar el espacio y señalizarlo, debiendo colocar el vallado los propios interesados. En caso de solicitud de corte de tráfico, esta actuación será autorizada, en su caso, con carácter independiente a la autorización de poda/tala y ocupación de vía pública (contenedor, valla). Las autorizaciones quedarán sujetas al cumplimiento inexcusable de la normativa vigente y de acuerdo con la Ley 8/2005 de la Comunidad de Madrid y Ordenanza Municipal de Protección del Arbolado, así como a las condiciones establecidas en la solicitud. NO PODRÁN INICIARSE LOS TRABAJOS DE PODA/TALA HASTA DISPONER DE LAS AUTORIZACIONES NECESARIAS. |
Documentación a aportar |
|
¿Quién tramita la solicitud? | Medio Ambiente |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | Una vez cumplimentada la Hoja de Reclamación en el establecimiento correspondiente deberá asistir, provisto de las hojas verde y blanca de la Hoja de Reclamación cumplimentada en el establecimiento, contratos, recibos o facturas, comunicaciones mantenidas con el establecimiento o el vendedor, a la OMIC correspondiente para cumplimentar la hoja de reclamación/denuncia. |
Documentación a aportar |
Presentar copia de toda la documentación que se aporte. |
¿Quién tramita la solicitud? | Consumo |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | La Concejalía de Medio Ambiente ofrece 15 puntos fijos para la recogida de aceite usado doméstico. Se trata de un servicio de carácter gratuito. Los aceites usados serán objeto de un posterior aprovechamiento como biodiesel, que es un combustible no contaminante que contribuye a la diversificación energética y a la lucha frente al cambio climático. Los contenedores se encuentran ubicados en:
|
¿Quién tramita la solicitud? | Medio Ambiente |
Requisitos | El aceite se verterá en una botella de plástico, que también será reciclada, y se introducirá directamente en los contenedores fijos. Se recogerá cualquier tipo de aceite vegetal sobrante de la cocina, pero en ningún caso se admite aceite de motor, grasas industriales o aceites con base de petróleo. |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | A los efectos generales de publicidad en el ámbito municipal y con el objeto de poder participar en los órganos previstos en el Reglamento Orgánico Regulador de las Juntas Vecinales de Distrito y de la Participación Ciudadana y en las subvenciones y fondos públicos del Ayuntamiento, se crea en la ciudad de Alcalá de Henares un Registro Municipal de Asociaciones. Las asociaciones inscritas están obligadas a notificar al Ayuntamiento cualquier modificación de los datos incluidos en la documentación que haya servido de base para la inscripción, dentro del mes siguiente al de la fecha en que dicha modificación se haya producido. |
Documentación a aportar |
|
¿Quién tramita la solicitud? | Distritos y Participación Ciudadana |
Requisitos | Podrán inscribirse en el Registro Municipal de Asociaciones todas aquellas asociaciones, federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones de base que cumplan los siguientes requisitos: a) Que sean entidades de carácter asociativo, sin ánimo de lucro, constituidas con arreglo al régimen general de las asociaciones que establece la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación. b) Que tengan sede en el municipio de Alcalá de Henares. c) Que tengan como objetivos la defensa, el fomento o la mejora de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos del municipio. d) Que vengan realizando programas y actividades que redunden en beneficio de los vecinos de Alcalá de Henares. |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | El Registro de Contratistas del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares vendrá a facilitar la acreditación por los contratistas de su plena capacidad de obrar, económica, financiera, técnica o profesional, y no incursión en una prohibición de contratar, mediante la garantía de la constancia permanente de dicha información. Ello, coherente con una Administración Pública moderna, eficaz y racional, cuyas normas de funcionamiento se inspiran en la legalidad, celeridad y seguridad jurídica, y que pretende a su vez constituir una herramienta que facilite el cumplimiento de dichas previsiones por los contratistas y agilice su comprobación municipal. |
Documentación a aportar | Se deberá acreditar:
La solicitud junto con la documentación se deberá presentar via e-mail a la dirección "registrocontratistas@ayto-alcaladehenares.es" en formato pdf |
¿Quién tramita la solicitud? | Compras y Facturación |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Descripción | Registro de carácter administrativo, en el que podrán inscribirse las personas que convivan en pareja en el municipio de Alcalá de Henares. |
Documentación a aportar | Se presentará original y fotocopia de la siguiente documentación:
|
¿Quién tramita la solicitud? | Distritos y Participación Ciudadana |
Requisitos |
|
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Alcalá de Henares |
Observaciones | Todos los documentos expedidos en un idioma que no sea el castellano deberán ser traducidos por Traductor Jurado, salvo las certificaciones plurilingües. Para ello existe un listado de traductores-intérpretes jurados en ejercicio en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, www.maec.es. A su vez, las embajadas, consulados y notarías disponen de traductores jurados habilitados para tal fin. El original de la documentación extranjera, o documentación expedida por los servicios consulares extranjeros en España, debe estar debidamente legalizada (la legalización sólo se podrá llevar a cabo por el departamento de legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación) salvo en los casos en que el país que expida el documento haya firmado un Convenio Internacional con España que le exima de tal requisito. Sólo se aceptará documentación original. |
Más información |