Orden INN/18/2016

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Descripción

Orden INN/18/2016, de 31 de mayo de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores de Cantabria.

Boletín Oficial de Cantabria

Número BOC: 133

Enlace BOC

Fecha BOC: 11/07/2016

Fecha inicio plazo presentación

29/07/2016

Fecha finalización plazo presentación

16/08/2016

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Asociaciones y cooperativas de consumidores que cumplan con estos requisitos:
- Estar inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Cantabria.
- No incurrir en ninguna de las causas previstas en el artículo 26.2 de la Ley de Cantabria 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
- Participar en el Sistema Arbitral de Consumo de Cantabria.
- Acreditar un mínimo de 50 socios individuales activos con residencia en Cantabria.

Documentación a adjuntar

Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) El acuerdo de aprobación relativo a la presentación de la misma efectuado por la Junta Directiva o Consejo Rector.
b) Una memoria de actividades realizadas durante el año anterior y de las actuaciones a realizar en el presente.
c) Un balance de la situación económica al día 31 de diciembre del año anterior, donde se hagan constar detalladamente los ingresos percibidos y los gastos efectuados.
d) En el caso de asociaciones, certificado del secretario de la Asociación con el visto bueno del Presidente acreditativo del número de total de socios activos a 31 diciembre de 2015, el número de socios de cuota y las localidades en las que prestan de forma permanente servicios a la ciudadanía.
En el caso de cooperativas, certificado del secretario de la cooperativa con el visto bueno del Presidente del Consejo Rector acreditativo del número de total de cooperativistas activos a 31 diciembre de 2015, el número de socios de cuota y las localidades en las que prestan de forma permanente servicios a la ciudadanía.
e) Declaración expresa responsable de no haber solicitado y/o recibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo proyecto o actividad objeto de la solicitud y, en caso contrario, el organismo o Administración otorgante, denominación de la convocatoria, fecha de solicitud o concesión y su importe (incluido en el Anexo I de solicitud).
f) Declaración expresa responsable de no hallarse incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones previstas en el artículo 12, apartados 2 y 3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria (incluido en el Anexo I de solicitud).
g) Declaración responsable acerca de la veracidad de los datos consignados en la solicitud relativa a la titularidad de una cuenta bancaria y los dígitos de ésta (incluido en el Anexo I de solicitud).
h) En su caso, declaración responsable de no estar obligado a estar inscrito como empresa en la Seguridad Social o no estar sujeto a obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria a que hace referencia el artículo 2 del Decreto 61/2006, de 1 de junio, por el que se regula la acreditación de los beneficiarios de subvenciones de estar al corriente de las obligaciones con las Administraciones Públicas (incluido en el Anexo I de solicitud).
i) Facturas, facturas proforma, presupuestos y/o contratos firmados y sellados por los proveedores, desglosados, en su caso, y, en el supuesto de que así proceda, los tres presupuestos solicitados según lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estos documentos deberán presentarse con la suficiente desagregación para determinar el carácter subvencionable de los conceptos relacionados en ellos.

Asimismo, y en función del programa/s cuya subvención se solicite con arreglo a los apartados previstos en el artículo 5, deberá acompañarse según la actividad a financiar la siguiente documentación:

a) Funcionamiento de gabinetes de información y asesoramiento a los consumidores, constituidos en locales abiertos al público, lo que se acreditará con un certificado del secretario de la asociación o cooperativa, con el visto bueno del presidente, sobre los siguientes extremos:
- Horario y días de atención al público del gabinete.
- Emplazamiento de los locales.
- Memoria de consultas, reclamaciones, solicitudes de arbitraje y denuncias tramitadas por la Asociación durante el año 2015.
- Memoria de consultas, reclamaciones y mediaciones tramitadas por la Asociación durante el año 2015, junto con una declaración responsable del número de denuncias tramitadas ante la Dirección General de Industria Comercio y Consumo de Cantabria y de solicitudes de arbitraje de consumo gestionadas ante la Junta Arbitral de Consumo de Cantabria en 2015.
- Recursos informáticos de que dispone.
- Relación de asesores, monitores de información, árbitros y personal administrativo que prestan servicios en la Asociación, así como titulación y naturaleza, laboral o de otro tipo, de la relación de cada una de ellas, respecto de la Asociación y contrato suscrito.
b) Organización de seminarios, jornadas, cursos, campañas, y edición de folletos y publicaciones sobre temas relacionados, exclusivamente, con la protección y defensa de los consumidores y usuarios o el fomento del asociacionismo o cooperativismo de los consumidores y usuarios: memoria explicativa, programa, presupuesto detallado, destinatarios, y lugar y calendario de celebración, en su caso.

La presentación del modelo normalizado de solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante a la Dirección General de Industria, Comercio y Consumo para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (ACAT) y por la Tesorería General de la Seguridad Social, que permitan comprobar si el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos a través de certificados telemáticos. Asimismo, conllevará la autorización para que la referida Dirección General pueda recabar los datos relativos a la identidad de los solicitantes o sus representantes, que deberán tener los documentos correspondientes a la misma en vigor, al sistema de verificación de datos de identidad, de conformidad con la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establece la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad (BOE de 28 de diciembre de 2006) y el Decreto de Cantabria 20/2012, de 12 de abril, de Simplificación Documental en los Procedimientos Administrativos.

En el supuesto de que el solicitante manifestara expresamente que no otorga dicha autorización para recabar los certificados acreditativos, deberá presentar junto con la solicitud de subvención, certificación expedida por la AEAT y por la Hacienda de la Comunidad Autónoma acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como certificación del órgano competente de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en el pago de las cuotas y demás conceptos de recaudación conjunta.
Igualmente, en caso de no autorizar de forma expresa a la Dirección General a recabar los datos relativos a la identidad de los solicitantes o sus representantes, deberá aportar el CIF de la entidad solicitante, y el DNI en vigor, o documento equivalente, de su representante.

Lugar presentación

En el Registro Delegado de Comercio y Consumo o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.


Asimismo, podrán presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica "sede.cantabria.es".

Si la solicitud se enviara por correo, deberá presentarse en sobre abierto con objeto de que en la cabecera de la primera hoja del documento, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión por el personal de correos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en cuanto no se oponga a la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Órgano tramitador

Órgano: SERVICIO DE CONSUMO

Dirección:

Avda. Albert Einstein, 2 - 39011 Santander

Teléfono: 942 20 77 41

Oficinas de la administración

Servicio de Contratación y Compras

Calle Peña Herbosa 29 - 1ª planta, 39003, Santander

Servicio de Administracion General

Calle Federico Vial 13, 39009, Santander

Tel. 12

Secret.Gral. de Presidencia y Justicia

Calle Peña Herbosa 29, 39003, Santander

Tel. 12

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Reinosa

Calle Los Formidables 30, 39200, Reinosa

Escuela Arte Nº 1

Barrio Santa Barbara S/N, 39530, Reocín

Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Camargo

Calle Juan Carlos I 6, 39600, Camargo

Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria, S.A.

Calle Isabel Torres 1, 39011, Santander

Centro Rural Innovacion Educativa

Paseo Joaquin Fernandez Vallejo S/N, 39315, Torrelavega

Secret. Gral. de Educacion, Cultura y Deporte

Calle Vargas 53, 39010, Santander

Tel. 12

Servicio Gestion Económica Hsll

Barrio Ganzo s/n, 39300, Torrelavega

Oficina Comarcal de Ramales de la Victoria

Paseo Barón Adzaneta s/n, 39800, Alfoz de Lloredo

Eei de la Población

Otros S/N S/N, 39293, Campoo de Yuso

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