AYUDAS A LA PROGRAMACIÓN DE LOS ESCENARIOS MÓVILES A LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE MENOS DE DOS MIL HABITANTES DE EXTREMADURA

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Fomentar con esta convocatoria la difusión de las artes escénicas y musicales de carácter profesional en Extremadura, prestando especial atención a las producciones extremeñas.

Asimismo, es objeto del presente decreto la convocatoria para las ayudas a los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la contratación de los espectáculos a representar en los citados escenarios móviles, a fin de favorecer los hábitos de consumo cultural durante el ejercicio 2016.

Destinatarios

* Podrán solicitar su incorporación en la programación todas aquellas empresas de actividades escénicas y musicales que lo soliciten.

* Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la programación todos los municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 2.000 habitantes, según el censo de población a 1 de septiembre del ejercicio 2015, que deseen utilizar los escenarios móviles de la Junta de Extremadura, para la realización de actividades culturales en su término municipal, durante el período comprendido entre el 20 de junio y el 14 de septiembre del ejercicio 2016, ambas fechas incluidas, o para el mismo número de días, computándose los mismos a partir de la fecha de inicio que se señale en la resolución de concesión y así lo solicite de conformidad con lo establecido en el decreto.

En el caso de que las entidades beneficiarias fueran inferiores en número a las 57 previstas en el artículo 18 del presente decreto, el período mencionado para la realización de actividades se acortará, iniciándose tres días más tarde de lo inicialmente previsto y finalizando tres días con anterioridad a lo inicialmente previsto, y así sucesivamente según el número de beneficiarios fuera inferior.

Plazo de presentación

2016: del 9 al 18 de junio, ambos incluidos.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

A) Solicitud de participación de empresas (Anexo I)

B) Solicitud de subvención (Anexo III)

Decreto 63/2016, de 17 de mayo, por el que se regula el régimen de incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles. (DOE de 23 de mayo de 2016)

DECRETO del Presidente 17/2016, de 1 de junio, por el que se realiza la convocatoria para la incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2016. (D.O.E. Nº 109, DE 08-06-2016)

EXTRACTO del Decreto del Presidente 17/2016, de 1 de junio, por el que se realiza la convocatoria de concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles a los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de Extremadura para el año 2016. (D.O.E. Nº 109, DE 08-06-2016)

Plazo normativo para resolver

El plazo máximo total para resolver la incorporación a la oferta de programación y notificar el procedimiento será de seis meses, desde que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

Plazo máximo de seis meses para resolver y notificar la concesión de ayudas a la programación, desde la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso potestativo de reposición.

*Las empresas que soliciten su incorporación al Programa I, deben:

a) Encontrarse establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE).

b) Ejercer una actividad económica acorde a la naturaleza de la actividad a desarrollar en el presente programa en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura a fecha de presentación de la solicitud.

c) Estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social, Hacienda estatal y Hacienda autonómica.

d) Tener al menos a uno de sus miembros dados de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social, a fecha de presentación de la solicitud.

e) En el caso de que sean empresas distribuidoras o un management los que presenten la solicitud de participación en el Programa I, los requisitos anteriores deberán cumplirse tanto por parte de dichas empresas o management, como por parte de la compañía o grupo al que representan, por lo que además, deberán presentar la documentación correspondiente para cada una de ellas.

f) Ofertar espectáculos técnicamente asumibles en los escenarios móviles.

g) Que el/los espectáculo/os ofertado/s se encuentre/n ya estrenado/s y haya/n sido representado/s en un mínimo de 10 ocasiones, debiendo justificarse mediante contratos, facturas o certificados de actuación emitidos por entidades públicas o privadas organizadoras del evento.

h) Las modalidades y cachés máximos a presentar para cada espectáculo no podrán superar las siguientes cuantías (IVA incluido):

1º. Espectáculos Teatrales y de animación de calle: 3.388,00 €.

2º. Espectáculos Musicales con el siguiente desglose:

— Folk: 4.114,00 €.

— Flamenco, pop rock, fusión, blues y versiones: 3.509,00 €.

— Copla y cantautor: 2.420,00 €.

Cada empresa podrá solicitar su participación e incorporación a la programación con un máximo de dos espectáculos, debiendo realizarse una solicitud por cada espectáculo, con un máximo de dos solicitudes.

* Los solicitantes de las ayudas a la programación deberán además cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

No serán beneficiarios aquellos municipios y entidades locales menores que, teniendo una población menor a 2.000 habitantes, estén integrados en la Red de Teatros de Extremadura.

La cuantía máxima por ayuda será de 10.890,00 € por beneficiario (1 de teatro, 1 de música y 1 de calle), teniendo que contratar 1 actuación de teatro el primer día de presencia del escenario móvil en la localidad, una actuación de música, el segundo día, y en el caso de que le correspondiera una actuación de teatro de animación calle el tercer día, según lo establecido en el artículo 20.2 del decreto.

La cuantía individualizada de la subvención se corresponderá con la suma de los importes de los caché de los espectáculos concedidos.

A la solicitud para la incorporación a la programación se acompañará la siguiente documentación:

a) Escritura de constitución, en caso de sociedades.

b) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad del firmante de la solicitud, sea éste representante legal de una empresa, o en su caso, empresario individual, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del presente artículo.

c) Original o copia compulsada del documento acreditativo del poder para representar a la empresa, en su caso.

d) Original o copia compulsada del documento que acredite que la empresa tiene su sede en el ámbito territorial del Espacio Económico Europeo y su fecha de constitución.

e) Certificación expedida por la Seguridad Social en relación a la plantilla media anual de trabajadores de la empresa en los doce meses anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria, así como de los empresarios individuales, en su caso, que la compongan.

f) Certificados de hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social y Hacienda estatal y autonómica, extremos que podrán ser comprobados de oficio por el órgano gestor de las ayudas salvo que el interesado hubiese denegado expresamente en la solicitud su autorización para que el órgano gestor recabe directamente el correspondiente certificado.

g) Certificado de situación de actividad en la Agencia Tributaria, o autorización para su obtención, que se concede implícitamente con la presentación de la solicitud.

h) Certificado de vida laboral de al menos de uno de sus miembros que acredite estar dado de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.

i) Justificación de la representación del espectáculo ofertado en anteriores ocasiones (mínimo 10), de conformidad con lo establecido en el artículo 3.1.g) del decreto.

j) Documento de inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual o entidad de gestión de derechos correspondiente, que acredite disponer de los derechos de autor necesarios para representar el espectáculo; o si no genera dichos derechos, certificación expresa en este sentido, mediante original o copia compulsada.

k) Original o copia compulsada del documento acreditativo de la representación que ostenta la empresa distribuidora o management.

l) Grabación completa del espectáculo presentado, en soporte Pendrive-USB y en formato de vídeo AVI.

m) Currículum de los profesionales que conforman la ficha artística y técnica.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, la comprobación o constancia de los datos de identidad personal se realizará de oficio por el órgano instructor a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (S.V.D.I.) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, previo consentimiento de la parte interesada expresado en la solicitud. En el caso de no prestarse el mismo, la parte interesada quedará obligada a aportar fotocopia compulsada del documento o tarjeta de identidad.

No será necesaria la presentación de la documentación que estuviere ya en poder de esta Administración actuante, si el solicitante se acoge a lo establecido en el párrafo f) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

Formularios de solicitud

A) Solicitud de participación de empresas (Anexo I)

B) Solicitud de subvención (Anexo III)

Anexos

a) Programa I - Informe de las compañí­as (Anexo II)

b) Informe sobre actividades desarrolladas (Anexo IV)

c) Certificación de contratación (Anexo V)

d) Certificación final 100% coste (Anexo VI)

Decreto 63/2016, de 17 de mayo, por el que se regula el régimen de incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles. (DOE de 23 de mayo de 2016)

DECRETO del Presidente 17/2016, de 1 de junio, por el que se realiza la convocatoria para la incorporación de empresas al programa de colaboración con los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante la utilización de los escenarios móviles de la Junta de Extremadura (Programa I), y la concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles para el año 2016. (D.O.E. Nº 109, DE 08-06-2016)

EXTRACTO del Decreto del Presidente 17/2016, de 1 de junio, por el que se realiza la convocatoria de concesión de ayudas a la programación de los escenarios móviles a los municipios y entidades locales menores de menos de dos mil habitantes de Extremadura para el año 2016. (D.O.E. Nº 109, DE 08-06-2016)

La resolución de incorporación a la oferta de programación corresponde al Secretario/a General de Cultura.

La resolución del procedimiento para la concesión de ayudas a la programación, sigue este trámite: la Secretaria General de Cultura formulará la correspondiente propuesta al Secretario General de la Presidencia de la Junta de Extremadura.

Plazo normativo para resolver

El plazo máximo total para resolver la incorporación a la oferta de programación y notificar el procedimiento será de seis meses, desde que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

Plazo máximo de seis meses para resolver y notificar la concesión de ayudas a la programación, desde la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso potestativo de reposición.

í?rgano gestor

SECRETARíA GENERAL DE CULTURA
AVDA. VALHONDO, S/N EDIF. III MILENIO Mí?DULO 4
06800 MERIDA
sgc.presidencia@gobex.es
924007044

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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