Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Documentación a aportar
    • Impreso debidamente cumplimentado del modelo 003.1 (original y copia)
    • DNI, NIF, NIE del solicitante (copia)
    • En el caso de que exista representante, copia cotejada con el original del DNI, NIF, NIE del representante así como documentación acreditativa de la representación (copia cotejada con el original).
    • Recibos o liquidaciones a revisar (copia donde conste fecha de pago, en su caso).
    • Si se tiene documentos de haer tramitado ante la Jefatura Provincial de Tráfico la correspondiente baja, baja temporal o cambio de titular (copia) - documento no obligatorio.
    ¿Quién tramita la solicitud? Hacienda
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    Están exentos del impuesto:

    1. Los vehículos oficiales del Estado, CCAA, y entidades locales adscritas a la Defensa Nacional o a la Seguridad Ciudadana.
    2. Los vehículos de Representaciones Diplomáticas, Oficinas Consulares, Agentes Diplomáticos y Funcionarios consulares de carrera acreditados en España, que sean súbditos de los respectivos países, externamente identificados y a condición de reciprocidad en su extensión y grado.
    3. Los vehículos respecto de los cuales así se derive de los dispuesto en Tratados o Convenios Internacionales.
    4. Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos.
    5. Los vehículos para personas con movilidad reducida. Asimismo están exentos los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo mientras se mantengan estas circunstancias.
    6. Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de nueve plazas, incluida la del conductor.
    7. Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola.Para poder aplicar las exenciones de los pfos 5 y 7 los interesados deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y la causa del beneficio.
    Documentación a aportar
    • Impreso debidamente cumplimentado del modelo 003.2 (original y copia)
    • Fotocopia del DNI, NIF, NIE del solicitante
    • Fotocopia cotejada con el original del DNI, NIF, NIE del Representante y documentación acreditativa de la representación (sólo en caso de que exista representante).
    • Documentación acreditativa del motivo de la solicitud (Certificado de minusvalía, Cartilla de Inspección Agrícola, Ficha Técnica, entre otros)
    • Fotocopia compulsada del Permiso de Circulación.
    • Declaración responsable del uso de vehículo (vehículos del apartado A) del Anexo II del Reglamento General de Vehículos)
    Normativa
    ¿Quién tramita la solicitud? Hacienda
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Baja en la Tasa de Basuras por cese en el ejercicio de un actividad. Las cuotas serán prorrateables por trimestres naturales, excluído aquel en que se produzca el cese. A tal efecto, los sujetos pasivos podrán solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondiente a los trimestres naturales en los que se hubiera ejercido la actividad
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado
    • Fotocopia del DNI o CIF
    • Fotocopia de la Declaración de Baja en el Impuesto sobre Actividades Económicas presentada y sellada en la AEAT
    • Fotopìa del recibo de la tasa de basuras correspondiente al trimestre en curso, debidamente abonado.
    ¿Quién tramita la solicitud? Hacienda
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Solicitud por parte del obligado tributario de otorgamiento de la representación para solicitar duplicados de recibos
    Documentación a aportar Solicitud en impreso modelo 032
    ¿Quién tramita la solicitud? Hacienda
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción El expediente se inicia a solicitud del interesado, cuando su situación económico-financiera le impida, transitoriamente, efectuar el pago en plazo.
    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso normalizado (Mod. 034)
    • Solicitud en impreso normalizado (Mod. 035)
    • Fotocopia DNI, NIF, NIE del solicitante.
    • DNI, NIF, NIE del Representante y documentación acreditativa de la representación (sólo en casos de que existe representante).
    • Para deudas superiores a 3.000 euros, AVAL BANCARIO según modelo, o cualquiera de los otros medios de garantía previstos en el Reglamento General de Recaudación.
    • Documentación que acredita la falta de solvencia (declaración de IRPF de la unidasd familiar, nóminas, balances...).
    Normativa
    ¿Quién tramita la solicitud? Hacienda
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    El expediente se inicia a solicitud del interesado. Dicha domiciliación se entiende realizada exclusivamente a tales conceptos y objetos tributarios.

    Se adjuntarán tantos ejemplares SEPA firmados cuantos tributos se domicilien

    Conforme al art. 25 del RD 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, esta domiciliación no se aplicará a los tributos cuyo período voluntario de pago se inicie antes de 2 meses desde la fecha de presentación de este documento.

    La domiciliación tendrá validez por tiempo indefinido en tanto no sea anulada por el interesado mediante comunicación expresa, sea rehusada por la Entidad de Depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones juridicas.

    Documentación a aportar
    • Solicitud en impreso modelo 035-B y Orden SEPA
    Normativa
    ¿Quién tramita la solicitud? Hacienda
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción

    Con el objeto de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los ciudadanos, el Ayuntamiento establece un sistema especial de pago de las cuotas por recibos del padrón correspondientes al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza rustica, Tasa por Paso de Vehículos a través de aceras e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica que, además del fraccionamiento de la deuda en los términos previstos en el presente, permitirán a quienes se acojan el disfrute de las bonificaciones previstas para los recibos domiciliados.

    Los pagos se realizarán conforme a una estimación, tomando como base las cuotas del año 2017, actualizándose, si procede, en el mes de julio de acuerdo a los padrones reales emitidos de 2018.

    Las formas de pago son:

    • 9 plazos mensuales (de febrero a octubre)
    • 4 plazos: febrero, mayo, julio y octubre
    • Único: julio

    A los contribuyentes acogidos al sistema, se les facilitará un calendario de pagos con las fechas correspondientes a cada uno de los cargos bancarios.

    La forma de pago podrá ser modificada para sucesivos ejercicios rellenando el modelo 039

    Documentación a aportar

    1. D.N.I. o N.I.E. del solicitante.

    2. Si se actúa por medio de representante, en caso de tratarse de una persona física, deberá presentar el Modelo 031 bis con una fotocopia del D.N.I. o N.I.E. del representado y original del D.N.I. o N.I.E. del representante.

    3. Presentación del modelo 039 de solicitud de adhesión al sistema de pago a la carta

    4. Presentación del Modelo 035 de Orden de Domiciliación Adeudo Bancario SEPA.

    ¿Quién tramita la solicitud? Hacienda
    Forma de iniciacion A petición del interesado
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Son aquellas inscripciones realizadas en el Padrón Municipal por haber fijado su residencia en Alcalá de Henares y se proceda de otro municipio español o extranjero.
    Documentación a aportar
    • Hoja padronal cumplimentada y firmada
    • Documentación acreditativa de la identidad:
      • Españoles mayores de 14 años: D.N.I. o pasaporte y menores de 14 años Libro de Familia o Certificado de Nacimiento (si disponen de D.N.I. también deberán aportarlo)
      • Extranjeros (mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con más de 3 meses):
        • Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtesnstein, Noruega y Suiza: Certificado de registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el número de identidad de extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su pais.
        • Ciudadanos de estados distintos de los anteriores: Tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas en la que conste el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o en su defecto pasaporte expedido por las autoridades de su país.
    • Extranjeros menores nacidos en España con menos de 3 meses: Libro de Familia o certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.
  • Documentación acreditativa de representación de menores e incapacitados:
      • Menores no emancipados: Libro de Familia o certificado de nacimiento. En casos de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guarda y custodia. Cuando se solicite la inscripción de un menor con uno solo de sus progenitores, se debe presentar la autorización del otro para el empadronamiento o, en su defecto, declaración responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guarda y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción, según el modelo suministrado por el Ayuntamiento.
      • Incapacitados: Resolución judicial que acredite la representación legal.
  • Documentación acreditativa del domicilio:
    • Título de propiedad (escritura, contrato de compraventa, nota del registro actualizada, último recibo del IBI, más última factura de suministro de agua, luz o gas)
    • Contrato de arrendamiento, que deberá acompañarse del último recibo de pago del alquiler y última factura de suministro de agua, luz o gas.
  • En caso de autorización de persona empadronada o no empadronada: título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...) a nombre de la misma. Se acompañará fotocopia de documento de identidad del autorizante.

    El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio, para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón.

    La documentación de identificación debe estar en vigor. Toda la documentación que se acompañe deberá ser original y fotocopias.

    ¿Quién tramita la solicitud? Estadística
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Son aquellas inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas nacidas en Alcalá de Henares inscritas en el Registro Civil y cuyos progenitores estén empadronados en el domicilio de inscripción del menor. Estas altas se realizarán de oficio a través de la información facilitada por el Registro Civil, o bien a solicitud de los padres del menor
    Documentación a aportar
    • Hoja padronal cumplimentada y firmada por ambos progenitores
    • Original y fotocopia del Libro de Familia o Certificado de Nacimiento
    • Original y fotocopia de los D:N.I. de los padres, en su defecto el de la persona que tiene la guarda y custodia y documento que la acredite
    ¿Quién tramita la solicitud? Estadística
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

  • Descripción Se trata de modificaciones de los datos de la residencia en la inscripción padronal, como consecuencia de haberse traslado a otra dirección dentro del municipio de Alcalá de Henares
    Documentación a aportar
    • Hoja padronal cumplimentada y firmada.
    • Documentación acreditativa a la IDENTIDAD:
      1. Españoles mayores de 14 años: D.N.I. o pasaporte y menores de 14 años, Libro de Familia o Certificado de Nacimiento (si disponen del D.N.I:, también deberán aportarlo)
      2. Extranjeros mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con más de tres meses:
        • Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta al número de idetidad e extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.
        • Ciudadanos de Estados distintos de los anteriores: tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas en la que consta el número de identidad de extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.
      3. Extranjeros menores nacidos en España con menos de tres meses: Libro de familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas en caso de que no dispongan de un documento de identificación.

    Menores no emancipados: Libro de familia o certificado de nacimiento. En casos de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guardia y custodia.

    Cuando se solicite la inscripción de un menor con uno solo de sus progenitores se debe presentar la autorización del otro para el empadronamiento o, en su defecto, declaración responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guardia y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción, según el modelo suministrado por el Ayuntamiento.

    Incapacitados: ´Resolución judicial que acredite la representación legal

    • Documentación acreditativa del DOMICILIO:
      • Título de propiedad (escritura, contrato de compraventa, nota del registro actualizada, útlimo recibo del IBI) más última factura de suministro de agua, luz o gas.
      • Contrato de arrendamiento que deberá acompañarse del último recibo del pago del alquiler o última factura de suministro de agua, luz o gas.

    En caso de autorización de persona empadronada o no empadronada: título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler....) a nombre de la misma acompañándose fotocopia de documento de identidad del autorizante.

    El Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos cotenidos en el padrón.

    LA DOCUMENTACIÓN DE IDENTIFICACIÓN DEBE ESTAR EN VIGOR. TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑE DEBERÁ SER ORIGINAL Y FOTOCOPIAS.

    ¿Quién tramita la solicitud? Estadística
    Organismo resolutor Ayuntamiento de Alcalá de Henares

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