Ayuntamiento de Albacete

  • REQUISITOS

    Haber obtenido licencia de obra y/o instalación para la actividad cuya licencia de primera ocupación/funcionamiento se solicita.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Instancia o solicitud formalizada
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa.
    • Acreditación de la representación, en caso de actuar con representante.

    Además, a efectos de funcionamiento de la actividad:

    • Certificación suscrita por el/la Técnico/a Director/a de las Obras y visada por el Colegio Oficial correspondiente y documentación complementaria conforme al Anexo IV de Contenidos Mínimos en Documentación Técnica para Licencias de Actividad aprobado por Acuerdo tomado por el Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha de 21 de febrero de 2008 y 16 de mayo de 2008 (BOPs 02/04/08, 04/07/08) “Contenidos de Documentación Técnica para Licencias de Actividad”.

    Además, a efectos de ocupación de la actividad:

    • Certificado final de obra, librado por el Arquitecto/a director/a de las mismas, acreditativo de que aquellas se han llevado a cabo conforme el proyecto presentado y, en su caso, a las modificaciones aceptadas, y con arreglo a los cuales se obtuvo la licencia municipal de obras.

    • Copia de la calificación definitiva, si es V.P.O
    • Autorización o copia, de la Delegación de Industria, de puesta en marcha del ascensor.
    • Certificado de los diferentes técnicos/as en instalaciones, de que las obras realizadas están de acuerdo con las normativas y Reglamentos que fueran de aplicación.
    • Certificado de Infraestructuras comunes de telecomunicación (I.C.T)
    • Certificado de cumplimiento del Código Técnico Edificación y O.M.M.A (Ordenanza Municipal de Medio Ambiente)

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    PAGO DE TASAS

    Una tasa que para el año 2015 está compuesta por:

    a) para primera ocupación de edificios:
    - una cuota variable general: 0,40 % sobre el coste de ejecución material (cuota mínima: 947,65 €)
    - una cuota variable para naves: 0,30 % sobre el coste de ejecución material (Cuota mínima: 947,65 €)
    b) para funcionamiento de actividad: una cuota fija en función de la superficie de la actividad. Así:
    - Hasta 50 m2: 141,53 €
    - De más de 50 m2 a 100 m2: 258,10 €
    - De más de 100 m2 a 500 m2: 374,19 €
    - De más de 500 m2 a 1500 m2: 801,56 €
    - De más de 1500 m2 a 5000 m2: 1060,16 €
    - De más de 500 m2: 1577,27 €

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad serán ejecutadas algún tipo de obra.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    Para todas las obras menores:

    • Solicitud.
    • Documento o declaración que justifique la condición del/la solicitante (propietario/a del suelo, promotor/a, arrendatario/a o cualquier otro derecho bastante que ostente sobre el suelo o la construcción e instalación).
    • Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
    • Proyecto técnico, suscrito por profesional competente y visado por el colegio Oficial correspondiente y que se ajuste a los Contenidos Mínimos en Documentación Técnica para Licencias de Actividad aprobado por Acuerdo tomado por El Consejo de Gerencia de Urbanismo de 21/02/08 y 16/05/08.
    • En su caso, solicitudes de las autorizaciones concurrentes de otras Administraciones Públicas o las propias autorizaciones o concesiones exigidas por la legislación aplicable.
    • Oficios visados por el Colegio Oficial correspondiente a la designación de Técnico/a Director/a de la obra y de la ejecución de la obra.
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa, en caso de haberse realizado el pago en entidad bancaria
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

    PAGO DE TASAS

    Si. El precio de la tasa para el 2015 es:

    a) Licencia de instalación:

    • -Hasta 50 m2: 205,91 €
      -De más de 50 m2 a 100 m2: 283,05 €
      -De más de 100 m2 a 200 m2: 516,17 €
      -De más de 200 m2 a 500 m2: 748,37 €
      -De más de 500 m2 a 1500 m2: 1603,13 €
      -De más de 1500 m2 a 5000 m2: 2120,31 €
      -De más de 5000 m2: 3154,53 €

    • b) Para obra menor:
    • Cuota variable del 0,16% del coste de ejecución material
    • Tarifa mínima: 383,85 euros
      Impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material.

    Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer


    1. Recurso potestativo de reposición.
    2. Recurso contencioso-administrativo

    Canales de solicitud:

    Presencial: De forma presencial en la Gerencia de Urbanismo sita en C/ Iris, 11 en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad serán ejecutadas algún tipo de obra.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    Para todas las obras menores:

    • Solicitud.
    • Documento o declaración que justifique la condición del/la solicitante (propietario/a del suelo, promotor/a, arrendatario/a o cualquier otro derecho bastante que ostente sobre el suelo o la construcción e instalación).
    • Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
    • Proyecto técnico, suscrito por profesional competente y visado por el colegio Oficial correspondiente y que se ajuste a los Contenidos Mínimos en Documentación Técnica para Licencias de Actividad aprobado por Acuerdo tomado por El Consejo de Gerencia de Urbanismo de 21/02/08 y 16/05/08.
    • En su caso, solicitudes de las autorizaciones concurrentes de otras Administraciones Públicas o las propias autorizaciones o concesiones exigidas por la legislación aplicable.
    • Oficios visados por el Colegio Oficial correspondiente a la designación de Técnico/a Director/a de la obra y de la ejecución de la obra.
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa, en caso de haberse realizado el pago en entidad bancaria
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

    PAGO DE TASAS

    Si. El precio de la tasa para el 2015 es:

    a) Licencia de instalación:

    • -Hasta 50 m2: 205,91 €
      -De más de 50 m2 a 100 m2: 283,05 €
      -De más de 100 m2 a 200 m2: 516,17 €
      -De más de 200 m2 a 500 m2: 748,37 €
      -De más de 500 m2 a 1500 m2: 1603,13 €
      -De más de 1500 m2 a 5000 m2: 2120,31 €
      -De más de 5000 m2: 3154,53 €

    • b) Para obra menor:
    • Cuota variable del 0,16% del coste de ejecución material
    • Tarifa mínima: 383,85 euros
      Impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material.

    Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer


    1. Recurso potestativo de reposición.
    2. Recurso contencioso-administrativo

    Canales de solicitud:

    Presencial: De forma presencial en la Gerencia de Urbanismo sita en C/ Iris, 11 en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    La construcción de una nueva edificación o la ampliación en superficie, volumen o altura de edificaciones existentes o rehabilitación integral de edificaciones existentes.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Documento o declaración que justifique la condición de propietario,arrendatario o cualquier otro título sobre el suelo o la construcción.
    • Proyecto básico de obras, suscrito por técnico/a competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.
    • Plano catastral del terreno o solar o cédula urbanística.
    • Si es suelo rústico: - solicitud de calificación urbanística, pago de la tasa y Certificado de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad o Certificado negativo de la inscripción.
    • Resguardo justificativo del pago de la tasa.
    • Estudio de seguridad y salud suscrito por técnico/a competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.
    • Cuestionario de estadística de edificación y vivienda debidamente cumplimentado en modelo oficial
    • En su caso, oferta de adquisición del aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento que establece el art. 69.1.2.b TRLOTAU (en caso de aprovechamiento preexistente, fichas catastrales CU-1 y CU-2).
    • En su caso, solicitudes de las autorizaciones concurrentes de otras Administraciones Públicas, o las propias autorizaciones, o concesiones exigidas por la legislación aplicable.
    • En su caso, Proyecto de infraestructura común de acceso a los servicios de telecomunicación, así como copia del registro de entrada del mismo en la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones.
    • En su caso, Estudio de Impacto Ambiental, Estudio Arqueológico, Patrimonio Histórico-Artístico, etc.

    PAGO DE TASAS

    Para el año 2015:

    • Cuota variable de 0,26% sobre el coste de ejecución material
    • Cuota mínima 624,93€

    Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer


    1. Recurso potestativo de reposición.
    2. Recurso contencioso-administrativo

    Canales de solicitud:

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa)

    Horario de 09:00h a 14:00h.

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    La construcción de una nueva edificación o la ampliación en superficie, volumen o altura de edificaciones existentes o rehabilitación integral de edificaciones existentes.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Documento o declaración que justifique la condición de propietario,arrendatario o cualquier otro título sobre el suelo o la construcción.
    • Proyecto básico de obras, suscrito por técnico/a competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.
    • Plano catastral del terreno o solar o cédula urbanística.
    • Si es suelo rústico: - solicitud de calificación urbanística, pago de la tasa y Certificado de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad o Certificado negativo de la inscripción.
    • Resguardo justificativo del pago de la tasa.
    • Estudio de seguridad y salud suscrito por técnico/a competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.
    • Cuestionario de estadística de edificación y vivienda debidamente cumplimentado en modelo oficial
    • En su caso, oferta de adquisición del aprovechamiento correspondiente al Ayuntamiento que establece el art. 69.1.2.b TRLOTAU (en caso de aprovechamiento preexistente, fichas catastrales CU-1 y CU-2).
    • En su caso, solicitudes de las autorizaciones concurrentes de otras Administraciones Públicas, o las propias autorizaciones, o concesiones exigidas por la legislación aplicable.
    • En su caso, Proyecto de infraestructura común de acceso a los servicios de telecomunicación, así como copia del registro de entrada del mismo en la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones.
    • En su caso, Estudio de Impacto Ambiental, Estudio Arqueológico, Patrimonio Histórico-Artístico, etc.

    PAGO DE TASAS

    Para el año 2015:

    • Cuota variable de 0,26% sobre el coste de ejecución material
    • Cuota mínima 624,93€

    Si no estoy conforme con la resolución adoptada puedo hacer


    1. Recurso potestativo de reposición.
    2. Recurso contencioso-administrativo

    Canales de solicitud:

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa)

    Horario de 09:00h a 14:00h.

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    El objetivo de delimitar la obra, el solar o el cerramiento de parcela urbano o terreno rústico.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Declaración que justifique la condición del/la solicitante (propietario/a, arrendatario/a o cualquier otro derecho bastante que ostente sobre el terreno)
    • Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
    • Presupuesto detallado de las obras.
    • Plano de situación catastral de la parcela, actualizado.
    • Solicitud de las autorizaciones concurrentes de otras Administraciones Públicas exigidas por la legislación aplicable (si el terreno a vallar linda con canal, carretera o vía pecuaria).
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa, en caso de haberse realizado el pago en entidad bancaria
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

    Para el caso de vallado de obras

    • Plano de detalle donde indique la ubicación del vallado en relación a la vía pública, árboles, farolas, mobiliario urbano y cualquier otro elemento existente en la misma.
    • Copia de la solicitud de autorización para ocupación de la vía pública, en el caso de ocuparla con el vallado.

    Para el caso de vallado de terreno rústico

    • Plano de detalle donde se indique claramente la ubicación y longitud del vallado a realizar. Deberá reflejar también las construcciones y vallados existentes en el terreno y la longitud de los mismos.
    • Copia de la Escritura de Propiedad de la Parcela.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    PAGO DE TASAS

    a) Tasa:
    - Cuota variable: 1 € / m.l y 0,10 € / m2 respectivamente
    - Cuota mínima: 149,16 €
    - Cuota máxima: 309,79 €

    b) Impuesto ICIO
    4% del presupuesto de ejecución material de la construcción, instalación y obras.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13, (ver mapa)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    El objetivo de delimitar la obra, el solar o el cerramiento de parcela urbano o terreno rústico.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Declaración que justifique la condición del/la solicitante (propietario/a, arrendatario/a o cualquier otro derecho bastante que ostente sobre el terreno)
    • Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
    • Presupuesto detallado de las obras.
    • Plano de situación catastral de la parcela, actualizado.
    • Solicitud de las autorizaciones concurrentes de otras Administraciones Públicas exigidas por la legislación aplicable (si el terreno a vallar linda con canal, carretera o vía pecuaria).
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa, en caso de haberse realizado el pago en entidad bancaria
    • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

    Para el caso de vallado de obras

    • Plano de detalle donde indique la ubicación del vallado en relación a la vía pública, árboles, farolas, mobiliario urbano y cualquier otro elemento existente en la misma.
    • Copia de la solicitud de autorización para ocupación de la vía pública, en el caso de ocuparla con el vallado.

    Para el caso de vallado de terreno rústico

    • Plano de detalle donde se indique claramente la ubicación y longitud del vallado a realizar. Deberá reflejar también las construcciones y vallados existentes en el terreno y la longitud de los mismos.
    • Copia de la Escritura de Propiedad de la Parcela.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    PAGO DE TASAS

    a) Tasa:
    - Cuota variable: 1 € / m.l y 0,10 € / m2 respectivamente
    - Cuota mínima: 149,16 €
    - Cuota máxima: 309,79 €

    b) Impuesto ICIO
    4% del presupuesto de ejecución material de la construcción, instalación y obras.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13, (ver mapa)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    Realizar obras interiores en viviendas o locales comerciales que no conlleven cambio de distribución interior (tirar tabiques interiores) o afecten a la a la fachada del edificio (sustitución de ventanas)

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Documento o declaración la condición del solicitante como propietario, arrendatario o promotor o cualquier otro derecho sobre el suelo o construcción.
    • Resguardo acreditativo del pago de la tasa y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
    • Acreditación de la representación, en su caso.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    PAGO DE TRIBUTOS

    • Tasa fija cuyo importe asciende a 71,39 € (año 2013)
    • Cuota del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras resultante de aplicar el 4 por ciento al presupuesto de ejecución material de la obra.


    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C/ Iris 11 y 13, (ver mapa), en horario de 9:00 a 14:00 h. (de Lunes a Viernes) o en el Registro General del Ayuntamiento, planta baja, (ver mapa, consultar horario) .

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    Realizar obras interiores en viviendas o locales comerciales que no conlleven cambio de distribución interior (tirar tabiques interiores) o afecten a la a la fachada del edificio (sustitución de ventanas)

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Documento o declaración la condición del solicitante como propietario, arrendatario o promotor o cualquier otro derecho sobre el suelo o construcción.
    • Resguardo acreditativo del pago de la tasa y del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
    • Acreditación de la representación, en su caso.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    PAGO DE TRIBUTOS

    • Tasa fija cuyo importe asciende a 71,39 € (año 2013)
    • Cuota del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras resultante de aplicar el 4 por ciento al presupuesto de ejecución material de la obra.


    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C/ Iris 11 y 13, (ver mapa), en horario de 9:00 a 14:00 h. (de Lunes a Viernes) o en el Registro General del Ayuntamiento, planta baja, (ver mapa, consultar horario) .

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • Canales de solicitud

    Internet: Las facturas electrónicas solo podrán presentarse a través del punto general de entrada de facturas electrónicas de la administración que corresponda. En el caso del Ayuntamiento de Albacete, en virtud de acuerdo de adhesión, el punto general será el de la Administración del Estado (FACe), cuyo enlace es: https://aytoalbacete.face.gob.es

    Información general.

    Mediante acuerdo del Pleno Municipal de fecha 17 de junio de 2014 se ha acordado la adhesión a la plataforma electrónica «FACe – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas» de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, prevista en la Ley 25/2013 , de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación del registro contable de facturas en el Sector Público y en la Orden Ministerial HAP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas.

    La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y la creación del registro contable de facturas en el Sector Público regula la presentación de facturas electrónicas por parte de los proveedores y contratistas. De esta forma, cualquier proveedor o contratista que desee presentar una factura al Ayuntamiento de Albacete o cualquier de sus organismos autónomos, podrá hacerlo por medios telemáticos.

    La obligatoriedad de presentar las facturas electrónicas se extiende a (artículo 4 de la Ley 25/2013):

    1. Sociedades anónimas;
    2. Sociedades de responsabilidad limitada;
    3. Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
    4. Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria;
    5. Uniones temporales de empresas;
    6. Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Teléfonos de soporte a proveedores: 902879871 / 954304117

    Normativa.

    Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público

    Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo, por la que se regulan los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas de las entidades del ámbito de aplicación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

    Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas

    Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establecen las condiciones de uso de la plataforma FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado.

    Anuncio de aprobación inicial modificación puntual del Reglamento del Registro General de Facturas del Ayuntamiento Pág. 28

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