¿EN QUÉ CONSISTE?
La licencia de funcionamiento tiene por objeto constatar que las obras, instalaciones y medidas correctoras (en su caso) se han ejecutado conforme al proyecto y anexos que han servido de base para el otorgamiento de la correspondiente licencia urbanística y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad exigibles de acuerdo con su destino o uso específico, y con la normativa en vigor que le es de aplicación.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
La Gerencia Municipal de Urbanismo
PAGO DE TASAS
Al presentar la solicitud hay que pagar una autoliquidación de tasas, según los metros del local que ocupa la actividad y que para 2015 son las siguientes:
-Hasta 50 m2: 141,53€
-De más de 50 m2 a 100 m2: 258,10€
-De más de 100 m2 a 500 m2: 374,19€
-De más de 500 m2 a 1500 m2: 801,56€
-De más de 1500 m2 a 5000 m2: 1060,16€
-De más de 500 m2: 1577,27€
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13. (ver mapa) |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
REQUISITOS
Tienen la consideración de obras menores las siguientes:
a) en vivienda particular.- obras de modificación de distribución interior
b) en fachadas.- en general obras que afectan al exterior de la vivienda o edificio: cambio de ventanas, pintura
etc
c) en cubiertas.- retejar (sustitución de tejas), sustitución de cubierta
d) en locales comerciales.- obras de distribución de tabiquería interior y en general obras que tengan como finalidad la implantación de una actividad
e) en elementos comunes.- todas las obras pequeñas a realizar en elementos comunes del edificio, portales, tejados, ascensores
etc
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Para todas las obras menores:
Para obras interiores en vivienda:
Para obras en fachadas:
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
PAGO DE TASAS
a) en vivienda particular.
-tasa: 0,16% del presupuesto de ejecución material, tasa mínima para 2015: 86,05 euros
-impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material
b) en locales, comunidades de vecinos, fachadas..etc
-tasa: 0,16% del presupuesto. Tarifa mínima: 383,85 euros
-impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material.
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13 (ver mapa) y en el Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario) |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
REQUISITOS
Tienen la consideración de obras menores las siguientes:
a) en vivienda particular.- obras de modificación de distribución interior
b) en fachadas.- en general obras que afectan al exterior de la vivienda o edificio: cambio de ventanas, pintura…etc
c) en cubiertas.- retejar (sustitución de tejas), sustitución de cubierta
d) en locales comerciales.- obras de distribución de tabiquería interior y en general obras que tengan como finalidad la implantación de una actividad
e) en elementos comunes.- todas las obras pequeñas a realizar en elementos comunes del edificio, portales, tejados, ascensores…etc
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Para todas las obras menores:
Para obras interiores en vivienda:
Para obras en fachadas:
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
PAGO DE TASAS
a) en vivienda particular.
-tasa: 0,16% del presupuesto de ejecución material, tasa mínima para 2015: 86,05 euros
-impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material
b) en locales, comunidades de vecinos, fachadas..etc
-tasa: 0,16% del presupuesto. Tarifa mínima: 383,85 euros
-impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material.
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13 (ver mapa) y en el Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario) |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
REQUISITOS
El objeto de la solicitud es verificar que la ejecución de las obras se ha llevado a cabo según el proyecto autorizado por licencia. Es un requisito previo y necesario para la ocupación legal del edificio y para el suministro de los servicios de agua potable y energía eléctrica.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Copia de la calificación definitiva, si es V.P.O
Autorización o copia, de la Delegación de Industria, de puesta en marcha del ascensor.
Certificado de la dirección facultativa acreditativo de que se han ejecutado las acometidas de todos los servicios urbanos, para poder realizar la conexión de los suministros correspondientes.
Certificado de los diferentes técnicos/as en instalaciones, de que las obras realizadas están de acuerdo con las normativas y Reglamentos que fueran de aplicación.
Certificado de Infraestructuras comunes de telecomunicación (I.C.T)
Certificado de cumplimiento del Código Técnico Edificación y O.M.M.A (Ordenanza Municipal de Medio Ambiente)
Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa, en caso de haberse realizado el pago en entidad bancaria. Tasa única de 340,94
Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
SI NO ESTOY CONFORME
Recurso potestativo de reposición
Recurso contencioso-administrativo
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13, (ver mapa) |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
REQUISITOS
El objeto de la solicitud es verificar que la ejecución de las obras se ha llevado a cabo según el proyecto autorizado por licencia. Es un requisito previo y necesario para la ocupación legal del edificio y para el suministro de los servicios de agua potable y energía eléctrica.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Copia de la calificación definitiva, si es V.P.O
Autorización o copia, de la Delegación de Industria, de puesta en marcha del ascensor.
Certificado de la dirección facultativa acreditativo de que se han ejecutado las acometidas de todos los servicios urbanos, para poder realizar la conexión de los suministros correspondientes.
Certificado de los diferentes técnicos/as en instalaciones, de que las obras realizadas están de acuerdo con las normativas y Reglamentos que fueran de aplicación.
Certificado de Infraestructuras comunes de telecomunicación (I.C.T)
Certificado de cumplimiento del Código Técnico Edificación y O.M.M.A (Ordenanza Municipal de Medio Ambiente)
Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa, en caso de haberse realizado el pago en entidad bancaria. Tasa única de 340,94€
Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
SI NO ESTOY CONFORME
Recurso potestativo de reposición
Recurso contencioso-administrativo
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13, (ver mapa) |
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Conforme al Art. 165 apartado 1.a) de la LOTAU es necesario la obtención de licencia.
REQUISITOS A CUMPLIR
a) PARCELACIONES URBANISTICAS, (agrupaciones y/o segregaciones), en suelo urbano consolidado y suelo urbano incluido en el ámbito de una Unidad de Actuación y en suelo Urbanizable (con el Programa de Actuación Urbanizadora PAU y Proyecto de reparcelación aprobado definitivamente), las parcelas resultantes cumplirán las determinaciones que fije el PGOU en la Norma Zonal que le corresponda.
b) SEGREGACIONES, (agrupaciones y/o divisiones o parcelación rústicas), en suelo rústico o en suelo urbanizable (sin aprobación de PAU), las parcelas resultantes deben cumplir las determinaciones que fija el PGOU y la legislación agraria, así como, lo prevenido en el art. 63 de la LOTAU.
DOCUMENTACION NECESARIA
- Documento que acredite, en su caso, la representación.
- Documento que acredite la titularidad del dominio (la escritura de propiedad de la finca, inscripción registral etc.,) o derecho bastante sobre los locales o fincas.
- Autoliquidación abonada por prestación del servicio urbanístico (223,94)
- Proyecto de segregación, suscrito por profesional competente que podrá justificarse mediante visado del proyecto, certificado del Colegio Oficial correspondiente o con aportación de documento bastante que acredite la habilitación profesional:
- Memoria (justificación técnica y jurídica del cumplimiento del POM de las parcelas resultantes, en cuanto a fachada, parcela mínima, superficie construida, ocupación, edificabilidad, retranqueos, nº plantas, alturas de cornisa, usos, etc.).
- Plano catastral de la finca matriz indicando polígono y parcela. (Referencia catastral)
- Plano Topográfico a escala mínima 1/5000, cuando no coincida con plano catastral, indicando los elementos constructivos, vías (caminos, calles, vías pecuarias, canales, etc.).
- Plano de parcelación acotado, indicando la superficies de las fincas resultantes, en el caso de tener edificaciones acotar los retranqueos a nuevos linderos.
- En caso de SUELO RÚSTICO, Certificado de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad o Certificado negativo de la inscripción.
Indicar: Si la finca es de regadío o secano
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) o en el Registro General del Ayuntamiento, planta baja, (ver mapa, consultar horario) . |
Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)
Conforme al Art. 165 apartado 1.a) de la LOTAU es necesario la obtención de licencia.
REQUISITOS A CUMPLIR
a) PARCELACIONES URBANISTICAS, (agrupaciones y/o segregaciones), en suelo urbano consolidado y suelo urbano incluido en el ámbito de una Unidad de Actuación y en suelo Urbanizable (con el Programa de Actuación Urbanizadora PAU y Proyecto de reparcelación aprobado definitivamente), las parcelas resultantes cumplirán las determinaciones que fije el PGOU en la Norma Zonal que le corresponda.
b) SEGREGACIONES, (agrupaciones y/o divisiones o parcelación rústicas), en suelo rústico o en suelo urbanizable (sin aprobación de PAU), las parcelas resultantes deben cumplir las determinaciones que fija el PGOU y la legislación agraria, así como, lo prevenido en el art. 63 de la LOTAU.
DOCUMENTACION NECESARIA
- Documento que acredite, en su caso, la representación.
- Documento que acredite la titularidad del dominio (la escritura de propiedad de la finca, inscripción registral etc.,) o derecho bastante sobre los locales o fincas.
- Autoliquidación abonada por prestación del servicio urbanístico (223,94€)
- Proyecto de segregación, suscrito por profesional competente que podrá justificarse mediante visado del proyecto, certificado del Colegio Oficial correspondiente o con aportación de documento bastante que acredite la habilitación profesional:
- Memoria (justificación técnica y jurídica del cumplimiento del POM de las parcelas resultantes, en cuanto a fachada, parcela mínima, superficie construida, ocupación, edificabilidad, retranqueos, nº plantas, alturas de cornisa, usos, etc.).
- Plano catastral de la finca matriz indicando polígono y parcela. (Referencia catastral)
- Plano Topográfico a escala mínima 1/5000, cuando no coincida con plano catastral, indicando los elementos constructivos, vías (caminos, calles, vías pecuarias, canales, etc.).
- Plano de parcelación acotado, indicando la superficies de las fincas resultantes, en el caso de tener edificaciones acotar los retranqueos a nuevos linderos.
- En caso de SUELO RÚSTICO, Certificado de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad o Certificado negativo de la inscripción.
Indicar: Si la finca es de regadío o secano
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) o en el Registro General del Ayuntamiento, planta baja, (ver mapa, consultar horario) . |
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¿EN QUÉ CONSISTE?
Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad no es necesario la ejecución de ningún tipo de obra ni instalación.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Acreditación de la representación en caso de actuar con representante
SERVICIO RESPONSABLE
La Gerencia Municipal de Urbanismo, Teléfono: 967 19 26 00
PAGO DE TASAS
El precio de las tasas para el 2015 es:
-Hasta 50 m2: 205,91
-De más de 50 m2 a 100 m2: 283,05
-De más de 100 m2 a 200 m2: 516,17
-De más de 200 m2 a 500 m2: 748,37
-De más de 500 m2 a 1500 m2: 1603,13
-De más de 1500 m2 a 5000 m2: 2120,31
-De más de 5000 m2: 3154,53
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) |
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¿EN QUÉ CONSISTE?
Autorización de la Gerencia de urbanismo para la instalación de cualquier tipo de actividad en el municipio de Albacete con independencia de la clasificación de la misma (inocua o molesta).En este caso para la instalación de la actividad no es necesario la ejecución de ningún tipo de obra ni instalación.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Acreditación de la representación en caso de actuar con representante
SERVICIO RESPONSABLE
La Gerencia Municipal de Urbanismo, Teléfono: 967 19 26 00
PAGO DE TASAS
El precio de las tasas para el 2015 es:
-Hasta 50 m2: 205,91 €
-De más de 50 m2 a 100 m2: 283,05 €
-De más de 100 m2 a 200 m2: 516,17 €
-De más de 200 m2 a 500 m2: 748,37 €
-De más de 500 m2 a 1500 m2: 1603,13 €
-De más de 1500 m2 a 5000 m2: 2120,31 €
-De más de 5000 m2: 3154,53 €
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) |
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REQUISITOS
Haber obtenido licencia de obra y/o instalación para la actividad cuya licencia de primera ocupación/funcionamiento se solicita.
DOCUMENTOS
Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:
Además, a efectos de funcionamiento de la actividad:
Además, a efectos de ocupación de la actividad:
Certificado final de obra, librado por el Arquitecto/a director/a de las mismas, acreditativo de que aquellas se han llevado a cabo conforme el proyecto presentado y, en su caso, a las modificaciones aceptadas, y con arreglo a los cuales se obtuvo la licencia municipal de obras.
Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.
PAGO DE TASAS
Una tasa que para el año 2015 está compuesta por:
a) para primera ocupación de edificios:
- una cuota variable general: 0,40 % sobre el coste de ejecución material (cuota mínima: 947,65 )
- una cuota variable para naves: 0,30 % sobre el coste de ejecución material (Cuota mínima: 947,65 )
b) para funcionamiento de actividad: una cuota fija en función de la superficie de la actividad. Así:
- Hasta 50 m2: 141,53
- De más de 50 m2 a 100 m2: 258,10
- De más de 100 m2 a 500 m2: 374,19
- De más de 500 m2 a 1500 m2: 801,56
- De más de 1500 m2 a 5000 m2: 1060,16
- De más de 500 m2: 1577,27
Canales de solicitud
Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) |
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